Resolución 28/2004

Requisitos Unidades Terapia Intensiva Adultos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Grupo Del Mercado Comun
Requisitos Unidades Terapia Intensiva Adultos

Aprobar los "requisitos comunes para las unidades de terapia intensiva de adultos", que figuran como anexo y forma parte de la presente resolucion.

Id norma: 104990 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30622

Fecha boletin: 31/03/2005 Fecha sancion: 08/10/2004 Numero de norma 28/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 4° DE LA RESOLUCION 29/2015 DEL GRUPO MERCADO COMUN, B.O. 26/01/2016, PAGINA 37.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/GMC/RES N° 28/04 REQUISITOS COMUNES PARA LAS UNIDADES DE TERAPIA INTENSIVA DE ADULTOSVISTO: EI Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 91/93 del Grupo Mercado Común.CONSIDERANDO: La conveniencia de contar con requisitos comunes armonizados para habilitación de unidades de terapia intensiva de adultos.EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:Art. 1 — Aprobar los "Requisitos Comunes para las Unidades de Terapia Intensiva de Adultos", que figuran como Anexo y forma parte de la presente Resolución.Art. 2 — Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:

Argentina:

Ministerio de Salud

 

 

Brasil:

Ministério da Saúde

 

 

Paraguay:

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

 

 

Uruguay:

Ministerio de Salud Pública

Art. 3 — Los Requisitos Comunes deberán estar incluidos en las normativas de habilitación de servicios de terapia intensiva de adultos de cada Estado Parte.Cada Estado Parte, según su criterio, podrá agregar otros requisitos en la referida normativa nacional.Art. 4 — Cada Estado Parte, de acuerdo a su criterio podrá agregar otros requisitos en la normativa nacional o local y/o aumentar los requisitos referidos.Art. 5 — Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 30/VI/05.LV GMC - Brasilia, 8/X/04 _____________NOTA: El Acta y los Anexos de la LV Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común del Mercosur, celebrada los días 7 y 8 de octubre de 2004, en la ciudad de Brasilia, pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional, Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 31/3 N° 475.260 v. 31/3/2005

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