Resolución 1750/2005

Dias Inhabiles Administrativos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Riesgos Del Trabajo
Dias Inhabiles Administrativos

Declarar como dias inhabiles administrativos para esta superintendencia de riesgos de trabajo el periodo comprendido entre los dias 8 de agosto de 2005 y 19 de agosto de 2005 inclusive, sin perjuicio de tenerse por validas todas aquellas actuaciones realizadas durante dicho periodo.

Id norma: 108842 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30719

Fecha boletin: 18/08/2005 Fecha sancion: 12/08/2005 Numero de norma 1750/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Superintendencia De Riesgos Del Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución Nº 1750/2005
Bs. As., 12/8/2005
VISTO, las Leyes Nº 19.549 y Nº 24.557, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 7 de agosto de 2005 se produjo un incendio en el piso 6º de la calle Florida Nº 537 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en dicho edificio, más precisamente en los pisos 3º, 5º, 10º, 11º y 25º, funcionan parte de las oficinas de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Que las dimensiones del siniestro aludido han afectado gravemente las actividades normales de este organismo de control.
Que atento ello corresponde se dispongan las medidas necesarias a los fines de lograr una paulatina normalización de dichas actividades.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde declarar como días inhábiles administrativos los transcurridos desde el 8 de agosto hasta el 19 de agosto de 2005, período que se ha estimado adecuado a los fines de lograr un reordenamiento de las tareas de esta SUPERINTENDENCIA, plazo que podrá ser prorrogado si dicho reordenamiento no hubiera sido alcanzado a dicha fecha.
Que sin perjuicio de lo manifestado se tendrán por válidas todas aquellas actuaciones realizadas durante el citado período.
Que la Subgerencia de Asuntos Legales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ha tomado la intervención que le compete de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 19.549.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declarar como días inhábiles administrativos para esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO el período comprendido entre los días 8 de agosto de 2005 y 19 de agosto de 2005 inclusive, sin perjuicio de tenerse por válidas todas aquellas actuaciones realizadas durante dicho período.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1753/2005 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo B.O. 26/8/2005 se prorroga la declaración de días inhábiles administrativos hasta el día viernes 2 de setiembre de 2005 inclusive, sin perjuicio de tenerse por válidas todas aquellas actuaciones que se realicen hasta dicho término.)
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. HECTOR O. VERON, Superintendente de Riesgos del Trabajo, S.R.T.
e. 18/8 Nº 488.853 v. 18/8/2005

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