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Resolución Conjunta 42/2006 642/2006
Rc 150 Y 684/2005 Sprrs Y Sagpa - Su Modificacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Codigo Alimentario Argentino
Rc 150 Y 684/2005 Sprrs Y Sagpa - Su Modificacion
Modificacion de la resolucion conjunta nros. 150 y 684/2005 sprrs y sagpa.
Id norma: 120790 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 31008
Fecha boletin: 10/10/2006 Fecha sancion: 29/09/2006 Numero de norma 42/2006 642/2006
Organismo (s)
Organismo origen: Secretaria De Politicas Regulacion Y Relaciones Sanitarias Ver Resoluciones Organismo origen: Secretaria De Industria, Agricultura, Pesca Y Alim Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones SanitariasySecretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO
Resolución Conjunta 42/2006 y 642/2006
Modifícase el Anexo de la Resolución Conjunta SPRRS N° 150/2005 y SAGPA N° 684/2005.
Bs. As., 29/9/2006
VISTO la Resolución Conjunta S.P.R.y R.S. N° 150/2005 y S.A.G.P.y A. N° 684/2005 y el Expediente N° 1-47-2110-487-06-7 del Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución Conjunta S.P.R.y R.S. N° 150/2005 y S.A.G.P.y A. N° 684/2005 se incorporó al Código Alimentario Argentino la Resolución Grupo Mercado Común (GMC) N° 47/2003 referida al "Reglamento Técnico Mercosur de Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional".
Que en la aludida Resolución se omitió incluir las tablas I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, que contienen las porciones armonizadas y la medida casera correspondiente, en función del alimento o grupo de alimentos.
Que en consecuencia corresponde incluir las citadas tablas en la Resolución Conjunta S.P.R.y R.S. N° 150/2005 y S.A.G.P.y A. N° 684/2005.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los organismos involucrados han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 815/99.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIASYEL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOSRESUELVEN:
Artículo 1° — Incorpóranse al Anexo de la Resolución Conjunta S.P.R. y R.S N° 150/2005 y S.A.G.P y A. N° 684/2005 las tablas con la porción armonizada y la medida casera correspondiente, en función del alimento o grupo de alimentos que como Anexo forman parte de la presente Resolución Conjunta.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido archívese. — Carlos A. Sorati. — Miguel S. Campos.
ANEXO
TABLA I
PRODUCTOS DE PANIFICACION, CEREALES,LEGUMINOSAS, RAICES, TUBERCULOS, Y SUS DERIVADOS(1 porción aproximadamente 150 kcal)
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