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- Directiva 14/2009
Directiva 14/2009
Rebaja Arancelaria - Aprobacion
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Rebaja Arancelaria - Aprobacion
Aprobar en el ambito de la resolucion gmc 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la republica argentina para el siguiente item arancelario con las correspondientes especificaciones sobre limite cuantitativo, alicuota y plazo de vigencia: ncm 5310.10.10 - “arpillera de yute”. cantidad: 750 toneladas plaza: 6 meses alicuota: 2%
Id norma: 167562 Tipo norma: Directiva Numero boletin: 31908
Fecha boletin: 20/05/2010 Fecha sancion: 04/09/2009 Numero de norma 14/2009
Organismo (s)
Organismo origen: Comision De Comercio Del Mercosur Ver Directivas Observaciones: INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO Y PUBLICADA COMO ANEXO AL DECRETO 688/2010, B.O. 20/05/2010, PAGINA 1. PUBLICADA NUEVAMENTE COMO ANEXO IV AL ACTA 4/2009 DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR, B.O. 9/08/2010, PAGINA 36.
Esta norma modifica o complementa a
Ver 1 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 14/09
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1—- Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 5310.10.10 -- "Arpillera de yute".
Cantidad: 750 toneladas
Plazo: 6 meses
Alícuota: 2%
Art. 2 — Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 04/XI/09.
CIX CCM - Montevideo, 04/IX/09
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