Resolución 22443/2007

Resolucion N° 9620/2007 - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Agentes Del Seguro De Salud
Resolucion N° 9620/2007 - Prorroga

Prorrogase la vigencia de la resolucion nº 9620/2007, mediante la cual se instrumento un apoyo financiero para aquellos beneficiarios del sistema nacional del seguro de salud damnificados por las inundaciones producidas en las provincias de santa fe y entre rios.

Id norma: 132760 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31249

Fecha boletin: 28/09/2007 Fecha sancion: 25/09/2007 Numero de norma 22443/2007

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion De Programas Especiales Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Administración de Programas Especiales

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

Resolución 22.443/2007

Prorrógase la vigencia de la Resolución Nº 9620/2007, mediante la cual se instrumentó un apoyo financiero para aquellos beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud damnificados por las inundaciones producidas en las provincias de Santa Fe y Entre Ríos.

Bs. As., 25/9/2007

VISTO las Resoluciones Nros. 9620/07 y 16.566/ 07 ambas de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución citada en primer término en el VISTO se instrumentó un apoyo financiero para aquellos beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud damnificados por las inundaciones producidas en las Provincias de Santa Fe y Entre Ríos.

Que por la Resolución Nº 16.566/07 - APE se prorrogó el plazo de presentación hasta el 1 de octubre de 2007, en razón de la solicitud de numerosas Obras Sociales del interior.

Que sin embargo, estando próximo el vencimiento del plazo, aún quedan muchos Agentes del Seguro de Salud del interior que no han presentado la solicitud por no haber podido completar la totalidad de la documentación que requiere la normativa para obtener el apoyo financiero.

Que resulta conveniente proceder a una nueva prórroga a efectos de salvaguardar los derechos de todos los beneficiarios perjudicados por la catástrofe ocurrida.

Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de los Decretos Nº 53/98 y Nº 98/06,

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2007 la vigencia de la Resolución Nº 9.620/ 07 - APE.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Juan A. Rinaldi.

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