Decisión 40/2004

Reunion Altas Autoridades Sobre Derechos Humanos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo Del Mercado Comun
Reunion Altas Autoridades Sobre Derechos Humanos

Instituir una reunion de altas autoridades en el area de derechos humanos, que sesionara con la participacion de los organos competentes en la materia de los estados partes y de los estados asociados, en los terminos de la dec. cmc nro. 18/04, incluyendo las respectivas cancillerias.

Id norma: 105963 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 30644

Fecha boletin: 02/05/2005 Fecha sancion: 16/12/2004 Numero de norma 40/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/CMC/DEC N° 40/04

CREACION DE LA REUNION DE ALTAS AUTORIDADES SOBRE DERECHOS HUMANOS DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia y las Decisiones CMC N° 18/98, 02/02, 23/03 y 18/04.

CONSIDERANDO:

Que los derechos humanos son fundamentales para la construcción de sociedades libres y para la búsqueda del desarrollo económico y social.

Que la protección y la promoción de los derechos de los ciudadanos de los Estados Partes del MERCOSUR y de los Estados Asociados son objetivos esenciales del proceso de integración de América del Sur.

Que las libertades individuales, los principios democráticos y el estado de derecho constituyen valores comunes a las sociedades sudamericanas.

Que el Grupo Ad Hoc sobre Derechos Humanos realizó un importante trabajo sobre tales temas.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:

Art. 1 — Instituir una reunión de Altas Autoridades en el área de Derechos Humanos, que sesionará con la participación de los órganos competentes en la materia de los Estados Partes y de los Estados Asociados, en los términos de la Dec. CMC N° 18/04, incluyendo las respectivas Cancillerías.

Art. 2 — Asignar al Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP) las funciones previstas en las Decisiones CMC N° 02/02 y 23/03, en lo que se refiere a las actividades de la Reunión de Altas Autoridades de Derechos Humanos.

Art. 3 — Esta Decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXVII CMC - Belo Horizonte, 16/XII/04

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