Disposición 693/2008

Solicitud De Informe De Deuda Por Infracciones De Transito - Incorporanse Registros

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Registros Nacionales De La Propiedad Del Automotor Y De Creditos Prendarios
Solicitud De Informe De Deuda Por Infracciones De Transito - Incorporanse Registros

Incorporanse registros seccionales de la propiedad del automotor a la operatoria de “solicitud de informe de deuda por infracciones de transito”, de conformidad con lo previsto en la disposicion nº 515/03 y complementarias.

Id norma: 145051 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 31498

Fecha boletin: 26/09/2008 Fecha sancion: 23/09/2008 Numero de norma 693/2008

Organismo (s)

Organismo origen: Registro Nac.De La Prop.Automotor Y Cred.Prendario Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 693/2008

Incorpóranse Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito", de conformidad con lo previsto en la Disposición Nº 515/03 y complementarias.

Bs. As., 23/9/2008

VISTO las Disposiciones D.N. Nros. 515/03, 395/04 y 602/05, y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de Hurlingham (provincia de BUENOS AIRES) con fecha 9 de marzo de 2007 (conforme modelo aprobado por el entonces MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº 1278/06 - Expte M.J. y D.H. Nº 135.427/02), refrendado por Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham Nº 5239/07, y

CONSIDERANDO:

Que, por conducto de la primera de las Disposiciones mencionadas en el Visto, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito", aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.

Que el Convenio mencionado en el Visto prevé la implementación de la mencionada operatoria en los Registros Seccionales pertenecientes a la jurisdicción del municipio firmante.

Que, atento a ello, la Municipalidad de Hurlingham (provincia de BUENOS AIRES) ha dictado el Decreto Nº 1148/07 de fecha 13 de diciembre de 2007, por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que, habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad, resulta necesario para dar cumplimiento al convenio suscripto tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales de esa jurisdicción.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88 y el Decreto Nº 276/08.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:

Artículo 1º — Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos con jurisdicción en la ciudad de Hurlingham (provincia de BUENOS AIRES) a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº 515/03 y complementarias.

Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia el día 29 de septiembre de 2008.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel A. Gallardo.

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica