Disposición 2/1990

Valores De Contribuciones Especiales - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registro De La Propiedad Inmueble De La Capital Federal
Valores De Contribuciones Especiales - Modificacion

Ratificase e incorporase a la presente disposicion el anexo i de la disposicion nº 78/90 dgrpi, que modifica los valores de las contribuciones especiales e importes de otros servicios conforme lo establecido por la leyes nº 17.050 y 23.412.

Id norma: 137297 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 26982

Fecha boletin: 04/10/1990 Fecha sancion: 28/09/1990 Numero de norma 2/1990

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Justicia Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Subsecretaría de JusticiaREGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERALDisposición 2/90Homológase la Disposición Nº 78/90 por la que se modifican los valores de las contribuciones especiales y otros servicios de conformidad con lo establecido por la Ley 17.050 y su convenio anexo, y la Ley 23.412.Bs. As., 28/9/90VISTO el expediente Nº 77.077/90 del registro de esta SUBSECRETARIA por el cual la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE solicita la homologación de la Disposición nº 78/90 por la que se modifican los valores de las contribuciones especiales y otros servicios de conformidad con lo establecido por la Ley 17.050 y su convenio anexo, y la Ley 23.412, yCONSIDERANDO:Que la medida propuesta incrementa en un cincuenta por ciento (50%) promedio los importes fijados por la Disposición nº 28/90.Que las cifras mencionadas en el anexo de la presente responden al porcentaje mencionado en el párrafo precedente.Que en las presentes actuaciones ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta SUBSECRETARIA.Que es facultad del suscripto el dictado de la presente de conformidad con lo dispuesto por Resolución M. E. y J. nº 482/90 y Resolución Ss. J. nº 119/90.Por ello,EL COORDINADOR EJECUTIVO DE LA SUBSECRETARIA DE JUSTICIADISPONE:1º – Ratifícase e incorpórase a la presente disposición el anexo I de la Disposición Nº 78/90 de la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE que modifica los valores de las contribuciones especiales e importes de otros servicios conforme lo establecido por la Ley nº 17.050 y su convenio anexo y la Ley 23.412.2º – Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. – Hugo B. Rodriguez Sañudo.ANEXO DISPOSICION Nº 78/90A) CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE LOS ESCRIBANOS PUBLICOS USUARIOS DEL REGISTRO:

1 – Solicitud de Certificado de Dominio con reserva de prioridad

A.

25.000

2 – Solicitud de Certificado de Inhibición

A.

18.000

3 – Anexo Certificado de Inhibición

A.

18.000

4 – Anexo Certificado de Dominio

A.

s/v

5 – Minuta de Inscripción

A.

158.000

6 – Minuta de Inscripción de Reglamento de Copropiedad y Administración  

(ley 13.512) y Afectación ley 19.724

A.

158.000

7 – Anexo de Reglamento (además del monto rubro 6), oblará:  

De 1 a 50 unidades

A.

360.000

De 51 a 100 unidades

A.

810.000

Más de 100 unidades

A.

1.575.000

8 – Minuta para Cancelación de Derechos Reales, Aceptación  

ulteriores testimonios, Rectificación y Aclaratoria

A.

36.000

9 – Anexo de Minuta de Inscripción y otros

A.

17.000

10 – Consulta de Documentación Registral (Resolución Nº 148/88)

A.

21.000

11 – Fotocopia de Documentación Registral, copia de planos, cada una

A.

12.000

12 – Reproducción de Microfilms, cada fotorama

A.

18.000

 B) SOLICITUD DE FORMULARIOS Y ELEMENTOS PARA USUARIOS (EXCLUIDOS LOS ESCRIBANOS PUBLICOS):

13 – Solicitud de Informe (Formulario Nº 1)

A.

21.000

14 – Solicitud de Informe (Formulario Nº 2)

A.

13.000

15 – Solicitud de Informe sobre Indices (formulario Nº 3)

A.

31.000

16 – Solicitud de Informe sobre Indices (formulario Nº 4)

A.

35.000

17 – Solicitud de Informe Disposición Nº 51/90 (formulario Nº 5)

A.

31.000

18 – Minuta de Inscripción

A.

90.000

19 – Anexo de Minuta de Inscripción y otros

A.

15.000

20 – Fotocopia de Documentación Registral, copia de planos, cada una

A.

12.000

21 – Reproducción de Microfilms, cada fotorama

A.

18.000

 C) TASA ADICIONAL POR SERVICIOS DE TRAMITE PREFERENCIAL, QUE OBLARA POR CADA INMUEBLE, AUTORIZADOS ESPECIALMENTE POR LA DIRECCION GENERAL, SOBRE LA BASE DEL SERVICIO, SIEMPRE QUE LA SOLICITUD SEA PRESENTADA DENTRO DE LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES VIGENTES (SERVICIOS PARA LOS USUARIOS DE LOS RUBROS A Y B):

22 – Solicitud de Informe o Certificado de Dominio o Inhibición con  

despacho en el día (formulario Nº 4)

A.

90.000

23 – Solicitud de Informe o Certificado de Dominio o Inhibición con  

despacho en 24 horas (excluido el formulario Nº 4)

A.

45.000

24 – Solicitud de Inscripción o Anotación

A.

297.000

25 – Solicitud de Inscripción de Reglamento de Copropiedad y Administración  

(ley 13.512) y Afectación ley 19.724: Por cada 5 unidades que contenga   

el Reglamento

A.

297.000

26 – Consulta de Documentación Registral (Tomo, Carpeta, Folio Real)

A.

21.000

 D) OTROS SERVICIOS:

27 – Por cada año de locación de casillero

A.

202.000

28 – Rubricación de Libros de Copropiedad y Administración, cada uno

A.

150.000

29 – Autenticidad de Pagarés Hipotecarios:  

De 1 a 100 unidades

A.

13.000

De 101 a 500 unidades

A.

45.000

Mas de 500 unidades

A.

90.000

30 – Minuta para Matriculación R.M. Nº 2283/85

A.

s/v

31 – Actuación por cada Expediente de Secretaría (Se exceptúan los  

reclamos por fallas o demora en el trámite registral)

A.

27.000

32 – Hora de Máquina Dedicada

A.

1.260.000

33 – Unidad de Recursos de Máquina (U.R.M.)

A.

675.000

34 – Hora de Analista

A.

120.000

35 – Hora de Programador

A.

105.000

 E) VALOR DE LOS FORMULARIOS:

36 – Los formularios a utilizarse para la realización de los trámites, sin  

perjuicio de la tasa que corresponda, serán expedidos cada uno, a un costo de

A.

500

 F) CONTRIBUCION LEY 23.412:

37 – Carpeta de Presentación

A.

17.000

38 – Sin perjuicio de la tasa de A. 17.000, las carpetas serán expedidas,  

cada una, a un costo de

A.

1.000

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