Disposición 154/2005

Manual De Sistema En Vuelo Por Torno Para Planeadores

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Habilitaciones Aeronauticas
Manual De Sistema En Vuelo Por Torno Para Planeadores

Apruebase el manual de sistema envuelo por torno para planeadores, en caracter experimental.

Id norma: 107744 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 30693

Fecha boletin: 12/07/2005 Fecha sancion: 30/06/2005 Numero de norma 154/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion De Habilitaciones Aeronauticas De La Fue Ver Disposiciones Observaciones: -

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas

HABILITACIONES AERONAUTICAS

Disposición 154/2005

Apruébase el Manual de Sistema Envuelo por Torno para Planeadores, en carácter experimental.

Bs. As. 30/6/2005

VISTO lo propuesto por el señor Jefe del Departamento Trabajo Aéreo e Instituciones Aerodeportivas, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo determinado en la Disposición 116/01 "NORMAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESCUELAS DE ENSEÑANZA PRACTICA DE VUELO, PARACAIDISMO E INSTRUCCION EN SIMULADORES DE VUELO", que tiene el objeto de contribuir a una mejor y más eficiente instrucción de las actividades aerodeportivas, y la enseñanza práctica de vuelo, siendo la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas (D.H.A.), el organismo que tiene como responsabilidad el control de las Instituciones Aerodeportivas que poseen escuelas de vuelo en el país.

Que fue necesario rever la documentación que en otros países se utilizan para este Sistema de Envuelo y realizar las traducciones correspondientes, procediéndose a una adecuación de toda la documentación a las normativas de la República Argentina.

Que la documentación con que cuenta las Instituciones es incompleta y de diversa procedencia, por lo cual es necesario un documento único.

Que esta situación generó que las Instituciones Aerodeportivas que operan con Sistema de Envuelo por Torno, no posean el marco legal adecuado para su utilización.

Que conforme al requerimiento efectuado por la Federación Argentina de Vuelo a Vela (F.A.V.A.V.), los Aeroclubes y Clubes de Planeadores, una actualización de las Normativas que a la fecha se encuentra en vigencia es indispensable, tendiente a regular la citada actividad.

Que la Federación Argentina de Vuelo a Vela (F.A.V.A.V.), ha asesorado, poniendo a disposición de este Organismo personal y documentación para asegurar la implementación del presente Manual en las Instituciones Aerodeportivas que utilicen este Sistema de Envuelo.

Que si bien el uso de tornos de remolque se realiza en nuestro país desde el año 1946, como lo prevé el Decreto 2501/71 y su reglamentación Art. 6, Inc. 3º que dispone la posibilidad de subvención por adquisición de este material con hasta el (OCHENTA POR CIENTO) 80% de su valor total para la actividad aerodeportiva.

Que la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas (D.H.A.), establece el presente Manual de Sistema Envuelo por Torno para planeadores a partir de la presente, el cual contiene todo el concepto de operación y que será de cumplimiento obligatorio por parte de las Instituciones Aerodeportivas, que utilicen el mencionado sistema de envuelo.

Que con el presente acto administrativo se deja sin efecto la Disposición 281/02 de la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas (D.H.A.), siendo reemplazado por la presente Disposición.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo.

Por ello:

EL DIRECTOR DE HABILITACIONES AERONAUTICAS
DISPONE:

Artículo 1º — Apruébese el Manual de Sistema Envuelo por Torno para Planeadores, por el término de CUATRO (4) meses, en carácter experimental, para su consideración y aprobación definitiva.

Art. 2º — Procédase a agregar al Programa de Instrucción Reconocido para Pilotos de Planeador, el Programa de Instrucción Reconocido Sistema Envuelo por Torno.

Art. 3º — Procédase a su publicación en el Boletín Oficial para que sea de conocimiento general el presente acto administrativo, y a efectuarse las comunicaciones a la Federación Argentina de Vuelo a Vela (F.A.V.A.V.) y a la Confederación Argentina de Entidades Aerodeportivas (C.A.D.E.A.), para su cumplimiento por parte de las Instituciones que operan con el mencionado sistema de envuelo.

Art. 4º — El Departamento Trabajo Aéreo e Instituciones Aerodeportivas de la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas (D.H.A.) será responsable de efectuar el contralor del cumplimiento de la presente y las coordinaciones necesarias entre los organismos intervinientes.

Art. 5º — Cumplido, vuelva a la Dirección de Habilitaciones Aeronáuticas, a sus efectos y posterior archivo. — Juan C. Delgado.

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