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Resolución Conjunta 54/2008 54/2008
Definicion De La Funcion De Inspectores - Incorporase
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Instituto Nacional De Vitivinicultura
Definicion De La Funcion De Inspectores - Incorporase
Incorporase a la definicion de la funcion de inspectores de la resolucion conjunta nº 300/94 de la ex secretaria de la gestion publica y la secretaria de hacienda la funcion de inspector de alcoholes.
Id norma: 146753 Tipo norma: Resolución Conjunta Numero boletin: 31524
Fecha boletin: 04/11/2008 Fecha sancion: 24/10/2008 Numero de norma 54/2008 54/2008
Organismo (s)
Organismo origen: Secretaria De Hacienda Ver Resoluciones Organismo origen: Secretaria De Gabinete Y Gestion Publica Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION CONJUNTA 300/1994 DE DE LA EX SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Y LA SECRETARIA DE HACIENDA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.
Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Secretaría de Gabinete y Gestión Pública
y
Secretaría de Hacienda
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución Conjunta 54/2008
Incorpórase a la definición de la Función de Inspectores de la Resolución Conjunta Nº 300/94 de la ex Secretaría de la Gestión Pública y la Secretaría de Hacienda la función de inspector de alcoholes.
Bs. As., 24/10/2008
VISTO el Expediente Nº 311-000110/07-6 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y Nº 2794 del 30 de diciembre de 1993, la Resolución Conjunta Nº 300 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 4 de noviembre de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta entre la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y la SECRETARIA DE HACIENDA, citada en el VISTO, se aprobó el Nomenclador de Funciones Específicas para el personal que cumpla funciones profesionales y técnicas de inspección y realización de análisis de laboratorio del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.
Que la Presidencia del mencionado INSTITUTO propone incorporar en dicho Nomenclador la función de INSPECTOR DE ALCOHOLES.
Que fundamenta su propuesta en las nuevas competencias de control asignadas al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA por la Ley de Alcoholes Nº 24.566.
Que la Comisión Permanente de Carrera y la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público han efectuado la evaluación pertinente emitiendo dictamen favorable al respecto.
Que el Señor Secretario de Gabinete y Gestión Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Señor Secretario de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se encuentran facultados para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto por el artículo 73 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Por ello;
EL SECRETARIO DE GABINETE Y GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVEN:
Artículo 1º — Incorpórase a la definición de la Función de Inspectores del Anexo I de la Resolución Conjunta ex S.F.P. y S.H. Nº 300/94, la Función de Inspector de Alcoholes que quedará redactada de la siguiente forma:
"INSPECTORES NIVEL C-D
FUNCIONES:
Coordinar y/o realizar procedimientos de verificación del cumplimiento de las normas que aseguran la genuinidad de la producción vitivinícola y/o de alcoholes.".
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Juan Manuel Abal Medina. — Juan Carlos Pezoa.
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