Acta 5/2007

Xciv Reunion De La Comision De Comercio Del Mercosur - Agenda

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Xciv Reunion De La Comision De Comercio Del Mercosur - Agenda

Xciv reunion de la comision de comercio del mercosur. agenda de temas tratados.

Id norma: 132916 Tipo norma: Acta Numero boletin: 31252

Fecha boletin: 03/10/2007 Fecha sancion: 10/08/2007 Numero de norma 5/2007

Organismo (s)

Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Actas Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 5 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR

MERCOSUR/CCM/ACTA Nº 05/07

XCIV REUNION DE LA COMISION DECOMERCIO DEL MERCOSUR

Se realizó en la ciudad de Montevideo, RepúblicaOriental del Uruguay, entre los días 8 y 10 de agosto de 2007, la XCIV ReuniónOrdinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de lasDelegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

Fueron tratados los siguientes temas:

1. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES ALOS COMITES TECNICOS.

1.1. CT Nº 2 "Asuntos Aduaneros"

Conforme la instrucción impartida en el GMC, ensu LXVIII Reunión Ordinaria, la CCM instruyó al CT Nº 2 a realizar una reuniónconjunta con el SGT Nº 5 con la finalidad de considerar posibilidades desolución que configuren un régimen simplificado para el transporte deencomiendas en ómnibus de pasajeros (Res. GMC Nº 28/05).

1.2. CT Nº 3 "Normas y DisciplinasComerciales"

La CCM recibió el informe del CoordinadorNacional de la PPTU en el CT Nº 3 sobre la LV Reunión Ordinaria del CT Nº 3,realizada en Montevideo, entre los días 6 y 8 de agosto de 2007.

2. CONSULTAS

2.1. Nuevas Consultas

Consulta de Argentina a Brasil

Nº Tema 04/07 Ley Nº 11.508 del 2007 relativa al régimen tributario, cambiario y administrativo de las Zonas de Procesamiento de Exportaciones.

Consulta de Paraguay a Argentina

Nº Tema 05/07 Trato discriminatorio en el cobro de aranceles para el Registro Sanitario de Especialidades Medicinales y para la inspección de Laboratorios.

 

Consulta de Paraguay a Brasil

Nº Tema 06/07 Proyecto "Panos Quentes (PPQ) II" de la Receita Federal de Brasil. Precios mínimos de importación de textiles y vestido.

2.2. Consultas en Plenario

Nº Tema De A Situación 04/06 Restricciones al comercio de harina de trigo y premezclas Arg Bra Concluida insatisfactoriamente 07/06 Invalidación de Certificado de Origen a las exportaciones de ENVAPAR SA. Par Arg Concluida 12/06 Impuesto del 20% aplicado a la Exportación de mercaderías de la posición arancelaria N.C.M. 2711.19.10. Par Arg Concluida insatisfactoriamente 01/07 Ley 10.454/02 Trato Discriminatorio en la aplicación de la tasa CONDECINE a los servicios publicitarios de los Estados Partes del MERCOSUR Arg Bra Pendiente 02/07 Harinas y premezclas, alcances de la Norma de Ejecución COANA Nº 3, del 23 de abril de 2007 Arg Bra Concluida 03/07 Resolución Nº 343/2007 del Ministerio de Economía y Producción de la República Argentina sobre el Certificado de Importación de Productos Textiles para las solicitudes de destinación de importación definitiva para consumo. Ury Arg Argentina presentó Respuesta Pendiente

3. ORIGEN

3.1. Reglamentación de la Decisión CMC Nº 17/03Régimen de Certificación de Mercaderías Originarias del MERCOSUR almacenadas endepósitos aduaneros de uno de sus Estados Partes.

La Delegación de Uruguay manifestó por Nota PPTUNº 50/07, de fecha 19 de julio de 2007, que por Orden del Día Nº 47/2007 de laDirección Nacional de Aduanas, se implementó el procedimiento para la emisiónde los Certificados Derivados de Origen del MERCOSUR. Asimismo, se presentó elmodelo de Certificado de Origen Derivado y las firmas de los funcionariosautorizados a suscribir los respectivos Certificados.

3.2. Resolución GMC Nº 37/04 Reglamentación de laDec. CMC Nº 41/03.

La CCM reiteró la necesidad de aprobar unaDirectiva que incorpore las Listas previstas en el Art. 6 de la Res. GMC Nº37/04, una vez que se cuente con la aprobación de la norma relativa "Adecuacióna la NCM 2007 de los listados anexos a la Dec. CMC Nº37/05 (Deroga Dir. CCM Nº 11/06)".

4. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA COMPETENCIA

4.1. Definición de los mecanismos y condicionespara la eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona;

4.2. Protocolo de Defensa de la Competencia

Ambos temas permanecen en la Agenda.

5. DECISION CMC Nº 54/04 ELIMINACION DEL DOBLECOBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA

5.1. Implementación de la Dec.CMC Nº 37/05

La CCM aprobó la Directiva Nº 12/07"Implementación de la Dec. CMC Nº 37/05"por la que se prorroga el plazo de la Dir. CCM Nº11/06 hasta el 30/09/07 (Anexo IV).

Se realizó la reunión técnica sobre"Adecuación a la NCM 2007 de los listados del Anexo II a la Decisión CMCNº 37/05".

La Delegación de Argentina presentó una propuesta(Anexo VII - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 10/07) de modificación de lasobservaciones existentes en los listados actuales. Al respecto, las demásdelegaciones se comprometieron a estudiar dicha propuesta y, en caso de que seencuentren observaciones, éstas se remitan a los respectivos puntos focales concopia a las Coordinaciones Nacionales de la CCM, con anterioridad a la próximareunión de la CCM, a efectos de que en dicha reunión se aprueben los Anexos dela Decisión CMC Nº 37/05 con transposición a la NCM 2007.

Los puntos focales serán los siguientes:

ARGENTINA

Martín Guido Lavalle – mlaval@mecon.gov.ar

BRASIL

Ana Gomes – ana.gomes@desenvolvimento.gov.br

PARAGUAY

Marta Candia – marcan@hacienda.gov.py

Isidro Valiente – ivaliente@mre.gov.py

URUGUAY

Cecilia Durán – uanalisis@mef.gub.uy

5.2. Implementación del Artículo 4 de la Dec. CMC Nº 54/04

La PPTU realizó una presentación con relación altema de la distribución de la renta aduanera (Anexo VIII RESERVADO -MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 13/07).

La Delegación de Brasil circuló un documento quecontiene los lineamientos sobre un mecanismo para la distribución de la rentaaduanera.

Las delegaciones intercambiaron opiniones sobrelos documentos presentados y se continuó el análisis en el Grupo Técnico sobreDistribución de la Renta Aduanera.

Las Delegaciones de Argentina y Brasilintercambiaron los datos estadísticos acordados en el informe del Grupo Técnicoen la XCIII CCM.

La CCM recibió el informe elevado por el referidoGrupo Técnico (Anexo IX - RESERVADO – MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 14/07).

6. RES. GMC 69/00 "ACCIONES PUNTUALES EN ELAMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO"

6.1. Solicitud de reducción arancelaria al 2%para el producto "Acido TereftálicoPurificado" (PTA), que clasifica por la posición NCM 2917.36.00.

La Delegación de Brasil retiró de la agenda lasolicitud de reducción arancelaria de este producto.

6.2. Solicitud de reducción arancelaria para"Esteres del ácido acrílico de butilo", queclasifica por la posición NCM 2916.12.30

La Delegación de Brasil manifestó que no está encondiciones de acompañar dicha solicitud ya que existe una empresa en su paísque produce el mencionado producto.

Por su parte, la Delegación de Uruguay manifestóque puede acompañar dicho pedido.

6.3. Solicitud de reducción arancelaria para"Resinas de petróleo, Resinas de cumarona,Resinas de indeno, Resinas de cumarona-indeno y politerpenos. Sincarga" que se clasifica por la posición NCM 3911.10.20 (Art. 11 Res. GMCNº 69/00)

La Delegación de Paraguay manifestó que puedeacompañar la solicitud de reducción arancelaria de Argentina.

La Delegación de Brasil indicó que este temapodrá encontrar una solución con la revisión de la Res. GMC Nº 69/00, objetodel punto 6.7.

La Delegación de Uruguay informó que el temacontinúa en consulta interna.

6.4. Solicitud de reducción arancelaria para elproducto "UREA" que se clasifica por la posición NCM 3102.10.10. y para el producto "Mezclas de Urea y Nitrato de Amonioen disolución acuosa", que se clasifica por la posición NCM 3102.80.00.

La Delegación de Argentina solicitó, por medio dela Nota DIMEC-s Nº 103/2007, la reducción arancelaria al 0% para los referidosproductos, en el marco de lo dispuesto en el Art. 7 de la Res. GMC Nº 69/00.

Al respecto, la CCM aprobó las Directivas Nº08/07 y Nº 09/07 (Anexo IV).

6.5. Solicitud de reducción arancelaria temporalal 2% para el producto "Tereftalato de Dimetila - DMT), que se clasifica por la posición NCM2917.37.00 para una cuota de 36.000 Tn. por 12 meses.

La Delegación de Brasil solicitó, por Nota DMC Nº103/07, la reducción arancelaria temporaria al 2% para el producto "Tereftalato de Dimetila -DMT", que se clasifica por la posición NCM 2917.37.00, para una cuota de36.000 Tn., por un período de 12 meses.

Las Delegaciones de Argentina y Paraguaymanifestaron que pueden acompañar este pedido de reducción arancelaria.

La Delegación de Uruguay informó que el temacontinúa en consulta interna.

6.6. Solicitud de reducción arancelaria temporalal 2% para el producto "Chapa de Acero Carbono para aplicación enservicios ácidos", que se clasifica por la posición NCM 7208.51.00, parauna cuota de 25.000 Tn. por 12 meses.

La Delegación de Brasil solicitó, por Nota DMC Nº103/07, la reducción arancelaria temporaria al 2% para el producto "Chapade Acero Carbono para aplicación en servicios ácidos", que se clasificapor la posición NCM 7208.51.00, para una cuota de 25.000 Tn.,por un período de 12 meses.

La Delegación de Argentina informó su apoyo aeste pedido de reducción arancelaria.

Por su parte, las Delegaciones de Paraguay yUruguay expresaron que el tema se encuentra en consulta interna.

6.7. Revisión de la Resolución GMC Nº 69/00.

Con relación a la propuesta de revisión de laResolución GMC Nº 69/00 (MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 04/07 Rev. 1), presentada porArgentina, la Delegación de Brasil presentó una contrapropuesta (Anexo X -MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 11/07).

Las delegaciones intercambiaron opiniones sobreeste tema y acordaron continuar las discusiones en la próxima reunión de laCCM.

7. ASUNTOS ADUANEROS

7.1. Simplificación de Procedimientos Aduanerosen el comercio intrazona (implementación de la Res.GMC Nº 34/04).

La Delegación de Brasil realizó comentarios ysolicitó aclaraciones sobre algunos aspectos contenidos en el documentopresentado por la Delegación de Argentina en la última reunión de la CCM (AnexoX - MERCOSUR/XCIII CCM/DT Nº 08/07).

La Delegación de Argentina respondió a lasolicitud de Brasil y aclaró que, con relación al artículo 4 de la propuesta deBrasil, es necesario discutir el contenido de este artículo.

Luego de un intercambio de opiniones por parte delas demás delegaciones sobre esta propuesta, la Delegación de Argentina secomprometió a circular una nueva versión de la misma.

La Delegación de Brasil realizó una presentaciónsobre el documento "Simplificación de Procedimientos de Control Sanitarioen Despacho Aduanero" (Anexo XI - MERCOSUR/XCIII CCM/DT Nº 09/07). Alrespecto, las delegaciones manifestaron que el tema se encuentra en consultasinternas.

La CCM continuará el tratamiento de este tema ensu próxima reunión.

7.2. Simplificación de Procedimientos Aduanerosen el comercio intrazona

De conformidad a la instrucción impartida en laXXXIII Reunión Ordinaria del CMC, y teniendo en cuenta la propuesta presentadapor Paraguay (Anexo IV - MERCOSUR/XXXIII CMC/DT Nº 01/07), la CCM inició eltratamiento de este tema con vistas a definir medidas para facilitar el accesoa los mercados de intrazona de productos originariosde los Estados Partes.

En este sentido, la Delegación de Paraguay secomprometió a circular antes de la próxima reunión ordinaria, una listaespecífica de productos, con el fin de avanzar en el tratamiento de este tema.

7.3. Valoración Aduanera

La CCM recibió un informe preliminar del SCT deValoración Aduanera, que se reunió en forma paralela, de acuerdo a loestablecido en la última reunión ordinaria de la CCM (Anexo XI - MERCOSUR/XCIVCCM/DI Nº 15/07).

8. ARANCEL EXTERNO COMUN

8.1. Criterios para el análisis de lasmodificaciones arancelarias.

La Delegación de Uruguay circuló la propuesta"Criterios para la Modificación del AEC", el cual consta en el AnexoXII - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 12/07.

Las delegaciones informaron que analizarán dichapropuesta y se manifestarán en la próxima reunión de la CCM.

8.2. Solicitudes de modificación arancelariadefinitiva de partidas NCM 2930.90.79 y NCM 8433.20.10.

Con relación al ítem NCM 2930.90.79, la CCMinstruyó al CT Nº 1 a que eleve el tratamiento a dar al producto formulado coneste principio activo.

Con relación al ítem NCM 8433.20.10, laDelegación de Paraguay se comprometió a remitir la información estadísticasobre las importaciones de estos productos.

9. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACION

9.1. Implementación del Art. 2º de la DecisiónCMC Nº 2/06

9.1.1. Régimen Común para la Industria Naval

La Delegación de Uruguay circuló la propuesta"Régimen Común de Importación para la Industria Naval", el cualconsta en el Anexo XIII - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 13/07.

Las delegaciones informaron que analizarán lapropuesta de Uruguay y la previamente presentada por Argentina y semanifestarán en la próxima reunión de la CCM.

La PPTU manifestó que hará los esfuerzosnecesarios para organizar un encuentro entre los sectores privados de cadapaís. La Delegación de Brasil ofreció la posibilidad de que el mismo se realiceen Rio de Janeiro.

La Delegación de Venezuela informó que someterá aconsulta interna esta propuesta y consideró importante que se circule conanterioridad al mencionado encuentro entre los sectores privados, el régimen dela industria naval en cada país.

Las delegaciones se comprometieron a circular lamencionada información a través de la PPTU.

9.1.2. Régimen Común de Importación de BienesIntegrantes de Proyectos de Inversión

Las delegaciones intercambiaron opiniones sobreeste tema y acordaron continuar su tratamiento en la próxima reunión.

9.1.3. Régimen Común para la IndustriaAeronáutica

Las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguaymanifestaron que el tema continúa en análisis interno.

10. INCENTIVOS

La CCM tomó nota de la instrucción impartida enla XXXIII Reunión Ordinaria del CMC al Grupo de Alto Nivel, para considerar eltema de los incentivos a la inversión, la producción o la exportación, entreotros temas, teniendo en cuenta la Dec. CMC Nº 26/03y la propuesta presentada por Uruguay (Anexo V - MERCOSUR/XXXIII CMC/DT Nº02/07).

11. COOPERACION TECNICA MERCOSUR - BID

11.1. Apoyo Técnico a la CCM

La CCM recibió los documentos del Comité de Direccióndel Proyecto (Anexo XIV), que se reunió en forma paralela a la CCM.

En tal sentido, los tres proyectos y los términosde referencia que constan en Anexo fueron aprobados por la CCM.

La CCM instruyó a la SM a que realice latraducción al idioma portugués de estos proyectos y términos de referencia ylos remita la próxima semana para su verificación.

Asimismo, se discutió acerca de losprocedimientos para la selección de consultoras para los tres proyectos.

Para el proyecto de eliminación del doble cobrodel AEC se decidió utilizar el procedimiento de ternas previsto por el BID. Eneste sentido, las delegaciones se comprometieron a presentar un máximo de tresconsultoras por país antes del 27 de agosto de 2007, a los efectos de lograr laaprobación en el transcurso de la próxima CCM.

Para los restantes proyectos se deberá realizaruna convocatoria pública a consultoras por intermedio de la Secretaría delMERCOSUR, antes del 27 de agosto de 2007.

12. OTROS

12.1. Régimen de Origen del MERCOSUR

La CCM aprobó la Directiva Nº 10/07 "Régimende Origen del MERCOSUR" (Anexo IV) por la que se adecuó el Anexo I de laDecisión CMC Nº 01/04 a la NCM 2007. Hasta tanto entre en vigencia estaDirectiva se aplicará lo dispuesto por la Directiva CCM Nº 07/07.

12.2. Decisión CMC Nº 27/07 "Superación delas Asimetrías. Restricciones No Arancelarias"

La PPTU recordó que a través de la Decisión CMCNº 27/07 en su Art. 2, se instruyó a la CCM a aprobar, antes del 30 deseptiembre, un modelo de formulario para la presentación de las listas, con lasrestricciones y medidas no arancelarias más relevantes.

Al respecto, la CCM aprobó la Directiva Nº 11/07"Formulario para la presentación de restricciones y medidas noarancelarias" (Anexo IV).

12.3. Decisión CMC Nº 20/07 "Creación de laUnidad Técnica de Estadísticas del Comercio Exterior del MERCOSUR".

La PPTU señaló que el CMC en su Decisión Nº 20/07instruyó a la CCM que defina, durante segundo semestre del 2007 la estructurade la Unidad Técnica con el apoyo de la SM tomando cuenta, entre otras, lapropuesta del CT Nº 6.

La Delegación de Argentina circuló un documentode trabajo "Creación de la Unidad Técnica" (Anexo XV - MERCOSUR/XCIVCCM/DT Nº 14/07).

El Director de la SM realizó comentarios sobre ladisponibilidad tecnológica, de recursos humanos y la infraestructura, entreotros aspectos, que sería necesaria para la puesta en funcionamiento estaunidad técnica.

La CCM acordó convocar a un Grupo que se reuniráen forma paralela a la próxima reunión ordinaria, con el fin de avanzar sobreeste tema.

12.4. Situación de las normas con plazo deincorporación vencido

La CCM recibió de la SM el listado conteniendolas normas con plazo de incorporación vencido (Anexo XVI - RESERVADO -MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 13).

12.5. Secretaría del MERCOSUR

La CCM aprobó la publicación en la página WEB del MERCOSUR de las Bases POLCOM 2004-2005, BAEC1995-2005 y CORREL NCM 1995-2006 con la leyenda que las informacionescontenidas en dichas Bases son de carácter referencial.

PROXIMA REUNION

La CCM acordó realizar la XCV Reunión Ordinariaen Montevideo, entre los días 4 y 6 de septiembre de 2007.

ANEXOS:

Los Anexos que forman parte de la presente Actason los siguientes:

Anexo I Lista de Participantes. Anexo II Agenda. Anexo III Resumen de Acta. Anexo IV Directivas CCM aprobadas. Anexo V Nuevas Consultas. Anexo VI Consultas en Plenario. Anexo VII MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 10/07 Listado sobre implementación de la Dec. CMC Nº 37/05. Anexo VIII RESERVADO MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 13/07 Presentación de la PPTU sobre Distribución de la Renta Aduanera Anexo IX RESERVADO – MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 14/07 Informe del Grupo Técnico sobre Distribución de la Renta Aduanera. Anexo X MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 11/07 Contrapropuesta de Brasil sobre el DT N 04/07 Rev. 1 de Argentina. Anexo XI MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 15/07 Informe preliminar del SCT Valoración Aduanera. Anexo XII MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 12/07 Criterios para la Modificación del AEC, presentado por Uruguay. Anexo XIII MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 13/07 Propuesta de Régimen Común de Importación para la Industria Naval, presentada por Uruguay. Anexo XIV Comité de Dirección – Apoyo Técnico a la CCM (documentos presentados). Anexo XV MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 14/07 Creación de la Unidad Técnica, presentada por Argentina. Anexo XVI RESERVADO MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 13 Situación de las Normas con plazo de incorporación vencido.

 

 

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica