Resolución 41/2006

Resolucion Nro. 14/2006 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Metrologia Legal
Resolucion Nro. 14/2006 - Modificacion

Modificacion de la resolucion nro. 14/2006, referida a la aprobacion del reglamento sobre tanques fijos de almacenamiento.

Id norma: 114924 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30872

Fecha boletin: 23/03/2006 Fecha sancion: 20/03/2006 Numero de norma 41/2006

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Coordinacion Tecnica Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Secretaría de Coordinación Técnica
METROLOGIA LEGAL
Resolución 41/2006
Modificación de la Resolución Nº 14/2006, referida a la aprobación del Reglamento sobre Tanques Fijos de Almacenamiento.
Bs. As., 20/3/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0003527/2006 del Registro de MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nº 199 de fecha 29 de diciembre de 2004 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobó el Reglamento sobre Tanques Fijos de Almacenamiento.
Que la mencionada resolución establece los requisitos metrológicos y técnicos que deben verificarse en aquellos recipientes fijos destinados a almacenar líquidos a granel, a presión atmosférica o bajo presión, y a través de cuyas mediciones se realizan transacciones comerciales.
Que las exigencias señaladas suponen la adecuación de una cantidad indeterminada de tanques a la que se debe efectuar la verificación primitiva a través del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al que se ha asignado exclusivamente esta función de acuerdo con el Artículo 3º, inciso a) del Decreto Nº 788 de fecha 18 de septiembre de 2003.
Que en esta instancia se estima necesario relevar el parque existente de tanques alcanzados por la Resolución Nº 199/04 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA; la capacidad operativa de verificación por parte del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL para dar cumplimiento en tiempo y forma a las solicitudes de servicios que se presenten a fin de no afectar el buen funcionamiento de las actividades económicas involucradas; la cantidad y capacidad de las empresas que realizan los servicios previos a la verificación y calibrado, referidos ellos al vaciado y limpieza de los tanques; y el impacto económico resultante de la aplicación de la norma, con el fin de establecer, posteriormente, un cronograma sustentable para el desarrollo de las verificaciones técnicas.
Que en tal orden de ideas, se dictó la Resolución Nº 14 de fecha 2 de febrero de 2006 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA, por la cual se suspendió la entrada en vigencia sólo de los Artículos 7º y 8º de la Resolución Nº 199/04 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA que se refieren, exclusivamente, a las fechas de entrada en vigencia de la misma dependiendo de las fechas de calibraciones efectuadas.
Que, sin perjuicio de lo expuesto y atento la particular naturaleza de las actividades involucradas, resulta necesario llevar adelante un análisis eficiente, completo y operativo respecto a todas las partes intervinientes en la misma y no sólo a las alcanzadas por dichos artículos para sustentar su aplicación.
Que la investigación previa, permitirá obtener la información necesaria a efectos de elaborar un cronograma para la realización de las verificaciones técnicas que torne aplicable el Reglamento Aprobado garantizando el cumplimiento de los objetivos proyectados en la Ley de Metrología Legal, como es la uniformidad en los usos metrológicos, transparencia, lealtad en las relaciones comerciales y en las de prestación de servicios, y seguridad en las relaciones industriales.
Que una interpretación literal de la Resolución Nº 199/04 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA, de acuerdo a lo indicado en los Artículos 2º y 6º, podría conllevar a asignarle un alcance no previsto al momento de su dictado.
Que por las razones expuestas y con el fin de evitar eventuales conflictos interpretativos en cuanto al sentido y alcance de la medida, resulta procedente efectuar una modificación a la Resolución Nº 14/06 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2º, inciso a) del Decreto Nº 788 de fecha 18 de septiembre de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COORDINACION TECNICA
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el texto del Artículo 1º de la Resolución Nº 14 de fecha 2 de febrerode 2006 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 1º — Suspéndese la entrada en vigencia de la Resolución Nº 199 de fecha 29 de diciembre de 2004 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION hasta tanto la Autoridad de Aplicación determine el cronograma de verificaciones a seguir".
Art. 2º — Sustitúyese el texto del Artículo 2º de la Resolución Nº 14 de fecha 2 de febrero de 2006 de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2º — La presente resolución será de aplicación retroactiva al 29 de diciembre de 2004".
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos L. Salas.

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