Nota Externa 6/2009

Cipatex Sinteticos Vinilicos Ltda. Y Cipatex Do Nordeste S.A.

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Cipatex Sinteticos Vinilicos Ltda. Y Cipatex Do Nordeste S.A.

De acuerdo con las instrucciones generales nº 009 (sdglta) de fecha 17 de febrero de 1999 y nº 016 (sdglta) de fecha 7 de marzo de 2002, relativas al regimen de origen mercosur – ace 18, ace 35 y ace 36, y teniendo en cuenta la nota nº 29 de fecha 29 de enero de 2009 del area origen de mercaderias dependiente de la subsecretaria de politica y gestion comercial, caratulada por actuacion nº 13332-15-2009, se hace saber que para las exportaciones de la republica federativa de brasil de los productos clasificados en el item (n.c.m.) 3921.90.19 efectuadas por las firmas “cipatex sinteticos vinilicos ltda.” y “cipatex do nordeste s.a.” se proceda a la devolucion de las garantias constituidas y al libramiento de las importaciones que se realicen, sin la exigencia de dicho requisito, y en consecuencia excluirlas de las medidas dispuestas por las citadas instrucciones, en virtud a que las mencionadas firmas exportadoras cumplen con las condiciones para ser considerados originarios en el marco de lo establecido en el regimen de origen mercosur.

Id norma: 150672 Tipo norma: Nota Externa Numero boletin: 31599

Fecha boletin: 20/02/2009 Fecha sancion: 18/02/2009 Numero de norma 6/2009

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion General De Control Aduanero Ver Notas Externas Observaciones: -

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