Resolución 9800/2005

Resolucion 500/04 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion De Programas Especiales
Resolucion 500/04 - Modificacion

Modificacion del punto 16 del anexo vi de la resolucion nº 500/2004, a fin de adecuarlo a los criterios sobre aranceles y prestaciones definidos por la ape, la secretaria para la prevencion de la drogadiccion y lucha contra el narcotrafico y la subsecretaria de drogadiccion de la provincia de buenos aires.

Id norma: 110161 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30750

Fecha boletin: 30/09/2005 Fecha sancion: 27/09/2005 Numero de norma 9800/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion De Programas Especiales Ver Resoluciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION 24.750 DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, B.O. 26/10/2011, PAGINA 18.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Resolución 9800/2005

Modificación del Punto 16 del Anexo VI de la
Resolución Nº 500/2004, a fin de adecuarlo a los criterios sobre
aranceles y prestaciones definidos por la APE, la Secretaría para la
Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico y la
Subsecretaría de Drogadicción de la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 27/9/2005

VISTO la Resolución Nº 500/04 – APE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el VISTO se
establece el Programa de Cobertura de Prestaciones Médico Asistenciales
por medio del cual esta Administración otorgará cobertura para el pago
de determinadas prestaciones medicas, prótesis, órtesis, medicación y
material descartable taxativamente mencionadas en dicho Programa.

Que el Punto 16 del Anexo VI de la Resolución,
regula los requisitos y condiciones que deben cumplir los Agentes del
Seguro de Salud para solicitar la cobertura de tratamientos para
drogadependientes, estipulando, asimismo, los montos reconocidos para
cada prestación.

Que esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
junto con la SECRETARIA PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LUCHA
CONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA NACION y la SUBSECRETARIA DE DROGADICCION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, han unificado criterios sobre
aranceles y prestaciones entre los tres Organismos, despejando, de esta
manera, algunas diferencias que existían al respecto.

Que la SECRETARIA PARA LA PREVENCION DE LA
DROGADICCION Y LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA NACION ha
oficializado las conclusiones obtenidas de la reunión de los tres
Organismos, dictando el acto administrativo correspondiente.

Que en atención a lo expuesto, se cree conveniente
el dictado de un acto administrativo que modifique el Punto 16 del
Anexo VI de la Resolución Nº 500/04, a fin de adecuarlo a los criterios
sobre aranceles y prestaciones definidas en la reunión mencionada
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros 53/ 98 y 167/02.

Por ello

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el Punto 16
del Anexo VI de la Resolución Nº 500/04 – APE, el que quedará redactado
de la siguiente manera: "Tratamiento para drogadependientes, tanto el
ambulatorio como en internación según Programa aprobado por el
Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y la Secretaría de
Programas para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el
Narcotráfico.

a) Módulo 1: Consulta y Orientación: Refiere a
consultas de orientación y evaluación diagnóstica según DSM IV
(debiendo considerarse los Ejes para el diagnóstico en Adicciones) y
posterior derivación. El módulo está integrado por cuatro consultas
como mínimo y seis como máximo, a saber; Psiquiátrica, Psicológica,
Psicosocial y Clínica.

1. Valor de Referencia: $ 15 por consulta.

b) Módulo 2: Hospital de Medio Día (4 Horas): Comprende actividades terapéuticas de tipo ambulatorio.

1. Criterios de admisión del paciente: conciencia de
situación y enfermedad, red de contención familiar, actividades
laborales o escolares en curso.

2. Valores de Referencia: hasta $ 510 por mes.

3. Máximo 180 días.

c) Módulo 3: Hospital de Día (8 horas): Comprende actividades de tipo ambulatorio.

1. Criterios de admisión del paciente: conciencia de
situación y enfermedad, escasa red de contención familiar y sin
actividades laborales y/o escolares.

2. Valor de Referencia: hasta $ 690 por mes.

3. Máximo 180 días.

d) Módulo 4: Internación Psiquiátrica para Desintoxicación:

1. Criterios de admisión: intoxicación severa,
descompensación, clínico-psiquiátrica por uso indebido de sustancias
psicoactivas.

2. Valor de Referencia: hasta $ 70 por día.

3. Máximo 30 días.

e) Módulo 5: Internación en Comunidad Terapéutica Residencial:

1. Criterios de admisión: intoxicación crónica
severa, falta de contención familiar, no sostiene actividades laborales
ni educativas.

2. Valor de Referencia: hasta $ 1.100 por mes

3. Máximo 12 meses con evaluaciones cada 60 días por
la auditoría del Agente del Seguro de Salud. Estas evaluaciones deben
formar parte de los respectivos expedientes de solicitud de cobertura
ante esta Administración.

f) Módulo 6: Modalidad Tratamiento Ambulatorio de Control y Prevención de Recaídas:

1. Criterios de admisión: finalización de cualquiera
de los módulos de tratamiento definidos en los puntos b), c), d) y e)
hasta el alta definitiva.

2. Valor de Referencia: hasta $ 350 por mes.

3. Máximo 180 días.

El tiempo máximo de cobertura que financiará esta
Administración en concepto de tratamientos de drogadependencia será de
hasta 24 meses sumando todas las modalidades aquí descriptas.".

Art. 2º — Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
oportunamente archívese cúmplase y oportunamente archívese. — Eugenio
D. Zanarini.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1200/2012
de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 3/10/2012 se limita
la vigencia temporal de la presente Resolución, para la tramitación de
los reintegros de las prestaciones
realizadas por los Agentes del Seguro, en forma previa a la publicación
de la norma de referencia)
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 1310/2012
de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 22/10/2012 se amplía
la vigencia temporal de la presente Resolución, para la tramitación de
los reintegros de las prestaciones realizadas por los Agentes del
Seguro hasta el 30 de noviembre de 2012)

Páginas externas

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