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Resolución 34/2005
Control Sanitario De Puertos, Aeropuertos Y Otros
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Control Sanitario De Puertos, Aeropuertos Y Otros
Glosario de control sanitario de puertos, aeropuertos, terminales y puntos de frontera. abrogacion de la resolucion gmc nº 27/00.
Id norma: 113129 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30824
Fecha boletin: 16/01/2006 Fecha sancion: 19/10/2005 Numero de norma 34/2005
Organismo (s)
Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: NORMA PUBLICADA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL CON ANEXO, COMO ANEXO A LA RESOLUCION NRO. 631/2006 - BOLETIN OFICIAL 18/5/2006 - PAG. 19. NUEVAMENTE PUBLICADA EN BOLETIN OFICIAL, CON ANEXO, INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL, RESOLUCION NRO. 1912/2006 - BOLETIN OFICIAL 20/12/2006 - PAG. 23.- ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 37/2009 DEL GRUPO DEL MERCADO COMUN, B.O. 5/08/2010, PAGINA 45.
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 34/05
GLOSARIO DE CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA (DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC Nº 27/00)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 22/05 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de la 58a Asamblea Mundial de la Salud, WHA 58.3 del 23 de mayo de 2005, adopta el nuevo Reglamento Sanitario Internacional (2005).
Que es conveniente compatibilizar los términos que integran el glosario del Reglamento Sanitario Internacional (2005) con los de la Subcomisión de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera del SGT Nº 11 "Salud".
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art. 1 — Aprobar el "Glosario de Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 — Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: Ministerio de Salud y Ambiente
Brasil: Ministério da Saúde
Paraguay: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Uruguay: Ministerio de Salud Pública
Art. 3 — Derógase la Resolución GMC Nº 27/00.
Art. 4 — Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 19/IV/2006.
LX GMC - Montevideo, 19/X/05
ANEXO
GLOSARIO DE CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA
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