Disposición 236/2007

Metodologias Analiticas De Referencia - Establecimiento

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Sanidad Animal
Metodologias Analiticas De Referencia - Establecimiento

Establecense las metodologias analiticas de referencia y los criterios microbiologicos para la deteccion de biotoxinas marinas y ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasteropodos.

Id norma: 133392 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 31260

Fecha boletin: 16/10/2007 Fecha sancion: 10/09/2007 Numero de norma 236/2007

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion De Laboratorios Y Control Tecnico Ver Disposiciones Observaciones: -

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Dirección de Laboratorios y Control Técnico del Senasa

SANIDAD ANIMAL

Disposición 236/2007

Establécense las metodologías analíticas de referencia y los criterios microbiológicos para la detección de biotoxinas marinas y ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos.

Martínez, 10/9/2007

VISTO el Expediente S01:0339483/2007, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO,

Que es responsabilidad del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria velar por la inocuidad de los alimentos y en particular de aquellos que son producto de la captura de peces, crustáceos y moluscos.

Que para cumplir con dicha responsabilidad es necesario realizar controles analíticos y biológicos que aseguren la inocuidad de los alimentos a comercializar.

Que la presencia de biotoxinas marinas y de microorganismos, en determinadas concentraciones, en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos afecta la inocuidad de estos productos como alimento.

Que resulta necesario establecer las metodologías analíticas de referencia para la detección de biotoxinas marinas en los animales vivos mencionados.

Que al establecer los criterios microbiológicos y las metodologías analíticas de referencia, para el control de ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos se deben seguir las pautas sugeridas por los organismos internacionales.

Que el REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL aprobado por DECRETO 4238/68, en su CAPITULO VII LABORATORIOS, inciso 7. 1. 1. establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) fijará a través de su laboratorio oficial, cuáles serán las técnicas analíticas que se utilizarán en las determinaciones sobre productos, subproductos y derivados de origen animal.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto, conforme lo establecido por el Anexo II del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996 y lo dispuesto por el inciso 7. 1. 1. del DECRETO 4238 del 19 de julio de 1968.

Por ello,

LA DIRECCION DE LABORATORIOS Y CONTROL TECNICO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIADISPONE:

Artículo 1º — Establécense las metodologías analíticas de referencia para la detección de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos las que como ANEXO I forma parte de la presente disposición.

Art. 2º — Establécense los criterios microbiológicos y las metodologías analíticas de referencia para la detección de ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos que obra como ANEXO II de la presente disposición.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Verónica Torres Leedham.

ANEXO I

ANEXO II

CRITERIOS MICROBIOLOGICOS PARA MOLUSCOS BIVALVOS VIVOS, EQUINODERMOS, TUNICADOS Y GASTEROPODOS VIVOS

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección de Laboratorios y Control Técnico del Senasa
SANIDAD ANIMAL
Disposición 236/2007
Establécense las metodologías analíticas de referencia y los criterios microbiológicos para la detección de biotoxinas marinas y ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos.
Martínez, 10/9/2007
VISTO el Expediente S01:0339483/2007, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO,
Que es responsabilidad del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria velar por la inocuidad de los alimentos y en particular de aquellos que son producto de la captura de peces, crustáceos y moluscos.
Que para cumplir con dicha responsabilidad es necesario realizar controles analíticos y biológicos que aseguren la inocuidad de los alimentos a comercializar.
Que la presencia de biotoxinas marinas y de microorganismos, en determinadas concentraciones, en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos afecta la inocuidad de estos productos como alimento.
Que resulta necesario establecer las metodologías analíticas de referencia para la detección de biotoxinas marinas en los animales vivos mencionados.
Que al establecer los criterios microbiológicos y las metodologías analíticas de referencia, para el control de ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos se deben seguir las pautas sugeridas por los organismos internacionales.
Que el REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL aprobado por DECRETO 4238/68, en su CAPITULO VII LABORATORIOS, inciso 7. 1. 1. establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) fijará a través de su laboratorio oficial, cuáles serán las técnicas analíticas que se utilizarán en las determinaciones sobre productos, subproductos y derivados de origen animal.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto, conforme lo establecido por el Anexo II del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996 y lo dispuesto por el inciso 7. 1. 1. del DECRETO 4238 del 19 de julio de 1968.
Por ello,
LA DIRECCION DE LABORATORIOS Y CONTROL TECNICO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
DISPONE:
Artículo 1º — Establécense las metodologías analíticas de referencia para la detección de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos las que como ANEXO I forma parte de la presente disposición.
Art. 2º — Establécense los criterios microbiológicos y las metodologías analíticas de referencia para la detección de ciertos microorganismos en moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos que obra como ANEXO II de la presente disposición.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Verónica Torres Leedham.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° de la Disposición N° 235/2008 de la Dirección de Laboratorios y Control Técnico B.O. 1/8/2008)

ANEXO II
CRITERIOS MICROBIOLOGICOS PARA MOLUSCOS BIVALVOS VIVOS, EQUINODERMOS, TUNICADOS Y GASTEROPODOS VIVOS

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