Resolución 16/2010

Reglamento Tecnico Mercosur Sobre Control Metrologico - Aprobacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Mercosur
Reglamento Tecnico Mercosur Sobre Control Metrologico - Aprobacion

Aprobar el “reglamento tecnico mercosur sobre control metrologico de productos premedidos comercializados en unidades de masa de contenido nominal desigual”. derogacion de la resolucion gmc nº 26/99.

Id norma: 172522 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31994

Fecha boletin: 24/09/2010 Fecha sancion: 15/07/2010 Numero de norma 16/2010

Organismo (s)

Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: -

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Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 16/10

REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE CONTROL METROLOGICO DE PRODUCTOS PREMEDIDOS COMERCIALIZADOS EN UNIDADES DE MASA DE CONTENIDO NOMINAL DESIGUAL (DEROGACION DE LA RES. GMC Nº 26/99)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de (Ouro Preto y las Resoluciones Nº 38/98, 26/99, 56/02 y 07/08 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que tal sistema de control metrológico está destinado a facilitar el intercambio comercial entre los países signatarios del Tratado de Asunción y a eliminar barreras técnicas que sean obstáculo a la libre circulación de productos premedidos, como asimismo garantizar la defensa del consumidor.

Que resulta necesario complementar el Sistema de Tolerancias y muestreo que deberá ser aplicado a los productos premedidos.

EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Control Metrológico de Productos Premedidos Comercializados en Unidades de Masa de Contenido Nominal Desigual", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina:

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Secretaría de Comercio Interior

Brasil:

Instituto Nacional de Metrologia, Normalização e Qualidade Industrial

Paraguay:

Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología

Uruguay:

Ministerio de Industria, Energía y Minería.

Art. 3 - La presente Resolución se aplicará en el territorio de los Estados Parte, al comercio entre ellos y a las importaciones extra-zona.

Art. 4 - Derogar la Resolución GMC Nº 26/99.

Art. 5 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte antes del 15/XII/2010.

LXXX GMC - Buenos Aires, 15/VI/10.

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