Resolución 222/2009

Unidades De Segundo Y Tercer Nivel Operativos - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Nacional De Aviacion Civil
Unidades De Segundo Y Tercer Nivel Operativos - Aprobacion

Apruebanse las unidades de segundo y tercer nivel operativos correspondientes a la direccion general legal, tecnica y administrativa y a la direccion nacional de transporte aereo de la administracion nacional de aviacion civil, de conformidad con el organigrama y acciones. dejese sin efecto lo establecido en la resolucion nº 1 de la administracion nacional de aviacion civil, de fecha 16 de abril de 2009.

Id norma: 161290 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31797

Fecha boletin: 09/12/2009 Fecha sancion: 02/12/2009 Numero de norma 222/2009

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Nacional De Aviacion Civil Ver Resoluciones Observaciones: ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 1/2009 DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 222/2009

Bs. As., 2/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0070719/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y el Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizado del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos II y III, forman parte del citado artículo.

Que por el artículo 14 del citado Decreto, se estableció que la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL será dirigida por un Administrador Nacional con funciones de reglamentación, control y administración de la actividad aeronáutica civil como única Autoridad Aeronáutica Nacional.

Que mediante la Resolución Nº 1 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 16 de abril de 2009 se estableció la apertura de segundo nivel de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

Que dicha apertura resulta insuficiente para llevar adelante las acciones encomendadas a la Dirección mencionada, resultando necesario aprobar una nueva apertura inferior de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, que abarque el segundo y tercer nivel operativo.

Que resulta necesario establecer la apertura inferior de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, a fin de permitir la operatividad de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVILRESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las unidades de segundo y tercer nivel operativos correspondientes a la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos Ia, Ib y II, forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Déjese sin efecto lo establecido en la Resolución Nº 1 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de fecha 16 de abril de 2009.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio que se asignen a la Entidad.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Lic. RODOLFO F. GABRIELLI, ANAC, Administración Nacional de Aviación Civil.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO II

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION GENERAL, LEGAL TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

ACCIONES:

1.- Administrar el sistema de información financiera que permita conocer en forma permanente la gestión de la Entidad.

2.- Controlar el manejo y custodia de fondos y valores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual así como también de los valores y documentos que los representen, correspondientes a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

3.- Fiscalizar cobros y pagos, previo cumplimiento de normas reglamentarias.

4.- Controlar las actividades relacionadas con registraciones contables de ejecución del presupuesto de todos los centros de registro que integran la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

5.- Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal, otras erogaciones y transferencias.

6.- Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos de la Entidad.

7.- Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes patrimoniales de la Entidad.

8.- Asesorar y supervisar la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.

9.- Preparar la Cuenta de Inversión de la Entidad de acuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

ACCIONES:

1.- Efectuar las liquidaciones y órdenes de pago de haberes y horas extraordinarias del personal del Organismo, y la aplicación de las normas que se dicten en materia de política salarial.

2.- Controlar las órdenes para los pagos de los aportes personales, patronales, obra social, I.N.S.S.P.J.P., A.N.S.S.A.L., sindicatos y mutuales.

3.- Supervisar la liquidación y rendición de retenciones del impuesto a las ganancias del personal en relación de dependencia, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Efectuar la gestión de liquidación y orden de pago de las facturas correspondientes a órdenes de compra de proveedores y a contrataciones de servicios profesionales.

5.- Realizar la gestión de liquidación y orden de pago de las facturas de contratistas de conformidad con las normas legales vigentes.

6.- Elaborar la rendición de cuentas y liquidación de las CAJAS CHICAS, FONDOS ROTATORIOS y transferencias en virtud de convenios con organismos internacionales, nacionales provinciales.

7.- Efectuar el análisis sistemático de todas las transacciones que se produzcan y afecten la situación financiera de la Entidad, verificando la disponibilidad de crédito anual y trimestral de compromiso y devengado.

8.- Supervisar los registros del compromiso del Organismo y la registración del compromiso preventivo de todos los gastos que se realicen por el Régimen de Caja Chica y Fondos Rotatorios Internos de la Entidad.

9.- Controlar los movimientos de fondos contables con las partidas presupuestarias.

10.- Efectuar la confección de estados de información contable, presupuestaria, financiera y patrimonial que se requiera en cumplimiento de la Ley Nº 24.156.

11.- Supervisar un sistema de información que permita registrar todas las operaciones vinculadas a los Bienes de Uso que integran el patrimonio de la jurisdicción, acorde al sistema de contabilidad gubernamental implementado por la Ley de Administración Financiera y la Ley de Contabilidad y que permita conocer el inventario general de los Bienes Muebles e Inmuebles, con su correspondiente ubicación, dependencia, responsable, código presupuestario, descripción del bien, valuación, y estado de vida útil.

12.- Coordinar la gestión de liquidación de los recursos propios de la Entidad y sus correspondientes registros, conforme a la normativa vigente.

13. - Supervisar el archivo de la documentación contable del Servicio Administrativo Financiero.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO

ACCIONES:

1.- Analizar los anteproyectos de presupuestos de las unidades ejecutoras de programas que integren la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

2.- Elaborar y proponer el anteproyecto anual de presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

3.- Evaluar y consolidar la información remitida por las unidades ejecutoras de programas referidas a la programación y ejecución física y financiera.

4.- Coordinar la tramitación ante la Oficina Nacional de Presupuesto de la información elaborada, por las unidades ejecutoras referidas a la programación ejecución física y financiera del presupuesto.

5.- Evaluar y coordinar la tramitación de las modificaciones presupuestarias, según las propuestas de las unidades ejecutoras de programas.

6.- Evaluar y coordinar la tramitación de las reprogramaciones de la ejecución física y financiera de las propuestas de las unidades ejecutoras de programas.

7.- Coordinar las registraciones centralizadas de la ejecución física del presupuesto de la Entidad.

8.- Asesorar a la Superioridad en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto de la Entidad.

9.- Analizar la evolución de los recursos contemplados en las previsiones presupuestarias para la atención de los distintos programas que se determinen en la Entidad.

10.- Asesorar en el diseño de los programas en el aspecto económico-financiero, estableciendo objetivos y metas acordes con la posibilidad de obtención de recursos presupuestarios.

11.- Efectuar la planificación y seguimiento de la recaudación de los recursos de la Entidad.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO TESORERIA

ACCIONES:

1.- Participar en la programación financiera de la Entidad.

2.- Controlar el manejo y custodia de los fondos y valores provenientes de recaudaciones o cobro de órdenes de pago de la Tesorería General de la Nación, ejecutando los pagos autorizados en las mismas, previo cumplimiento de las normas reglamentarias.

3.- Efectuar pagos en efectivo y/o cheques, o a través de transferencias bancarias, en concepto de liquidación de viáticos, asignación y reposición de cajas chicas, cancelación de deudas por compra de bienes o servicios y demás conceptos cancelables a través del fondo rotatorio de la Entidad.

4.- Disponer todos los actos y gestiones necesarios para la adecuada administración del fondo rotatorio de la Entidad.

5.- Atender y proceder al pago de haberes al personal, ingresando las retenciones correspondientes a los distintos organismos.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

ACCIONES:

1.- Supervisar y coordinar las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL o por la Ley Nº 17.250 de Obras Públicas, así como también la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

2.- Centralizar los requerimientos y coordinar la formulación del plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Elaborar la documentación relativa a los concursos o actos licitarios que sea menester para las adquisiciones o ventas en general, contratos de locación de obra, servicios y de obras públicas, así como también la gestión de éstos, hasta su culminación.

4.- Administrar los recursos físicos y patrimoniales de la entidad cualquiera sea su procedencia.

5.- Administrar un sistema de información de bienes de uso y de consumo de la Entidad.

6. - Supervisar las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de la Entidad.

7.- Proyectar todo acto administrativo correspondiente al área de su competencia.

8.- Suscribir los instrumentos contractuales necesarios para llevar adelante la ejecución de las contrataciones aprobadas.

9.- Entender en la elaboración de un informe periódico respecto a los bienes patrimoniales y de consumo de la Entidad que sirva como respaldo documental para los registros contables, a requerimiento de la Dirección de Administración Financiera y Control.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Confeccionar los pliegos, llevar a cabo los trámites licitatorios a través del procedimiento de selección correspondiente, hasta la etapa preadjudicataria inclusive y elaborar los actos administrativos aprobatorios de los procedimientos y adjudicaciones, a suscribir por la autoridad competente, vinculados con las normas que regulen el régimen de contrataciones del Estado.

2.- Centralizar los requerimientos y formular el plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Colaborar en el análisis de las ofertas presentadas a efectos de predeterminar la selección de las más convenientes.

4.- Mantener actualizados los registros correspondientes al área de su competencia.

5.- Asistir en sus tareas a las comisiones de pre-adjudicaciones y recepción, asesorando en la materia.

6.- Definir la modalidad de contratación para la adquisición de materiales, suministros, maquinarias y equipos, así como la de servicios para los sectores solicitantes.

7.- Evaluar la oportunidad de adquisición de bienes frente a la disposición de los mismos. Analizar las solicitudes de necesidades de urgencia y definir las modalidades de compra.

8.- Elaborar las órdenes de compra o contrato, según corresponda.

9.- Controlar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en lo que es materia de su competencia.

10.- Elaborar todo acto administrativo que modifique las condiciones pactadas contractualmente.

11.- Proyectar la resolución definitiva, en los recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS

ACCIONES:

1.- Administrar un sistema de información que permita registrar todas las operaciones de altas (adquisiciones, donaciones y transferencias) y bajas (rezagos, robos, hurtos, ventas, transferencias y cesión) de los Bienes de Uso que integran el patrimonio de la Entidad, acorde al sistema de contabilidad gubernamental implementado por la Ley de Administración Financiera y la Ley de Contabilidad.

2.- Procesar y producir la información necesaria que permita conocer el inventario general de los Bienes Muebles e Inmuebles, con su correspondiente ubicación, dependencia, responsable, código presupuestario, descripción del bien, valuación y estado de vida útil.

3.- Verificar el cumplimiento de las normativas legales que afecten la correcta administración y custodia de los bienes, realizando inspecciones.

4.- Registrar todos los Bienes de Terceros que resulten de contratos de locación, comodato, préstamos o que formen parte de proyectos especiales.

5.- Elaborar informes relacionados con la tramitación de títulos de inmuebles y automotores.

6.- Recepcionar y cumplimentar las solicitudes de bienes y servicios de las diversas áreas del Organismo.

7.- Mantener un registro actualizado de las solicitudes de servicio efectuando un seguimiento periódico a efectos de identificar atrasos y/o incumplimientos.

8.- Realizar la recepción, almacenaje, identificación y clasificación de los bienes patrimoniales y de consumo manteniendo actualizado el inventario de los mismos.

9.- Proponer un plan general de suministros de bienes y servicios y un cronograma de obras de mantenimiento y de infraestructura.

10.- Controlar operativamente toda aquella contratación relacionada con la prestación o provisión de servicios realizada por el Organismo y que afecte a las cuestiones de su competencia, todo ello de acuerdo con lo establecido en las pautas contractuales.

11.- Elaborar un informe periódico respecto a los bienes patrimoniales y de consumo como soporte documental para los registros contables de la Entidad.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE TECNICA OPERATIVA

ACCIONES:

1.- Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de las sedes administrativas de la Entidad.

2.- Supervisar la conducción del personal obrero, de maestranza y servicios generales en las sedes administrativas del Organismo.

3.- Planificar y dirigir los programas de mantenimiento preventivo, cambio o reparaciones de los edificios correspondientes a las sedes administrativas.

4.- Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos de trabajo constituidos "ad-hoc", que operen en los edificios e instalaciones de las sedes administrativas de la Entidad.

5.- Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su competencia.

6.- Coordinar las actividades de vigilancia y mantenimiento del edificio sede principal del Organismo y sus bienes.

7.- Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia y excelencia de los programas de optimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructura edilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.

8.- Organizar y realizar en término, de acuerdo a los requerimientos de las áreas usuarias, el servicio de distribución de correspondencia dentro y fuera de la ANAC.

9.- Realizar el control del personal de servicios auxiliares, asegurando la prestación de los servicios de mantenimiento, intendencia y seguridad en la sede administrativa del Organismo.

10.- Colaborar en mudanzas internas.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

ACCIONES:

1.- Coordinar la aplicación del régimen estatutario y escalafonario, las reglamentaciones relativas a licencias, compensaciones, situaciones especiales de revista, asignaciones familiares, incompatibilidades, controlar su cumplimiento y proponer las adecuaciones pertinentes.

2.- Supervisar los proyectos de actos administrativos vinculados con la gestión de recursos humanos y los procedimientos inherentes a los movimientos del personal, reclamos, certificaciones de servicios, seguros de vida y demás beneficios sociales.

3.- Supervisar la confección y actualización de los legajos únicos de personal y recibir e informar las novedades en relación con la situación de los agentes.4.- Dirigir la administración de la información de asistencia y toda otra requerida para la liquidación de haberes y demás compensaciones (adicionales, bonificaciones, suplementos e incentivos).

5.- Supervisar los aspectos laborales y el cumplimiento de las disposiciones vigentes relativas a los derechos y obligaciones de los agentes (licencias, becas, sanciones, etc.) y analizar los recursos y actuaciones relacionados con el ámbito de su competencia.

6.- Dirigir la actualización del registro de cargos financiados correspondiente a la Entidad y formular información de base para la elaboración del proyecto de Presupuesto anual, en lo concerniente al inciso 1, Gastos en Personal.

7.- Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento en materia de su competencia.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE LEGAJOS, CERTIFICACIONES Y CONTROL DE ASISTENCIA

ACCIONES

1.- Efectuar la registración de los antecedentes del personal manteniendo actualizado el legajo único de los agentes de su jurisdicción y extender las certificaciones que le sean solicitadas.

2.- Verificar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades.

3.- Diligenciar los trámites vinculados con los beneficios: previsionales, sociales, seguro de vida y subsidios que correspondieren al personal, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Tramitar el otorgamiento de asignaciones familiares verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia y efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.

5.- Asistir al Director de Administración y Gestión de Recursos Humanos en las actuaciones administrativas relacionadas con el ingreso-egreso, movimientos de personal y régimen disciplinario.

6.- Asistir y asesorar sobre los derechos y obligaciones del personal como agente público.

7.- Aplicar el régimen de licencias, justificaciones y franquicias y supervisar los procesos administrativos relacionados con permisos de salida, horarios, franquicias, medidas disciplinarias y toda otra novedad relativa al área, efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.

8.- Elaborar la información de base para la correcta liquidación de haberes del personal.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE CARGOS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que impliquen altas, bajas y movimientos de personal y efectuar las notificaciones correspondientes.

2.- Mantener actualizado el registro de los cargos y horas de cátedra de la Entidad y comunicar la información de base para la elaboración del Proyecto de Presupuesto Anual, en lo concerniente al Inciso 1 - Gastos en Personal, de acuerdo al ordenamiento estructural vigente.

3.- Elaborar los actos administrativos y efectuar el control de aplicación del Régimen de Asesores, Auxiliares y Suplementos Extraordinarios de Gabinete.

4.- Aplicar los regímenes estatutarios y escalafonarios vigentes y proponer las adecuaciones pertinentes.

5.- Efectuar la tramitación de credenciales, coordinando en el caso de corresponder las acciones con el área de competencia específica.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE MEDICINA LABORAL, HIGIENE Y SEGURIDAD

ACCIONES:

1.- Dirigir las actividades vinculadas con educación sanitaria, socorrismo, vacunación y estudios de ausentismo por morbilidad, así como también la prestación de la asistencia inicial de las enfermedades presentadas durante el trabajo y de las emergencias médicas ocurridas, hasta tanto se haga cargo el servicio médico que corresponda.

2.- Confeccionar y mantener actualizado el legajo médico del personal.

3.- Confeccionar y mantener actualizado el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

4.- Efectuar los exámenes médicos que correspondan al personal, ya sea con personal propio o contratado a tal efecto.

5.- Efectuar toda otra actividad que corresponda, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 19.587 y sus normas modificatorias y complementarias.

6.- Centralizar las relaciones con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo cuya contratación se efectúe para la Entidad, en lo que respecta a su competencia específica, en el marco de la legislación vigente.

7.- Administrar, gestionar y auditar los casos y la información de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sufridas por el personal perteneciente al Organismo, en el ámbito de su competencia.

8.- Conceder y fiscalizar las licencias especiales de su competencia y controlar las prestaciones de servicios realizadas por terceros.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION Y EVALUACION DE PERSONAL

ACCIONES:

1.- Elaborar y proponer la política de capacitación de los recursos humanos de la Entidad.

2.- Asesorar y colaborar con los órganos de selección, en los procesos de elección de personal.

3.- Controlar la aplicación del sistema de evaluación de desempeño del personal administrativo, atendiendo a la tramitación concerniente a concursos y designaciones de personal.

4.- Realizar los estudios que permitan la clasificación de puestos de trabajo y la caracterización de los perfiles básicos aconsejables para su ocupación.

5.- Asegurar el seguimiento y actualización permanente del nivel de cumplimiento, por parte de los agentes de la Entidad del ámbito de su competencia, de los requisitos exigidos para la promoción de grado y/o cargos, según corresponda.

6.- Efectuar y/o coordinar estudios tendientes a la elaboración y formulación de propuestas de fomento de la productividad.

7.- Aplicar los planes de capacitación del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP) y elaborar los que correspondan al área de la Entidad.

8.- Asistir en las acciones de detección permanente de necesidades de capacitación y la generación de los mecanismos que permitan su satisfacción, sin afectar la normal prestación de los servicios a cargo de la Entidad.

9.- Efectuar la centralización de las certificaciones de créditos de capacitación que se obtengan, tanto por cursos efectuados a través del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP), como por equivalencias reconocidas por dicho organismo, y otros organismos específicos nacionales o internacionales.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

ACCIONES:

1.- Asesorar al ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL en todas las cuestiones del Servicio Jurídico en las cuales le sea requerida su intervención.

2.-Coordinar e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones o disposiciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la Entidad.

3.- Coordinar todas las cuestiones jurídicas relacionadas con los Organismos Internacionales así como la gestión de auditorías e inspecciones técnicas llevadas a cabo por dichos organismos.

4.- Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos – disciplinarios.

5.- Asumir y coordinar la representación del ESTADO NACIONAL a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en todos los asuntos de carácter jurisdiccional en los cuales dicho Organismo sea parte, defendiendo los intereses del mismo.

6.- Entender en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la ADMNISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en el análisis de los anteproyectos de legislación.

7.- Intervenir, cuando le sea requerido, en el trámite de los expedientes de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA

ACCIONES:

1.- Asesorar jurídicamente a las autoridades de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en los aspectos técnico – legales planteados.

2.- Intervenir y dictaminar en los casos jurídicos sometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/o decisiones de alcance particular y/o general relacionadas con las cuestiones de derecho administrativo y de personal.

3.- Intervenir y dictaminar en el trámite de los sumarios instruidos y sustanciados en la órbita de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

4.- Asesorar jurídicamente al ADMINISTRADOR NACIONAL y al DIRECTOR LEGAL, TECNICO Y ADMINISTRATIVO en todas las cuestiones que se suscitaren vinculadas con asuntos de política de personal.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AERONAUTICOS, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS

ACCIONES:

1.- Intervenir y dictaminar en el trámite de los expedientes administrativos vinculados con cuestiones de derecho aeronáutico que sean sometidos a su consideración.

2.- Asesorar a las Direcciones Nacionales y Generales respecto de las cuestiones jurídicas aeronáuticas que se susciten en sus áreas de competencia cuando le sea requerida.

3.- Asesorar al ADMINISTRADOR NACIONAL respecto de las cuestiones jurídicas involucradas en el marco de las auditorías llevadas a cabo por los Organismos Internacionales.

4.- Asesorar jurídicamente a las autoridades de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA AVIACION CIVIL en los aspectos técnico-legales planteados respecto a infraestructura y servicios aeroportuarios.

5. Intervenir y dictaminar en los asuntos jurídicos sometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/o decisiones de alcance particular y/o general vinculados a infraestructura y servicios aeroportuarios.

6. Proyectar y elevar al Director de Asuntos Jurídicos para su intervención las opiniones legales requeridas en torno a actos de alcance general vinculados a Infraestructura y Servicios Aeroportuarios.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE GESTION JUDICIAL

ACCIONES:

1.- Efectuar la representación del ESTADO NACIONAL en todas las cuestiones jurisdiccionales en que el mismo sea parte a través de ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, defendiendo sus intereses.

2.- Asumir la defensa y representación del ESTADO NACIONAL en los juicios que —si bien no incluidos en el inciso anterior— son asignados por norma legal, reglamentaria o actos emanados de autoridad competente a tal efecto.

3.- Intervenir cuando el ADMINISTRADOR NACIONAL así lo disponga en todas las cuestiones de índole penal en las cuales la ADMINISTRACION NACIONAL y/o su personal sea parte.

4.- Mantener actualizada la información y cursar las comunicaciones previstas legal y/o reglamentariamente respecto de la previsión presupuestaria orientada a atender las sentencias condenatorias de dar sumas de dinero o asimilables.

5.- Practicar las intimaciones y/o ejecuciones derivadas de la determinación de perjuicio fiscal en los sumarios administrativos como así también cursar las comunicaciones legal y/o reglamentariamente previstas a los órganos de control.

6.- Coordinar y supervisar la representación de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en las cuestiones jurisdiccionales que se susciten en jurisdicciones del interior del país a través de la Procuración del Tesoro de la Nación.

7. Colaborar y supervisar el trámite de todos los requerimientos judiciales que se formulen a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

ACCIONES:

1.- Coordinar las políticas de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas en el organismo.

2.- Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de uso administrativo del organismo.

3.- Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

5.- Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

6.- Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones de uso administrativo del Organismo.

7.- Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información y las comunicaciones en el Organismo.

8.- Participar en las actividades del Foro de Responsables de Informática de las jurisdicciones de la Administración Nacional, coordinando por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION DE LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, con el fin de coordinar y potenciar los distintos esfuerzos tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la Información y las Comunicaciones aplicadas a la gestión pública.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE SISTEMAS

ACCIONES:

1.- Proponer las políticas de las Tecnologías de la Información, incluyendo la informática, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas en la Entidad.

2.- Asistir al Director en la formulación, implementación y seguimiento de dichas políticas, conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.

3.- Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

5.- Asistir al Director en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información de la Entidad, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

6.- Efectuar todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información en el Organismo.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES

ACCIONES:

1.- Proponer las políticas de las Comunicaciones de uso administrativo, incluyendo las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, y las tecnologías asociadas, en la Entidad.

2.- Asistir al Director en la formulación, implementación y seguimiento de dichas políticas, conforme a las normas vigentes en la Administración Pública Nacional.

3.- Elaborar anualmente el plan de las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el organismo.

5.- Asistir al Director en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

6.- Efectuar todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de las comunicaciones de uso administrativo en el Organismo.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DEPARTAMENTO DE SECRETARIA GENERAL

ACCIONES:

1.- Asistir al Director General Legal, Técnico y Administrativo coordinando la tramitación, en las distintas áreas del Organismo, de las actuaciones administrativas.

2.- Transmitir a las distintas áreas del organismo, las decisiones que adopte el Administrador en los asuntos de competencia de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), asistiéndolas en la interpretación de las referidas decisiones y efectuando el seguimiento de las mismas.

3.- Efectuar el control formal de los proyectos de normas o actos administrativos que ingresen al área, verificando su adecuación a las normas legales, reglamentarias y procedimientos vigentes.

4.- Asignar la responsabilidad primaria de las actuaciones, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación de las actuaciones administrativas.

5.- Efectuar la recepción, registro, distribución y pases al archivo general de las actuaciones que tramiten en la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

6.- Protocolizar, reproducir y autenticar los actos y disposiciones emanados del Organismo.

7.- Elaborar el Informe Anual de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) y someterlo a la Administración para su aprobación.

8.- Elaborar las respuestas a los requerimientos de los organismos, dependencias gubernamentales e instituciones privadas que surjan de la relación de éstos con la actividad aeronáutica.

9.- Elevar a la firma del Administrador las resoluciones y otros actos administrativos.

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en el apoyo y evaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantener la productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral, así como aquellos que permitan la participación privada y social.

2.- Elaborar estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente al transporte multimodal y su adecuación al régimen tarifario.

3.- Asistir al Director Nacional en la acción de promover la oferta de servicios necesarios en la red aeroportuaria para desarrollar la vinculación entre distintos operadores de modos de transporte, así como los horarios de los aeródromos que incentiven estas operaciones.

4.- Realizar estudios de mercados que permitan impulsar la aviación general como una herramienta de desarrollo de negocios y de turismo, que facilite la creación de oportunidades a nivel nacional y regional.

5.- Impulsar los sistemas de información que faciliten a los usuarios del transporte aéreo comercial y su infraestructura, conocer las estadísticas de operación y confiabilidad de la empresa que selecciona para sus necesidades de transporte.

6.- Elaborar estudios de mercado para impulsar el transporte aéreo de carga, coordinando se incluya en los convenios internacionales y acuerdos particulares, la participación de empresas nacionales de carga en los mercados regionales e internacionales.

7.- Mantener actualizada la base de datos de las organizaciones vinculadas al transporte aerocomercial, incluyendo estadísticas económico financieras y de precios y tarifas.

8.- Realizar el análisis económico de las operaciones aerocomerciales, así como el diagnóstico y análisis pertinentes que, originados en las estadísticas obtenidas, sirvan de base para detectar las necesidades de modificación de la normativa vigente.

9.- Asistir al Director Nacional en el planeamiento y la estructuración del sistema de transporte aéreo, propiciando la coordinación intermodal.

10.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que autorizan la aplicación de nuevas tarifas tanto internas como internacionales.

11.- Analizar y evaluar la capacidad económico-financiera de las empresas que solicitan concesiones y autorizaciones de servicios aéreos de acuerdo con lo establecido por el artículo 105 del Código aeronáutico.

13.- Asistir al Director Nacional en el control de los balances de las empresas aerocomerciales.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE MERCADO

ACCIONES:

1.- Participar en la elaboración de estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente al transporte multimodal y su adecuación al régimen tarifario.

2.- Participar en la realización de estudios de mercado que permitan impulsar la aviación en general como una herramienta de desarrollo de negocios y turismo.

3.- Participar en el desarrollo de los sistemas de información que faciliten a los usuarios del transporte aéreo comercial y su infraestructura, conocer las estadísticas de operación y confiabilidad de la empresa que selecciona para sus necesidades de transporte.

4.- Asistir en la elaboración de los proyectos de actos administrativos que autorizan la aplicación de nuevas tarifas y en el análisis y evaluación de capacidades económico-financieras de las empresas que solicitan concesiones y autorizaciones de servicios aéreos.

5.- Participar en la elaboración de estudios de mercado para impulsar el transporte aéreo de carga, y la inclusión en los convenios internacionales y acuerdos particulares de la participación de empresas nacionales de carga en los mercados regionales e internacionales.

6.- Colaborar en la actualización de la base de datos de las organizaciones vinculadas al transporte aerocomercial, incluyendo estadísticas económico-financieras y de precios y tarifas.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

DEPARTAMENTO DE ANALISIS ESTRATEGICO

ACCIONES:

1.- Participar en la evaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantener la productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral.

2.- Colaborar en la acción de promoción de la oferta de servicios necesario en la red aeroportuaria para desarrollar la vinculación entre distintos operadores de modos de transporte.

3.- Colaborar con el análisis económico de las operaciones aerocomerciales, así como el diagnóstico y análisis pertinente que, originados en las estadísticas, sirvan de base para detectar las necesidades de modificación de la normativa vigente.

4.- Colaborar con el planeamiento y la estructuración del sistema de transporte aéreo, propiciando la coordinación intermodal.

5.- Asistir en la evaluación y seguimiento de los proyectos, programas y acciones que se establezcan en el ámbito de la Dirección, tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

6.- Colaborar en el control de los balances de las empresas aerocomerciales.

7.- Colaborar en la elaboración estudios tendientes a mejorar la fiscalización de los mercados para evitar prácticas que lesionen los derechos del usuario.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en la promoción de normas y acuerdos internacionales dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Asistir al Director Nacional en la gestión de acuerdos bilaterales y multilaterales sobre regulación del transporte aéreo.

3.- Intervenir en lo referente a la evolución de los mercados específicos, con el fin de orientar las negociaciones y enmiendas de los acuerdos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo.

4.- Intervenir en la elaboración de propuestas de actualización y/o modificación de la normativa aeronáutica nacional e internacional, en materia de transporte aerocomercial.

5.- Asistir al Director Nacional en la preparación y participación en las reuniones de consulta, técnicas o de negociación con autoridades aeronáuticas extranjeras referidas a acuerdos y entendimientos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo.

6.- Asistir al Director Nacional en la elaboración de informes sobre regulaciones aeronáuticas, a fin de asesorar al Administrador Nacional en su participación en reuniones de los organismos regionales e internacionales en la materia.

7.- Intervenir en el apoyo oficial ante las autoridades aeronáuticas extranjeras requerido por los transportadores argentinos para la tramitación de los permisos de operación.

8.- Elaborar respuestas a los requerimientos formulados por los organismos internacionales en materia de transporte aéreo.

9.- Elaborar los informes técnico-legales relativos a la aplicación e interpretación de los acuerdos bilaterales o multilaterales celebrados en materia de transporte aéreo.

10.- Intervenir en el análisis de las solicitudes de concesión o autorización de servicios aéreos formuladas por las empresas nacionales o extranjeras.

11.- Elaborar propuestas de reglamentación de los procedimientos para la resolución de conflictos con los usuarios.

12.- Elaborar propuestas de reglamentación de las condiciones básicas de los contratos de prestación.

13.- Elaborar los informes técnicos para la tramitación de recursos administrativos y/o requerimientos vinculados con la actividad y regulación aerocomercial.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE NORMAS AERONAUTICAS

ACCIONES:

1.- Asistir en la elaboración de los proyectos de normas dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Realizar estudios sobre la normativa aeronáutica nacional e internacional, proponiendo las actualizaciones y/o modificaciones necesarias para perfeccionar el sistema de transporte aéreo.

3.- Participar en la elaboración de respuestas a los requerimientos formulados por los organismos internacionales en materia de interpretación y aplicación de la normativa aeronáutica en materia de transporte aerocomercial.

4.- Analizar las solicitudes de concesión o autorización de servicios aéreos formuladas por las empresas nacionales o extranjeras.

5.- Participar en la elaboración proyectos de normas que regulen la resolución de conflictos con los usuarios.

6.- Asistir en la elaboración de proyectos de normas que reglamenten las condiciones básicas de los contratos de prestación de servicios aerocomerciales.

7.- Analizar las presentaciones efectuadas en procedimientos de impugnación de actos administrativos, y colaborar en la contestación de requerimientos vinculados con la interpretación y aplicación de la normativa en materia de transporte aerocomercial.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE ACUERDOS INTERNACIONALES

ACCIONES:

1.- Elaborar propuestas de acuerdos internacionales dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Analizar la normativa internacional y los acuerdos suscriptos por el ESTADO NACIONAL, a fin de promover la gestión de acuerdos bilaterales y multilaterales en materia de transporte aéreo.

3.- Elaborar los informes técnicos para la preparación y participación de las autoridades competentes en las reuniones de consulta, técnicas o de negociación con autoridades aeronáuticas extranjeras, referidas a acuerdos y entendimientos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo y normas aeronáuticas.

4.- Participar en la elaboración de los informes técnicos necesarios para prestar apoyo oficial ante las autoridades aeronáuticas extranjeras, requerido por los transportadores argentinos para la tramitación de los permisos de operación.

5.- Asistir en la elaboración de proyectos de respuesta a los requerimientos formulados por los organismos internacionales en materia de transporte aéreo.

6.- Elaborar los informes técnico-legales relativos a la aplicación e interpretación de los acuerdos bilaterales o multilaterales celebrados en materia de transporte aéreo.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en la ejecución de las políticas, los planes y programas referidos al transporte aerocomercial y la protección de los usuarios.

2.- Elaborar informes técnicos respecto de las solicitudes que efectúen las empresas aéreas a fin de obtener autorizaciones o concesiones de rutas aéreas, de acuerdo con la normativa vigente.

3.- Facilitar la operación de vuelos contratados en aquellos mercados no cubiertos por la aviación regular, total o parcialmente, por cuestiones de baja densidad de tráfico.

4.- Fomentar la participación de empresas de carga nacionales y regionales, en el intercambio de mercancías tanto en el mercado nacional como en el internacional.

5.- Asistir al Director Nacional en el otorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

6.- Asistir al Director Nacional en la elaboración de informes sobre incidentes, accidentes o deficiencias en los servicios de navegación aérea, proponiendo acciones preventivas y correctivas.

7.- Propiciar las actividades de deportes aéreos y promover la participación en eventos nacionales e internacionales.

8.- Controlar y fiscalizar el cumplimiento de las normas que regulan el transporte aéreo y proponer las recomendaciones y la aplicación de sanciones que se deriven de su incumplimiento.

9.- Asistir al Director Nacional en la evaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantener la productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral.

10.- Participar en la elaboración de estudios para la actualización normativa en materia de transporte multimodal.

11.- Elaborar estudios para la incorporación de nuevas tecnologías en los diversos servicios de transporte aéreo.

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

DEPARTAMENTO DE AUTORIZACIONES Y PERMISOS

ACCIONES:

1.- Colaborar en el análisis de las solicitudes que efectúen las empresas aéreas a fin de obtener autorizaciones o concesiones de servicios aéreos, de acuerdo con la normativa vigente.

2.- Elaborar los informes técnicos referidos al otorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

3.- Analizar y proponer la aprobación de frecuencias, horarios y capacidad en lo referente a las rutas solicitadas por las empresas que cuenten con autorizaciones y/o concesiones.

4.- Mantener actualizado el Registro de personal que realiza tareas a bordo de aeronaves de matrícula argentina afectadas a empresas prestatarias de servicios de transporte aéreo.

5.- Participar en la elaboración de informes sobre afectación y desafectación de aeronaves de las flotas de las empresas nacionales de transporte aéreo.

6.- Asistir en la elaboración de los proyectos de normas para la actualización y/o modificación de la reglamentación en materia de autorizaciones y permisos.

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION Y FOMENTO

ACCIONES:

1.- Asistir en las propuestas para facilitar la operación de vuelos contratados en aquellos mercados no cubiertos por la aviación regular, total o parcialmente, por cuestiones de baja densidad de tráfico.

2.- Elaborar los informes técnicos sobre incidentes, accidentes o deficiencias en los servicios de navegación aérea, proponiendo acciones preventivas y correctivas.

3.- Asistir en el control de los seguros obligatorios de las aeronaves afectadas por las empresas aéreas, a fin de asegurar su validez y vigencia.

4.- Colaborar en el control de los seguros de empresas extranjeras, de los certificados de sus aeronaves y de las autorizaciones pertinentes.

5.- Participar en el control de la aplicación de normas y regulaciones relacionadas con la habilitación de los servicios de transporte aerocomercial.

6.- Participar en el control del cumplimiento de las tarifas que se comercializan en el mercado.

7.- Elaborar proyectos de normas y/o acuerdos que fomenten la participación de empresas de carga nacionales y regionales, en el intercambio de mercancías tanto en el mercado nacional como en el internacional

8.- Colaborar en la elaboración de programas que fomenten las actividades de deportes aéreos y promover la participación en eventos nacionales e internacionales.

9.- Elaborar y ejecutar planes de fiscalización y control del cumplimiento de las normas que regulan el transporte aéreo.

10.- Asistir en la constatación de los incumplimientos a las normas que regulan el transporte aéreo y proponer las recomendaciones pertinentes y la aplicación de sanciones que se deriven de dichos incumplimientos.

11.- Elaborar estudios para la incorporación de nuevas tecnologías en materia de control de los diversos servicios de transporte aéreo.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

ACCIONES

1.- Colaborar con las distintas áreas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL las tareas de inspección y comprobación de las infracciones aeronáuticas previstas en la normativa vigente, a fin de sustanciar los procedimientos sancionatorios aplicables.

2.- Participar en la sustanciación de los procedimientos de comprobación y juzgamiento de las infracciones aeronáuticas, de conformidad con lo establecido en el Código Aeronáutico y sus normas complementarias y reglamentarias.

3.- Impulsar la ejecución judicial, por el área competente, de las sanciones aplicadas por infracciones al Código Aeronáutico y sus normas complementarias y reglamentarias.

4.- Llevar el Registro de los procedimientos sumariales sustanciados y las sanciones aplicadas.

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS AERONAUTICOS

ACCIONES

1.- Colaborar en las tareas de fiscalización y comprobación de los incumplimientos que configuren infracciones aeronáuticas, de conformidad con lo previsto en el Código Aeronáutico y normas complementarias y reglamentarias, a fin de sustanciar los procedimientos sancionatorios aplicables.

2.- Participar en la sustanciación de los procedimientos de comprobación de infracciones aeronáuticas.

3.- Colaborar en la instrucción de sumarios aeronáuticos por infracciones al Código Aeronáutico y normas complementarias y reglamentarias.

4.- Participar en las tareas de registro de los sumarios aeronáuticos sustanciados y las sanciones aplicadas.

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

DEPARTAMENTO DE EJECUCION DE INFRACCIONES

ACCIONES

1.- Promover las actuaciones administrativas tendientes a obtener el cobro de las multas aplicadas en los procedimientos sumariales por infracciones aeronáuticas.

2.- Promover la ejecución judicial —por el área competente— de las sanciones pecuniarias aplicadas en sede administrativa por infracciones aeronáuticas.

3.- Informar periódicamente al Director y a las áreas involucradas, sobre el avance de las actuaciones administrativas promovidas a fin de obtener el cobro de las multas aplicadas.

e. 09/12/2009 Nº 116563/09 v. 09/12/2009

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 222/2009

Bs. As., 2/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0070719/2009 del Registrodel MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,y el Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1770 de fecha29 de noviembre de 2007, se aprobó la estructura organizativa de laADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, organismo descentralizadodel MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOSde conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias yAcciones que, como Anexos II y III, forman parte del citado artículo.

Que por el artículo 14 del citado Decreto, seestableció que la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL serádirigida por un Administrador Nacional con funciones de reglamentación,control y administración de la actividad aeronáutica civil como únicaAutoridad Aeronáutica Nacional.

Que mediante la Resolución Nº 1 de la ADMINISTRACIONNACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 16 de abril de 2009 se establecióla apertura de segundo nivel de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA YADMINISTRATIVA.

Que dicha apertura resulta insuficiente para llevaradelante las acciones encomendadas a la Dirección mencionada,resultando necesario aprobar una nueva apertura inferior de laDIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, que abarque elsegundo y tercer nivel operativo.

Que resulta necesario establecer la aperturainferior de la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO, a fin depermitir la operatividad de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACIONCIVIL.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA YADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL hatomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lasfacultades emergentes del artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31de agosto de 1994.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las unidades de segundo ytercer nivel operativos correspondientes a la DIRECCION GENERAL LEGAL,TECNICA Y ADMINISTRATIVA y a la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREOde la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de conformidad con elOrganigrama y Acciones que, como Anexos Ia, Ib y II, forman parteintegrante de la presente.

ARTICULO 2º — Déjese sin efecto lo establecido en laResolución Nº 1 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, defecha 16 de abril de 2009.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el financiamientode la presente medida será atendido con las partidas específicas delpresupuesto vigente para el corriente ejercicio que se asignen a laEntidad.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a laDirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Lic. RODOLFO F.GABRIELLI, ANAC, Administración Nacional de Aviación Civil.

ANEXO Ia

(Por art. 1° de la Resolución N° 310/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 30/5/2014 se modifica la estructura organizativa de la Dirección deSistemas y Comunicaciones de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA YADMINISTRATIVA)(Por art. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014 se sustituye la estructura organizativa de la Dirección deAdministración y Gestión de Recursos Humanos dependiente de laDIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA)

ANEXO Ib

(Anexo sustituidopor art. 2° de la ResoluciónN° 260/2012de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 08/05/2012)

ANEXO II

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION GENERAL, LEGAL TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

ACCIONES:

1.- Administrar el sistema de información financieraque permita conocer en forma permanente la gestión de la Entidad.

2.- Controlar el manejo y custodia de fondos yvalores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingresopermanente o eventual así como también de los valores y documentos quelos representen, correspondientes a la ADMINISTRACION NACIONAL DEAVIACION CIVIL (ANAC).

3.- Fiscalizar cobros y pagos, previo cumplimientode normas reglamentarias.

4.- Controlar las actividades relacionadas conregistraciones contables de ejecución del presupuesto de todos loscentros de registro que integran la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACIONCIVIL (ANAC).

5.- Supervisar todo lo relativo a la liquidación defacturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal, otraserogaciones y transferencias.

6.- Asesorar y asistir técnicamente a los distintosestamentos de la Entidad.

7.- Fiscalizar las acciones relativas al registro ycontrol de los bienes patrimoniales de la Entidad.

8.- Asesorar y supervisar la determinación yretención de impuestos y leyes previsionales.

9.- Preparar la Cuenta de Inversión de la Entidad deacuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

ACCIONES:

1.- Efectuar las liquidaciones y órdenes de pago dehaberes y horas extraordinarias del personal del Organismo, y laaplicación de las normas que se dicten en materia de política salarial.

2.- Controlar las órdenes para los pagos de losaportes personales, patronales, obra social, I.N.S.S.P.J.P.,A.N.S.S.A.L., sindicatos y mutuales.

3.- Supervisar la liquidación y rendición deretenciones del impuesto a las ganancias del personal en relación dedependencia, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Efectuar la gestión de liquidación y orden depago de las facturas correspondientes a órdenes de compra deproveedores y a contrataciones de servicios profesionales.

5.- Realizar la gestión de liquidación y orden depago de las facturas de contratistas de conformidad con las normaslegales vigentes.

6.- Elaborar la rendición de cuentas y liquidaciónde las CAJAS CHICAS, FONDOS ROTATORIOS y transferencias en virtud deconvenios con organismos internacionales, nacionales provinciales.

7.- Efectuar el análisis sistemático de todas lastransacciones que se produzcan y afecten la situación financiera de laEntidad, verificando la disponibilidad de crédito anual y trimestral decompromiso y devengado.

8.- Supervisar los registros del compromiso delOrganismo y la registración del compromiso preventivo de todos losgastos que se realicen por el Régimen de Caja Chica y Fondos RotatoriosInternos de la Entidad.

9.- Controlar los movimientos de fondos contablescon las partidas presupuestarias.

10.- Efectuar la confección de estados deinformación contable, presupuestaria, financiera y patrimonial que serequiera en cumplimiento de la Ley Nº 24.156.

11.- Supervisar un sistema de información quepermita registrar todas las operaciones vinculadas a los Bienes de Usoque integran el patrimonio de la jurisdicción, acorde al sistema decontabilidad gubernamental implementado por la Ley de AdministraciónFinanciera y la Ley de Contabilidad y que permita conocer el inventariogeneral de los Bienes Muebles e Inmuebles, con su correspondienteubicación, dependencia, responsable, código presupuestario, descripcióndel bien, valuación, y estado de vida útil.

12.- Coordinar la gestión de liquidación de losrecursos propios de la Entidad y sus correspondientes registros,conforme a la normativa vigente.

13. - Supervisar el archivo de la documentacióncontable del Servicio Administrativo Financiero.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO

ACCIONES:

1.- Analizar los anteproyectos de presupuestos delas unidades ejecutoras de programas que integren la ADMINISTRACIONNACIONAL DE AVIACION CIVIL

2.- Elaborar y proponer el anteproyecto anual depresupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

3.- Evaluar y consolidar la información remitida porlas unidades ejecutoras de programas referidas a la programación yejecución física y financiera.

4.- Coordinar la tramitación ante la OficinaNacional de Presupuesto de la información elaborada, por las unidadesejecutoras referidas a la programación ejecución física y financieradel presupuesto.

5.- Evaluar y coordinar la tramitación de lasmodificaciones presupuestarias, según las propuestas de las unidadesejecutoras de programas.

6.- Evaluar y coordinar la tramitación de lasreprogramaciones de la ejecución física y financiera de las propuestasde las unidades ejecutoras de programas.

7.- Coordinar las registraciones centralizadas de laejecución física del presupuesto de la Entidad.

8.- Asesorar a la Superioridad en lo relativo a lainterpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación,programación, modificación y evaluación del presupuesto de la Entidad.

9.- Analizar la evolución de los recursoscontemplados en las previsiones presupuestarias para la atención de losdistintos programas que se determinen en la Entidad.

10.- Asesorar en el diseño de los programas en elaspecto económico-financiero, estableciendo objetivos y metas acordescon la posibilidad de obtención de recursos presupuestarios.

11.- Efectuar la planificación y seguimiento de larecaudación de los recursos de la Entidad.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL

DEPARTAMENTO TESORERIA

ACCIONES:

1.- Participar en la programación financiera de laEntidad.

2.- Controlar el manejo y custodia de los fondos yvalores provenientes de recaudaciones o cobro de órdenes de pago de laTesorería General de la Nación, ejecutando los pagos autorizados en lasmismas, previo cumplimiento de las normas reglamentarias.

3.- Efectuar pagos en efectivo y/o cheques, o através de transferencias bancarias, en concepto de liquidación deviáticos, asignación y reposición de cajas chicas, cancelación dedeudas por compra de bienes o servicios y demás conceptos cancelables através del fondo rotatorio de la Entidad.

4.- Disponer todos los actos y gestiones necesariospara la adecuada administración del fondo rotatorio de la Entidad.

5.- Atender y proceder al pago de haberes alpersonal, ingresando las retenciones correspondientes a los distintosorganismos.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

ACCIONES:

1.- Supervisar y coordinar las licitaciones ycontrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen decontrataciones del ESTADO NACIONAL o por la Ley Nº 17.250 de ObrasPúblicas, así como también la elaboración, modificación y rescisión delos contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

2.- Centralizar los requerimientos y coordinar laformulación del plan anual de necesidades tanto de elementos como decontratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir lasexigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Elaborar la documentación relativa a losconcursos o actos licitarios que sea menester para las adquisiciones oventas en general, contratos de locación de obra, servicios y de obraspúblicas, así como también la gestión de éstos, hasta su culminación.

4.- Administrar los recursos físicos y patrimonialesde la entidad cualquiera sea su procedencia.

5.- Administrar un sistema de información de bienesde uso y de consumo de la Entidad.

6. - Supervisar las acciones necesarias paraasegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de la Entidad.

7.- Proyectar todo acto administrativocorrespondiente al área de su competencia.

8.- Suscribir los instrumentos contractualesnecesarios para llevar adelante la ejecución de las contratacionesaprobadas.

9.- Entender en la elaboración de un informeperiódico respecto a los bienes patrimoniales y de consumo de laEntidad que sirva como respaldo documental para los registroscontables, a requerimiento de la Dirección de Administración Financieray Control.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Confeccionar los pliegos, llevar a cabo lostrámites licitatorios a través del procedimiento de seleccióncorrespondiente, hasta la etapa preadjudicataria inclusive y elaborarlos actos administrativos aprobatorios de los procedimientos yadjudicaciones, a suscribir por la autoridad competente, vinculados conlas normas que regulen el régimen de contrataciones del Estado.

2.- Centralizar los requerimientos y formular elplan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos deservicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de lasdistintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Colaborar en el análisis de las ofertaspresentadas a efectos de predeterminar la selección de las másconvenientes.

4.- Mantener actualizados los registroscorrespondientes al área de su competencia.

5.- Asistir en sus tareas a las comisiones depre-adjudicaciones y recepción, asesorando en la materia.

6.- Definir la modalidad de contratación para laadquisición de materiales, suministros, maquinarias y equipos, así comola de servicios para los sectores solicitantes.

7.- Evaluar la oportunidad de adquisición de bienesfrente a la disposición de los mismos. Analizar las solicitudes denecesidades de urgencia y definir las modalidades de compra.

8.- Elaborar las órdenes de compra o contrato, segúncorresponda.

9.- Controlar el cumplimiento de las obligacionescontractuales en lo que es materia de su competencia.

10.- Elaborar todo acto administrativo que modifiquelas condiciones pactadas contractualmente.

11.- Proyectar la resolución definitiva, en losrecursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS

ACCIONES:

1.- Administrar un sistema de información quepermita registrar todas las operaciones de altas (adquisiciones,donaciones y transferencias) y bajas (rezagos, robos, hurtos, ventas,transferencias y cesión) de los Bienes de Uso que integran elpatrimonio de la Entidad, acorde al sistema de contabilidadgubernamental implementado por la Ley de Administración Financiera y laLey de Contabilidad.

2.- Procesar y producir la información necesaria quepermita conocer el inventario general de los Bienes Muebles eInmuebles, con su correspondiente ubicación, dependencia, responsable,código presupuestario, descripción del bien, valuación y estado de vidaútil.

3.- Verificar el cumplimiento de las normativaslegales que afecten la correcta administración y custodia de losbienes, realizando inspecciones.

4.- Registrar todos los Bienes de Terceros queresulten de contratos de locación, comodato, préstamos o que formenparte de proyectos especiales.

5.- Elaborar informes relacionados con latramitación de títulos de inmuebles y automotores.

6.- Recepcionar y cumplimentar las solicitudes debienes y servicios de las diversas áreas del Organismo.

7.- Mantener un registro actualizado de lassolicitudes de servicio efectuando un seguimiento periódico a efectosde identificar atrasos y/o incumplimientos.

8.- Realizar la recepción, almacenaje,identificación y clasificación de los bienes patrimoniales y de consumomanteniendo actualizado el inventario de los mismos.

9.- Proponer un plan general de suministros debienes y servicios y un cronograma de obras de mantenimiento y deinfraestructura.

10.- Controlar operativamente toda aquellacontratación relacionada con la prestación o provisión de serviciosrealizada por el Organismo y que afecte a las cuestiones de sucompetencia, todo ello de acuerdo con lo establecido en las pautascontractuales.

11.- Elaborar un informe periódico respecto a losbienes patrimoniales y de consumo como soporte documental para losregistros contables de la Entidad.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE COMPRAS Y ADMINISTRACION DE BIENES

DEPARTAMENTO DE TECNICA OPERATIVA

ACCIONES:

1.- Dirigir las acciones necesarias para asegurar laoperatividad de los edificios e instalaciones de las sedesadministrativas de la Entidad.

2.- Supervisar la conducción del personal obrero, demaestranza y servicios generales en las sedes administrativas delOrganismo.

3.- Planificar y dirigir los programas demantenimiento preventivo, cambio o reparaciones de los edificioscorrespondientes a las sedes administrativas.

4.- Supervisar la ejecución de obras, tareas yservicios ejecutados por los equipos de trabajo constituidos "ad-hoc",que operen en los edificios e instalaciones de las sedesadministrativas de la Entidad.

5.- Efectuar el control y seguimiento de laprestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de sucompetencia.

6.- Coordinar las actividades de vigilancia ymantenimiento del edificio sede principal del Organismo y sus bienes.

7.- Efectuar las acciones necesarias para asegurarla coordinación, coherencia y excelencia de los programas deoptimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructuraedilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en la definición delos lineamientos para la ejecución del programa de racionalización deespacios físicos.

8.- Organizar y realizar en término, de acuerdo alos requerimientos de las áreas usuarias, el servicio de distribuciónde correspondencia dentro y fuera de la ANAC.

9.- Realizar el control del personal de serviciosauxiliares, asegurando la prestación de los servicios de mantenimiento,intendencia y seguridad en la sede administrativa del Organismo.

10.- Colaborar en mudanzas internas.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

(Acciones sustituidas por art. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014)

ACCIONES:

1.- Coordinar la aplicación del régimen estatutario y escalafonario,las reglamentaciones relativas a licencias, compensaciones, situacionesespeciales de revista, asignaciones familiares, incompatibilidades,controlar su cumplimiento y proponer las adecuaciones pertinentes.

2.- Supervisar los proyectos de actos administrativos vinculados con lagestión de recursos humanos y los procedimientos inherentes a losmovimientos del personal, reclamos, certificaciones de servicios,seguros de vida y demás beneficios sociales.

3.- Supervisar la confección y actualización de los legajos únicos depersonal y recibir e informar las novedades en relación con la siuaciónde los agentes.

4.- Dirigir la administración de la información de asistencia y todaotra requerida para la liquidación de haberes y demás compensaciones(adicionales, bonificaciones, suplementos e incentivos).

5.- Supervisar los aspectos laborales y el cumplimiento de lasdisposiciones vigentes relaticas a los derechos y obligaciones de losagentes (licencias, becas, sanciones, etc.) y analizar los recursos yactuaciones relacionados con el ámbito de su competencia.

6.- Dirigir la actualización del registro de cargos financiadoscorrespondientes a la Entidad y formular información de base para laelaboración del poryecto de Presupuesto anual, en lo concerniente alinciso 1, Gastos en Personal.

7.- Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento en materia de su competencia.

8.- Asesorar en la correcta aplicación de la reglamentación laboralvigente y de los acuerdos alcanzados, en lo que se refiere a losderechos y obligaciones de los trabajadores.

9.- Intervenir en los procedimientos de prevención y resolución de conflictos laborales.

10.- Representar al Organismo ante las entidades sindicales y las autoridades en materia de Trabajo.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE LEGAJOS, CERTIFICACIONES Y CONTROL DE ASISTENCIA

(Acciones sustituidas por art. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014)

ACCIONES:

1.- Efectuar la registración de los antecedentes del personal manteniendo las certificaciones que le sean solicitadas.

2.- Verificar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades.

3.- Diligenciar los trámites vinculados con los beneficios:previsionales, sociales, seguro de vida y subsidios que correspondierenal personal, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Tramitar el otorgamiento de asignaciones familiares verificando elcumplimiento de la normativa vigente en la materia y efectuando lascomunicaciones correspondientes para su liquidación.

5.- Asistir al Director de Administración y Gestión de Recursos Humanosen las actuaciones administrativas relacionadas con el ingreso-egreso,movimientos de personal y régimen disciplinario.

6.- Asistit y asesorar sobre los derechos y obligaciones del personal como agente público.

7.- Aplicar el régimen de licencias, justificaciones y franquicias ysupervisar los procesos administrativos relacionados con permisos desalida, horarios, franquicias, medidas disciplinarias y toda otranovedad relativa al área, efectuando las comunicacionescorrespondientes para su liquidación.

8.- Elaborar la información de base para la correcta liquidación de haberes del personal.

DIRECCION GENERAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE CARGOS Y CONTRATACIONES

(Acciones sustituidas por art. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014)

ACCIONES:

1.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que impliquenaltas, bajas y movimientos de personal y efectuar las notificacionescorrespondientes.

2.- Mantener actualizado el registro de los cargos y horas de cátedrade la Entidad y comunicar la información de base para la elaboracióndel Proyecto de Presupuesto Anual, en lo concerniente al Inciso 1 -Gastos en Personal, de acuerdo al ordenamiento estructural vigente.

3.- Elaborar los actos administrativos y efectuar el control deaplicación del Régimen de Asesores, Auxiliares y SuplementosExtraordinarios de Gabinete.

4.- Aplicar los regímenes estatutarios y escalafonarios vigentes y proponer las adecuaciones pertinentes.

5.- Efectuar la tramitación de credenciales, coordinando en el caso decorresponder las acciones con el área de competencia específica.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE MEDICINA LABORAL, HIGIENE Y SEGURIDAD

(Acciones sustituidas por art. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014)

ACCIONES:

1.- Dirigir las actividades vinculadas con educación sanitaria,socorrismo, vacunación y estudios de ausentismo por mobilidad, así comotambién la prestación de la asistencia inicial de las enfermedadespresentadas durante el trabajo y de las emergencias médicas ocurridas,hasta tanto se haga cargo el servicio médico que corresponda.

2.- Confeccionar y mantener actualizado el legajo médico del personal.

3.- Confeccionar y mantener actualizado el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

4.- Efectuar los exámenes médicos que correspondan al personal, ya sea con personal propio o contratado a tal efecto.

5.- Efectuar toda otra actividad que corresponda, en cumplimiento de lodispuesto por la Ley N° 19.587 y sus normas modificatorias ycomplementarias.

6.- Centralizar las relaciones con la Aseguradora de Riesgos delTrabajo cuya contratación se efectúe para la Entidad, en lo querespecta a su competencia específica, en el marco de la legislaciónvigente.

7.- Administrar, gestionar y auditar los casos y la información deaccidentes de trabajo y enfermedades profesionales sufridas por elpersonal perteneciente al Organismo, en el ámbito de su competencia.

8.- Conceder y fiscalizar las licencias especiales de su competencia ycontrolar las prestaciones de servicios realizadas por terceros.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION Y EVALUACION DE PERSONAL

(Acciones sustituidas por art. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014)

ACCIONES:

1.- Elaborar y proponer la política de capacitación de los recursos humanos de la Entidad.

2.- Asesorar y colaborar con los órganos de selección, en los procesos de elección de personal.

3.- Controlar la aplicación del sistema de evaluación de desempeño delpersonal administrativo, atendiendo a la tramitación concerniente aconcursos y designaciones de personal.

4.- Realizar los estudios que permitan la clasificación de puestos detrabajo y la caracterización de los perfiles básicos aconsejables parasu ocupación.

5.- Asegurar el seguimiento y actualización permanente del nivel decumplimiento por parte de los agentes de la Entidad del ámbito de sucompetencia, de los requisitos exigidos para la promoción de grado y/ocargos, según corresponda.

6.- Efectuar y/o coordinar estudios tendientes a la elaboración y formulación de propuestas de fomento de la productividad.

7.- Aplicar los planes de capacitación del INSTITUTO NACIONAL DE LAADMINISTRACION PUBLICA (INAP) y elaborar los que correspondan al áreade la Entidad.

8.- Asistir en las acciones de detección permanente de necesidades decapacitación y la generación de los mecanismos que permitan susatisfacción, sin afectar la normal prestación de los servicios a cargode la Entidad.

9.- Efectuar la centralización de las certificaciones de créditos decapacitación que se obtengan, tanto por cursos efectuados a través delINSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (INAP), como porequivalencias reconocidas por dicho organismo, y otros organismosespecíficos nacionales o internacionales.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES

(Departamento y Acciones incorporadas por arts. 1° de la Resolución N° 314/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 29/5/2014)

ACCIONES:

1.- Analizar, evaluar y elaborar propuestas que faciliten la resoluciónde los asuntos laborales para contribuir a evitar conflictos con lostrabajadores.

2.- Establecer comunicación periódica con los representantes de lasorganizaciones sindicales a efecto de revisar y desahogar los asuntoslaborales que se presenten, observando las disposiciones normativas yla conciliación de intereses.

3.- Vigilar el cumplimiento de los acuerdos que se suscriban con lasrepresentaciones gremiales y que puedan devenir en futuros reclamos.

4.- Colaborar en la concreción y posterior actualización periódica del convenio colectivo de trabajo del sector.DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

ACCIONES:

1.- Asesorar al ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIONCIVIL en todas las cuestiones del Servicio Jurídico en las cuales lesea requerida su intervención.

2.-Coordinar e intervenir en todos los proyectos deleyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones odisposiciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con laEntidad.

3.- Coordinar todas las cuestiones jurídicasrelacionadas con los Organismos Internacionales así como la gestión deauditorías e inspecciones técnicas llevadas a cabo por dichosorganismos.

4.- Ordenar la instrucción de los sumariosadministrativos – disciplinarios.

5.- Asumir y coordinar la representación del ESTADONACIONAL a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL entodos los asuntos de carácter jurisdiccional en los cuales dichoOrganismo sea parte, defendiendo los intereses del mismo.

6.- Entender en todos los asuntos de carácterjurídico de competencia de la ADMNISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL,con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposicioneslegales y reglamentarias en el análisis de los anteproyectos delegislación.

7.- Intervenir, cuando le sea requerido, en eltrámite de los expedientes de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACIONCIVIL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE GESTION ADMINISTRATIVA

ACCIONES:

1.- Asesorar jurídicamente a las autoridades de laADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en los aspectos técnico –legales planteados.

2.- Intervenir y dictaminar en los casos jurídicossometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/odecisiones de alcance particular y/o general relacionadas con lascuestiones de derecho administrativo y de personal.

3.- Intervenir y dictaminar en el trámite de lossumarios instruidos y sustanciados en la órbita de la ADMINISTRACIONNACIONAL DE AVIACION CIVIL.

4.- Asesorar jurídicamente al ADMINISTRADOR NACIONALy al DIRECTOR LEGAL, TECNICO Y ADMINISTRATIVO en todas las cuestionesque se suscitaren vinculadas con asuntos de política de personal.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AERONAUTICOS,INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS

ACCIONES:

1.- Intervenir y dictaminar en el trámite de losexpedientes administrativos vinculados con cuestiones de derechoaeronáutico que sean sometidos a su consideración.

2.- Asesorar a las Direcciones Nacionales yGenerales respecto de las cuestiones jurídicas aeronáuticas que sesusciten en sus áreas de competencia cuando le sea requerida.

3.- Asesorar al ADMINISTRADOR NACIONAL respecto delas cuestiones jurídicas involucradas en el marco de las auditoríasllevadas a cabo por los Organismos Internacionales.

4.- Asesorar jurídicamente a las autoridades de laADMINISTRACION NACIONAL DE LA AVIACION CIVIL en los aspectostécnico-legales planteados respecto a infraestructura y serviciosaeroportuarios.

5. Intervenir y dictaminar en los asuntos jurídicossometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/odecisiones de alcance particular y/o general vinculados ainfraestructura y servicios aeroportuarios.

6. Proyectar y elevar al Director de AsuntosJurídicos para su intervención las opiniones legales requeridas entorno a actos de alcance general vinculados a Infraestructura yServicios Aeroportuarios.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE GESTION JUDICIAL

ACCIONES:

1.- Efectuar la representación del ESTADO NACIONALen todas las cuestiones jurisdiccionales en que el mismo sea parte através de ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, defendiendo susintereses.

2.- Asumir la defensa y representación del ESTADONACIONAL en los juicios que —si bien no incluidos en el incisoanterior— son asignados por norma legal, reglamentaria o actos emanadosde autoridad competente a tal efecto.

3.- Intervenir cuando el ADMINISTRADOR NACIONAL asílo disponga en todas las cuestiones de índole penal en las cuales laADMINISTRACION NACIONAL y/o su personal sea parte.

4.- Mantener actualizada la información y cursar lascomunicaciones previstas legal y/o reglamentariamente respecto de laprevisión presupuestaria orientada a atender las sentenciascondenatorias de dar sumas de dinero o asimilables.

5.- Practicar las intimaciones y/o ejecucionesderivadas de la determinación de perjuicio fiscal en los sumariosadministrativos como así también cursar las comunicaciones legal y/oreglamentariamente previstas a los órganos de control.

6.- Coordinar y supervisar la representación de laADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL en las cuestionesjurisdiccionales que se susciten en jurisdicciones del interior delpaís a través de la Procuración del Tesoro de la Nación.

7. Colaborar y supervisar el trámite de todos losrequerimientos judiciales que se formulen a la ADMINISTRACION NACIONALDE AVIACION CIVIL.

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

ACCIONES:

1.- Coordinar las políticas de las Tecnologías de laInformación y las Comunicaciones, incluyendo la informática, lastelecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas deinformación y las tecnologías asociadas en el organismo.

2.- Dirigir y optimizar la utilización deTecnologías de la Información y las Comunicaciones de usoadministrativo del organismo.

3.- Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de laInformación y las Comunicaciones de uso administrativo de la Entidad.

4.- Verificar el cumplimiento de las normas legalesy de las políticas y estándares establecidos por la AdministraciónPública Nacional en el organismo.

5.- Entender en todos los aspectos relativos a laseguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deuso administrativo de la Entidad, incluyendo el establecimiento deplanes de contingencia para los sistemas críticos, controlandoperiódicamente su funcionamiento.

6.- Conducir todas las actividades vinculadas al usode las Tecnologías de la información y las Comunicaciones de usoadministrativo del Organismo.

7.- Entender en todos los procesos de incorporación,modificación o eliminación de tecnologías de la información y lascomunicaciones en el Organismo.

8.- Participar en las actividades del Foro deResponsables de Informática de las jurisdicciones de la AdministraciónNacional, coordinando por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE LAINFORMACION DE LA SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, con el fin decoordinar y potenciar los distintos esfuerzos tendientes a optimizar unmejor aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la Información y lasComunicaciones aplicadas a la gestión pública.ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO SISTEMAS DE INFORMACIÓN

(Departamento y Acciones incorporados por art. 1° de la Resolución N° 310/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 30/5/2014)

ACCIONES:

1 – Efectuar el análisis de requerimientos y necesidades de las aplicaciones a ser desarrolladas para el organismo.

2 – Dirigir la aplicación de la metodología de desarrollo y coordinarla planificación, prueba, homologación y aprobación de puesta enproducción de los sistemas, así como el mantenimiento actualizado de ladocumentación y manuales de usuarios.

3 – Intervenir en los proyectos de sistemas de información requeridos por las dependencias pertenecientes a la organización.

4 – Organizar y ejecutar las acciones necesarias para el diseño,desarrollo, prueba e implementación de los sistemas informáticos, tantoadministrativos como aeronáuticos, necesarios para la gestión delOrganismo.

5 – Instrumentar y controlar el desarrollo de tareas de mantenimiento sobre los sistemas informáticos del Organismo.

6 – Elaborar y mantener actualizados los manuales de uso yespecificaciones operacionales de los sistemas informáticos puestos enproducción.

7 – Mantener la documentación respaldatoria de los sistemasinformáticos que hayan sido desarrollados tanto por recursos internos oexternos del Organismo y que han sido homologados por la DSITyC.


8 – Formular los requerimientos técnicos de las herramientastecnológicas necesarias para el desarrollo de las funciones del áreaque integren el plan estratégico de la DSITyC.

9 – Planificar y supervisar la configuración de un entorno de prueba alos efectos del control de calidad de los sistemas previo a suimplementación.

10 – Mantener un respaldo actualizado de las aplicaciones, códigosfuentes y manuales de los sistemas informáticos del Organismohomologados por la DSITyC.

11 - Elaborar en forma periódica, informes requeridos por la DSITyC yanualmente presentar la propuesta del plan de los Sistemas para laelaboración del plan informático estratégico.

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO OPERACIONES Y SOPORTE TÉCNICO

(Departamento y Acciones incorporados por art. 1° de la Resolución N° 310/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 30/5/2014)

ACCIONES:

1 – Efectuar las actividades de soporte técnico necesarias paraasegurar la correcta instalación y el óptimo funcionamiento delhardware, software de base, telecomunicaciones y tecnologías asociadasde las diferentes plataformas tecnológicas de la ANAC.

2 – Gestionar la utilización de manera eficiente de los recursosinformáticos del Organismo, asegurando la operación continua de latotalidad del equipamiento y su software asociado.

3 - Instalar y efectuar elmantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento demicroinformática perteneciente al Organismo.

4 – Coordinar y supervisar los contratos de seguros y de mantenimientoefectuados por terceros, sobre el equipamiento informático y lastecnologías asociadas del Organismo.

5 – Efectuar los servicios de soporte, asistencia técnica y apoyo operativo a todas las dependencias del organismo.

6 – Coordinar y proponer acciones de capacitaciones a los usuarios y/oayuda online en relación al buen uso de los recursos informáticos adisposición.

7 – Organizar y mantener un registro de incidentes y solicitudes deservicio así como las derivaciones a otros niveles y su respectivagestión.

8 – Gestionar los pedidos de los usuarios internos de la organizaciónrelativos a instalación y/o mudanzas de equipamiento informático, detelecomunicaciones y tecnologías asociadas.

9 – Confeccionar y mantener actualizado el inventario del equipamientoinformático, telecomunicaciones y tecnologías asociadas del Organismo.

10 – Formular las necesidades de adquisición de insumos, materiales,equipos, software y servicios tecnológicos que sean necesarios paramantener en adecuadas condiciones de operatividad al parque informáticodel organismo.

11 – Realizar tareas de implementación y funcionamiento del sitio webdel organismo y programas o herramientas de tecnología web que utilicela repartición, respetando las pautas de trabajo fijadas por las áreasde competencia.

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE SISTEMAS Y COMUNICACIONES

DEPARTAMENTO INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA Y SEGURIDAD

(Departamento y Acciones incorporados por art. 1° de la Resolución N° 310/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 30/5/2014)

ACCIONES:

1.- Instalar y mantener la Infraestructura Informática de Comunicaciones y Tecnologías asociadas.

2.- Proveer y controlar la totalidad de los servicios de transporte devoz, datos e imágenes necesarios para el normal funcionamiento delOrganismo, utilizando las tecnologías de comunicación adecuadas para elcumplimiento de los niveles de servicios requeridos por las áreasusuarias.

3.- Diagramar, administrar y mantener la red informática, cableadoestructurado, comunicaciones, servicios y equipamiento en el ámbito delOrganismo.

4.- Administrar, operar y monitorear el equipamiento de informática central del Organismo evaluando su rendimiento.

5.- Instalar, configurar y realizar el mantenimiento preventivo ycorrectivo del hardware y software de base de la infraestructuratecnológica central.

6.- Coordinar y supervisar los servicios de mantenimiento efectuadospor terceros en caso de aplicar, sobre equipos y software de base yelaborar los informes del cumplimiento del servicio.

7.- Comunicar en forma oportuna a la Mesa de Ayuda y/o a las partes interesadas toda alteración prevista en el servicio.

8.- Planificar, ejecutar y controlar las migraciones necesarias delsoftware instalado en el Data Center y de los Sistemas que correspondaimplementar en Producción coordinando tales acciones con las áreas deservicio.

9.- Velar por la seguridad de la información en custodia, efectuandolas copias de respaldo necesarias, asegurando los procedimientos deresguardo y recuperación de información.

10.- Elaborar en forma periódica, informes requeridos por la DSTIyC yelevar anualmente, la propuesta del plan de las Telecomunicaciones einfraestructura tecnológica del Organismo que se elevará para conformarla propuesta del plan informático estratégico.

11.- Garantizar la seguridad de las comunicaciones, incluyendo losplanes de contingencia para la continuidad de los sistemas críticos.

12.- Monitorear en forma permanente el correcto funcionamiento de latotalidad del equipamiento informático, telecomunicaciones ytecnologías asociadas y los servicios por ellos brindados.

13.- Proponer a la Dirección especificaciones técnicas para laadquisición de nuevo equipamiento tecnológico, para dar soporte a lasnecesidades operativas de las distintas áreas.


(Departamento de Administración de Sistemas y Departamento de Comunicaciones dependientes de la Dirección deSistemas y Comunicaciones de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA YADMINISTRATIVA, derogados por art. 1° de la Resolución N° 310/2014 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 30/5/2014)

DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DEPARTAMENTO DE SECRETARIA GENERAL

ACCIONES:

1.- Asistir al Director General Legal, Técnico yAdministrativo coordinando la tramitación, en las distintas áreas delOrganismo, de las actuaciones administrativas.

2.- Transmitir a las distintas áreas del organismo,las decisiones que adopte el Administrador en los asuntos decompetencia de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC),asistiéndolas en la interpretación de las referidas decisiones yefectuando el seguimiento de las mismas.

3.- Efectuar el control formal de los proyectos denormas o actos administrativos que ingresen al área, verificando suadecuación a las normas legales, reglamentarias y procedimientosvigentes.

4.- Asignar la responsabilidad primaria de lasactuaciones, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitaciónde las actuaciones administrativas.

5.- Efectuar la recepción, registro, distribución ypases al archivo general de las actuaciones que tramiten en laADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC).

6.- Protocolizar, reproducir y autenticar los actosy disposiciones emanados del Organismo.

7.- Elaborar el Informe Anual de la ADMINISTRACIONNACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) y someterlo a la Administración parasu aprobación.

8.- Elaborar las respuestas a los requerimientos delos organismos, dependencias gubernamentales e instituciones privadasque surjan de la relación de éstos con la actividad aeronáutica.

9.- Elevar a la firma del Administrador lasresoluciones y otros actos administrativos.

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en el apoyo yevaluación de proyectos económicos y financieros que permitan mantenerla productividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreode manera integral, así como aquellos que permitan la participaciónprivada y social.

2.- Elaborar estudios para la actualización de lanormativa vigente en lo referente al transporte multimodal y suadecuación al régimen tarifario.

3.- Asistir al Director Nacional en la acción depromover la oferta de servicios necesarios en la red aeroportuaria paradesarrollar la vinculación entre distintos operadores de modos detransporte, así como los horarios de los aeródromos que incentivenestas operaciones.

4.- Realizar estudios de mercados que permitanimpulsar la aviación general como una herramienta de desarrollo denegocios y de turismo, que facilite la creación de oportunidades anivel nacional y regional.

5.- Impulsar los sistemas de información quefaciliten a los usuarios del transporte aéreo comercial y suinfraestructura, conocer las estadísticas de operación y confiabilidadde la empresa que selecciona para sus necesidades de transporte.

6.- Elaborar estudios de mercado para impulsar eltransporte aéreo de carga, coordinando se incluya en los conveniosinternacionales y acuerdos particulares, la participación de empresasnacionales de carga en los mercados regionales e internacionales.

7.- Mantener actualizada la base de datos de lasorganizaciones vinculadas al transporte aerocomercial, incluyendoestadísticas económico financieras y de precios y tarifas.

8.- Realizar el análisis económico de lasoperaciones aerocomerciales, así como el diagnóstico y análisispertinentes que, originados en las estadísticas obtenidas, sirvan debase para detectar las necesidades de modificación de la normativavigente.

9.- Asistir al Director Nacional en el planeamientoy la estructuración del sistema de transporte aéreo, propiciando lacoordinación intermodal.

10.- Elaborar los proyectos de actos administrativosque autorizan la aplicación de nuevas tarifas tanto internas comointernacionales.

11.- Analizar y evaluar la capacidadeconómico-financiera de las empresas que solicitan concesiones yautorizaciones de servicios aéreos de acuerdo con lo establecido por elartículo 105 del Código aeronáutico.

13.- Asistir al Director Nacional en el control delos balances de las empresas aerocomerciales.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS DE MERCADO

ACCIONES:

1.- Participar en la elaboración de estudios para laactualización de la normativa vigente en lo referente al transportemultimodal y su adecuación al régimen tarifario.

2.- Participar en la realización de estudios demercado que permitan impulsar la aviación en general como unaherramienta de desarrollo de negocios y turismo.

3.- Participar en el desarrollo de los sistemas deinformación que faciliten a los usuarios del transporte aéreo comercialy su infraestructura, conocer las estadísticas de operación yconfiabilidad de la empresa que selecciona para sus necesidades detransporte.

4.- Asistir en la elaboración de los proyectos deactos administrativos que autorizan la aplicación de nuevas tarifas yen el análisis y evaluación de capacidades económico-financieras de lasempresas que solicitan concesiones y autorizaciones de servicios aéreos.

5.- Participar en la elaboración de estudios demercado para impulsar el transporte aéreo de carga, y la inclusión enlos convenios internacionales y acuerdos particulares de laparticipación de empresas nacionales de carga en los mercadosregionales e internacionales.

6.- Colaborar en la actualización de la base dedatos de las organizaciones vinculadas al transporte aerocomercial,incluyendo estadísticas económico-financieras y de precios y tarifas.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICAS

DEPARTAMENTO DE ANALISIS ESTRATEGICO

ACCIONES:

1.- Participar en la evaluación de proyectoseconómicos y financieros que permitan mantener la productividad y eldesarrollo de la industria del transporte aéreo de manera integral.

2.- Colaborar en la acción de promoción de la ofertade servicios necesario en la red aeroportuaria para desarrollar lavinculación entre distintos operadores de modos de transporte.

3.- Colaborar con el análisis económico de lasoperaciones aerocomerciales, así como el diagnóstico y análisispertinente que, originados en las estadísticas, sirvan de base paradetectar las necesidades de modificación de la normativa vigente.

4.- Colaborar con el planeamiento y laestructuración del sistema de transporte aéreo, propiciando lacoordinación intermodal.

5.- Asistir en la evaluación y seguimiento de losproyectos, programas y acciones que se establezcan en el ámbito de laDirección, tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

6.- Colaborar en el control de los balances de lasempresas aerocomerciales.

7.- Colaborar en la elaboración estudios tendientesa mejorar la fiscalización de los mercados para evitar prácticas quelesionen los derechos del usuario.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOSINTERNACIONALES

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en la promoción denormas y acuerdos internacionales dirigidos a perfeccionar elfuncionamiento del sistema de transporte aerocomercial y del transportemultimodal.

2.- Asistir al Director Nacional en la gestión deacuerdos bilaterales y multilaterales sobre regulación del transporteaéreo.

3.- Intervenir en lo referente a la evolución de losmercados específicos, con el fin de orientar las negociaciones yenmiendas de los acuerdos bilaterales y multilaterales sobre transporteaéreo.

4.- Intervenir en la elaboración de propuestas deactualización y/o modificación de la normativa aeronáutica nacional einternacional, en materia de transporte aerocomercial.

5.- Asistir al Director Nacional en la preparación yparticipación en las reuniones de consulta, técnicas o de negociacióncon autoridades aeronáuticas extranjeras referidas a acuerdos yentendimientos bilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo.

6.- Asistir al Director Nacional en la elaboraciónde informes sobre regulaciones aeronáuticas, a fin de asesorar alAdministrador Nacional en su participación en reuniones de losorganismos regionales e internacionales en la materia.

7.- Intervenir en el apoyo oficial ante lasautoridades aeronáuticas extranjeras requerido por los transportadoresargentinos para la tramitación de los permisos de operación.

8.- Elaborar respuestas a los requerimientosformulados por los organismos internacionales en materia de transporteaéreo.

9.- Elaborar los informes técnico-legales relativosa la aplicación e interpretación de los acuerdos bilaterales omultilaterales celebrados en materia de transporte aéreo.

10.- Intervenir en el análisis de las solicitudes deconcesión o autorización de servicios aéreos formuladas por lasempresas nacionales o extranjeras.

11.- Elaborar propuestas de reglamentación de losprocedimientos para la resolución de conflictos con los usuarios.

12.- Elaborar propuestas de reglamentación de lascondiciones básicas de los contratos de prestación.

13.- Elaborar los informes técnicos para latramitación de recursos administrativos y/o requerimientos vinculadoscon la actividad y regulación aerocomercial.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOSINTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE NORMAS AERONAUTICAS

ACCIONES:

1.- Asistir en la elaboración de los proyectos denormas dirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema detransporte aerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Realizar estudios sobre la normativa aeronáuticanacional e internacional, proponiendo las actualizaciones y/omodificaciones necesarias para perfeccionar el sistema de transporteaéreo.

3.- Participar en la elaboración de respuestas a losrequerimientos formulados por los organismos internacionales en materiade interpretación y aplicación de la normativa aeronáutica en materiade transporte aerocomercial.

4.- Analizar las solicitudes de concesión oautorización de servicios aéreos formuladas por las empresas nacionaleso extranjeras.

5.- Participar en la elaboración proyectos de normasque regulen la resolución de conflictos con los usuarios.

6.- Asistir en la elaboración de proyectos de normasque reglamenten las condiciones básicas de los contratos de prestaciónde servicios aerocomerciales.

7.- Analizar las presentaciones efectuadas enprocedimientos de impugnación de actos administrativos, y colaborar enla contestación de requerimientos vinculados con la interpretación yaplicación de la normativa en materia de transporte aerocomercial.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOSINTERNACIONALES

DEPARTAMENTO DE ACUERDOS INTERNACIONALES

ACCIONES:

1.- Elaborar propuestas de acuerdos internacionalesdirigidos a perfeccionar el funcionamiento del sistema de transporteaerocomercial y del transporte multimodal.

2.- Analizar la normativa internacional y losacuerdos suscriptos por el ESTADO NACIONAL, a fin de promover lagestión de acuerdos bilaterales y multilaterales en materia detransporte aéreo.

3.- Elaborar los informes técnicos para lapreparación y participación de las autoridades competentes en lasreuniones de consulta, técnicas o de negociación con autoridadesaeronáuticas extranjeras, referidas a acuerdos y entendimientosbilaterales y multilaterales sobre transporte aéreo y normasaeronáuticas.

4.- Participar en la elaboración de los informestécnicos necesarios para prestar apoyo oficial ante las autoridadesaeronáuticas extranjeras, requerido por los transportadores argentinospara la tramitación de los permisos de operación.

5.- Asistir en la elaboración de proyectos derespuesta a los requerimientos formulados por los organismosinternacionales en materia de transporte aéreo.

6.- Elaborar los informes técnico-legales relativosa la aplicación e interpretación de los acuerdos bilaterales omultilaterales celebrados en materia de transporte aéreo.

DIRECCION DE NORMAS AERONAUTICAS Y ACUERDOSINTERNACIONALES

DEPARTAMENTO RELACIONES INTERNACIONALES

(Nota Infoleg: por art. 1° de la ResoluciónN° 260/2012dela Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 08/05/2012 setransfiere el Departamento de Relaciones Internacionales, dependientede la Unidad de relaciones Institucionales, a la Dirección deNormas Aeronáuticas y Acuerdos Internacionales, dependiente de laDIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIONAL DEAVIACION CIVIL)

ACCIONES:

1.- Administrar la documentación relacionada con las Normas y MétodosRecomendados de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE AVIACION CIVIL (OACI)y de otros Organismos internacionales.

2.- Informar a todas unidades organizativas de la ADMINISTRACIONNACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) de las reuniones y eventosinternacionales en los que se debería participar y solicitar lainformación respectiva.

3.- Comunicar a la ORGANIZACION INTERNACIONAL DE AVIACION CIVIL (OACI),y a los otros organismos internacionales que corresponda, respecto delas delegaciones que asistirán a los diversos eventos, estableciendosus itinerarios y viajes.

4.- Recepcionar, elaborar y repartir a los interesados toda lainformación técnica asociada con conferencias, reuniones, talleres,seminarios o cualquier otra actividad que celebren organismosinternacionales en los cuales la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACIONCIVIL (ANAC) tenga participación.

5.- Realizar las gestiones necesarias con el Departamento de RelacionesPúblicas para la organización y desarrollo de los eventos que se debenrealizar en el país.

6.- Asistir a las distintas áreas y funcionarios de la organización quelo requieran, en los aspectos relativos a normas, recomendaciones,propuestas y/o comunicaciones de todo tipo, provenientes o destinadas ala ORGANIZACION INTERNACIONAL DE AVIACION CIVIL (OACI) o cualquier otroorganismo internacional.

7.- Organizar, mantener y actualizar la Biblioteca de la ORGANIZACIONINTERNACIONAL DE LA AVICION CIVIL (OACI) de la ADMINISTRACION NACIONALDE AVICION CIVIL (ANAC), velando porque siempre se encuentredisponible, tanto para uso de la organización como del público usuario.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

ACCIONES:

1.- Asistir al Director Nacional en la ejecución delas políticas, los planes y programas referidos al transporteaerocomercial y la protección de los usuarios.

2.- Elaborar informes técnicos respecto de lassolicitudes que efectúen las empresas aéreas a fin de obtenerautorizaciones o concesiones de rutas aéreas, de acuerdo con lanormativa vigente.

3.- Facilitar la operación de vuelos contratados enaquellos mercados no cubiertos por la aviación regular, total oparcialmente, por cuestiones de baja densidad de tráfico.

4.- Fomentar la participación de empresas de carganacionales y regionales, en el intercambio de mercancías tanto en elmercado nacional como en el internacional.

5.- Asistir al Director Nacional en el otorgamientode derechos para la explotación de servicios de transporte aéreo.

6.- Asistir al Director Nacional en la elaboraciónde informes sobre incidentes, accidentes o deficiencias en losservicios de navegación aérea, proponiendo acciones preventivas ycorrectivas.

7.- Propiciar las actividades de deportes aéreos ypromover la participación en eventos nacionales e internacionales.

8.- Controlar y fiscalizar el cumplimiento de lasnormas que regulan el transporte aéreo y proponer las recomendaciones yla aplicación de sanciones que se deriven de su incumplimiento.

9.- Asistir al Director Nacional en la evaluación deproyectos económicos y financieros que permitan mantener laproductividad y el desarrollo de la industria del transporte aéreo demanera integral.

10.- Participar en la elaboración de estudios parala actualización normativa en materia de transporte multimodal.

11.- Elaborar estudios para la incorporación denuevas tecnologías en los diversos servicios de transporte aéreo.

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

DEPARTAMENTO DE AUTORIZACIONES Y PERMISOS

ACCIONES:

1.- Colaborar en el análisis de las solicitudes queefectúen las empresas aéreas a fin de obtener autorizaciones oconcesiones de servicios aéreos, de acuerdo con la normativa vigente.

2.- Elaborar los informes técnicos referidos alotorgamiento de derechos para la explotación de servicios de transporteaéreo.

3.- Analizar y proponer la aprobación defrecuencias, horarios y capacidad en lo referente a las rutassolicitadas por las empresas que cuenten con autorizaciones y/oconcesiones.

4.- Mantener actualizado el Registro de personal querealiza tareas a bordo de aeronaves de matrícula argentina afectadas aempresas prestatarias de servicios de transporte aéreo.

5.- Participar en la elaboración de informes sobreafectación y desafectación de aeronaves de las flotas de las empresasnacionales de transporte aéreo.

6.- Asistir en la elaboración de los proyectos denormas para la actualización y/o modificación de la reglamentación enmateria de autorizaciones y permisos.

DIRECCION DE EXPLOTACION DE SERVICIOS AEROCOMERCIALES

DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION Y FOMENTO

ACCIONES:

1.- Asistir en las propuestas para facilitar laoperación de vuelos contratados en aquellos mercados no cubiertos porla aviación regular, total o parcialmente, por cuestiones de bajadensidad de tráfico.

2.- Elaborar los informes técnicos sobre incidentes,accidentes o deficiencias en los servicios de navegación aérea,proponiendo acciones preventivas y correctivas.

3.- Asistir en el control de los segurosobligatorios de las aeronaves afectadas por las empresas aéreas, a finde asegurar su validez y vigencia.

4.- Colaborar en el control de los seguros deempresas extranjeras, de los certificados de sus aeronaves y de lasautorizaciones pertinentes.

5.- Participar en el control de la aplicación denormas y regulaciones relacionadas con la habilitación de los serviciosde transporte aerocomercial.

6.- Participar en el control del cumplimiento de lastarifas que se comercializan en el mercado.

7.- Elaborar proyectos de normas y/o acuerdos quefomenten la participación de empresas de carga nacionales y regionales,en el intercambio de mercancías tanto en el mercado nacional como en elinternacional

8.- Colaborar en la elaboración de programas quefomenten las actividades de deportes aéreos y promover la participaciónen eventos nacionales e internacionales.

9.- Elaborar y ejecutar planes de fiscalización ycontrol del cumplimiento de las normas que regulan el transporte aéreo.

10.- Asistir en la constatación de losincumplimientos a las normas que regulan el transporte aéreo y proponerlas recomendaciones pertinentes y la aplicación de sanciones que sederiven de dichos incumplimientos.

11.- Elaborar estudios para la incorporación denuevas tecnologías en materia de control de los diversos servicios detransporte aéreo.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

ACCIONES

1.- Colaborar con las distintas áreas de laADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL las tareas de inspección ycomprobación de las infracciones aeronáuticas previstas en la normativavigente, a fin de sustanciar los procedimientos sancionatoriosaplicables.

2.- Participar en la sustanciación de losprocedimientos de comprobación y juzgamiento de las infraccionesaeronáuticas, de conformidad con lo establecido en el CódigoAeronáutico y sus normas complementarias y reglamentarias.

3.- Impulsar la ejecución judicial, por el áreacompetente, de las sanciones aplicadas por infracciones al CódigoAeronáutico y sus normas complementarias y reglamentarias.

4.- Llevar el Registro de los procedimientossumariales sustanciados y las sanciones aplicadas.

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS AERONAUTICOS

ACCIONES

1.- Colaborar en las tareas de fiscalización ycomprobación de los incumplimientos que configuren infraccionesaeronáuticas, de conformidad con lo previsto en el Código Aeronáutico ynormas complementarias y reglamentarias, a fin de sustanciar losprocedimientos sancionatorios aplicables.

2.- Participar en la sustanciación de losprocedimientos de comprobación de infracciones aeronáuticas.

3.- Colaborar en la instrucción de sumariosaeronáuticos por infracciones al Código Aeronáutico y normascomplementarias y reglamentarias.

4.- Participar en las tareas de registro de lossumarios aeronáuticos sustanciados y las sanciones aplicadas.

DIRECCION DE INFRACCIONES AERONAUTICAS

DEPARTAMENTO DE EJECUCION DE INFRACCIONES

ACCIONES

1.- Promover las actuaciones administrativastendientes a obtener el cobro de las multas aplicadas en losprocedimientos sumariales por infracciones aeronáuticas.

2.- Promover la ejecución judicial —por el áreacompetente— de las sanciones pecuniarias aplicadas en sedeadministrativa por infracciones aeronáuticas.

3.- Informar periódicamente al Director y a lasáreas involucradas, sobre el avance de las actuaciones administrativaspromovidas a fin de obtener el cobro de las multas aplicadas.

e. 09/12/2009 Nº 116563/09 v. 09/12/2009

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica