Disposición 33/1994

Resolucion 2578/91 - Modificacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Migraciones
Resolucion 2578/91 - Modificacion

Modificase el art. 1º, punto ii de la resolucion 2578/91 del registro de esta direccion nacional ampliando el tiempo de permanencia, para el caso de los argentinos naturalizados en el estado de israel, a ciento ochenta (180) dias corridos.

Id norma: 162203 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 28037

Fecha boletin: 13/12/1994 Fecha sancion: 02/12/1994 Numero de norma 33/1994

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Migraciones Ver Disposiciones Observaciones: ABROGADA POR EL ARTICULO 4° DE LA DISPOSICION 2742/2009 DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, B.O. 24/12/2009, PAGINA 36.

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Dirección Nacional de Migraciones

MIGRACIONES

Disposición 33/94

Amplíase el plazo previsto en el artículo 1º, punto II de la Resolución Nº 2578/91 para el caso de argentinos naturalizados en el Estado de Israel.

Bs. As., 2/12/94

VISTO la Resolución Ministerial Nº 4385/94, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 2650/84 del registro de esta Dirección Nacional se aprobó el Cuerpo de Instrucciones para el tratamiento migratorio de los argentinos que se hubieran naturalizado en otro país.

Que por la Resolución Nº 2578/91, modificatoria de su similar Nº 2650/84, se estableció una excepción documentaria a la regla general sentada en el Punto III, ítem 1) del anexo de la Resolución Nº 2650/84.

Que conforme el régimen establecido por las normas mencionadas, los argentinos que hubieran obtenido nueva nacionalidad en cualquier país del mundo, podrán ingresar a la República Argentina con su pasaporte argentino o presentar pasaporte de la nacionalidad adquirida. Para salir del país deberán hacerlo con la documentación argentina pertinente, salvo que la permanencia en la República no hubiera excedido de SESENTA (60) días corridos, circunstancia ésta en que se les permitirá egresar con el documento de identidad de su nacionalidad adquirida, que hubieren utilizado al ingresar al país.

Que por Resolución Ministerial nº 4385/94 se dispuso instruir a esta Dirección Nacional para que amplíe a CIENTO OCHENTA (180) días el plazo previsto en el artículo 1º, Punto II de la Resolución Nº 2578/91, para el caso de argentinos naturalizados en el Estado de Israel.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:

Artículo 1º — Modifícase el artículo 1º, Punto II de la Resolución Nº 2578/91 del registro de esta Dirección Nacional ampliando el tiempo de permanencia, para el caso de los argentinos naturalizados en el Estado de Israel, a ciento ochenta (180) días corridos.

Art. 2º — La presente entrará en vigencia, a partir del día de su publicación.

Art. 3º — Por el Departamento Despacho, regístrese y comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Fecho, archívese. — Jorge R. Gurrieri.

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