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Resolución E 28/2017

Resolucion Secretarial N° 169-E-Apn-Secprei-Ms/2016- Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Miinisterio De Salud
Resolucion Secretarial N° 169-E-Apn-Secprei-Ms/2016- Modificacion

Incorporase por los motivos enunciados en los considerandos de la presente, al anexo i al articulo 1° de la resolucion secretarial n° 169-e-apn-secprei-ms del 22 de noviembre de 2016.

Id norma: 271480 Tipo norma: Resolución E Numero boletin: 33558

Fecha boletin: 02/02/2017 Fecha sancion: 27/01/2017 Numero de norma 28/2017

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Politicas Regulacion E Institutos Ver Resoluciones Observaciones: LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION SECRETARIAL N° 169-E-APN-SECPREI-MS DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2016- PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS

Resolución 28 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2017

VISTO el Expediente N° 1-2002-15910-16-1 del Registro del Ministerio deSalud y la Resolución Secretarial N° 169-E-APN-SECPREI-MS de fecha 22de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el acto citado se aprobó como Anexo I al Artículo 1° elProcedimiento de Adelanto de Fondos para Gastos Corrientes de lasUnidades Sanitarias de Fronteras, como Anexo II al Artículo 2° eldetalle de los montos a asignar por tal concepto, en el Anexo III alArtículo 3° se aprueba el instructivo para confeccionar la rendición decuentas y en el Anexo IV al Artículo 4° se aprueba el modelo derendición de comprobantes de gastos.

Que por error involuntario se omitió incorporar a los Anexos de laResolución Secretarial N° 2016-169-E- APN-SECPREI-MS, el número deregistro generado por el Sistema GDE.

Que por tal motivo procede incorporar a los Anexos I, II, III y IV alos Artículos 1° a 4° el número de registro generado por el Sistema deGestión Documental Electrónica (GDE).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultadesconferidas por el Decreto N° 114/2016 y la Decisión Administrativa N°498/2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Incorpórase por los motivos enunciados en losConsiderandos de la presente, al Anexo I al Artículo 1° de laResolución Secretarial N° 169-E-APN-SECPREI-MS del 22 de noviembre de2016, el número de registro generado por el Sistema de GestiónDocumental (GDE), el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 1°.- Aprúebase el PROCEDIMIENTO DE ADELANTO DE FONDOS PARAGASTOS CORRIENTES PARA LAS UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS, que comoANEXO I (IF-2016-02439515-APN-SSPRYF#MS) integra la presente.

ARTÍCULO 2° — Incorpórase por los motivos enunciados en losConsiderandos de la presente, al Anexo II al Artículo 2° de laResolución Secretarial N° 169-E-APN-SECPREI-MS del 22 de noviembre de2016, el número de registro generado por el Sistema de GestiónDocumental (GDE), el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 2°.- Aprúebase el detalle de los montos a asignar para gastoscorrientes de las UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS, que como ANEXO II(IF-2016-02439516-APN-SSPRYF#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3° — Incorpórase por los motivos enunciados en losConsiderandos de la presente, al Anexo III al Artículo 3° de laResolución Secretarial N° 169-E-APN-SECPREI-MS del 22 de noviembre de2016, el número de registro generado por el Sistema de GestiónDocumental (GDE), el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 3°.- Aprúebase el INSTRUCTIVO PARA CONFECCIONAR LA RENDICIÓNDE CUENTAS PARA LAS UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS, que como ANEXOIII (IF- 2016-02439518-APN-SSPRYF#MS) forma parte integrante de lapresente.

ARTÍCULO 4° — Incorpórase por los motivos enunciados en losConsiderandos de la presente, al Anexo IV al Artículo 4° de laResolución Secretarial N° 169-E-APN-SECPREI-MS del 22 de noviembre de2016, el número de registro generado por el Sistema de GestiónDocumental (GDE), el que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTÍCULO 4°.- Aprúebase el MODELO DE RENDICIÓN DE COMPROBANTES DEGASTOS CORRIENTES PARA LAS UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS, que comoANEXO IV (IF-2016-02439517-APN-SSPRYF#MS) forma parte integrante de lapresente.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Eduardo Munin.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE ADELANTO DE FONDOS PARA GASTOS CORRIENTES

UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS

1. Se realizará una asignación de adelanto de fondos para gastos corrientes a cada UNIDADES SANITARIA DE FRONTERAS.

2. Cada adelanto de fondos será caratulado y registrado por laCoordinación de Unidades Sanitarias de Fronteras. Asimismo, cadaadelanto deberá ser aprobado con el acto administrativo correspondienteque ponga el mismo en responsabilidad del agente designado en cadaUnidad.

3. Posteriormente será remitido al DEPARTAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTASpara su trámite, que en los casos donde no se adeuden rendiciones logirará al DEPARTAMENTO DE TESORERÍA.

4. El DEPARTAMENTO DE TESORERÍA girará los fondos a cuenta de surendición a nombre del responsable de cada Unidad. La responsabilidadpor la rendición es personal y deberá realizarse acorde la normativavigente. La Coordinación deberá elaborar y autorizar anualmente unlistado de responsables, direcciones, teléfonos y correos electrónicosactualizados de todas las Unidades y remitirlo a la DIRECCIÓN GENERALDE ADMINISTRACIÓN y mantenerlo actualizado.

5. Al momento de efectuarse el adelanto de fondos para gastoscorrientes, el DEPARTAMENTO DE TESORERÍA enviará por correo electrónicotodos los datos necesarios para posibilitar la erogación y rendicióndel fondo. El expediente de la solicitud de adelanto de fondos paragastos corrientes será remitido al DEPARTAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS.

6. Cada Unidad Sanitaria realizará la rendición parcial o total de losfondos que se eroguen en cada mes, adjuntando los comprobantes degastos correspondientes acorde el instructivo de rendición de cuentas,que deberán ser remitida a la Coordinación, según corresponda, antesdel 30 de cada mes. Se registrará cada rendición y se las cursará alDEPARTAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS. En cada rendición parcial deberárealizar un detalle de los comprobantes a rendir y su concepto.

7. La Coordinación de Unidades Sanitarias de Fronteras revisará lasrendiciones que presenten, verificando que los gastos se adecúen a lasdefiniciones de la presente normativa. En caso de no adecuarse, larendición será devuelta y será comprometido por el gasto mal efectuadoel responsable de la dependencia que realizó la erogación.

8. Cuando el adelanto de fondos para gastos corrientes haya sidorendido en un 75%, las Unidades podrán requerir un nuevo adelanto. Ésterecién podrá comenzar a ser erogado cuando se haya terminado de rendirel adelanto anterior.

9. Para el caso que a los TRES (3) meses de haber sido otorgado eladelanto de fondos para gastos corrientes el mismo no hubiere sidogastado en su totalidad, se deberá hacer la devolución del sobrante alos efectos de que se pueda cerrar el vale abierto y requerir un nuevoadelanto.

10. El nuevo adelanto de fondos para gastos corrientes será requeridopor la Coordinación, que lo girará al DEPARTAMENTO DE RENDICIÓN DECUENTAS para verificar que no existan cargos pendientes de rendición.

11. En el caso de existir cargos pendientes, el DEPARTAMENTO DERENDICIÓN DE CUENTAS devolverá las actuaciones, para que se resuelvanlos cargos adeudados.

12. De no existir cargos pendientes, se girarán las actuaciones alDEPARTAMENTO DE TESORERÍA, que realizará los giros correspondientes,volviendo al circuito marcado en los presentes.

13. Se considerará como gastos corrientes y ordinarios toda aquellaerogación que tenga por objeto sostener el normal funcionamiento de laUnidad. Estarán incluidos en los mismos: servicios públicos, impuestos,artículos de consumo (limpieza y librería), servicios de limpieza,comisiones bancarias, servicio mensuales de mantenimiento deascensores, gastos de mantenimiento de equipos y edificios, entre otros.

14. Serán consideradas prioritarias las erogaciones en los serviciospúblicos, debiendo todas las dependencias cubrirlos previo alvencimiento de los mismos.

15. Se analizará que la solicitud de los gastos corrientes autorizadosconcuerde con la efectiva erogación presentada en la rendición.

16. No podrá computarse con cargo a este tipo de adelanto de fondosningún gasto relativo a bienes de capital, bienes inventariables, obrasy reparaciones de envergadura, viáticos y pasajes, gastos relacionadoscon la organización de eventos y jornadas, y gastos de representación.

IF-2016-02439515-APN-SSPRYF#MS

ANEXO II

MONTOS A ASIGNAR PARA GASTOS CORRIENTES

UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS

UNIDADESMONTO DE FONDOS PARA GASTOS CORRIENTES MENSUALTOPES ANUALES DE GASTOS CORRIENTES

Aeroparque Jorge Newbery$ 10.000$ 120.000

Bahía Blanca$ 10.000$ 120.000

Concepción del Uruguay$ 10.000$ 120.000

Clorinda Formosa$ 10.000$ 120.000

Concordia Entre Ríos$ 10.000$ 120.000

Córdoba$ 10.000$ 120.000

Corrientes$ 10.000$ 120.000

Aeropuerto Internacional de Ezeiza$ 10.000$ 120.000

Formosa$ 10.000$ 120.000

Gualeguaychu$ 10.000$ 120.000

Ituzaingó$ 10.000$ 120.000

Jujuy$ 10.000$ 120.000

La Quiaca$ 10.000$ 120.000

La Plata$ 10.000$ 120.000

Mar del Plata$ 10.000$ 120.000

Mendoza$ 10.000$ 120.000

Paso de los Libres$ 10.000$ 120.000

Posadas$ 10.000$ 120.000

Puerto Iguazú$ 10.000$ 120.000

Puerto Madryn$ 10.000$ 120.000

Puerto Quequen$ 10.000$ 120.000

Puerto San Martín$ 10.000$ 120.000

Resistencia Chaco$ 10.000$ 120.000

Río Gallegos$ 10.000$ 120.000

Rosario$ 10.000$ 120.000

Salta$ 10.000$ 120.000

Río Negro San Antonio Oeste$ 10.000$ 120.000

San Juan$ 10.000$ 120.000

San Carlos de Bariloche$ 10.000$ 120.000

Tucumán$ 10.000$ 120.000

Usuahia$ 10.000$ 120.000

TOTALES$ 310.000$ 3.720.000

IF-2016-02439516-APN-SSPRYF#MS

ANEXO III

INSTRUCTIVO PARA CONFECCIONAR LA RENDICIÓN DE CUENTAS

PARTE GENERAL

De acuerdo con la Ley N° 24.156 y modificatorias, se establece elsiguiente procedimiento al que deberá ajustarse la documentación que sepresente para el cumplimiento de la obligación por parte de lasUnidades Sanitarias de Fronteras, respecto de la rendición de cuentadocumentada de la inversión de los fondos recibidos a partir de losdiferentes adelantos de fondos para gastos corrientes que se realizanpara su normal funcionamiento.

DE LA PRESENTACIÓN:

1. Las rendiciones de cuentas de los fondos para gastos corrientesserán presentadas de forma mensual, ordenadas y numeradascorrelativamente.

2. Todas las dependencias deberán rendir en forma total o parcial cadames todas las erogaciones realizadas desde la fecha de la últimarendición o de la recepción de los fondos. El monto del adelanto defondos para gastos corrientes otorgado deberá ser utilizadoestrictamente en función de lo estipulado por la normativa vigente.

3. Para la adquisición de bienes de bienes de capital o la realizaciónde reparaciones significativas, las mismas se regirán por el Decreto N°1023/01 que norma las Adquisiciones de Bienes y Servicios que realizael Estado Nacional.

4. Toda la documentación incluida en la rendición de cuentas deberátener firma y sello del responsable de cada dependencia. Casocontrario, la documentación y el monto rendido no serán consideradosválidos.

5. Cada hoja parte de la rendición deberá estar foliada en el ángulosuperior derecho en forma correlativa, sin borrones o enmiendas.

6. Todas las rendiciones mensuales constarán de dos partes: a) Detalledel movimiento y saldo del vale a rendir y b) Documentaciónrespaldatoria del gasto.

7. La responsabilidad de la rendición de cuentas es personal delresponsable designado de la dependencia, a quien el Departamento deTesorería asignó el vale a rendir. En caso de que no se rindan losfondos o los mismos sean rendidos deficientemente, se tomarán lasmedidas disciplinarias correspondientes, debiendo el responsable de ladependencia devolver el dinero cuya rendición no haya sido aceptada.

DETALLE DEL MOVIMIENTO Y SALDO DEL VALE A RENDIR

8. Se deberá completar el formulario de DETALLE DE MOVIMIENTO acorde almodelo del ANEXO IV donde se precisen las erogaciones a rendir,concepto, número de comprobante, fecha de la erogación y monto.

9. En cada descargo se identificará a que número de adelanto de fondos corresponde, número de vale y su concepto general.

10. El detalle estará firmado por el responsable de la dependencia en todas sus páginas.

DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA

11. La documentación será insertada en hojas A4 y anexada al detalle de movimiento mencionado previamente.

12. Cada hoja indicará a que adelanto de fondos y número de vale corresponde la documentación insertada.

13. Cada página y comprobante debe ser refrendado por el responsable de la dependencia.

14. Todos los comprobantes de gasto deberán ajustarse a la normativa legal vigente según el régimen de facturación de AFIP.

15. Las rendiciones de fondos no podrán contener comprobantesanteriores a la fecha de haberse realizado el pedido de adelanto defondos; tampoco podrá superar el mes calendario anterior al mes dehaberse efectivamente realizado el adelanto de los fondos. Loscomprobantes no podrán venir cortados de hojas previas o recortados yvueltos a pegar.

16. Los comprobantes adjuntos deben ser en original, tanto tickets comofacturas, perfectamente confeccionados y debidamente firmados uno poruno, por el responsable de la dependencia solicitante. No se aceptaránfotocopias simples o que no estén debidamente confeccionadas como copiafiel del original y firmadas, sin raspaduras ni enmiendas.

17. Todos los comprobantes como tickets fiscales o facturas deben serdel tipo “B” y “C”. Se deberá prever que cumplimenten la normativavigente de AFIP y que incluyan los datos del “c.a.i.” y “c.a.e.”. En sudefecto, en el caso de las facturas que no lo tienen, se deberáadjuntar constancia de AFIP emitida por el usuario con el periodo degracia otorgado para poder seguir emitiendo esas facturas fuera denorma. De no adjuntar esto, se rechazará el o los comprobantesincluidos en la rendición para que se regularice la situación, quedandopendiente el total del importe de estos comprobantes dentro del valeotorgado.

18. Las facturas y tickets deben contener la descripción total del losítems comprados claramente identificados y el detalle del preciounitario de cada uno de estos, caso contrario se rechazará elcomprobante de la rendición.

19. Todos aquellos comprobantes que no se ajusten a lo estipuladoprecedentemente serán devueltos a la dependencia para que los reemplaceo haga la devolución del dinero.

20. Los comprobantes rechazados serán devueltos por nota al área quesolicitó el pedido de fondos para que sean debidamente confeccionados oreemplazados o se realice la devolución del dinero de los mismos.

21. Se deberán reemplazar los comprobantes rechazados con el objetivode que sean remitidos nuevamente al área de Rendición de Cuentas en unnuevo expediente. En el mismo se deberá hacer mención del número deadelanto de fondos, el número de vale a rendir, el expediente por elcual se rindió parcialmente del cual se desagrego esos comprobantes,con el objeto que sea perfectamente identificado para su rendiciónposterior y cierre del importe del vale original.

22. A partir de la devolución a la dependencia de los comprobantes conanomalías, el responsable tendrá un plazo de QUINCE (15) días hábilespara su corrección y su envió al área de Rendición de Cuentas; casocontrario, se procederá a solicitar la devolución total del dineropercibido y mal rendido de dichos comprobantes.

IF-2016-02439518-APN-SSPRYF#MS

ANEXO IV

MODELO DE RENDICIÓN DE COMPROBANTES DE GASTOS

Ref: Rendición VALE xx/2016 - ADELANTO xx/16

COORDINACIÓN DE UNIDADES SANITARIAS DE FRONTERAS:

Por la presente se adjuntan los comprobantes y detalle de gastosdebidamente conformados correspondientes al descargo del Vale N°XX/2016, correspondiente al Adelanto de Fondos para Gastos Corriente N°XX/2016.

VALE N° XX/2016: $ 10.000

CONCEPTON° DE COMPROBANTEFECHA DE EROGACIÓNMONTO







TOTAL VALE N° XX/2016: $ 10.000

Total descargo: $ 2.500

Saldo por rendir: $ 7.500

Saluda atentamente.

UNIDAD SANITARIA DE FRONTERAS DE xxx

Buenos Aires,

NOTA N° XXX/2016 (Si se hace manualmente, si se utiliza sistema GEDO,la numeración se obtendrá automáticamente al firmar digitalmente porcertificado)

IF-2016-02439517-APN-SSPRYF#MS

e. 02/02/2017 N° 5523/17 v. 02/02/2017

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