Resolución 628/2006

Res. 450/2006 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Residencias
Res. 450/2006 - Modificacion

Modificacion del anexo i de la resolucion n° 450/2006, en relacion con la conformacion de la comision asesora del sistema nacional de acreditacion de residencias del sistema de salud.

Id norma: 116393 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30907

Fecha boletin: 17/05/2006 Fecha sancion: 11/05/2006 Numero de norma 628/2006

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Salud Y Ambiente Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Salud y Ambiente

RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

Resolución 628/2006

Modifícase el Anexo I de la Resolución Nº 450/2006, en relación con la conformación de la Comisión Asesora del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud.

Bs. As., 11/5/2006

VISTO la Resolución del Ministerio de Salud y Ambiente Nº 450 de fecha 07 de marzo de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el VISTO, a través de su Artículo 5º se da cuenta del funcionamiento y conformación de la COMISION ASESORA del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que por conforme el considerando anterior se ha deslizado un error involuntario en la conformación de las entidades invitadas a conformar la citada Comisión.

Que a los fines de sanear la omisión cometida se considerará imprescindible la modificación del listado que como ANEXO I forma parte de la Resolución Ministerial Nº 450/06.

Que resulta pertinente la incorporación de la Asociación de Clínicas y Sanatorios Privados de la República Argentina —ADECRA—.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOSJURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y AMBIENTE
RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el listado de entidades y/u organismos detallados en el ANEXO I de la Resolución del Ministerio de Salud y Ambiente Nº 450 de fecha 07 de Marzo de 2006, por el ANEXO I que forma parte del presente artículo.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ginés M. González García.

ANEXO I

- Academia Nacional de Medicina.

- Asociación Civil para la Acreditación y Evaluación de Programas de Educación Médica de Postgrado en la República Argentina (A.C.A.P).

- Asociación de Facultades Argentinas de Ciencia Médicas de la República Argentina (A.FA.CI.ME.R.A).

- Asociación de Facultades de Odontología de la República Argentina (A.F.O.R.A).

- Asociación de Unidades Académicas de Psicología (A.U.A.Psi).

- Sociedad Argentina de Investigación y Desarrollo en Educación Médica (SAIDEM).

- Comisión Nacional Asesora de Evaluación y Acreditación Universitaria (CO.N.E.A.U).

- Comisión Nacional de Enfermería.

- Confederación Médica de la República Argentina (CO.M.R.A).

- Consejo Federal de Entidades Médicas Colegiadas (CON.F.E.ME.CO).

- Ente Coordinador de Unidades Académicas de Farmacia y Bioquímica (E.C.U.A.F.Y.B).

- Asociación de Unidades Académicas de la República Argentina de Kinesiología y Fisiatría.

- Organización Panamericana de la Salud (O.P.S).

- Confederación Farmacéutica de la República Argentina (CO.F.A.).

- Confederación de Clínicas y Sanatorios Privados de la República Argentina (CONFE.CLI.SA).

- Asociación de Clínicas y Sanatorios Privados de la República Argentina – (ADECRA).

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