Circular 12/2010
Franquicia Tributaria - Importacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Administracion Federal De Ingresos Publicos
Franquicia Tributaria - Importacion
La franquicia tributaria aplicable a la importacion de bienes, efectuada en el marco de la ley nº 25.613, comprende a los derechos de importacion, las tasas aduaneras y los tributos nacionales interiores que recaigan sobre dicha importacion.
Id norma: 176425 Tipo norma: Circular Numero boletin: 32046
Fecha boletin: 13/12/2010 Fecha sancion: 07/12/2010 Numero de norma 12/2010
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Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Circulares Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Circular N° 12/2010
TRIBUTOS VARIOS. Importación de bienes. Ley Nº 25.613. Alcance de la exención. Norma aclaratoria.
Bs. As., 7/12/2010
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12108-112-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.613 exime del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, arancel o tasa de carácter aduanero, creados o por crearse, con exclusión de las tasas retributivas de servicios, a la importación de bienes efectuada por los organismos y entidades del Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por las entidades de bien público comprendidas en el inciso f) del Artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, con competencia específica para la ejecución de investigaciones científicas o tecnológicas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en su Dictamen DGAJ Nº 222349/10, sostuvo que una interpretación acorde a la finalidad perseguida por el legislador, permite concluir que cuando la Ley Nº 25.613 se refiere a "todo otro impuesto, gravamen, contribución" ha querido otorgarle al régimen una amplitud tal que permita la inclusión de los impuestos interiores que recaigan sobre la importación de bienes efectuadas a su amparo.
Que con el objeto de precisar la correcta aplicación de los beneficios establecidos por la normativa vigente, corresponde el dictado de la presente norma.
POR ELLO:
En ejercicio de la facultades conferidas a esta Administración Federal por el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, se aclara que la franquicia tributaria aplicable a la importación de bienes, efectuada en el marco de la Ley Nº 25.613, comprende a los derechos de importación, las tasas aduaneras y los tributos nacionales interiores que recaigan sobre dicha importación.
Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
e. 13/12/2010 Nº 154312/10 v. 13/12/2010
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