Resolución 115/1988

Libros Obligatorios

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Instituto Nacional De Accion Mutual
Libros Obligatorios

Las asociaciones mutuales que funcionan en todo el territorio de la nacion deberan llevar con caracter obligatorio y debidamente rubricados los siguientes libros, sin perjucio de lo que ordenen otras disposiciones legales: a) diario; b) caja; c) inventario y balances; d) actas de asambleas; e) actas del consejo directivo; f) actas de reuniones de junta fiscalizadora; g) registro de asistencia a asambleas.

Id norma: 132220 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 26361

Fecha boletin: 05/04/1988 Fecha sancion: 24/03/1988 Numero de norma 115/1988

Organismo (s)

Organismo origen: Instituto Nacional De Accion Mutual Ver Resoluciones Observaciones: -

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