Resolución 13/2005

Digesto Sobre Usos Del Rio Uruguay

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Comision Administradora Del Rio Uruguay
Digesto Sobre Usos Del Rio Uruguay

Sustituir en el digesto sobre usos del rio uruguay, tema e3, titulo 2, capitulo 4 clasificacion de las aguas y estandares de calidad de las aguas., seccion 2, estandares de calidad de las aguas. art. 1ro.) uso 4. basico, y art. 3ro.) uso 2, por el texto que se establece en la presente.

Id norma: 110958 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30770

Fecha boletin: 31/10/2005 Fecha sancion: 06/05/2005 Numero de norma 13/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Comision Administradora Del Rio Uruguay Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAY PLENARIO: 06.05.05 ACTA N°: 05/05 Resolución N° 13/05 Paysandú, 06 de mayo de 2005 VISTO: Lo informado por la Secretaría Técnica conjuntamente con los Asesores a los efectos de aprobar los nuevos estándares de calidad de agua establecidos; y CONSIDERANDO: Que la CARU aprobó con fecha 14 de Septiembre de 2004 los nuevos estándares de calidad de agua, a los efectos de incorporarlos al DIGESTO sobre usos del Río Uruguay.ATENTO: A las competencias y responsabilidades que le han sido conferidas estatutariamente a la Comisión.LA COMISION ADMINISTRADORA DEL RIO URUGUAYRESUELVE: Artículo 1°) — Sustituir en el DIGESTO sobre usos del Río Uruguay, TEMA E3, TITULO 2, CAPITULO 4 - CLASIFICACION DE LAS AGUAS Y ESTANDARES DE CALIDAD DE LAS AGUAS., SECCION 2, Estándares de calidad de las aguas. Art. 1°) USO 4. BASICO, y Art. 3°) USO 2, por el siguiente texto: CAPITULO 4 - CLASIFICACION DE LAS AGUAS Y ESTANDARES DE CALIDAD DE LAS AGUAS.SECCION 2. Estándares de calidad de las aguas.Artículo 1°) — USO 4. BASICO Los estándares correspondientes al Uso 4, serán los que se indican a continuación:

a. Oxígeno disuelto

 

Mínimo:

5,6 mg/L

b. pH

 

Entre

6,5 y 9,0 (DBO 5 )

c. Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO 5 ) 5 días a 20°C

Máximo

5mg/L

d. Temperatura Se deberán mantener las condiciones naturales.e. Aceites y grasas (extractables en n - Hexano) Virtualmente ausentes.f. Amoníaco no ionizable (NH 3 )

Máximo

19µg/L de N

g. Sustancias tóxicas: Máximos:

Arsénico

15 µg/L de As

Cadmio

0,84 µg/L de Cd

Cianuro

5 µg/L de CN

Cobre

10 µg/L de Cu

Cromo

10 µg/L de Cr1

Fenoles

1 µ/L de C6 H5 oH

Hierro

1000 µ/L de Fe

Mercurio

0,2 µg/L de Hg


Níquel

116,3 µ/L de Ni

Plomo

7 µ/L de Pb

Selenio

5 µg/L de Se

Zinc

37 µg/L de Zn

1 La concentración de cromo total no podrá contener más de 2 µg/L de cromo exavalente [Cr (VI)].h. Biocidas Máximos

Aldrin

5 ng/L

Clordano

5 ng/L

DDT

2 ng/L

Dieldrin

5 ng/L

Endosulfan

20 ng/L

Endrin

4 ng/L

Heptacloro

10 ng/L

Heptacloro epóxido

10 ng/L

Lindano (gama BHC)

16 ng/L

Metoxicloro

30 ng/L

Organofosforados

65 ng/L como Paration


2,4 D

4 µg/L

2, 4, 5

T10 µg/L

2, 4, 5 TP

2 µg/L

i. Bifenilos Policlorados (BPC)

Máximo:

1 ng/L

Artículo 3°) — USO 2.Los estándares correspondientes al Uso 2 serán aquellos determinados para el Uso 4 con más los siguientes agregados y modificaciones.a. Coliformes fecales Determinados mediante la técnica de la membrana filtrante y basados en un mínimo de cinco muestras igualmente espaciadas tomadas en un período de treinta días durante la temporada balnearia, no deberán exceder una media logarítmica de 200 UFC/100 ml ni superar los 500 UFC /100 ml en más del 20 por ciento de las muestras.

b. pH

Entre: 6,5 y 8,3

c. Esquistosomiasis.Deberá verificarse la ausencia de caracoles del género Planorbis en las zonas de aguas quietas, en especial en áreas de embalse.d. Detergentes (SAAM)

Máximo:

1,0 mg/L de LAS

e. Escherichia coli La media geométrica de al menos cinco muestras en treinta días no debe exceder los 126 E. Coli /100 ml f. Enterococos La media geométrica de al menos cinco muestras en treinta días no debe exceder los 33 Enterococos/ 100 ml.Artículo 2°) — Comuníquese, dése a las Secretarías Administrativa y Técnica, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay y archívese. — Embajador ROBERTO GARCIA MORITAN, Presidente Comisión Administradora del Río Uruguay. — SERGIO CHAVES, Secretario Administrativo Comisión Administ. del Río Uruguay. — Arq. WALTER M. BELVISI, Vicepresidente Comisión Administradora del Río Uruguay.e. 31/10 N° 76.452 v. 31/10/2005

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