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Resolución 2/2010
Subprocurador Del Tesoro De La Nacion - Delegacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Representacion Y Patrocinio Del Estado Nacional
Subprocurador Del Tesoro De La Nacion - Delegacion
Delegar en el subprocurador del tesoro de la nacion, doctor adolfo gustavo scrinzi, la representacion y patrocinio de las causas judiciales en las que intervenga el procurador del tesoro de la nacion, con excepcion de los escritos de demanda y responde, sin perjuicio de la facultad de avocacion.
Id norma: 164207 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31843
Fecha boletin: 15/02/2010 Fecha sancion: 02/02/2010 Numero de norma 2/2010
Organismo (s)
Organismo origen: Procuracion Del Tesoro De La Nacion Ver Resoluciones Observaciones: -
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Actualizado 02 de Marzo de 2017
Procuración del Tesoro de la Nación
REPRESENTACION Y PATROCINIO DEL ESTADO NACIONAL
Resolución 2/2010
Delégase en el Subprocurador del Tesoro de la Nación la representación y patrocinio de las causas judiciales en las que intervenga el Procurador del Tesoro de la Nación. Excepciones.
Bs. As., 2/2/2010
VISTO, lo dispuesto por las Leyes Nº 17.516, Nº 25.344 y la reglamentación de su Capítulo IV (Anexo III aprobado por Decreto Nº 1116/2000), el artículo 1º inciso b) del Decreto Nº 8328/58, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º, inciso b) del Decreto Nº 8328/58 el SUBPROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION se encuentra facultado para suscribir escritos judiciales relativos a asuntos que, para su estudio o patrocinio, según el caso, le hubieren sido asignados por el PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION con carácter general o especial.
Que a los fines de garantizar la eficiencia y eficacia de la actividad desplegada por el Organismo ante los tribunales judiciales resulta conveniente delegar en el SUBPROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION la representación y patrocinio de las causas en que interviene el PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 898/88, dicha delegación no comprende la firma de los escritos de demanda o contestación.
Que la presente delegación no obsta a la avocación del PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION en cualquier tiempo y forma.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 1º, inciso b) del Decreto Nº 8328/58.
Por ello,
EL PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Delegar en el SUBPROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION, doctor Adolfo Gustavo SCRINZI, la representación y patrocinio de las causas judiciales en las que intervenga el PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACION, con excepción de los escritos de demanda y responde, sin perjuicio de la facultad de avocación.
Art. 2º — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Joaquín P. Da Rocha.
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