Actas

Acta 7/2011

Cxxiv Reunion De La Comision De Comercio Del Mercosur

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Cxxiv Reunion De La Comision De Comercio Del Mercosur

Cxxiv reunion de la comision de comercio del mercosur se realizo en la ciudad de montevideo, republica oriental del uruguay, entre los dias 29 de noviembre y 1º de diciembre de 2011, la cxxiv reunion ordinaria de la comision de comercio del mercosur, con la presencia de las delegaciones de argentina, brasil, paraguay, uruguay y venezuela.

Id norma: 208532 Tipo norma: Acta Numero boletin: 32583

Fecha boletin: 18/02/2013 Fecha sancion: 01/12/2011 Numero de norma 7/2011

Organismo (s)

Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Actas Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 15 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/CCM/ACTA Nº 07/11

CXXIV REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay,entre los días 29 de noviembre y 1º de diciembre de 2011, la CXXIVReunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con lapresencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay yVenezuela.

Fueron tratados los siguientes temas:

1. EVALUACION Y APROBACION DE LOSPROGRAMAS DE TRABAJO DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA CCM (DEC. CMC Nº36/10 E INSTRUCTIVO MERCOSUR/LXXXV GMC/DI Nº 30/11)

La CCM aprobó el Programa de Trabajo 2012 del CT Nº 1, CT Nº 2, CT Nº 3 y CT Nº 6 (Anexo VII - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 37/11).

Asimismo, la CCM tomó nota del Informe de Cumplimiento del Programa de Trabajo 2011 del CT Nº 1, CT Nº 2 y CT Nº 3 (Anexo VIII - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 39/11).

2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS

2.1. CT Nº 1 “Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la CLXI Reunión delComité Técnico Nº 1, celebrada en Montevideo, entre los días 24 y 28 deoctubre de 2011.

La CCM tomó nota de la finalización en el ámbito del CT Nº 1 deltratamiento de las correlaciones NCM 2012-2007 y NCM 2007-2012. Laversión acordada por dicho foro consta como Anexo XII (MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 41/11 - formato digital),destacándose que la misma tiene carácter meramente indicativo, sinvalor legal, y que queda a disposición del GMC y CMC a los efectos queestimen pertinentes.

Asimismo, las delegaciones tomaron nota que las correlaciones quesurgen de las respectivas tablas reemplazan a aquellas que figuran enlos Capítulos que integran el Anexo IX del Acta Nº 05/11 del CT Nº 1.

La CCM aprobó el Proyecto de Resolución Nº 08/11 “Modificación deNomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel ExternoComún” y Nº 09/11 “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR ysu correspondiente Arancel Externo Común” y los elevó a consideracióndel GMC (Anexo IV).

2.2. CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LXXII Reunión delComité Técnico Nº 2, celebrada en Montevideo, entre los días 21 y 25 denoviembre de 2011.

Con respecto al Documento Unico Aduanero del MERCOSUR (DUAM), la CCMtomó nota que el CT Nº 2 finalizó la tarea de comparación de los datosdel DUAM con los del Modelo de Datos de la OMA (MDO), resultando que lagran mayoría de los campos identificados para el DUAM se correlacionancon uno o más campos del MDO.

La CCM reiteró la importancia de concluir los trabajos relativos a laelaboración de la norma para la implementación del DUAM, así comoavanzar en la implementación regional del SINTIA.

La CCM tomó nota de la reunión conjunta celebrada entre el CT Nº 2 y elSGT Nº 7, de acuerdo a la instrucción emanada de la LXXXIV ReuniónOrdinaria del GMC, a los efectos de analizar y discutir el temarelacionado con los procedimientos aduaneros que contemplen lasituación de los artesanos que se trasladan a otros Estados Partes paraparticipar de eventos feriales donde exponer y vender sus artesanías.

2.3. CT Nº 3 “Normas y Disciplinas Comerciales”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LXXIII Reunión delComité Técnico Nº 3, celebrada en Montevideo, entre los días 25 y 26 deoctubre de 2011.

La CCM aprobó la Directiva Nº 41/11 “Régimen de Origen MERCOSUR” (Anexo IV), que contiene el listado completo de Requisitos Específicos de Origen expresados en la V Enmienda del Sistema Armonizado.

Las delegaciones se comprometieron a hacer los esfuerzos necesariospara que la mencionada norma entre en vigencia lo antes posible.

2.4. CT Nº 6 “Estadísticas de Comercio Exterior del MERCOSUR”

La CCM recibió el informe preliminar del CT Nº 6 conteniendo lasestadísticas comparativas del comercio bilateral entre los EstadosPartes del MERCOSUR, correspondientes a los años 2008 y 2009 (Anexo IX - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 40/11 - formato digital).

De acuerdo a lo encomendado en la LXXXVI Reunión Ordinaria del GMC, laCCM instruyó al CT Nº 6 a trabajar en forma conjunta con el GrupoServicios para la confección de estadísticas sobre el comercio deservicios en el MERCOSUR, con el objeto de dar cumplimiento al Artículo5º de la Decisión CMC Nº 54/10.

Teniendo en cuenta lo solicitado en la CXXIII Reunión Ordinaria de laCCM, la PPTU del CT Nº 6 presentó perfiles readecuados de los técnicospara cubrir los cargos de la UTECEM que corresponden a un técnico eninformática y otro en comercio exterior (Anexo X - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 38/11). Al respecto, la CCM tratará el tema en la próxima reunión extraordinaria de la CCM.

2.5. CT Nº 7 “Defensa del Consumidor”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LXVIII Reunión delComité Técnico Nº 7, celebrada en Montevideo, entre los días 3 y 4 denoviembre de 2011.

La CCM aprobó y elevó a consideración del GMC el Proyecto de ResoluciónNº 10/11 “Defensa del Consumidor - Conceptos Básicos” (Anexo IV).

2.6. CDCS “Comité de Defensa Comercial y Salvaguardias”

La CCM recibió el informe sobre los resultados de la LII Reunión delComité de Defensa Comercial y Salvaguardias, celebrada en Montevideo,el día 16 de noviembre de 2011.

La CCM tomó nota del Plan de Trabajo elaborado por el CDCS, a fin dedar cumplimiento al mandato establecido en la Decisión CMC Nº 56/10,entre otros asuntos, el cual incluye las siguientes tareas:

a) Análisis comparativo de las legislaciones nacionales en materia de defensa comercial

b) Evaluación de las conclusiones del ejercicio de simulación finalizado en el año 2000

c) Análisis comparativo de la legislación anti-elusión

d) Identificación de líneas de trabajo futuras en función de las conclusiones arribadas en los puntos anteriores

3. CONSULTAS

3.1. Nuevas Consultas

No se presentaron.

3.2. Consultas en Plenario

NºTemaDeASituación05/07Tratodiscriminatorio en el cobro de aranceles para el registro sanitario deespecialidades medicinales y para la inspección de laboratorioParArPendiente06/09Descalificación del Origen MERCOSUR de concentrados TU2101 y TU2102 producidos por la empresa Pinturas INCA S.AUyBrBrasil presentó Nota Técnica Pendiente03/10Solicitudde revisión de medida adoptada por medio de la Resolución S.I.C y PYMENº 34/2010, que determinó la descalificación de origen de losproductos “Fibras de Poliéster, clasificados en la NCM/SA 20075503.20.90 (NCM/SA 2002 5503.20.00), exportados por la Empresa M&GFibras Brasil S.A. para ArgentinaBrArPendiente01/11ResoluciónGMC Nº 23/09. Test adicional de Fiebre Aftosa en Bovinos ybubalinos. Resolución SENASA Nº 799/2010. Bovinos vivosBrArPendiente02/11CircularSECEX Nº 20-2011. Inicio de investigación por elusión a empresasuruguayas que exportan a Brasil con Régimen de Origen MERCOSURUy PyBrPendiente03/11DECRETONº 7.567, de 15 de Septiembre de 2011 que reglamenta la medidaprovisoria no 540 del 2 de agosto de 2011 sobre Reducción del Impuestode Productos Industriales (IPI) para productos de la industriaautomotriz doméstica.UyBrConcluida04/11RégimenEspecial de Tributación para Desarrollo de Actividades de ExhibicionesCinematográficas - RECINE (Medida Provisoria Nº 545 del 29/09/11)ArBrPendiente05/11Solicitudde información sobre la investigación de origen iniciada por laCoordinación General de Administración Aduanera (COANA) a la empresaargentina ATANOR S.C.A. por la exportación de herbicida a base deglifosato (NCM 3808.93.24) a BrasilArBrPendiente4. ORIGEN

4.1. Proyecto de Directiva “Suspensión de Requisitos Específicos de Origen a Paraguay y Uruguay”

El tema continúa en la agenda de la CCM.

4.2. Procedimientos previstos en los Artículos 35 y 36 de la Decisión CMC Nº 01/04

La CCM recibió al grupo de expertos, de acuerdo al procedimientoprevisto en los Artículos 35 y 36 de la Decisión CMC Nº 01/04, paraexpedirse sobre la descalificación de origen de las “fibras depoliéster” de la empresa M&G Fibras Brasil S.A. exportadas aArgentina, determinada por la Resolución SICyPyME No. 34/2010.

Las Delegaciones de Brasil y Argentina pusieron a consideración de losexpertos los antecedentes del caso y la documentación necesaria, a finde avanzar en la elaboración del dictamen técnico.

El plazo previsto en el Memorándum de Entendimiento para la emisión deldictamen técnico es de 30 días a partir del día 30 de noviembre de 2011.

4.3. Artículo 4 de la Decisión CMC Nº 16/07 “Régimen de Origen del MERCOSUR”

Las delegaciones intercambiaron comentarios sobre la lista de 24 ítemsarancelarios que no han sido incorporados en la Directiva Nº 16/11,presentada por Paraguay en ocasión de la CXXIII Reunión Ordinaria de laCCM (MERCOSUR/CXXIII CCM/DT Nº 34/11). La Delegación de Paraguay aclaróque la lista de ítems arancelarios presentada se elaboró teniendo encuenta el tratamiento contemplado en el ACE Nº 35 y 36 y que seencuentra en análisis los ítems arancelarios a ser incluidos del ACE Nº58 y 59.

Al respecto, la CCM acordó convocar un Grupo de Trabajo en ocasión desu próxima Reunión Ordinaria a fin de proseguir con el tratamiento deeste tema.

El tema continúa en la agenda de la CCM.

4.4. Propuesta de “Régimen Diferencial de Origen para Uruguay y para Argentina en el comercio con Uruguay”

La Delegación de Uruguay presentó una propuesta de tratamientodiferencial en materia de valor agregado para Uruguay y para Argentinaen el comercio con Uruguay, contenido en el Articulo 5º de la DecisiónCMC Nº 01/09 y en la Resolución GMC Nº 37/04, que consta como Anexo XI (RESERVADO - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 39/11).

Las delegaciones intercambiaron comentarios preliminares sobre lapropuesta y acordaron continuar con el tratamiento del tema en ocasiónde la próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

5. DECISION CMC Nº 54/04 “ELIMINACION DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA”

5.1. Implementación de la primera etapa del Anexo de la Decisión CMC Nº 10/10

La CCM recibió el Ayuda Memoria de la VIII Reunión del Grupo TécnicoEliminación del Doble Cobro de la AEC y Distribución de la RentaAduanera en el MERCOSUR, que sesionó entre los días 22 y 24 denoviembre de 2011. El Ayuda Memoria consta como Anexo XIII (RESERVADO - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 42/11).

La CCM tomó nota de los resultados de la reunión conjunta celebradaentre el Grupo Técnico y el SCT de Valoración Aduanera del CT Nº 2, eldía 23 de noviembre de 2011, a efectos de avanzar en el proyecto dereglamentación de la primera etapa de la Decisión CMC Nº 10/10.

Las Delegaciones de Brasil, Paraguay y Uruguay manifestaron supreocupación respecto del cumplimiento de los plazos establecidos en laDecisión CMC Nº 56/10, en el entendido de que desconocer el“tratamiento de bienes originarios” previsto en las Decisiones CMC Nº54/04 y Nº 10/10 plantea un nuevo escenario negociador que no secorresponde con el mandato vigente.

La Delegación de Argentina coincidió con la preocupación respecto delcumplimiento de los plazos establecidos en la Decisión CMC Nº 56/10 eindicó que las propuestas presentadas a lo largo del proceso negociadorpor Argentina relativas a origen, alcance, monitoreo y valoración,entre otras, son compatibles con el mandato de negociación vigente.

5.2. Actualización de los Anexos de la Dec. CMC Nº 37/05

La CCM aprobó la Directiva Nº 40/11 “Metodología para la Actualización de los Anexos de la Decisión CMC Nº 37/05” (Anexo IV).

6. RESOLUCION GMC Nº 08/08 “ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO”

6.1. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 2% para el producto “Homopolimero de policloreto devinila (PVC), no mezclado con otras sustancias, obtenido por proceso deemulsión (PVC-E)” (NCM 3904.10.20), con vigencia de 12 meses.

La Delegación de Uruguay manifestó que puede acompañar el pedido de Brasil.

La Delegación de Paraguay informó que continúa realizando consultas internas.

6.2. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 2% para 960 toneladas del producto “Filme depolipropileno biaxialmente orientado (BOPP), com largura superior a 50cm e máxima de 100cm, com espessura inferior ou igual a 25 mícrômetros(mícrons), com uma ou ambas as faces rugosas de rugosidade relativa(relaçâo entre espessura media e a máxima) superior ou igual a 6% derigidez dielétrica superior ou igual a 500V micrômetro (Norma ASTMD3755-97” (NCM 3920.20.19) em rolos”, con vigencia de 12 meses.

La Delegación de Argentina informó que se identificaron proveedores delproducto en su país y se comprometió a brindar datos adicionales sobrelos mismos a la brevedad.

Por su parte, la Delegación de Uruguay manifestó que puede acompañar elpedido de Brasil y la Delegación de Paraguay informó que continúarealizando consultas internas.

6.3. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 2% para 95.000 toneladas del producto “Dióxido de titânio(Ti02), outros pigmentos tipo rutilo contendo, em peso, 80% ou mais dedióxido de titânio, calculado sobre a materia seca” (NCM 3206.11.19),con vigencia de 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina y Uruguay manifestaron que pueden acompañar el pedido de Brasil.

La Delegación de Paraguay informó que continúa realizando consultas internas.

6.4. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 2% para 40.000 toneladas del producto “Adiponitrila, 1,4dicianobutano” (NCM 2926.90.91), con vigencia de 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina y Uruguay manifestaron que pueden acompañar el pedido de Brasil.

La Delegación de Paraguay informó que continúa realizando consultas internas.

6.5. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 0% para 160.000 toneladas del producto “Paraxileno” (NCM2902.43.00), con vigencia 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay informaron que se encuentran realizando consultas internas.

6.6. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 0% para 26 unidades del producto “Congeladoresultra-rapidos para plasma (Blast Freezer)” (NCM 8418.40.00), convigencia 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay informaron que se encuentran realizando consultas internas.

6.7. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 2% para 8 unidades del producto “Camión grúa con torremóvil sobre ruedas” (NCM 8705.10.90), con vigencia 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay informaron que se encuentran realizando consultas internas.

6.8. Pedido de Brasil de reducciónarancelaria a 0% para 27 unidades del producto “Vehículos de combate aincendios en aeródromos” (NCM 8705.30.00), con vigencia 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay informaron que se encuentran realizando consultas internas.

7. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACION

7.1. Implementación del Art. 2º de la Decisión CMC Nº 02/06 y Art. 10 de la Decisión CMC Nº 56/10

Dado el mandato establecido en el Artículo 10º de la Decisión CMC Nº56/10, la PPTU se comprometió a informar al GMC acerca del estado desituación de los trabajos en el ámbito de la CCM.

7.1.1. Régimen Común para la Industria Aeronáutica

Las delegaciones intercambiaron comentarios sobre los trabajosdesarrollados en el ámbito del Grupo de Trabajo relativos a laelaboración de una propuesta para el establecimiento de un RégimenEspecial de Importación para la Industria Aeronáutica.

7.1.2. Régimen Común para la Industria Naval

La CCM recibió el Informe del Grupo de Trabajo que sesionó en forma paralela a la presente reunión, que consta como Anexo XVIII (RESERVADO - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 43/11).

8. TRATAMIENTO ARANCELARIO PARA MEDICAMENTOS NO PRODUCIDOS EN EL MERCOSUR

La Delegación de Brasil presentó una versión revisada del Proyecto deResolución sobre “Medidas Arancelarias para Productos Farmacéuticos noFabricados en el MERCOSUR”, la cual consta como Anexo XIV (MERCOSUR/XV CCM EXT/DT Nº 20/11 Rev. 1).

Las delegaciones intercambiaron comentarios sobre la nueva versiónpresentada y acordaron continuar con el tratamiento del tema en lapróxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

9. ART. 4º DE LA DECISION CMC Nº 37/07 “MODIFICACION DEL ARANCEL EXTERNO COMUN”

Las delegaciones continuaron analizando la propuesta de Uruguay sobre“Mecanismo para Facilitar la Circulación de Productos del Sector deConfecciones (Art. 4 de la Dec. CMC Nº 37/07)”, presentada en ocasiónde la CXXII Reunión Ordinaria de la CCM (MERCOSUR/CXXII CCM/DT Nº32/11).

El tema continúa en la agenda de la CCM.

10. ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO (ART. 51 DE LA DEC. CMC Nº 56/10)

La Delegación de Paraguay circuló una nueva versión del Proyecto sobre“Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario por Razones deDesequilibrios Comerciales Derivados de la Coyuntura EconómicaInternacional”, la cual consta como Anexo XV (MERCOSUR/CXXI CCM/DT Nº 27/11 Rev.2).

La Delegación de Brasil circuló una propuesta de formulario básico que constará como Anexo al Proyecto de Resolución (Anexo XXIV - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 43/11).

Las delegaciones intercambiaron comentarios sobre la propuestapresentada por Paraguay y la versión consolidada presentada por la PPTUen la CXXIII Reunión Ordinaria de la CCM (Anexo IX - MERCOSUR/CXXI CCM /DT Nº 27/11 Rev.1).

La PPTU se comprometió a circular, a la mayor brevedad posible, unanueva versión del Proyecto que incluya los comentarios formulados porlas delegaciones, con vistas a su tratamiento en la próxima ReuniónExtraordinaria de la CCM.

11. LIBRE COMERCIO INTRAZONA (ART. 54 DE LA DEC. CMC Nº 56/10)

La Delegación de Brasil presentó el Proyecto de Decisión sobre “Libre Comercio Intrazona” (Anexo XVI - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 40/11), a fin de avanzar en el cumplimiento a la instrucción establecida en el Artículo 54º de la Decisión CMC Nº 56/10.

Las delegaciones intercambiaron comentarios preliminares sobre lapropuesta presentada por Brasil y acordaron continuar con eltratamiento del mismo en ocasión de la próxima Reunión Extraordinariade la CCM.

La Delegación de Uruguay consideró que dicha propuesta podría sertomada como base de trabajo para cumplir con el mandato del Artículo54º de la Decisión CMC Nº 56/10.

Por su parte, la Delegación de Paraguay presentó una versión revisadadel documento “Notificación sobre la introducción o modificación deexigencias para la importación de mercaderías”, el cual consta como Anexo XVII (MERCOSUR/CXXIII CCM/DT Nº 35/11 Rev. 1). No obstante, manifestó su predisposición de evaluar la nueva propuesta presentada por la Delegación de Brasil.

El tema continúa en la Agenda de la CCM.

12. OTROS

12.1. Análisis del Proyecto deDecisión “Régimen Especial para la Importación y Circulación de Bienesdestinados a la Cooperación Técnica Internacional”

La Delegación de Uruguay presentó comentarios a la propuesta argentinasobre “Tratamiento de las Mercaderías destinadas a la CooperaciónTécnica Internacional del MERCOSUR” (Anexo XIII - MERCOSUR/CXXII CCM/DT Nº 31/11) que consta como Anexo XIX - (MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 41/11).

El tema continúa en el ámbito de la CCM.

12.2. Incorporación de la Normativa

La CCM recibió de la SM la lista actualizada de las normas con plazo de incorporación vencido (Anexo XX - RESERVADO - MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 45).

12.3. Intercambio de Datos Estadísticos

La Delegación de Argentina presentó los datos estadísticos deImportaciones de las posiciones arancelarias de los universos de BIT yBK correspondientes al 3º trimestre del año 2011 conforme loestablecido en la Decisión CMC Nº 58/08 (Art. 4) y datos de comercio anivel de NCM de BK según el Art. 38 de la Decisión CMC Nº 56/10 (Anexo XXI - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 44/11 - formato digital).

La Delegación de Paraguay presentó los datos estadísticos sobre BK yBIT para el segundo y tercer trimestre del año 2011, que constan como (Anexo XXII - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 45/11 - formato digital).

12.4. Fe de Erratas

La CCM instruyó a la SM a realizar la Fe de Erratas de las DirectivasNº 10/11 y 11/11, debiéndose modificar el “Considerando” de ambasDirectivas de acuerdo al siguiente texto:

“Que la CCM analizó la solicitudpresentada por la República Federativa de Brasil para la aplicación deuna determinada medida arancelaria, en el marco de la situaciónprevista en el párrafo 2 del Artículo 3 de la Resolución GMC Nº 08/08.

Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma”.

12.5. Derogación de Normas

La Delegación de Brasil solicitó la derogación de las Directivas Nº24/11 y Nº 29/11, teniendo en cuenta que ya no es necesaria suaplicación. En tal sentido, la CCM aprobó la Directiva Nº 38/11“Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario por Razones deAbastecimiento (Derogación de la Directiva CCM Nº 24/11)” y laDirectiva Nº 39/11 “Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario porRazones de Abastecimiento (Derogación de la Directiva CCM Nº 29/11)” (Anexo IV).

12.6. Monitoreo del Comercio del MERCOSUR

La UTECEM-SM informó acerca del estado de situación de las planillasextrazona y market share del Grupo de Monitoreo, encontrándoseactualizadas al mes de octubre 2011 para Argentina, Brasil y Paraguay,quedando pendiente los datos de Uruguay para el referido mes.

12.7. Base de Datos de Comercio Exterior

La CCM consideró los perfiles de los Técnicos elevados por el CT Nº 6 para cubrir los cargos vacantes de la UTECEM.

Al respecto, la Delegación de Brasil manifestó que está en condicionesde aprobar dichos perfiles a condición de que se extienda a 5 años elplazo de experiencia y que se flexibilice el requisito de nacionalidad.

La CCM acordó continuar con el tratamiento del tema en su próxima Reunión Extraordinaria de la CCM.

12.8. Sistema de Administración y Distribución de Cupos Comerciales del MERCOSUR

La Delegación de Paraguay comunicó los puntos focales para laimplementación y puesta en funcionamiento del Sistema de Administracióny Distribución de Cupos Comerciales del MERCOSUR (SACME).

12.9. Presentación sobre Instrucción Normativa RFB Nº 1181 de la Receita Federal

El tema se mantiene en Agenda de la CCM.

12.10. Juguetes (Artículo 4º de la Decisión CMC Nº 60/10)

Las delegaciones se comprometieron a realizar, antes de la próximaReunión Extraordinaria de la CCM, las consultas internas en lo que serefiere a la apertura de códigos arancelarios específicos destinados ala clasificación de partes y piezas de juguetes (Anexo XXIII - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 42/11), así como a la definición del AEC para ese segmento.

En ese sentido, la Delegación de Brasil manifestó su interés en la aplicación de un AEC de 16% para partes y piezas de juguetes.

12.11. Simplificación deProcedimientos de Control Sanitario en Despacho Aduanero Intra MERCOSUR(Implementación del Artículo 2 de la Resolución GMC Nº 34/04)

Las delegaciones analizaron el Proyecto de Resolución “Simplificaciónde Procedimientos de Control Sanitario en el Despacho AduaneroIntra-MERCOSUR (Implementación del Art. 2 de la Res. GMC Nº 34/04), deacuerdo a la instrucción impartida en la LXXXVI Reunión Ordinaria delGMC.

La próxima PPTA consultará a las Coordinaciones Nacionales sobre lacomposición de sus delegaciones para asistir a la reunión de un Grupode Trabajo, con vistas a su oportuna convocatoria en la próxima ReuniónOrdinaria de la CCM.

El tema continúa en la Agenda de la CCM.

12.12. Consulta de Paraguay sobre mercaderías retenidas en Aduana

La Delegación de Paraguay realizó una consulta a la Delegación deArgentina sobre una medida aplicada por la Aduana Argentina desdefebrero de 2011, la cual derivó a la retención en la Terminal 3 de uncontenedor con tres camiones, con la siguiente característicaContenedor Nº APMU806442-1, en tránsito por el territorio argentino ycon destino al Paraguay. En tal sentido, solicitó conocer la normativaaplicada en este caso.

La Delegación de Argentina indicó que en base a la informacióndisponible no fue posible identificar la situación planteada porParaguay.

PROXIMA REUNION

La CCM acordó realizar la XVII Reunión Extraordinaria el día 15 de diciembre de 2011.

ANEXOS:

Los Anexos que forman parte de la presente Acta son los siguientes:

Anexo ILista de ParticipantesAnexo IIAgendaAnexo IIIResumen de ActaAnexo IVNormas y Proyectos de NormasAnexo VNuevas Consultas - No se presentaronAnexo VIConsulta en PlenarioAnexo VIIMERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 37/11 Programa de Trabajo 2012 del CT Nº 1, CT Nº 2, CT Nº 3 y CT Nº6Anexo VIIIMERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 39/11 Informe de Cumplimiento del Programa de Trabajo 2011 del CT Nº 1, CT Nº 2 y CT Nº 3Anexo IXMERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 40/11Informe preliminar del CT Nº 6 conteniendo las estadísticascomparativas del comercio bilateral entre los Estados Partes delMERCOSUR - formato digitalAnexo XMERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 38/11 Perfiles de los técnicos para cubrir los cargos vacantes de la UTECEMAnexo XIRESERVADO - MERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 39/11 Propuesta sobre Régimen Diferencial de Origen para Uruguay y para Argentina en el comercio con Uruguay, presentada por UruguayAnexo XIIMERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 41/11 Tablas de Correlación NCM 2012-2007 y NCM 2007-2012 - formato digitalAnexo XIIIRESERVADO - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 42/11 Ayuda Memoria de la VIII Reunión del Grupo Técnico Eliminación del Doble Cobro de la AEC y Distribución de la Renta AduaneraAnexo XIVMERCOSUR/XV CCM EXT/DT Nº 20/11Rev. 1 Proyecto de Resolución sobre “Medidas Arancelarias paraProductos Farmacéuticos no Fabricados en el MERCOSUR”, presentado porBrasilAnexo XVMERCOSUR/CXXI CCM/DT Nº 27/11Rev. 2 Nueva versión del Proyecto sobre “Acciones Puntuales en elAmbito Arancelario por Razones de Desequilibrios Comerciales Derivadosde la Coyuntura Económica Internacional”, presentada por ParaguayAnexo XVIMERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 40/11 Proyecto de Decisión sobre “Libre Comercio Intrazona”, presentado por BrasilAnexo XVIIMERCOSUR/CXXIII CCM/DT Nº 35/11Rev. 1 Versión revisada del documento “Notificación sobre laintroducción o modificación de exigencias para la importación emercaderías”, presentada por ParaguayAnexo XVIIIRESERVADO - MERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 43/11 Grupo de Trabajo Régimen Común para la Industria NavalAnexo XIXMERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 41/11Nueva propuesta sobre Proyecto de Decisión Régimen Especial para laImportación y Circulación de Bienes destinado a la Cooperación TécnicaInternacional, presentada por la PPTUAnexo XXRESERVADO MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 45 Normas con plazo de incorporación vencido, presentado por la SMAnexo XXIMERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 44/11 Lista de BIT y BK presentada por Argentina - formato digitalAnexo XXIIMERCOSUR/CXXIV CCM/DI Nº 45/11 Lista de BIT y BK presentada por Paraguay - formato digitalAnexo XXIIIMERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 42/11 Propuesta de modificación del AEC para JuguetesAnexo XXIVMERCOSUR/CXXIV CCM/DT Nº 43/11 Formulario presentado por Brasil

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 38/11

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

(DEROGACION DE LA DIRECTIVA CCM Nº 24/11)

VISTO: El Tratado de Asunción,el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 08/03 del Consejo delMercado Común, la Resolución Nº 08/08 del Grupo Mercado Común y laDirectiva Nº 24/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

CONSIDERANDO:

Que la CCM aprobó la Directiva CCM Nº 24/11 “Acciones Puntuales en elAmbito Arancelario por Razones de Abastecimiento”, solicitada por laRepública Federativa del Brasil, en el marco de la situación previstaen el inciso 1 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Derogar la Directiva CCM Nº 24/11 “Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario por Razones de Abastecimiento”.

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamientojurídico interno de la República Federativa del Brasil. Estaincorporación deberá ser realizada antes del 01/II/2012.

CXXIV CCM - Montevideo, 01/XII/11

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 39/11

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

(DEROGACION DE LA DIRECTIVA CCM Nº 29/11)

VISTO: El Tratado de Asunción,el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 08/03 del Consejo delMercado Común, la Resolución Nº 08/08 del Grupo Mercado Común y laDirectiva Nº 29/11 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

CONSIDERANDO:

Que la CCM aprobó la Directiva CCM Nº 29/11 “Acciones Puntuales en elAmbito Arancelario por Razones de Abastecimiento”, solicitada por laRepública Federativa del Brasil, en el marco de la situación previstaen el inciso 1 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Derogar la Directiva CCM Nº 29/11 “Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario por Razones de Abastecimiento”.

Art. 2 - Esta Directiva no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.

CXXIV CCM - Montevideo, 01/XII/11.

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 40/11

METODOLOGIA PARA LA ACTUALIZACION DE LOS ANEXOS DE LA DECISION CMC Nº 37/05

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 54/04 y 37/05 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 6 de la Decisión CMC Nº 37/05 determina que la Comisiónde Comercio del MERCOSUR procederá a la actualización, por medio deDirectivas, del Anexo III de dicha Decisión.

Que se considera conveniente solicitar a la Secretaría del MERCOSUR la elaboración del referido trabajo.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Instruir al Sector de Asesoría Técnica de la Secretaría delMERCOSUR a elaborar anualmente una propuesta de actualización de losAnexos I, II y III de la Decisión CMC Nº 37/05, de acuerdo con lametodología que consta en Anexo y forma parte de la presente Directiva.

Esta propuesta deberá ser remitida a la PPT en ejercicio antes de la primera Reunión Ordinaria de la CCM del segundo semestre.

Art. 2 - Los Estados Partes deberán remitir a la PPT las observacionesa la propuesta elaborada por la SM que estimen pertinentes, con por lomenos diez días de antelación a la segunda Reunión Ordinaria delsegundo semestre de la CCM.

Art. 3 - En su segunda Reunión Ordinaria del segundo semestre, la CCManalizará las observaciones recibidas de los Estados Partes, remitiendoa la SM las propuestas de ajuste a la propuesta de listado queconsidere conveniente.

Art. 4 - La SM deberá elevar a la CCM, con por lo menos diez días deantelación a la tercera Reunión Ordinaria del segundo semestre, unapropuesta de actualización de los Anexos de la Decisión CMC Nº 37/05que incluya las observaciones indicadas en el artículo 3º de lapresente Directiva.

Art. 5 - Esta Directiva no necesita ser incorporada al ordenamientojurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de laorganización o del funcionamiento del MERCOSUR.

CXXIV CCM - Montevideo, 01/XII/11.

MERCOSUR/CCM/DIR Nº 41/11

REGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción,el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 01/09 del Consejo delMercado Común y la Resoluciones Nº 05/11 y 13/11 del Grupo MercadoComún.

CONSIDERANDO:

Que es necesario actualizar y adecuar el Apéndice I de la Decisión CMCNº 01/09 “Régimen de Origen MERCOSUR”, debido a los ajustes de laNomenclatura Común del MERCOSUR en base al Sistema Armonizado 2007,para el Sistema Armonizado 2012.

Que el Artículo 55 de la Decisión CMC Nº 01/09 faculta a la Comisión deComercio del MERCOSUR a modificar el Régimen de Origen MERCOSUR pormedio de Directivas.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1- Sustituir el Apéndice I de la Decisión CMC Nº 01/09 “Régimen deOrigen MERCOSUR” por el listado que figura como Anexo y forma parte dela presente Directiva.

Art. 2- Los Estados Partes deberán instruir a sus respectivasRepresentaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración(ALADI) a los efectos de la protocolización de la presente Directiva enel marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 18, en lostérminos establecidos en la Resolución GMC Nº 43/03.

Art. 3 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Directiva asus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 30/VI/2012.

CXXIV CCM - Montevideo, 01/XII/11.

“El Acta de la CXXIV Reunión Ordinariade la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM), realizada entre los días29 de noviembre y 01 de diciembre de 2011 en la ciudad de Montevideo ylos anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición delpúblico en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) deconformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobadopor Ley 24.560.”

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica