Resolución 1479/2007

Asoc. Francesa Filantropica Y De Beneficencia - Asoc. De Trab. De La Sanidad Arg. - Reg. 1590/07

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Asoc. Francesa Filantropica Y De Beneficencia - Asoc. De Trab. De La Sanidad Arg. - Reg. 1590/07

Homologar el acuerdo suscripto entre la firma asociacion francesa filantropica y de beneficencia y la asociacion de trabajadores de la sanidad argentina (filial buenos aires), obrante a foja 314 del expediente nº 1.179.735/06.

Id norma: 137416 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31339

Fecha boletin: 06/02/2008 Fecha sancion: 05/12/2007 Numero de norma 1479/2007

Organismo (s)

Organismo origen: Secretaria De Trabajo Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1479/2007

Registro Nº 1590/2007

Bs. As., 5/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.179.735/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 314 del Expediente Nº 1.179.735/06, obra el Acuerdo celebrado entre la empresa ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA (HOSPITAL FRANCES) y la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FILIAL BUENOS AIRES).

Que bajo dicho Acuerdo las partes convienen la prórroga de la vigencia por los meses de octubre y noviembre de 2007, del Acuerdo oportunamente homologado por Resolución S.T. Nº 814/06, de fecha 15 de noviembre de 2006, en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis, de conformidad con lo regulado bajo la Ley 24.013.

Que las actuaciones de referencia se encuadraron en el plexo normativo citado.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que por lo expuesto, procede la homologación del mismo como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Homologar el Acuerdo suscripto entre la firma ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA y la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FILIAL BUENOS AIRES), obrante a foja 314 del Expediente Nº 1.179.735/06.

ARTICULO 2º — Registrar la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos a fin que registre el Acuerdo citado obrante a foja 314 del Expediente Nº 1.179.735/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Cumplido, gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el artículo 1º de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.179.735/06

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1479/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 314 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1590/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE Nº 1.179.735/06

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 15 horas del día ocho de noviembre de 2007, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. Director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO, asistido por la señora Jefa del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 Dra. Mercedes M. GADEA, por una parte y en representación de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FILIAL BUENOS AIRES), el Sr. Héctor DAER y por la ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA "HOSPITAL FRANCES" el Dr. Carlos Camilo CASTRILLON, ambas partes con personerías ya acreditadas en autos.

Abierto el acto por el actuante, LAS PARTES ACUERDAN en los caracteres invocados y en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis del presente expediente una prórroga de la vigencia por los meses de octubre y noviembre de 2007, del acuerdo arribado oportunamente en autos y homologado por Resoluciones de la Secretaría de Trabajo Nº 814 del 15 de noviembre de 2006 y Nº 1222 del 16 de octubre de 2007.

También acuerdan que la asignación no remunerativa prevista en la cláusula tercera del acta de fecha 14 de noviembre de 2006, para los meses de octubre y noviembre del 2007, será del CIENTO POR CIENTO (100%) del salario normal y habitual de cada trabajador. Se ratifica que dicho pago cancelará totalmente los salarios correspondientes a cada período mensual.

Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Leída y RATIFICADA el presente acta Acuerdo, las partes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.

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