Nota Externa 28/2005

Ref. Resolucion General Nro. 1921

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Aduanas
Ref. Resolucion General Nro. 1921

Aclaracion del punto 2.5.2.5 de la resolucion general nro. 1921.

Id norma: 110508 Tipo norma: Nota Externa Numero boletin: 30758

Fecha boletin: 13/10/2005 Fecha sancion: 11/10/2005 Numero de norma 28/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion General De Aduanas Ver Notas Externas Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota Externa N° 28/2005

Asunto: Resolución General N° 1921

Bs. As., 11/10/2005

VISTO que la redacción definitiva otorgada a los puntos 2.5.1.2 y 2.5.2.5 del Anexo II de la Resolución General N° 1921 determinó que se establecieran plazos dispares (CINCO días en el primer caso y DOS días en el segundo), para situaciones que guardan similitud, no obstante el canal asignado.

Ante ello se torna necesario unificar ambos términos en el mayor de los plazos previstos, en aras de la coherencia normativa y operativa.

De conformidad a la facultad conferida por el Artículo 9, Apartado 2, Inciso a) del Decreto 618/97, corresponde efectuar la siguiente aclaración para conocimiento de los usuarios del Servicio Aduanero y de las distintas Dependencias del mismo:

El punto 2.5.2.5 de la aludida norma queda redactado en los siguientes términos:

El declarante procederá a regularizar la situación respecto a las diferencias de cantidad de unidades embarcadas a través de la Declaración Post- embarque dentro de los CINCO (5) días hábiles del "CUMPLIDO" con diferencias del personal aduanero.

Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

e. 13/10 N° 494.385 v. 13/10/2005

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica