Circular 3/2010

Trigesimo Noveno Protocolo Adicional

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Administracion Federal De Ingresos Publicos
Trigesimo Noveno Protocolo Adicional

El trigesimo noveno protocolo adicional al acuerdo de complementacion economica nº 14 celebrado entre la republica argentina y la republica federativa del brasil entro en vigencia el 18 de marzo de 2010, en forma bilateral entre la republica argentina y la republica federativa del brasil.

Id norma: 167657 Tipo norma: Circular Numero boletin: 31909

Fecha boletin: 21/05/2010 Fecha sancion: 18/05/2010 Numero de norma 3/2010

Organismo (s)

Organismo origen: Administracion Federal De Ingresos Publicos Ver Circulares Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Circular Nº 3/2010

Acuerdo de Complementación Económica Nº 14. Trigésimo Noveno Protocolo Adicional. Vigencia.

Bs. As., 18/5/2010

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13289-7284-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 415 del 18 de marzo de 1991 estableció un mecanismo ágil con el fin de permitir la aplicación automática de los tratamientos preferenciales convenidos por la República Argentina, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

Que la Dirección Nacional de Política Comercial Externa del Ministerio de Industria y Turismo informó, mediante Nota sin número del 25 de marzo de 2010, que el Trigésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 14 entró en vigencia el 18 de marzo de 2010, en forma bilateral entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil.

Que dicho protocolo adicional prorroga hasta el 1º de enero de 2011 la aplicación del régimen específico de Certificación de Origen para la exportación de ómnibus, basado en las facturas comerciales correspondientes al chasis y a la carrocería, previsto en el Artículo 21 del "Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil", incorporado al ACE Nº 14 por el Trigésimo Octavo Protocolo Adicional.

Que en virtud de ello, y con el objeto de facilitar a los operadores del comercio exterior su conocimiento y aplicación, corresponde el dictado de la presente medida.

POR ELLO:

En ejercicio de las facultades conferidas a esta Administración Federal por el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, se estima conveniente precisar que:

1. El Trigésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 14 celebrado entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil entró en vigencia el 18 de marzo de 2010, en forma bilateral entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil.

2. Dicho protocolo adicional prorroga hasta el 1º de enero de 2011 la aplicación del régimen específico de Certificación de Origen para la exportación de ómnibus, basado en las facturas comerciales correspondientes al chasis y a la carrocería, previsto en el Artículo 21 del "Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil", incorporado al ACE Nº 14 por el Trigésimo Octavo Protocolo Adicional.

3. El Trigésimo Noveno Protocolo Adicional al ACE Nº 14 y el "Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil" podrán ser consultados en el sitio "web" institucional de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 21/05/2010 Nº 56523/10 v. 21/05/2010

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