Decisión 8/2007

Fondo Para La Convergencia Estructural Del Mercosur

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Fondo Para La Convergencia Estructural Del Mercosur

Fondo para la convergencia estructural del mercosur aprobacion de proyectos-piloto

Id norma: 125849 Tipo norma: Decisión Numero boletin: 31106

Fecha boletin: 01/03/2007 Fecha sancion: 18/01/2007 Numero de norma 8/2007

Organismo (s)

Organismo origen: Consejo Del Mercado Comun Ver Decisiones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/CMC/DEC Nº 08/07
FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR
APROBACION DE PROYECTOS – PILOTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 45/04, 18/05, 24/ 05 y 17/06 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que las Decisiones CMC Nº 45/04 y 18/05 crearon el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
Que la Decisión CMC Nº 18/05 está en vigencia.
Que la Decisión CMC Nº 28/06 aprobó el primer Presupuesto del FOCEM.
Que los Gobiernos de Paraguay y de Uruguay, el CMA y la Secretaría del MERCOSUR presentaron proyectos-piloto a consideración de la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR.
Que el Grupo Ad Hoc de Expertos, previsto en el Artículo 15 (b) de la Decisión CMC Nº 18/05, analizó los proyectos-piloto de acuerdo con el Reglamento del FOCEM y consideró que los proyectos son técnica y financieramente viables.
Que la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR y el Grupo Mercado Común evaluaron los resultados alcanzados en el marco del mencionado Grupo Ad Hoc de Expertos y elevaron para la aprobación los proyectos-piloto considerados técnicamente viables y que cumplen con las condiciones de elegibilidad.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:
ARTICULO 1º — Aprobar los siguientes Proyectos-Piloto incluyendo las contrapartidas de recursos propios de los Estados Partes beneficiarios:
"MERCOSUR - Habitat de Promoción Social, Fortalecimiento de Capital Humano y Social en asentamientos en condiciones de pobreza", presentado por la República del Paraguay, por un valor de US$ 12.914.680,00.
"MERCOSUR ROGA", presentado por la República de Paraguay, por un valor de US$ 9.705.882,00.
"Rehabilitación y mejoramiento de Carreteras de acceso y Circunvalación del Gran Asunción", presentado por la República del Paraguay, por un valor de US$ 14.860.000,00.
"Programa de Apoyo integral a Microempresas", presentado por la República del Paraguay, por un valor de US$ 5.000.000,00.
"Laboratorio de Bioseguridad y Fortalecimiento del Laboratorio de Control de Alimentos", presentado por la República del Paraguay, por un valor de US$ 4.800.000,00.
"Ruta 26 - trechos Melo-Ruta 18 y límite Paysandú Tacuarembó – A Sauce del Capote", presentado por la República Oriental del Uruguay, por un valor de US$ 5.310.000,00.
"Internacionalización de la especialización productiva - desarrollo y capacitación tecnológica de los sectores de ‘software’, biotecnología y electrónica y sus respectivas cadenas de valor", presentado por la República Oriental del Uruguay, por un valor de US$ 1.500.000,00.
"Economía Social de Frontera", presentado por la República Oriental del Uruguay, por un valor de US$ 1.646.820,00.
Proyecto "MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa", presentado por el Comité MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa, por un valor de US$ 16.339.470,00.
"Fortalecimiento Institucional de la Secretaría del MERCOSUR para el Sistema de Información del Arancel Externo Común", presentado por la Secretaría del MERCOSUR, por un valor de US$ 50.000,00.
"Base de Datos Jurisprudenciales del MERCOSUR", presentado por la Secretaría del MERCOSUR, por un valor de US$ 50.000,00.
ARTICULO 2º — Instruir al Director de la Secretaría del MERCOSUR a elaborar los instrumentos jurídicos relativos a la ejecución y cronograma de financiamiento de los proyectos-piloto mencionados en el Art. 1 de la presente Decisión y suscribirlos con los Estados Partes beneficiados.
A tal fin, el Director de la Secretaría contará con el apoyo del Grupo Ad Hoc de Expertos y de la Presidencia de la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR.
ARTICULO 3º — Durante el año 2007, los Estados Partes podrán presentar proyectos-piloto que, una vez aprobados, serán financiados con recursos del primer presupuesto del FOCEM aprobado por la Decisión CMC Nº 28/06. Estos proyectos deberán adecuarse, en su presentación y aprobación, a lo dispuesto en los Capítulos III y IV de la Sección III de la Decisión CMC Nº 24/05.
ARTICULO 4º — Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XXXII CMC - Río de Janeiro, 18/I/07

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica