Nota Externa 2/2005

Liquidacion Y Pago De Cargos Contenciosos

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Liquidacion Y Pago De Cargos Contenciosos

Visto que por disposicion 084/2005 (di adba) de fecha 31 de octubre de 2005 se han restituido a la seccion liquidaciones las tareas y funciones relativas al registro de las liquidaciones en concepto de tributos y/o multas por sumarios contenciosos, las cuales se estaban efectuando en el ambito de la secretaria de actuacion nro. 6, seguidamente se instruyen los procedimientos a adoptar para la liquidacion y pago de los citados conceptos.

Id norma: 112370 Tipo norma: Nota Externa Numero boletin: 30806

Fecha boletin: 21/12/2005 Fecha sancion: 11/11/2005 Numero de norma 2/2005

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Aduana De Buenos Aires Ver Notas Externas Observaciones: NO SE VINCULA CON SU ANTECEDENTE DISPOSICION NRO. 84/2005 PORQUE NO SE PUBLICO EN EL BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Nota Externa Nº 2/2005

Liquidación y Pago de Cargos Contenciosos

Bs. As., 11/11/2005

Visto que por Disposición 084/2005 (DI ADBA) de fecha 31 de octubre de 2005 se han restituido a la Sección Liquidaciones las tareas y funciones relativas al registro de las liquidaciones en concepto de tributos y/o multas por sumarios contenciosos, las cuales se estaban efectuando en el ámbito de la Secretaría de Actuación Nº 6, seguidamente se instruyen los procedimientos a adoptar para la liquidación y pago de los citados conceptos:

1 - Efectuada la notificación de las liquidaciones de multas y tributos de los Sumarios Contenciosos por la Secretaría de Actuación Nº 6, el registro de la liquidación manual y la respectiva afectación se efectuará en la Sección Liquidaciones dependiente de la División Registro de Importación.

2 - Para el pago de los importes liquidados, el usuario deberá efectuar el depósito de los importes correspondientes en la Cuenta Unica de Recaudación a Afectar, según lo establecido en la Resolución General 1917 (AFIP). Dicho depósito deberá efectuarse en la dupla Importador / AFIP.

3 - Realizado el depósito, el interesado o apoderado deberá concurrir a la Sección Liquidaciones, en la cual mediante la presentación de Multinota habilitada para tal fin, solicitará el registro de la liquidación manual por tributos y Multas. La citada Sección se encuentra ubicada en Azopardo 350 PB y su horario de atención es de 9.30 a 13.00 y de 13.30 a 18.00 hs.

4 - En la presentación por Multinota el interesado deberá informar los datos del depósito efectuado incluyendo el número transaccional del pago, y autorizando expresamente la afectación por parte del Servicio Aduanero de los importes depositados en la subcuenta María.

5 - Concluido el registro de la liquidación y consecuente afectación de fondos, la Sección Liquidaciones emitirá el respectivo comprobante de pago de la liquidación manual, entregando una copia al interesado como constancia de pago.

Dicha copia deberá estar debidamente intervenida y firmada por el agente interviniente.

6 - Concluido el trámite, la actuación contenciosa será girada mediante el Sistema SIGEA para la prosecución del trámite respectivo.

Fdo. JULIO TARNAPOLSKY, Director Aduana de Bs. As.

Lic. JULIO A. TARNAPOLSKY, Director (Int.), Dirección Aduana de Buenos Aires.

e. 21/12 N° 500.791 v. 21/12/2005

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