Resolución 2474/2008

Art. 1° Resolucion 2407/08 - Rectificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registros Nacionales De La Propiedad Del Automotor Y De Creditos Prendarios
Art. 1° Resolucion 2407/08 - Rectificacion

Aranceles. rectificase el articulo 1º de la resolucion nº 2407/2008.

Id norma: 144220 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31484

Fecha boletin: 08/09/2008 Fecha sancion: 02/09/2008 Numero de norma 2474/2008

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Seguridad Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Resolución 2474/2008

Aranceles. Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución Nº 2407/2008.

Bs. As., 2/9/2008

VISTO la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2407 del 28 de agosto de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el acto administrativo mencionado en el Visto se introdujeron modificaciones en la Resolución M.J. y D.H. Nº 314 de fecha 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias, por la que oportunamente fueron determinados los aranceles que perciben los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS.

Que, en ese contexto, se ha advertido un error material en lo referido al Arancel Nº 34), siendo por ello necesario proceder a su regularización.

Que ha tomado debida intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley Nº 6582/58 —ratificado por Ley Nº 14.467—, t.o. por Decreto Nº 1114/97, y sus modificatorias), el artículo 2º, inciso f), apartado 22 del Decreto Nº 101/85 y sus modificatorios, y el artículo 1º del Decreto Nº 1404/91, y el artículo 101 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991".

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOSRESUELVE:

Artículo 1º — Rectifícase en el artículo 1º de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2407 del 28 de agosto del corriente año el texto del Arancel Nº 34), el que quedará redactado en la forma en que a continuación se indica:

"ARANCEL Nº 34) $ 20.-

Informe nominal."

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.

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