- Leyes Argentinas
- Leyes
- Ley 19042
Ley 19042
Patrimonio - Desafectacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Junta Nacional De Granos
Patrimonio - Desafectacion
Derogase la segunda parte del articulo 2º de la ley 18.595. desafectase de su patrimonio una desmontadora.
Id norma: 151477 Tipo norma: Ley Numero boletin: 22181
Fecha boletin: 24/05/1971 Fecha sancion: 20/05/1971 Numero de norma 19042
Organismo (s)
Organismo origen: Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) Ver Leyes Observaciones: -
Esta norma modifica o complementa a
Ver 1 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
JUNTA NACIONAL DE GRANOS
LEY Nº 19.042
Desaféctase de su patrimonio una desmontadora.
Bs. As, 20/5/71
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1º – Derógase la segunda parte del artículo 2º de la Ley 18.595.
Art. 2º – Desaféctase del patrimonio de la Junta Nacional de Granos la desmotadora sita en la ciudad de Corrientes.
Art. 3º – Autorízase a la Junta Nacional de Granos a transferir a la provincia de Corrientes, a título gratuito, la desmotadora oficial, comprendiendo dicha transferencia terrenos, edificios, maquinarias, muebles y útiles, debiendo la adquirente absorber al personal que presta servicios en la misma.
Art. 4º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE
Aldo Ferrer.
Páginas externas |
Información Legislativa y Documental |
Sistema Argentino de Información Jurídica |