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Decisión 27/2005
Director De La Secretaria Administrativa - Designacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Consejo Del Mercado Comun
Director De La Secretaria Administrativa - Designacion
Designar al dr. jose ernesto büttner limprich, de la republica del paraguay, como director de la secretaria administrativa del mercosur, para el periodo 2006-2007.
Id norma: 115159 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 30878
Fecha boletin: 03/04/2006 Fecha sancion: 08/12/2005 Numero de norma 27/2005
Organismo (s)
Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 27/05
DESIGNACION DEL DIRECTOR DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nº 67/96, 42/97, 87/99, 15/02 y 02/03 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Protocolo de Ouro Preto establece que el MERCOSUR contará con una Secretaría, responsable por la prestación de servicios a los demás órganos del MERCOSUR.
Que en la XI Reunión del Consejo del Mercado Común se acordó que luego de la titularidad de Uruguay en la Dirección de la SAM, ésta sería ejercida por un candidato de la República del Paraguay, para luego continuar la rotación sucesiva por orden alfabético.
Que el Grupo Mercado Común procedió a la elección del Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, en conformidad con el ítem XII del Artículo 14 y el Artículo 33 del Protocolo de Ouro Preto.
Que el Consejo del Mercado Común debe realizar la designación del Director de la SAM, en conformidad con el ítem IX del Artículo 8 del Protocolo de Ouro Preto.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
Art. 1 - Designar al Dr. José Ernesto Büttner Limprich, de la República del Paraguay, como Director de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR, para el período 2006-2007.
Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXIX CMC - Montevideo, 08/XII/05
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