Decisión 41/2004

Foro Consultivo Municipios, Estados Federales ...

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Consejo Del Mercado Comun
Foro Consultivo Municipios, Estados Federales ...

Crear el foro consultivo de municipios, estados federados, provincias y departamentos del mercosur, con la finalidad de estimular el dialogo y la cooperacion entre las autoridades de nivel municipal, estadual, provincial y departamental dos estados partes del mercosur.

Id norma: 105964 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 30644

Fecha boletin: 02/05/2005 Fecha sancion: 16/12/2004 Numero de norma 41/2004

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/CMC/DEC. N° 41/04

FORO CONSULTIVO DE MUNICIPIOS, ESTADOS FEDERADOS, PROVINCIAS Y DEPARTAMENTOS DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 90/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el desarrollo del proceso de integración tiene una dimensión política creciente, la cual requiere acciones coordinadas y sistematizadas de todos los actores envueltos en el mismo.

La conveniencia de instituir un foro que se preste al diálogo y a la cooperación de las autoridades de nivel municipal, estadual, provincial y departamental de los Estados Partes del MERCOSUR entre sí los Gobiernos Nacionales.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:

Art. 1 — Crear el Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR, con la finalidad de estimular el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal, estadual, provincial y departamental dos Estados Partes del MERCOSUR.

Art. 2 — El Foro Consultivo sucederá a la Reunión Especializada de Municipios e Intendencias y será integrado por representantes, designados por los Estados Partes, de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos integrantes de sus respectivos territorios.

Art. 3 — El Foro Consultivo será formado por un Comité de los Municipios y un Comité de los Estados Federados, Provincias y Departamentos.

Art. 4 — El Foro Consultivo podrá proponer medidas destinadas a la coordinación de políticas para promover el bienestar y mejorar la calidad de vida de los habitantes de los Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos de la región, así como formular recomendaciones por intermedio do Grupo Mercado Común.

Art. 5 — El Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del MERCOSUR elevará propuesta de Reglamento Interno a consideración del Grupo Mercado Común.

Art. 6 — Esta decisión no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXVII CMC - Belo Horizonte, 16/XII/04

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