Resolución 2747/2008

Aldo Mario Alvarez

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Recompensas
Aldo Mario Alvarez

Ofrecese una recompensa destinada a aquellas personas que brinden datos utiles que resultasen determinantes para la detencion de aldo mario alvarez.

Id norma: 145047 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31498

Fecha boletin: 26/09/2008 Fecha sancion: 23/09/2008 Numero de norma 2747/2008

Organismo (s)

Organismo origen: Ministerio De Justicia Seguridad Y Derechos Humanos Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 2747/2008

Ofrécese una recompensa destinada a aquellaspersonas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para ladetención de Aldo Mario Alvarez.

Bs. As., 23/9/2008

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución MJSyDH Nº 1720de fecha 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 09/08 de la Unidad Especialpara Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el Juzgado Federal Nº 1 de BahíaBlanca, se instruye Expediente Nº 05/07, caratulado "Investigación deDelitos de Lesa Humanidad cometidos bajo control operacional delComando Vto. Cuerpo de Ejército".

Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal Nº 1 de Bahía Blanca a cargo del fiscal Dr. Antonio Horacio CASTAÑO.

Que la Ley Nº 26.375 de fecha 21 de mayo de 2008,crea el Fondo de Recompensas, en jurisdicción del MINISTERIO DEJUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar unacompensación dineraria a aquellas personas que aporten elementosfehacientes, para dar con el paradero y posterior detención de personasbuscadas por la justicia que registren orden judicial de captura obúsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguendelitos de lesa humanidad.

Que el Dr. Alcindo ALVAREZ CANALE, Juez a cargo dela mencionada dependencia no encuentra objeciones al progreso de lamedida tendiente a ofrecer una recompensa para quien pudiera aportardatos fehacientes para dar con el paradero de Aldo Mario ALVAREZ, sobrequien pesa pedido de captura nacional desde el 15 de Junio de 2007.

Que asimismo, el Decreto Nº 1472 de fecha 15 deseptiembre de 2008, otorga el financiamiento para el Fondo deRecompensas y para la Unidad Especial para la Búsqueda de PersonasOrdenada por la Justicia.

Que ha tomado la intervención de su competenciatanto la Dirección General de Administración como Dirección General deAsuntos Jurídicos de este Ministerio.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOSRESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa,dentro de la República Argentina, la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000),destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasendeterminantes para la detención de Aldo Mario ALVAREZ, LE 4.330.053, CI2.417.668.(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 483/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 15/4/2015 se deja sin efecto elofrecimiento de recompensa dentro de la REPÚBLICA ARGENTINA, de la sumade PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), destinada a aquellas personas quebrindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detenciónde Aldo Mario ALVAREZ (L.E. N° 4.330.053) dispuesta por la Resoluciónex M.J.S. y D H. N° 2747 del 23 de septiembre de 2008, y prorrogada yrestablecida por las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1663/11, 2536/12 y410/14).(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 410/2014del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 27/3/2014 serestablece porel término de DOCE (12) meses a partir del dictado de la norma dereferencia, la recompensa ofrecida a través de la presente resolución,por unmonto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000))

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 2536/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 27/11/2012 se prorroga por eltérmino de DOCE (12) meses a partir del 10/11/2012 la recompensa prevista en el presente artículo)

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1663/2011del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 17/11/2011 serestablece por el término de DOCE (12) meses a partir del dictado de laResolución de referencia la recompensa prevista en el presente artículo)

Art. 2º — Encomiéndese a la SECRETARIA DEMEDIOS DE LA NACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusiónde la presente en medios gráficos de circulación Nacional.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández.

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