Resolución 26/2009

Normas Internacionales De Informacion Financiera - Adopcion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Normas Contables Profesionales
Normas Internacionales De Informacion Financiera - Adopcion

Adopcion de las normas internacionales de informacion financiera (niif) del consejo de normas internacionales de contabilidad (iasb)

Id norma: 155039 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31684

Fecha boletin: 30/06/2009 Fecha sancion: 20/03/2009 Numero de norma 26/2009

Organismo (s)

Organismo origen: Fed.Arg.De Cons.Prof. De Ciencias Economicas Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA FUE PUBLICADA COMO "RESOLUCION TECNICA".

Esta norma es complementada o modificada por

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS

NORMAS CONTABLES PROFESIONALES

ADOPCION DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA (NIIF) DEL CONSEJO DE NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (IASB)

Resolución Técnica Nº 26/2009

PRIMERA PARTE

Visto:

El Proyecto de Resolución Técnica Nº 16 sobre "Normas contables profesionales: adopción de las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)", aprobado por la Junta de Gobierno del 28 de noviembre de 2008, y

Considerando:

a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;

b) que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;

c) que los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de las veinticuatro jurisdicciones han suscripto la denominada "Acta de Catamarca" del 27 de setiembre de 2002, en la que exteriorizaron explícitamente su compromiso en el artículo 2 inc b de "sancionar, sin modificaciones, las normas técnicas profesionales aprobadas por la Junta de Gobierno de la FACPCE";

d) que la profesión contable argentina no debe quedar ajena al proceso de globalización económica en el que está inmerso nuestro país, por lo cual es necesario adoptar para las entidades que cotizan sus títulos de deudas o de capital en mercados de valores, las NIIF, al resultar éstas un juego de normas contables reconocidas internacionalmente y adoptadas por numerosos países del mundo;

e) que en noviembre de 2007, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) prestó conformidad a la propuesta elaborada por la profesión contable, para la adopción de las NIIF como única forma de elaboración de los estados contables de las entidades que hacen oferta pública de sus valores negociables;

f) que la Mesa Directiva de la FACPCE constituyó una Comisión Especial para elaborar el plan de implementación de las NIIF en las entidades que hacen oferta pública de sus valores negociables;

g) que el 31 de marzo de 2008, la FACPCE presentó a la CNV un borrador de propuesta para implementar esta decisión, el cual se difundió a partir del 9 de abril de 2008;

h) que esta Federación, en conjunto con los diferentes grupos de interés en el tema, organizó diversos eventos nacionales e internacionales de difusión y capacitación;

i) que hasta septiembre de 2008, las diferentes actividades realizadas permitieron conocer la opinión de una gran parte de los interesados en este plan;

j) que la Comisión Especial creada por la Mesa Directiva de la FACPCE ha actuado intensamente en la preparación del plan de implementación, en la difusión y discusión del mismo y ha captado numerosas opiniones, lo que permitió modificar algunos aspectos del borrador del plan original;

k) que de resultas de esas modificaciones se elaboró una nueva propuesta de plan de implementación, la que fue presentada a la CNV el 10 de octubre de 2008;

I) que se realizaron reuniones con el Directorio de CNV para explicar los lineamientos generales del plan;

m) que el Directorio de CNV ha comunicado su aprobación, en líneas generales, al plan presentado;

n) que se han realizado reuniones con representantes de la Inspección General de Justicia y con diversas Direcciones Provinciales de Personas Jurídicas, a quienes se ha manifestado la importancia de que otras entidades, que se encuentran bajo su jurisdicción, puedan optar por utilizar las NIIF para la elaboración de los estados a contables, bajo determinadas condiciones;

o) que, en general, se recibieron opiniones favorables a esa posibilidad de utilización opcional de las NIIF;

p) que la CENCyA aprobó la propuesta de Proyecto de Resolución Técnica en su reunión del 22 de octubre de 2008;

q) que la Junta de Gobierno aprobó el Proyecto de Resolución Técnica en su reunión del 28 de noviembre de 2008, estableciendo como período de consulta hasta el 1 de marzo de 2009;

r) que durante el período de consulta fueron recibidas numerosas opiniones y sugerencias;

s) que las mismas fueron analizadas por la Comisión Especial, incorporando numerosas de ellas, permitiendo mejorar este pronunciamiento técnico y elevando su propuesta a la CENCYA;

t) que la CENCyA aprobó el nuevo texto de propuesta de norma técnica en su reunión del 5 de marzo de 2009.

Por ello:

LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS
Resuelve:

Resolución Técnica Nº 26 - Normas contables Profesionales: Adopción de las NIIF Z del IASB

ARTICULO 1º — Aprobar la Resolución Técnica Nº 26 "Normas contables profesionales: Adopción de las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)" contenido en la segunda parte de esta Resolución.

ARTICULO 2º — Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:

a) el tratamiento de esta Resolución Técnica de acuerdo con lo comprometido en el Acta de Catamarca, firmada en la Junta de Gobierno del 27 de septiembre de 2002;

b) establecer su vigencia y normas de transición de acuerdo con lo indicado en la sección 13 de la segunda parte de esta resolución;

c) la difusión de esta Resolución Técnica entre sus matriculados y los organismos de control, educativos y empresarios de sus respectivas jurisdicciones.

ARTICULO 3º — Solicitar a la Mesa Directiva y al CECyT de esta Federación realizar todas las acciones comprometidas en el "Plan de Implementación de las NIIF/IFRS en las empresas que hacen oferta pública de sus valores negociables", presentado oportunamente al Directorio de la CNV.

ARTICULO 4º — Publicar esta Resolución Técnica en la página de Internet de esta Federación y en el Boletín Oficial de la República Argentina, y comunicarla a los Consejos Profesionales, a la Comisión Nacional de Valores, y a los organismos nacionales e, internacionales pertinentes.

ARTICULO 5º — Solicitar su adopción a la Comisión Nacional de Valores, para las entidades bajo su control y con el alcance definido en la segunda parte de esta resolución.

En la Ciudad de San Martín de los Andes (Provincia del Neuquén), a los veinte días de marzo de 2009. — Dr. JORGE A. PAGANETTI, Presidente. — Dr. GUILLERMO H. FERNANDEZ, Secretario.

e. 30/06/2009 Nº 54370/09 v. 30/06/2009

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