Directiva 7/2006

Formulario Para La Presentacion De Pedidos De Acciones Puntuales

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Formulario Para La Presentacion De Pedidos De Acciones Puntuales

Los pedidos de adopcion o renovacion de las medidas previstas en la resolucion gmc nº 69/00 deberan ser presentados por los estados partes de acuerdo con el formulario basico que consta en el anexo y forma parte de esta directiva.

Id norma: 124782 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 31085

Fecha boletin: 31/01/2007 Fecha sancion: 10/11/2006 Numero de norma 7/2006

Organismo (s)

Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA DIRECTIVA 3/2011 DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR, B.O. 20/09/2011, PAGINA 99.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 07/06

FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE PEDIDOS DE ACCIONES PUNTUALES POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es importante armonizar las prácticas de los Estados Partes en lo que se refiere a la administración de la política arancelaria común.

Que es necesario uniformizar los procedimientos de análisis de casos de reducción temporaria del Arancel Externo Común por razones de abastecimiento, conforme a lo establecido en la Resolución GMC Nº 69/00.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SEGUIENTE DIRECTIVA:

ARTICULO 1º — Los pedidos de adopción o renovación de las medidas previstas en la Resolución GMC Nº 69/00 deberán ser presentados por los Estados Partes de acuerdo con el Formulario Básico que consta en el Anexo y forma parte de esta Directiva.

ARTICULO 2º — Exceptúanse de lo dispuesto en el Artículo precedente los pedidos relativos a productos del área de salud, que podrán utilizar un formulario propio, siempre que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución GMC Nº 69/00.

ARTICULO 3º — La presente Directiva no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXIX CCM — Montevideo, 10/XI/06

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