Acordada 21/2009

Acordada 8/2009 - Rectificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Corte Suprema De Justicia De La Nacion
Acordada 8/2009 - Rectificacion

Rectificar lo dispuesto en el primer parrafo de la acordada nº 8/09, estableciendo que la feria judicial se extendera desde el 6 de julio y hasta el 17 de julio, ambos inclusive.

Id norma: 155208 Tipo norma: Acordada Numero boletin: 31687

Fecha boletin: 03/07/2009 Fecha sancion: 01/07/2009 Numero de norma 21/2009

Organismo (s)

Organismo origen: Corte Suprema De Justicia De La Nacion Ver Acordadas Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - ACORDADA 8/2009 DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
Acordada Nº 21/2009
Expediente N° 398/00
En Buenos Aires, al primer día del mes de julio del año dos mil nueve, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que mediante acordada Nº 8/09, del 10 de marzo del corriente año, esta Corte estableció que el feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, se extendería desde el 20 de julio y hasta el 31 de julio, ambas fechas inclusive.
Que en el mismo acto también se dispuso hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones, con arreglo a lo previsto en la Acordada Nº 53/73 —respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares—, deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones, un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acápite 2º de la Acordada Nº 30/84).
Que se ha tomado conocimiento de la existencia de una pandemia de gripe H1N1 con efectos en todo el territorio nacional.
Que en vista de tal situación y a fin de preservar la salud del personal del Poder Judicial de la Nación, como así también la de todas aquellas personas que concurren a los tribunales y dependencias que lo integran se efectuaron consultas al señor Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional; al señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, como asimismo a profesionales expertos del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y médicos infectólogos de reconocida trayectoria científica.
Que se ha tomado conocimiento además de numerosas medidas de emergencia sanitaria adoptadas por las autoridades locales de las provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, en consecuencia, y a efectos de prevenir el riesgo de contagio de la gripe H1N1 y de resguardar, en forma directa, la salud de quienes participan de la actividad forense, es conveniente —entre otras medidas— adelantar el comienzo del período de feria judicial oportunamente establecido.
Por ello,
ACORDARON:
1º. Rectificar lo dispuesto en el primer párrafo de la acordada Nº 8/09, estableciendo que la feria judicial se extenderá desde el 6 de julio y hasta el 17 de julio, ambos inclusive.
(Nota Infoleg: por art. 4º de la Acordada Nº 23/2009 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación B.O. 10/07/2009, se extiende el feriado judicial dispuesto por la presente Acordada para los tribunales nacionales y federales de la Capital Federal, desde el día 20 de julio próximo y hasta el 24 del mismo mes, ambas fechas inclusive, por las razones de salud pública indicadas en el considerando 3º de la norma de referencia.)
2º. Disponer que la modificación del feriado judicial se efectúa sin perjuicio de las facultades privativas de los magistrados judiciales para llevar a cabo los actos procesales que fueran urgentes, y de las atribuciones de superintendencia delegadas por esta Corte a la Cámara Nacional de Casación Penal y a las cámaras nacionales y federales de apelaciones para implementar las guardias que fueran indispensables de acuerdo con las necesidades de los fueros o jurisdicciones que de ellas dependen.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se publicase en el Boletín Oficial, se comunicase en la página web del Tribunal y la página www.cij.csjn.gov.ar, y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.
RICARDO LUIS LORENZETTI, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. — HELENA I. HIGHTON DE NOLASCO, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. — JUAN CARLOS MAQUEDA, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. — CARMEN M. ARGIBAY, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. — C.P.N. HECTOR DANIEL MARCHI, Secretario General de Administración, Corte Suprema de Justicia de la Nación.
e. 03/07/2009 Nº 56810/09 v. 03/07/2009

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