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Resolución 19/2006
Sub- Estandar 3.7.2. Requisitos Fitosanitarios Para Allium Sativum (Ajo) ...
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Sub- Estandar 3.7.2. Requisitos Fitosanitarios Para Allium Sativum (Ajo) ...
Aprobar el “sub- estandar 3.7.2. requisitos fitosanitarios para allium sativum (ajo) según pais de destino y origen, para los estados parte del mercosur”, que consta como anexo y forma parte de la presente resolucion. abrogase la resolucion gmc nro. 90/96.
Id norma: 118986 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 30971
Fecha boletin: 17/08/2006 Fecha sancion: 22/06/2006 Numero de norma 19/2006
Organismo (s)
Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO POR ART. 4° DE LA RESOLUCION 88/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 04/09/2008. SE PUBLICA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL, CON SU ANEXO, COMO ANEXO III DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a
Ver 6 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/GMC/RES. N° 19/06
SUB-ESTANDAR 3.7.2. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ALLIUM SATIVUM (AJO) SEGÚN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 90/96)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 90/96, 57/01 y 52/02 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC N° 90/96, se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Allium sativum (ajo), a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Parte del MERCOSUR.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Parte.
EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el "Sub Estándar 3.7.2. Requisitos Fitosanitarios para Allium sativum (ajo) según País de Destino y Origen, para los Estados Parte del MERCOSUR", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina:
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
Brasil:
Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE
Uruguay:
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derógase la Resolución GMC N° 90/96.
Art. 4 - Los Estados Parte deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 22/XII/2006.
LXIII GMC - Buenos Aires, 22/VI/06
SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCION III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.2. Requisitos Fitosanitarios para Allium sativum (ajo) según País de Destino y Origen, para los Estados Parte del MERCOSUR
I- INTRODUCCION
1.- AMBITO
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados aplicados por las ONPFs de los Estados Parte del MERCOSUR en el intercambio regional de Allium sativum (ajo).
2.- REFERENCIAS
- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2da revisión, Resolución GMC N° 52/02.
3.- DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Las establecidas en el Estándar 3.7.
4.- DESCRIPCION
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Parte del MERCOSUR, en el intercambio regional para Allium sativum (ajo), en sus diferentes presentaciones y organizados por País de Destino y Origen.
II. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Allium sativum, SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR
II.2 A. PAIS DE DESTINO:
ARGENTINA
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARAAllium sativum
EXIGENCIAS CUARENTENARIAS:
REQUISITOS SEGUN ORIGEN:
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