Nota Externa 12/2009

Ace Nº 18 - Sexagesimo Segundo Protocolo Adicional

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Ace Nº 18 - Sexagesimo Segundo Protocolo Adicional

Ace nº 18 - sexagesimo segundo protocolo adicional. se sustituye el anexo i (requisitos especificos de origen) del anexo a la decision cmc nº 01/04. en funcion a lo indicado en el punto 2. de la nota externa nº 25/2007 (sdg cad), para los certificados de origen mercosur, emitidos a partir del 14 de agosto de 2009, se deja sin efecto lo solicitado en el punto 1 de la nota externa en cuestion.

Id norma: 157143 Tipo norma: Nota Externa Numero boletin: 31725

Fecha boletin: 28/08/2009 Fecha sancion: 25/08/2009 Numero de norma 12/2009

Organismo (s)

Organismo origen: Subdireccion General De Control Aduanero Ver Notas Externas Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - DECISION 1/2004 DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL SEPTUAGESIMO SEPTIMO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 18 SE ABROGA LA PRESENTE NOTA EXTERNA POR LA CIRCULAR 2/2016 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 21/07/2016, PAGINA 11.

Esta norma modifica o complementa a

Ver 2 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 2 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO

Nota Externa Nº 12/2009

ACE Nº 18 - Sexagésimo Segundo Protocolo Adicional.

Bs. As., 25/8/2009

De acuerdo con lo informado por la Dirección Nacional de Política Comercial Externa mediante la nota sin número de fecha 13 de agosto del corriente año, recaída en la actuación Nº 13668-95-2009, se hace saber que se encuentra vigente el LXII Protocolo Adicional al ACE Nº 18, que incorpora la Directiva Nº 10/07 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR relativa al Régimen de Origen MERCOSUR.

Como consecuencia de lo señalado precedentemente corresponden las siguientes aclaraciones:

1. Fecha de entrada en vigencia: 14 de agosto de 2009.

2. A partir de la fecha mencionada, se sustituye el Anexo I (Requisitos Específicos de Origen) del Anexo a la Decisión CMC Nº 01/04.

3. En función a lo indicado en el punto 2. de la Nota Externa Nº 25/2007 (SDG CAD), para los Certificados de Origen MERCOSUR, emitidos a partir del 14 de agosto de 2009, se deja sin efecto lo solicitado en el punto 1 de la Nota Externa en cuestión.

Se deja constancia que el citado Protocolo, como así también la Directiva CCM Nº 10/2007 podrán ser consultados en la Página www.afip.gov.ar, adjunto a la presente Nota Externa.

Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — SILVIO LUIS MINISINI, Subdirector General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas. e. 28/08/2009 Nº 72238/09 v. 28/08/2009

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