Disposición 63/2009

Sistema De Gestion De La Seguridad - Prorroga

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Nacional De Aviacion Civil
Sistema De Gestion De La Seguridad - Prorroga

Prorrogar la fecha de implementacion del sistema de gestion de la seguridad de la parte 145, seccion 145.212 de las regulaciones argentinas de aviacion civil hasta el 1º de enero de 2012.

Id norma: 163758 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 31835

Fecha boletin: 03/02/2010 Fecha sancion: 23/12/2009 Numero de norma 63/2009

Organismo (s)

Organismo origen: Direccion Nacional De Seguridad Operacional Ver Disposiciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Disposición Nº 63/2009

Bs. As., 23/12/2009

VISTO las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil y lo propuesto por el Departamento Normas y Procedimientos Técnicos de la Dirección de Aeronavegabilidad, y;

CONSIDERANDO:

Que, la evolución sistemática de las Normas y los Procedimientos de Aeronavegabilidad, como también la experiencia lograda con su aplicación, conduce a que periódicamente se revisen y actualicen las Partes constitutivas del Reglamento Argentino de Aviación Civil, y;

Que la presente propuesta fue publicada en el Boletín Oficial para realizar comentarios y/o en su defecto aportar modificaciones como parte de la Enmienda 2 de las RAAC, y;

Que, vencido el plazo para la consulta pública no se recibieron comentarios ni observaciones y;

Que, la fecha de implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Parte 145, Sección 145.212 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil está establecida para el 1º de enero de 2010, y;

Que, más allá de no haber recibido observaciones al respecto, la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Parte 145, Sección 145.212, es de particular complejidad y;

Que, la fecha establecida del 1º de enero de 2010 es imposible de cumplir por parte de los operadores dada la complejidad considerada, y;

Que, es entonces oportuno prorrogar la fecha de implementación para lograr el objetivo que se pretende de forma eficaz, y;

Que, la Asesoría Jurídica de la Administración de Aviación Civil ha tenido la intervención que le compete, y;

Que, el Decreto Nº 1770/07 faculta al Director Nacional de Seguridad Operacional para llevar a cabo las adaptaciones, modificaciones y complementaciones a las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil en las partes en que a él le compete.

Por ello:

EL DIRECTOR NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL
DISPONE:

ARTICULO 1º — Prorrogar la fecha de implementación del sistema de Gestión de la Seguridad de la Parte 145, Sección 145.212 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil hasta el 1º de enero de 2012.

ARTICULO 2º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Aer. MARIO PEDRO GARCÍA, Director Nacional de Seguridad Operacional.

e. 03/02/2010 Nº 9560/10 v. 03/02/2010

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