- Leyes Argentinas
- Resoluciones
- Resolución 12/2010
Resolución 12/2010
Requisitos Fitosanitarios Para Medicago Sativa (Alfalfa)
Actualizado 02 de Marzo de 2017
Mercosur
Requisitos Fitosanitarios Para Medicago Sativa (Alfalfa)
Subestandar 3.7.12.requisitos fitosanitarios para medicago sativa (alfalfa) segun pais de destino y origen, para los estados parte. derogacion de las res. gmc nº 98/96 y 59/06.
Id norma: 172631 Tipo norma: Resolución Numero boletin: 31995
Fecha boletin: 27/09/2010 Fecha sancion: 09/04/2010 Numero de norma 12/2010
Organismo (s)
Organismo origen: Grupo Del Mercado Comun Ver Resoluciones Observaciones: INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO POR ART. 12 DE LA RESOLUCION 133/2011 DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, B.O. 28/03/2011, PAG. 38. PUBLICADA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL COMO ANEXO VI DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.
Esta norma modifica o complementa a
Ver 2 norma(s).Esta norma es complementada o modificada por
Ver 2 norma(s).Texto Original
Actualizado 02 de Marzo de 2017
MERCOSUR/GMC/RES. Nº 12/10
SUB ESTANDAR 3.7.12.REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA MEDICAGO SATIVA (ALFALFA) SEGUN PAIS DE DESTINO ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTE (DEROGACION DE LAS RES. GMC Nº 98/96 y 59/06)
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 06/96 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 98/96 y 59/06 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución GMC Nº 59/06 se aprobaron los requisitos fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa) a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Parte.
Que es necesario proceder a la actualización de los requisitos fitosanitarios antes indicados, teniendo en cuenta la actual situación fitosanitaria de los Estados Parte.
EL GRUPO MERCADO COMUNRESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el "Sub Estándar 3.7.12. Requisitos Fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa), según País de Destino y Origen, para los Estados Parte", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina:
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca - MAGyP
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA
Brasil:
Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA
Paraguay:
Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE.
Uruguay:
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP
Dirección General de Servicios Agrícolas - DGSA
Art. 3 - Derogar las Resoluciones GMC Nº 98/96 y 59/06.
Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, antes del 15/X/2010.
LXXIX GMC - Buenos Aires, 09/IV/10
SUB-ESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSURSECCION. III - MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.12. Requisitos Fitosanitarios para Medicago sativa (alfalfa) según País de Destino y Origen, para los Estados Parte
I- INTRODUCCION
1.- AMBITO
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios, armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Parte en el intercambio regional, para Medicago sativa (alfalfa).
2.- REFERENCIAS
- Estándar 3.7 Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2a Rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC Nº 52/02.
- Listado Regional de Plagas Cuarentenarias. COSAVE, Versión 4, 2008.
- Listados Nacionales de Plagas Cuarenténarias de los Estados Parte, 2009.
3- DESCRIPCION
Este Sub-estándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados utilizados por las ONPFs de los Estados Parte en el intercambio regional, para Medicago sativa (alfalfa), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
Páginas externas |
Información Legislativa y Documental |
Sistema Argentino de Información Jurídica |