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Resolución 524/1984
Ley Nº 22421 - Multas - Actualizacion De Montos
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Conservacion De La Fauna
Ley Nº 22421 - Multas - Actualizacion De Montos
Actualizacion de los montos de las multas establecidas en el inciso a) del articulo 28 de la ley nro. 22.421
Id norma: 149392 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 25527
Fecha boletin: 09/10/1984 Fecha sancion: 28/09/1984 Numero de norma 524/1984
Organismo (s)
Organismo origen: Secretaria De Agricultura Y Ganaderia Ver Resoluciones Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
CONSERVACION DE LA FAUNA
RESOLUCION Nº 524
Actualización de los montos de las multas establecidas en el inciso a) del artículo 28 de la Ley Nro. 22.421.
Bs. As., 28/9/84
VISTO el expediente Nº 10.748/82, por el cual la Dirección Nacional de Fauna Silvestre solicita la actualización de los montos de las multas establecidas en el inciso a) del artículo 28 de la Ley 22.421, de Conservación de la Fauna, y
CONSIDERANDO:
Que esta Secretaría de Agricultura y Ganadería está facultada para actualizar los montos de las multas mencionadas por infracciones que se cometan en violación a las disposiciones de la Ley Nº 22.421 y sus reglamentaciones.
Que la actualización de referencia se realiza sobre la base de la variación del Indice de Precios Mayoristas Nivel General comunicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, que obra a fs. 18.
Por ello,
El Secretario de Agricultura y Ganadería
Resuelve:
Artículo 1º — Actualizar los montos de las multas establecidas por el inciso a) del artículo 28 de la Ley Nº 22.421, de Conservación de la Fauna, de la siguiente manera:
"...a) Multa de ciento sesenta y tres pesos argentinos ($a 163) a ciento dieciséis mil setecientos sesenta y cinco pesos argentinos ($a 116.765)..."
Art. 2º — La presente Resolución regirá a partir del primer día hábil al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Reca
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