Resolución 180/1998
Creacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Consejo Profesional De Kinesiologia
Creacion
Creacion - integrantes.
Id norma: 52521 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 28965
Fecha boletin: 25/08/1998 Fecha sancion: 18/08/1998 Numero de norma 180/1998
Organismo (s)
Organismo origen: Secretaria De Politicas De Salud Y Regulacion Sani Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Secretaría de Política y Regulación deSalud
CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA
Resolución 180/98
Creación. Integrantes.
Bs. As., 18/8/98
B.O: 25/08/98
VISTO el Expediente Nº 2002-2452/98-9 del registro de esteMinisterio, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido por el artículo 13 del DecretoNº 1288/97 reglamentario de la Ley 24.317 es necesario contarcon un CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOCIA cuyas funciones seestablecen en la misma norma.
Que para la integración de dicho Consejo se tiene en cuentala propuesta de la ASOCIACION ARGENTINA DE KINESIOLOGIA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervenciónde su competencia.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICA Y REGULACION DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º- Créase el CONSEJO PROFESIONALDE KINESIOLOGIA el que será presidido por el Director deRegistro y Fiscalización de Recursos de Salud, con lasfunciones establecidas en el artículo 13 del Decreto Nº1288/97, Reglamentario de la Ley 24.137 del Ejercicio de Kinesiología.
Art. 2º- Desígnase como integrantes del CONSEJOPROFESIONAL DE KINESIOLOGIA a los siguientes profesionales: Doctoresen Kinesiología y Fisiatría D. Guillermo Mario SCAGLIONE(D.N.I. Nº 14.927.859), D. Hugo RODRIGUEZ ISARN (D.N.I. Nº4.413.556) y D. Rodolfo COVA (L.E. Nº 426.681), el Licenciadoen Kinesiología y Fisiatría D. Ernesto SPAGNOLOREY (D.N.I. Nº 4.430.378) y los Kinesiólogos FisiatrasD. Claudio LIETI (L.E. Nº 5.407.152) y D. Alberto ELMI (D.N.I.Nº 4.370.327).
Art. 3º- E1 desempeño de los profesionalescomo integrantes del CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA serácon carácter honorario.
Art. 4º- Comuníquese, publíquese, désea la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido,archívese.- Guillermo R. Bonamassa.
Páginas externas |
Información Legislativa y Documental |
Sistema Argentino de Información Jurídica |