Resolución 1559/2008

Federacion Obrera De La Industria Del Vestido Y Afines - Soiva - Facif - Cip - Reg. 1072/08

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Convenciones Colectivas De Trabajo
Federacion Obrera De La Industria Del Vestido Y Afines - Soiva - Facif - Cip - Reg. 1072/08

Declarese homologado el acuerdo con anexo celebrado entre la federacion obrera de la industria del vestido y afines (foniva), el sindicato obrero de la industria del vestido y afines (soiva), por la parte trabajadora y, por la parte empleadora, la federacion argentina de comercializacion e industrializacion de la fauna (facif) y la camara industrial de peleteria (cip) glosado a fojas 329/330 del expediente nº 953.182/93.

Id norma: 150809 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31602

Fecha boletin: 25/02/2009 Fecha sancion: 22/10/2008 Numero de norma 1559/2008

Organismo (s)

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1559/2008
Registro Nº 1072/2008

Bs. As., 22/10/2008

VISTO el Expediente Nº 953.182/93 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 329/330 del Expediente Nº 953.182/93 obra el Acuerdo con Anexo celebrado entre la FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (FONIVA), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (SOIVA), por la parte trabajadora y, por la parte empleadora, la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA (FACIF), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado acuerdo se establece una nueva escala salarial para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 512/07 que regula la actividad, con vigencia a partir del 1 de abril de 2008.

Que, cabe señalar, lo convenido ha sido debidamente ratificado por la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA (CIP) como surge a foja 345 de autos, en razón de que dicha Cámara constituye la unidad de negociación del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 512/07, cuyas escalas salariales se actualizan por el acuerdo en cuestión.

Que asimismo, es menester indicar, que tanto el ámbito territorial como el personal de aplicación del texto convencional de marras, quedan estrictamente limitados a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales firmantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que, por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el Artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre la FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (FONIVA), el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (SOIVA), por la parte trabajadora y, por la parte empleadora, la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA (FACIF) y la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA (CIP) glosado a fojas 329/330 del Expediente Nº 953.182/93.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 329/330 del Expediente Nº 953.182/93.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido enel Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 953.182/93
Buenos Aires, 27 de Octubre de 2008
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1559/08, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 329/330 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 1072/08. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.
Expediente Nº 953182/93.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 09 de abril de 2008, siendo las 14,00 horas comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante la Jefa del Depto. de Relaciones Laborales Nº 2, Lic. María del Carmen BRIGANTE, en representación de la Federación Obrera Nacional de la Industria del Vestido, lo hacen el Sr. Justo SUAREZ, en su carácter de Secretario Adjunto; en representación del SOIVA, lo hacen los Señores: Jorge ROJAS, Secretario Gremial y Héctor DUARTE, como Asesor; y en representación de la Federación Argentina de Comercialización e Industrialización de la Fauna, lo hace el Ing. Humberto BORSANI, presentados en actuaciones anteriores y cuyas personerías se encuentran acreditadas en el expediente de la referencia.

Abierto el acto por la funcionaria actuante, las partes de común acuerdo manifiestan que:

Proceden a acompañar el acuerdo arribado en forma directa, que consta de una foja, la que se procede a agregar a estos actuados, en el que las partes han acordado la nueva escala salarial vigente, a partir del 01-04-08 y que alcanza a los trabajadores comprendidos en la CCT Nº 512/07, cuyo numero es de aproximadamente de 1000 trabajadores.

Que en este acto, partes manifiestan su solicitud de homologación, informándoseles que con lo actuado se elevan estos actuados a la Superioridad para la continuidad del tramite aquí peticionado.

Sin más, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pié, siendo las 15,00 horas, en señal de conformidad ante mí, que CERTIFICO.

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