Nota Externa 17/2005

Acuerdo Complementacion Economica

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Acuerdo Complementacion Economica

De acuerdo con la nota de fecha 14 de abril de 2005 de la direccion nacional de politica comercial externa dependiente de la secretaria de industria, comercio y de la pequeña y mediana empresa, caratulada por actuacion nro. 121001802005, y el articulo 2 del vigesimo protocolo adicional del acuerdo de complementacion economica nro. 48, suscripto entre la republica argentina y los paises miembros de la comunidad andina (a.c.e. nro. 48), se prorroga desde el 1º de abril de 2005 hasta el evento que ocurra primero, sea el 31 de mayo de 2005 o la efectiva entrada en vigor del acuerdo de complementacion economica mercosur peru, la vigencia de las preferencias pactadas en dicho acuerdo, entre la republica argentina y la republica de peru. se deja constancia que el citado protocolo podra ser consultado en la pagina www.afip.gov.ar, adjunto a la presente nota externa.

Id norma: 106048 Tipo norma: Nota Externa Numero boletin: 30646

Fecha boletin: 04/05/2005 Fecha sancion: 20/04/2005 Numero de norma 17/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion General De Legal Y Tecnica Aduanera Ver Notas Externas Observaciones: -

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

NOTA EXTERNA N° 0017/2005 (SDG LTA) (DV ORCO)

Prórroga A.C.E. N° 48 (348-3)

Bs. As., 20/4/2005

De acuerdo con la Nota de fecha 14 de Abril de 2005 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por Actuación Nº 12100-180-2005, y el Artículo 2 del Vigésimo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 48, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y los países miembros de la COMUNIDAD ANDINA (A.C.E. Nº 48), se prorroga desde el 1º de Abril de 2005 hasta el evento que ocurra primero, sea el 31 de Mayo de 2005 o la efectiva entrada en vigor del Acuerdo de Complementación Económica MERCOSUR - PERU, la vigencia de las Preferencias pactadas en dicho acuerdo, entre LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE PERU.

Se deja constancia que el citado Protocolo podrá ser consultado en la Página www.afip.gov.ar, adjunto a la presente Nota Externa.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese. — Cont. Púb. HUGO N. GOMEZ, Subdirector General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas A/C de la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

e. 4/5 N° 478.695 v. 4/5/2005

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica