Resolución 1626/2006

Programa De Formacion Para La Gestion De La Ciencia Y La Tecnologia En Las Provincias

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Secretaria De Ciencia, Tecnologia E Innovacion Productiva
Programa De Formacion Para La Gestion De La Ciencia Y La Tecnologia En Las Provincias

Modificar el articulo 3º de la resolucion nº 1386 del 23 de septiembre de 2005, el que quedara redactado de la siguiente manera: la implementacion del “programa de formacion para la gestion de la ciencia y la tecnologia en las provincias”, se instrumentara a traves de la suscripcion de convenios entre la secretaria de ciencia, tecnologia e innovacion productiva, por una parte, y cada una de las universidades en las cuales el beneficiario de la beca realizara el posgrado. derogase el articulo 4° de la resolucion anteriormente citada.

Id norma: 124028 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31071

Fecha boletin: 11/01/2007 Fecha sancion: 07/12/2006 Numero de norma 1626/2006

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Ciencia, Tecnologia E Innovacion Pro Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE VINCULA CON SU ANTECEDENTE - RES. 1386/05 DEL 23/9/05- PORQUE SEGUN NUESTROS REGISTROS NO SE HABRIA PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Resolución Nº 1626/2006
Bs. As., 07/12/2006
VISTO el Expediente Nº 1404/05 y la Resolución Nº 1386 del 23 de septiembre de 2005, del Registro de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, y
CONSIDERANDO:
Que la aplicación de la resolución citada en el visto trajo aparejado inconvenientes insalvables para su tramitación, por cuanto no se pudo contar con la posibilidad de que los gobiernos provinciales pudieran concederle licencia con goce de haberes a los aspirantes a las Maestrías establecida en la misma.
Que por ello se hace necesario modificar y actualizar lo establecido por la Resolución Nº 1386/05 con el objeto de facilitar el cumplimiento de los objetivos perseguidos a través del Programa de Formación para la Gestión de la Ciencia y la Tecnología en las Provincias.
Que por otra parte resulta conveniente firmar los respectivos convenios con las Universidades involucradas en el programa en forma separada con cada una de ellas.
Que el suscripto se encuentra autorizado para el dictado de la presente conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.
Por ello
EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Modificar el ARTICULO 3º de la Resolución Nº 1386 del 23 de septiembre de 2005, el que quedará redactado de la siguiente manera: La implementación del "Programa de Formación para la Gestión de la Ciencia y la Tecnología en las Provincias", se instrumentará a través de la suscripción de convenios entre la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, por una parte, y cada una de las Universidades en las cuales el beneficiario de la beca realizará el posgrado.
ARTICULO 2º — Establecer que el respaldo institucional del gobierno provincial establecido en el Anexo I de la citada resolución no será condición necesaria para los aspirantes a las becas del Programa de Maestrías en Gestión de la Ciencia y la Tecnología en las Provincias.
ARTICULO 3º — Derogar el ARTICULO 4º de la Resolución Nº 1386 del 23 de septiembre de 2005.
ARTICULO 4º — Aprobar como Anexo II de la Resolución SECTIP Nº 1386/06 el documento denominado "Convocatoria Pública para otorgamiento de 20 Becas de Formación de Maestría a Profesionales interesados en la Política y Gestión de la Ciencia y la Tecnología" que forma parte de la presente.
ARTICULO 5º — Designar Coordinador del Programa de Maestrías en Gestión de la Ciencia y la Tecnología en las Provincias al Dr. Alberto Enrique Cassano (DNI Nº: 6.220.825).
ARTICULO 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Ing. TULIO ABEL DEL BONO, Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
(Nota Infoleg: véase art. 3° de la Resolución N° 503/2007 de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva B.O. 16/8/2007 que manda a sustituir el "Anexo III" de la presente resolución por el que la misma aprueba).
ANEXO II
CONVOCATORIA PUBLICA PARA EL OTORGAMIENTO DE 20 BECAS DE
FORMACION EN EL NIVEL DE MAESTRIA A PROFESIONALES
INTERESADOS EN LA POLITICA Y GESTION
DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA
La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, por intermedio del "Programa de Formación para la Gestión de la Ciencia y la Tecnología en las Provincias", convoca a profesionales de distintas disciplinas, interesados en postularse para la obtención de Becas para cursar las siguientes maestrías: 1) "Política y Gestión de la Ciencia y la Tecnología", de la Universidad de Buenos Aires; 2) "Ciencia, Tecnología y Sociedad", de la Universidad Nacional de Quilmes; y 3) "Gestión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de la Universidad Nacional de General Sarmiento.
Cobertura de la beca:
$1500 (mil quinientos pesos) mensuales durante el período de 24 meses durante dos años consecutivos. Dicho estipendio cubrirá el costo del arancel y los gastos de permanencia en la ciudad donde se dicte la Maestría de conformidad a lo establecido en el cuerpo del Convenio.
La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva becará hasta 20 alumnas/os, que pertenezcan al más amplio espectro provincial.
De las becas en consideración, se asignarán ocho al programa de Maestría de la Universidad de Buenos Aires, ocho al programa de Maestría de la Universidad Nacional de Quilmas y cuatro al Programa de Maestría de la Universidad Nacional de General Sarmiento.
Admisión
El Programa de becas está dirigido a graduados de carreras universitarias de no menos de cuatro años de duración. Es requisito que los postulantes posean capacidad de lecto-comprensión de idioma inglés.
Dado que las maestrías se dictarán en sus sedes de la Ciudad de Buenos Aires u otras acreditados por la CONEAU, en el caso de postulantes provenientes de instituciones estatales y universidades públicas y privadas del interior del país, es recomendable acompañar la solicitud con el aval de la institución de pertenencia, que a la vez indique el compromiso institucional de que el becario ocupe, en el futuro, un cargo en la institución afín con la formación recibida.
Documentación a presentar:
1. Formulario de Inscripción (A retirar de la página WEB de la SECyT)
2. Fotocopias de título/s, rogamos por favor enviar fotocopias de certificado/s analítico/s de materias aprobadas, o declaración jurada de las materias aprobadas.
3. Fotocopia de DNI, Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento o Cédula de Identidad, primera y segunda hoja.
4. Currículum Vital; podrá ser de hasta cinco páginas y se detallará la experiencia laboral y la formación académica.
5. Nota del organismo público provincial o científico tecnológico avalando la presentación del interesado (no excluyente).
Las solicitudes deberán ser presentadas o enviadas por correo antes de la fecha establecida, a nombre de "Programa Becas Maestrías" en la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, sita en la Av. Córdoba 831, 2º piso de la ciudad de Buenos Aires.
Apertura de la Convocatoria: 27 de noviembre de 2006.
Cierre de la convocatoria: 27 de diciembre de 2006. Se tomará la fecha del matasellos del envío postal en caso de hacerlo por esta vía.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1670/06 de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, B.O. 11/1/2007, se posterga hasta el 23 de febrero de 2007 la fecha de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes).
Limitaciones: Las becas no son accesibles a personas con residencia dentro de un radio de 100 Km de la ciudad Autónoma de Buenos Aires o de igual radio en cualquier otro lugar en que se ejecute el Programa.
Condicionamiento: La adjudicación de la beca está condicionada a la firma de un Convenio entre la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva con cada una de las Universidades participantes del Programa que se encuentra en trámite. De modo tal que es condición necesaria para acceder a la beca del lugar de selección, que la correspondiente Universidad haya formalizado el referido convenio con anterioridad a la fecha de adjudicación. De no lograrse la concreción de este trámite, la correspondiente solicitud será considerada como no presentada. La sola presentación de la referida solicitud, conlleva implícita la aceptación de esta cláusula de condicionamiento.
Informes: dirigir mail a acassano@agencia.secyt.gov.ar o preferentemente a la dirección electrónica de la Universidad que propone como primera prioridad para llevar a cabo su programa (información obtenible en la página WEB de la respectiva Universidad).
e. 11/1 Nº 535.325 v. 11/1/2007

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