Decreto 1552

Plan Nacional De Telecomunicaciones “Argentina Conectada” - Creacion

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Telecomunicaciones
Plan Nacional De Telecomunicaciones “Argentina Conectada” - Creacion

Crease el plan nacional de telecomunicaciones “argentina conectada”.

Id norma: 174110 Tipo norma: Decreto Numero boletin: 32016

Fecha boletin: 28/10/2010 Fecha sancion: 21/10/2010 Numero de norma 1552

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TELECOMUNICACIONESDecreto 1552/2010

Créase el Plan Nacional de Telecomunicaciones "Argentina Conectada".

Bs. As., 21/10/2010

VISTO, el Expediente Nº S01:0375858/2010 del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nº22.520, Nº 19.798 y sus modificatorias, los Decretos Nº 252 de fecha 17de marzo de 2000, Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, Nº 243 defecha 26 de febrero de 2001, Nº 558 de fecha 3 de abril de 2008, Nº 512de fecha 7 de mayo de 2009 y Nº 459 de fecha 6 de abril de 2010; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 21 de la Ley Nº 22.520 establece las competencias delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley Nº 19.798 y sus modificatorias, dispone que compete al PODEREJECUTIVO NACIONAL establecer y explotar los servicios detelecomunicaciones de jurisdicción nacional.

Que en las últimas décadas el profundo cambio y evolución de lossistemas de comunicaciones ha impactado fuertemente en los procesosproductivos, educativos y sociales en general.

Que la generación, procesamiento y transmisión de información se havuelto un factor determinante en el funcionamiento de las sociedades yel acceso a las tecnologías de la información y comunicación, unafuente de crecimiento y desarrollo.

Que, sin embargo, el acceso a las tecnologías existente entre países yentre personas de un mismo país, confluye como un factor para producirnuevas formas de desigualdad o bien, acentuar las preexistentes.

Que el ESTADO NACIONAL ha venido realizando diversas políticas conducentes a lograr la inclusión digital.

Que por el Decreto Nº 558 de fecha 3 de abril de 2008, se sustituyó elAnexo III —Reglamento General del Servicio Universal— del Decreto Nº764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que el Servicio Universal es el conjunto de servicios y programas,variables en el tiempo, definidos por el ESTADO NACIONAL, destinados ala población en general con una determinada calidad y a preciosaccesibles, a los que se deberá tener acceso con independencia de sulocalización geográfica y sus condiciones sociales, económicas y lasreferidas a impedimentos físicos; encontrándose comprendidos todos losservicios de telecomunicaciones sin importar la tecnología.

Que la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, como Autoridad deAplicación de la Ley Nº 19.798 y, en ejercicio de las atribucionesconferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003,tiene a su cargo definir, coordinar y supervisar el "PROGRAMA NACIONALPARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION".

Que el "PROGRAMA NACIONAL PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION", entresus actividades, incluye las referidas al diseño e implementación depolíticas públicas destinadas a proveer a la universalización deInternet y otras redes digitales de datos, al desarrollo del comercioelectrónico, a la formación de recursos humanos especializados en sugestión, al fomento de las inversiones y al desarrollo, en general, delas telecomunicaciones, la informática, la electrónica, el software ydemás tecnologías afines.

Que mediante el Decreto Nº 459 de fecha 6 de abril de 2010 se creó el"PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR" de incorporación de la nuevatecnología para el aprendizaje de alumnos y docentes, cuyo fin esproporcionar computadoras a alumnos y docentes de educación secundariade escuelas públicas, de educación especial y de Institutos deFormación Docente.

Que la conectividad del equipamiento distribuido tiene un rolfundamental para lograr la inclusión digital e incorporar la nuevatecnología para el aprendizaje en línea y en red.

Que mediante el Decreto Nº 512 de fecha 7 de mayo de 2009 se crea elGrupo de Trabajo Multisectorial que tendrá por finalidad concretar eimpulsar la "ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA".

Que esta estrategia tiene entre sus objetivos contribuir a una mayor ymejor participación de la REPUBLICA ARGENTINA en la sociedad de lainformación y el conocimiento, aumentando el acceso, uso y apropiaciónde las Tecnologías de la Información y Comunicación como factor dedesarrollo social y favoreciendo la producción local de bienes yservicios vinculados a las nuevas tecnologías.

Que el desarrollo económico y social que ha mostrado el país en losúltimos años y las políticas públicas que se han venido desarrollando,conllevaron a que el sector de las telecomunicaciones muestre un fuertedinamismo. Sin embargo, aún subsisten localidades con baja penetraciónde los servicios; y grupos poblacionales que por distintos factoressocioeconómicos, demográficos y de infraestructura, han quedado almargen del acceso a las tecnologías de la información y comunicación.

Que, no obstante, el fuerte crecimiento en el acceso a las Tecnologíasde la Información y Comunicación, se plantea la necesidad deprofundizar y complementar las políticas públicas orientadas a reducirla brecha digital, generando acciones para lograr la inclusión digitalde distintos grupos poblacionales.

Que en este contexto, resulta necesaria la creación del PLAN NACIONALDE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", el cual tendrá como ejesestratégicos la inclusión digital; la optimización del uso del espectroradioeléctrico; el desarrollo del servicio universal; la producciónnacional y generación de empleo en el sector de las telecomunicaciones;la capacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones;la infraestructura y conectividad; y el fomento a la competencia; todoello abordado desde una óptica universal e inclusiva con el fin defortalecer la inclusión digital en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que a fin de potenciar y mejorar la aplicación de la presente medida,resulta conveniente la conformación de una COMISION DE PLANIFICACION YCOORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES"ARGENTINA CONECTADA" en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, integrada por representantes deorganismos públicos nacionales.

Que la mencionada Comisión tiene como objetivos la elaboración ypropuesta de las medidas necesarias para la implementación del Plan;analizar y recomendar políticas y estrategias en materia relativa aldesarrollo de las telecomunicaciones y la inclusión digital; asesorar alos distintos organismos competentes en la materia sobre acciones quepuedan fortalecer o complementar las políticas públicas que se esténdesarrollando en materia de telecomunicaciones e inclusión digital, sinperjuicio de las competencias que corresponden a estos organismos;relevar proyectos y demandas que resulten de las distintasjurisdicciones provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTONOMA DEBUENOS AIRES, sector privado y organizaciones sociales y recomendaracciones que impulsen la articulación, implementación y satisfacción deestos proyectos y demandas; impulsar mecanismos de coordinación entrelos distintos organismos con competencia en la materia, a nivelnacional, provincial y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, ycomplementar los lineamientos estratégicos que resultan del "DOCUMENTOBASE PARA LA ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA",conforme lo establecido en el Decreto Nº 512/09 antes mencionado, comoasí también, las propuestas y acciones que surjan del Grupo de TrabajoMultisectorial.

Que mediante el eje estratégico de inclusión digital se pretende lograrel acceso a las nuevas tecnologías a todos los argentinos en igualescondiciones, consagrando el derecho de acceder a los mismos beneficios,a través de mayor conectividad y convergencia plena de redes yservicios.

Que el espectro radioeléctrico es un recurso esencial para lograr lafuncionalidad del sector de las telecomunicaciones. La asignación delmismo generará importantes inversiones por parte de los operadores conel objetivo de alcanzar nuevos y mejores servicios.

Que el concepto Servicio Universal es dinámico y debe evolucionaracorde a las nuevas tecnologías, a los fines de que cada habitante denuestro país, sin importar su ubicación geográfica, situaciónsocioeconómica o limitaciones fisicas, pueda acceder a los servicios eniguales condiciones que el resto de los ciudadanos.

Que el eje estratégico de infraestructura y conectividad integrará elestudio, análisis y articulación de desarrollos en infraestructura detelecomunicaciones, complementación de planes de conectividad,equipamiento y acceso a las tecnologías de la información ycomunicación.

Que el eje de producción nacional y generación de empleo en el sectorde las telecomunicaciones persigue la coordinación y articulación delas iniciativas públicas y privadas que fortalezcan la producciónnacional de equipamiento para la provisión de conectividad, desarrollode fibra óptica y transporte de datos.

Que el eje estratégico de capacitación e investigación en tecnologíasde las comunicaciones tiene por finalidad el análisis en materia dedesarrollo y formación de capital humano, innovación tecnológica,articulación con y entre los ámbitos institucionales.

Que el eje estratégico para el fomento de la competencia, se inscribeen una iniciativa fundamental para garantizar la ampliación de lacobertura de los servicios de telecomunicaciones, como así también lacompetitividad del sector.

Que es necesario que los ejes estratégicos antes mencionados, sirvancomo marco para las políticas públicas en materia de telecomunicacioneso conectividad que se encuentren en proceso de desarrollo o adesarrollarse, a los efectos de coordinar la dirección de dichaspolíticas con las que se propiciarán desde el PLAN NACIONAL DETELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA".

Que en este contexto y a fin de lograr la instrumentación del citadoPlan, resulta necesario declarar de interés público el desarrollo, laimplementación y la operación de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, acargo de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDADANONIMA (AR-SAT), contemplando las obras de infraestructura queresulten necesarias para tal fin.

Que la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA(AR-SAT) tiene la capacidad tanto de diseñar y conformar escenariospara un aprovechamiento eficiente de los recursos; como así tambiénposee los instrumentos necesarios a los fines de implementar lapolítica pública que se propicia, todo ello, en función de loscontinuos avances tecnológicos.

Que en dicho contexto, se debe instruir al MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de accionistamayoritario de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDADANONIMA (AR-SAT), a llevar adelante las acciones y decisionessocietarias necesarias en el ámbito de su competencia, que permitan laejecución de las obras y la prestación de servicios que deriven comoconsecuencia de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA y del PLAN NACIONAL DETELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", por sí y/o asociada a lasprovincias, a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y/o a terceros.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Ley Nº 19.798 y sus modificatorias, y el Artículo 99, Inciso 1) dela CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA,

DECRETA

Artículo 1º — Créase el PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES"ARGENTINA CONECTADA", el cual tendrá como ejes estratégicos lainclusión digital; la optimización del uso del espectro radioeléctrico;el desarrollo del servicio universal; la producción nacional ygeneración de empleo en el sector de las telecomunicaciones; lacapacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones; lainfraestructura y conectividad; y el fomento a la competencia; todoello abordado desde una óptica universal e inclusiva con el fin defortalecer la inclusión digital en la REPUBLICA ARGENTINA, y cuyadescripción general se adjunta como ANEXO I.

Art. 2º — Créase la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACIONESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINACONECTADA" en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la cual estará presidida por el titularde dicha cartera, pudiendo el mismo delegar funciones en quien designe.

Art. 3º — La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" tendrácomo objetivos:

a) Entender en la elaboración y propuesta de las medidas necesariaspara la implementación del Plan que se crea en el artículo 1º delpresente decreto, las que serán ejecutadas por los organismoscompetentes en la materia.

b) Estudiar, analizar y recomendar a los organismos con responsabilidadprimaria, políticas y estrategias en materias relativas al desarrollode las telecomunicaciones y la inclusión digital.

c) Asesorar a los distintos organismos competentes en la materia, sobreacciones que puedan fortalecer o complementar las políticas públicasque se estén desarrollando en materia de telecomunicaciones e inclusióndigital, sin perjuicio de las competencias que corresponden a estosorganismos.

d) Relevar proyectos y demandas que resulten de las distintasjurisdicciones provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTONOMA DEBUENOS AIRES, sector privado y organizaciones sociales; y recomendarsobre acciones que impulsen la articulación, implementación ysatisfacción de estos proyectos y demandas.

e) Impulsar mecanismos de coordinación entre los distintos organismoscon competencia en la materia, a nivel nacional, provincial y de laCIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

f) Complementar los lineamientos estratégicos que resultan del"DOCUMENTO BASE PARA LA ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICAARGENTINA", como así también, las propuestas y acciones que surjan delGrupo de Trabajo Multisectorial.

Art. 4º — La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" estaráconformada por UN (1) representante de las siguientes jurisdicciones,cada uno en el marco de sus competencias:

- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

- MINISTERIO DE INDUSTRIA,

- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,

- MINISTERIO DE EDUCACION,

- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA,

- MINISTERIO DE SALUD,

- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO,

- SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,

- COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado en !aórbita de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,

- ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) organismodescentralizado, en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL,

- COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA organismodescentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR delMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 5º — Facúltase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a reglamentar el funcionamiento de laCOMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONALDE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" y, a establecer lascondiciones generales del citado Plan, en donde se determinarán losprocedimientos, las responsabilidades y metodologías que deriven delmismo.

Art. 6º — La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" deberáefectuar un relevamiento de las acciones y/o proyectos que estén enejecución en el marco de todas aquellas políticas públicas que seencuentren en proceso de desarrollo o a desarrollarse en materia detelecomunicaciones y/o conectividad, a los efectos de determinar cuálesde ellas deberán enmarcarse estratégicamente en el Plan creado en elartículo 1º del presente decreto, las que mantendrán sus unidadesejecutoras originarias así como las competencias atribuidas por lanormativa vigente a los distintos organismos alcanzados por la presentemedida.

Art. 7º — Declárese de interés público el desarrollo,implementación y operación de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, a cargode la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA -AR-SAT, la cual contempla las obras de infraestructura necesarias paratal fin, de acuerdo a los lineamientos generales que como Anexo II,forman parte integrante de la presente medida.

Art. 8º — Instrúyese al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de accionista mayoritariode la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA(AR-SAT), a llevar adelante las acciones y decisiones societariasnecesarias en el ámbito de su competencia, que permitan la ejecución delas obras y la prestación de servicios que se requieran comoconsecuencia de la implementación de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA ydel PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", por síy/o asociada a las provincias, a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,y/o a terceros.

Art. 9º — Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros para quedisponga los ajustes necesarios, en el Presupuesto de la AdministraciónPública Nacional, a efectos de atender los requerimientos que surjancomo consecuencia del presente acto.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.Fernández. — Julio M. De Vido.

ANEXO I

DESCRIPCION DE LOS EJES ESTRATEGICOS DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA"

I.- EJES ESTRATEGICOS

a) Inclusión digital;

b) Optimización del uso del espectro radioelécirico;

c) Desarrollo del servicio universal;

d) Producción nacional y generación de empleo en el sector de las telecomunicaciones;

e) Capacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones;

f) Infraestructura y conectividad;

g) Fomento de la competencia.

La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLANNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" definirá elcontenido de los planes y acciones a desarrollarse en el marco de losejes estratégicos establecidos, conforme la descripción que se enunciaen el Punto II del presente:

II.- DESCRIPCION DE CADA EJE ESTRATEGICO.

a) INCLUSION DIGITAL.

El presente eje define una estrategia de igualación en el acceso a lasnuevas tecnologías de información y comunicación como un instrumentoincuestionable de democratización del conocimiento.

Es indispensable para este eje la planificación de políticas públicasinterdisciplinarias que intensifiquen el acceso a la sociedad delconocimiento a fin de garantizar los derechos consagrados de acceso ala información y de libre expresión, y en definitiva, de posibilitar elejercido pleno de la ciudadanía. Se trata asimismo, de dotar a lascomunidades de las herramientas críticas que permitan a los pueblosincorporar las tecnologías de la información y la comunicación paramejorar la calidad de vida.

b) OPTIMIZACION DEL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO.

La planificación de la explotación del espectro radioeléctrico es unode los ejes estratégicos que debe ser discutido en el marco de sucondición de recurso limitado cuya regulación y utilización determinala capacidad de los individuos de acceder a las vías de expresión y deconocimiento que contribuyen al desarrollo humano.

Compete al presente eje, la discusión y proposición de iniciativas queresulten en la apropiación social de dicho recurso finito.

Surge como prioridad planificar juntamente con la AUTORIDAD FEDERAL DESERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (AFSCA) la utilización delespectro derivado del dividendo digital, originado por la adopción dela norma para la televisión digital.

c) DESARROLLO DEL SERVICIO UNIVERSAL.

El Servicio Universal es una herramienta fundamental para garantizaraquellas prestaciones que promueven la inclusión digital en la Sociedadde la Información y el Conocimiento a aquellos individuos o grupos depersonas a quienes la lógica de mercado no contempla en términos derentabilidad por razones de ubicación geográfica o situaciónsocioeconómica.

El presente eje es prioritario en la medida en que el ServicioUniversal constituye un concepto cuya redefinición constante esresultado del dinamismo que caracteriza al sector de lastelecomunicaciones, como así también a las demandas sociales ypolíticas vinculadas al usufructo de dichas tecnologías.

d) PRODUCCION NACIONAL Y GENERACION DE EMPLEO EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES.

La planificación que se desarrolle en estos campos tendrá su eje en lacoordinación y articulación de las iniciativas públicas y privadas quefortalezcan la producción nacional del equipamiento necesario para laprovisión de conectividad, desarrollo de fibra óptica y transporte dedatos, como así también la planificación de la transferenciatecnológica sobre la cual las empresas, cooperativas e institucionesnacionales deben trabajar para el desarrollo de conocimientosespecíficos que les permitan incrementar su productividad y sucapacidad de competencia en los mencionados rubros.

e) CAPACITACION E INVESTIGACION EN TECNOLOGIA DE LAS COMUNICACIONES.

Los lineamientos que guían la planificación en materia de desarrollo yformación de capital humano se centran en los aspectostécnico-científicos que garanticen la formación académica y lainnovación tecnológica asociada al despliegue de un plan integral dedesarrollo de la conectividad en la REPUBLICA ARGENTINA

Resulta fundamental poder garantizar la articulación con los ámbitosinstitucionales, a saber universidades y centros de estudio que sededican a la investigación y al desarrollo en relación con lastemáticas abordadas por el Plan Estratégico.

El presente eje enmarcará, asimismo, el desarrollo del documentoestratégico que analice la situación actual del sectortelecomunicaciones a fin de poder planificar y realizar la proyección yel impacto de las políticas públicas específicas para la inclusióndigital.

f) INFRAESTRUCTURA Y CONECTIVIDAD.

El citado Plan requiere de un eje dedicado exclusivamente al desarrollode un Plan Nacional de Telecomunicaciones y, como consecuencia de éste,una RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, destinada a generar las facilidadesque posibiliten la cobertura de las necesidades de inclusión digitaltanto de la sociedad civil como de organismos públicos y entidades debien público que actualmente no están siendo resueltas desde el puntode vista privado. Es prioritario, pues, desarrollar iniciativas queplanifiquen la implementación de una red a nivel nacional que sirva deplataforma para el desarrollo del citado Plan; y de todos los programasque lo comprenden, como por ejemplo, los asociados al SISTEMA ARGENTINODE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE (SATVD-T), al PROGRAMA CONECTARIGUALDAD.COM.AR y a la AGENDA DIGITAL; así como infraestructura quepueda resultar utilizada para complementar la existente.

El presente eje de acción deberá a su vez avanzar en políticas dearticulación con los actores locales en la provisión de servicios deconectividad a fin de garantizar la capilaridad de las prestaciones entodo el territorio nacional.

g) FOMENTO DE LA COMPETENCIA.

El presente eje se inscribe en una iniciativa fundamental paragarantizar la ampliación de la cobertura de los servicios detelecomunicaciones, como así también la competitividad del sector.

Resulta primordial poder definir programas y proyectos, tales comoadecuar créditos e incentivos para el desarrollo de Cooperativas yPequeñas y Medianas Empresas (PYMES), que fortalezcan la competencia yel ingreso de nuevos operadores, con igualdad de posibilidades paratodos los actores que forman parte del Sector de lasTelecomunicaciones, en beneficio de los usuarios.

ANEXO II

LINEAMIENTOS GENERALES DE LA RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA

1.- INTRODUCCION

El volumen de tráfico de datos que requieren los servidos detelecomunicaciones actuales es muy importante y en crecimientoexponencial. Una red de telecomunicaciones moderna se debe apoyar enuna infraestructura sólida, segura y flexible. Estos tres criteriosaseguran la versatilidad de los servicios que se puedan brindar apartir de esta infraestructura básica.

El aumento del consumo de servicios de acceso a internet de "bandaancha" permite prever a corto plazo una demanda por parte de losusuarios de conexiones de por lo menos 10 Mbit/s en zonas donde la"banda ancha" tiene hoy una penetración importante.

Por otro lado, se pretende llevar la conectividad a todos los hogares de la REPUBLICA ARGENTINA.

El aumento global de capacidad que generará el presente plan se debevolcar en el diseño general de las redes troncales y secundarias parapoder brindar los servicios de interés.

Cabe destacar que las consideraciones del presente ANEXO II sonlineamientos generales, los cuales podrán ser redefinidos o modificadospor la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLANNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA".

2.- ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LA RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA

La RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA se divide en CUATRO (4) infraestructuras fundamentales, tal como se presenta en la figura 1.

1. El Centro Nacional de Operaciones (NACNOC) y Punto Nacional de Acceso a la Red (NACNAP);

2. Los Centros Provinciales de Operación (PRONOC) y Puntos Provinciales de Acceso a la Red (PRONAP);

3. La Red Troncal Federal;

4. Redes y anillos Provinciales (Red Metro);

a) CENTRO NACIONAL DE OPERACIONES – PUNTO NACIONAL DE ACCESO A LA RED.

El Centro Nacional de Operaciones y el Punto Nacional de Acceso a laRed estarán ubicados en la localidad de BENAVIDEZ, Provincia de BUENOSAIRES, en las instalaciones de la Empresa AR-SAT.

Esta infraestructura deberá contemplar.

1. La conexión a uno o más carriers internacionales para posibilitar laconexión a otro NAP Internacional y el acceso a la red IP Internacionaly el transporte de datos afuera del territorio nacional.

2. La gestión y almacenamiento de datos transportados y para el hosting de contenidos (centro de datos).

3. Instalaciones para el monitoreo y la operación remota de los equipamientos situados en las redes troncal y metro.

b) CENTROS PROVINCIALES

Los PRONAP se conectarán a la red troncal y permitirán descentralizarla gestión del tráfico provincial. La implementación de estos centrosprovinciales podrá ser optativa o realizada en una segunda etapa de lared, en función del tráfico observado o previsto.

Estos centros podrán ser monitoreados de forma remota desde el NACNOC.

Asimismo, los PRONOC permitirán la descentralización de contenidos paraprogramas nacionales como el PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR para elcual se dará acceso a contenidos nacionales, provinciales y de laCIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

c) RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA (REFEFO).

La red troncal nacional será una red de transporte de larga distancianacional que permitirá la interconexión entre el NACNAP y los PRONAP.

La red troncal nacional transportará el tráfico IP desde y hacia losPRONAP y el NACNAP. La misma red troncal deberá contemplar el uso dedistintas tecnologías de transporte de datos, en particular para latransmisión de las señales para el SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIONDIGITAL TERRESTRE (SATVDT).

La implementación de la REFEFO requerirá la instalación de equiposrepetidores a lo largo del trayecto de la fibra óptica. La distancia derepetición dependerá de la tecnología empleada para el transporte delos datos considerados.

Como lo muestra la figura 2, la REFEFO será diseñada de tal forma que,conforme varios anillos estratégicos en todo el país, permitan asegurarla red y poder brindarle la redundancia adecuada para evitar los cortesde servicio.

d) REDES Y ANILLOS PROVINCIALES.

En cada provincia se contemplará la construcción de por lo menos UN (1)anillo principal y la capilaridad suficiente para llevar el acceso porfibra a cada ciudad del territorio nacional.

Esta red cumplirá el papel de agrupación del tráfico de última milla para ser transportada hacia la red troncal.

La red provincial es la que permite la interconexión entre el operadornacional de la red y el operador local que brinda con su red de últimamilla los servicios de acceso residenciales.

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

TELECOMUNICACIONESDecreto 1552/2010

Créase el Plan Nacional de Telecomunicaciones "Argentina Conectada".

Bs. As., 21/10/2010

VISTO, el Expediente Nº S01:0375858/2010 del Registro del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nº22.520, Nº 19.798 y sus modificatorias, los Decretos Nº 252 de fecha 17de marzo de 2000, Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, Nº 243 defecha 26 de febrero de 2001, Nº 558 de fecha 3 de abril de 2008, Nº 512de fecha 7 de mayo de 2009 y Nº 459 de fecha 6 de abril de 2010; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 21 de la Ley Nº 22.520 establece las competencias delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley Nº 19.798 y sus modificatorias, dispone que compete al PODEREJECUTIVO NACIONAL establecer y explotar los servicios detelecomunicaciones de jurisdicción nacional.

Que en las últimas décadas el profundo cambio y evolución de lossistemas de comunicaciones ha impactado fuertemente en los procesosproductivos, educativos y sociales en general.

Que la generación, procesamiento y transmisión de información se havuelto un factor determinante en el funcionamiento de las sociedades yel acceso a las tecnologías de la información y comunicación, unafuente de crecimiento y desarrollo.

Que, sin embargo, el acceso a las tecnologías existente entre países yentre personas de un mismo país, confluye como un factor para producirnuevas formas de desigualdad o bien, acentuar las preexistentes.

Que el ESTADO NACIONAL ha venido realizando diversas políticas conducentes a lograr la inclusión digital.

Que por el Decreto Nº 558 de fecha 3 de abril de 2008, se sustituyó elAnexo III —Reglamento General del Servicio Universal— del Decreto Nº764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que el Servicio Universal es el conjunto de servicios y programas,variables en el tiempo, definidos por el ESTADO NACIONAL, destinados ala población en general con una determinada calidad y a preciosaccesibles, a los que se deberá tener acceso con independencia de sulocalización geográfica y sus condiciones sociales, económicas y lasreferidas a impedimentos físicos; encontrándose comprendidos todos losservicios de telecomunicaciones sin importar la tecnología.

Que la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, como Autoridad deAplicación de la Ley Nº 19.798 y, en ejercicio de las atribucionesconferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003,tiene a su cargo definir, coordinar y supervisar el "PROGRAMA NACIONALPARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION".

Que el "PROGRAMA NACIONAL PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION", entresus actividades, incluye las referidas al diseño e implementación depolíticas públicas destinadas a proveer a la universalización deInternet y otras redes digitales de datos, al desarrollo del comercioelectrónico, a la formación de recursos humanos especializados en sugestión, al fomento de las inversiones y al desarrollo, en general, delas telecomunicaciones, la informática, la electrónica, el software ydemás tecnologías afines.

Que mediante el Decreto Nº 459 de fecha 6 de abril de 2010 se creó el"PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR" de incorporación de la nuevatecnología para el aprendizaje de alumnos y docentes, cuyo fin esproporcionar computadoras a alumnos y docentes de educación secundariade escuelas públicas, de educación especial y de Institutos deFormación Docente.

Que la conectividad del equipamiento distribuido tiene un rolfundamental para lograr la inclusión digital e incorporar la nuevatecnología para el aprendizaje en línea y en red.

Que mediante el Decreto Nº 512 de fecha 7 de mayo de 2009 se crea elGrupo de Trabajo Multisectorial que tendrá por finalidad concretar eimpulsar la "ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA".

Que esta estrategia tiene entre sus objetivos contribuir a una mayor ymejor participación de la REPUBLICA ARGENTINA en la sociedad de lainformación y el conocimiento, aumentando el acceso, uso y apropiaciónde las Tecnologías de la Información y Comunicación como factor dedesarrollo social y favoreciendo la producción local de bienes yservicios vinculados a las nuevas tecnologías.

Que el desarrollo económico y social que ha mostrado el país en losúltimos años y las políticas públicas que se han venido desarrollando,conllevaron a que el sector de las telecomunicaciones muestre un fuertedinamismo. Sin embargo, aún subsisten localidades con baja penetraciónde los servicios; y grupos poblacionales que por distintos factoressocioeconómicos, demográficos y de infraestructura, han quedado almargen del acceso a las tecnologías de la información y comunicación.

Que, no obstante, el fuerte crecimiento en el acceso a las Tecnologíasde la Información y Comunicación, se plantea la necesidad deprofundizar y complementar las políticas públicas orientadas a reducirla brecha digital, generando acciones para lograr la inclusión digitalde distintos grupos poblacionales.

Que en este contexto, resulta necesaria la creación del PLAN NACIONALDE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", el cual tendrá como ejesestratégicos la inclusión digital; la optimización del uso del espectroradioeléctrico; el desarrollo del servicio universal; la producciónnacional y generación de empleo en el sector de las telecomunicaciones;la capacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones;la infraestructura y conectividad; y el fomento a la competencia; todoello abordado desde una óptica universal e inclusiva con el fin defortalecer la inclusión digital en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que a fin de potenciar y mejorar la aplicación de la presente medida,resulta conveniente la conformación de una COMISION DE PLANIFICACION YCOORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES"ARGENTINA CONECTADA" en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, integrada por representantes deorganismos públicos nacionales.

Que la mencionada Comisión tiene como objetivos la elaboración ypropuesta de las medidas necesarias para la implementación del Plan;analizar y recomendar políticas y estrategias en materia relativa aldesarrollo de las telecomunicaciones y la inclusión digital; asesorar alos distintos organismos competentes en la materia sobre acciones quepuedan fortalecer o complementar las políticas públicas que se esténdesarrollando en materia de telecomunicaciones e inclusión digital, sinperjuicio de las competencias que corresponden a estos organismos;relevar proyectos y demandas que resulten de las distintasjurisdicciones provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTONOMA DEBUENOS AIRES, sector privado y organizaciones sociales y recomendaracciones que impulsen la articulación, implementación y satisfacción deestos proyectos y demandas; impulsar mecanismos de coordinación entrelos distintos organismos con competencia en la materia, a nivelnacional, provincial y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, ycomplementar los lineamientos estratégicos que resultan del "DOCUMENTOBASE PARA LA ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA",conforme lo establecido en el Decreto Nº 512/09 antes mencionado, comoasí también, las propuestas y acciones que surjan del Grupo de TrabajoMultisectorial.

Que mediante el eje estratégico de inclusión digital se pretende lograrel acceso a las nuevas tecnologías a todos los argentinos en igualescondiciones, consagrando el derecho de acceder a los mismos beneficios,a través de mayor conectividad y convergencia plena de redes yservicios.

Que el espectro radioeléctrico es un recurso esencial para lograr lafuncionalidad del sector de las telecomunicaciones. La asignación delmismo generará importantes inversiones por parte de los operadores conel objetivo de alcanzar nuevos y mejores servicios.

Que el concepto Servicio Universal es dinámico y debe evolucionaracorde a las nuevas tecnologías, a los fines de que cada habitante denuestro país, sin importar su ubicación geográfica, situaciónsocioeconómica o limitaciones fisicas, pueda acceder a los servicios eniguales condiciones que el resto de los ciudadanos.

Que el eje estratégico de infraestructura y conectividad integrará elestudio, análisis y articulación de desarrollos en infraestructura detelecomunicaciones, complementación de planes de conectividad,equipamiento y acceso a las tecnologías de la información ycomunicación.

Que el eje de producción nacional y generación de empleo en el sectorde las telecomunicaciones persigue la coordinación y articulación delas iniciativas públicas y privadas que fortalezcan la producciónnacional de equipamiento para la provisión de conectividad, desarrollode fibra óptica y transporte de datos.

Que el eje estratégico de capacitación e investigación en tecnologíasde las comunicaciones tiene por finalidad el análisis en materia dedesarrollo y formación de capital humano, innovación tecnológica,articulación con y entre los ámbitos institucionales.

Que el eje estratégico para el fomento de la competencia, se inscribeen una iniciativa fundamental para garantizar la ampliación de lacobertura de los servicios de telecomunicaciones, como así también lacompetitividad del sector.

Que es necesario que los ejes estratégicos antes mencionados, sirvancomo marco para las políticas públicas en materia de telecomunicacioneso conectividad que se encuentren en proceso de desarrollo o adesarrollarse, a los efectos de coordinar la dirección de dichaspolíticas con las que se propiciarán desde el PLAN NACIONAL DETELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA".

Que en este contexto y a fin de lograr la instrumentación del citadoPlan, resulta necesario declarar de interés público el desarrollo, laimplementación y la operación de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, acargo de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDADANONIMA (AR-SAT), contemplando las obras de infraestructura queresulten necesarias para tal fin.

Que la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA(AR-SAT) tiene la capacidad tanto de diseñar y conformar escenariospara un aprovechamiento eficiente de los recursos; como así tambiénposee los instrumentos necesarios a los fines de implementar lapolítica pública que se propicia, todo ello, en función de loscontinuos avances tecnológicos.

Que en dicho contexto, se debe instruir al MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de accionistamayoritario de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDADANONIMA (AR-SAT), a llevar adelante las acciones y decisionessocietarias necesarias en el ámbito de su competencia, que permitan laejecución de las obras y la prestación de servicios que deriven comoconsecuencia de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA y del PLAN NACIONAL DETELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", por sí y/o asociada a lasprovincias, a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y/o a terceros.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas porla Ley Nº 19.798 y sus modificatorias, y el Artículo 99, Inciso 1) dela CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA,

DECRETA

Artículo 1º — Créase el PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES"ARGENTINA CONECTADA", el cual tendrá como ejes estratégicos lainclusión digital; la optimización del uso del espectro radioeléctrico;el desarrollo del servicio universal; la producción nacional ygeneración de empleo en el sector de las telecomunicaciones; lacapacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones; lainfraestructura y conectividad; y el fomento a la competencia; todoello abordado desde una óptica universal e inclusiva con el fin defortalecer la inclusión digital en la REPUBLICA ARGENTINA, y cuyadescripción general se adjunta como ANEXO I.

Art. 2º — Créase la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓNESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES ‘ARGENTINACONECTADA’ en la órbita de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LAINFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, la cual estará presidida por elPresidente del Directorio de dicha Autoridad, pudiendo el mismo delegarsus funciones.

(Artículo sustituido por art. 6° del Decreto N° 1117/2015 B.O. 16/06/2015)

Art. 3º — La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" tendrácomo objetivos:

a) Entender en la elaboración y propuesta de las medidas necesariaspara la implementación del Plan que se crea en el artículo 1º delpresente decreto, las que serán ejecutadas por los organismoscompetentes en la materia.

b) Estudiar, analizar y recomendar a los organismos con responsabilidadprimaria, políticas y estrategias en materias relativas al desarrollode las telecomunicaciones y la inclusión digital.

c) Asesorar a los distintos organismos competentes en la materia, sobreacciones que puedan fortalecer o complementar las políticas públicasque se estén desarrollando en materia de telecomunicaciones e inclusióndigital, sin perjuicio de las competencias que corresponden a estosorganismos.

d) Relevar proyectos y demandas que resulten de las distintasjurisdicciones provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTONOMA DEBUENOS AIRES, sector privado y organizaciones sociales; y recomendarsobre acciones que impulsen la articulación, implementación ysatisfacción de estos proyectos y demandas.

e) Impulsar mecanismos de coordinación entre los distintos organismoscon competencia en la materia, a nivel nacional, provincial y de laCIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

f) Complementar los lineamientos estratégicos que resultan del"DOCUMENTO BASE PARA LA ESTRATEGIA DE AGENDA DIGITAL DE LA REPUBLICAARGENTINA", como así también, las propuestas y acciones que surjan delGrupo de Trabajo Multisectorial.

Art. 4º — La COMISIÓN DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” estaráconformada por UN (1) representante de las siguientes jurisdicciones,cada uno en el marco de sus competencias:

- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

- MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS,

- MINISTERIO DE INDUSTRIA,

- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,

- MINISTERIO DE EDUCACIÓN,

- MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA,

- MINISTERIO DE SALUD,

- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,

- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) organismodescentralizado, en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL,

- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA organismodescentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE COMERCIO delMINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

(Artículo sustituido por art. 7° del Decreto N° 1117/2015 B.O. 16/06/2015)

Art. 5º — Facúltase a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LAINFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES a reglamentar el funcionamiento de laCOMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONALDE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” y, a establecer lascondiciones generales del citado Plan, en donde se determinarán losprocedimientos, las responsabilidades y metodologías que deriven delmismo.

(Artículo sustituido por art. 8° del Decreto N° 1117/2015 B.O. 16/06/2015)

Art. 6º — La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICADEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" deberáefectuar un relevamiento de las acciones y/o proyectos que estén enejecución en el marco de todas aquellas políticas públicas que seencuentren en proceso de desarrollo o a desarrollarse en materia detelecomunicaciones y/o conectividad, a los efectos de determinar cuálesde ellas deberán enmarcarse estratégicamente en el Plan creado en elartículo 1º del presente decreto, las que mantendrán sus unidadesejecutoras originarias así como las competencias atribuidas por lanormativa vigente a los distintos organismos alcanzados por la presentemedida.

Art. 7º — Declárese de interés público el desarrollo,implementación y operación de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, a cargode la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA -AR-SAT, la cual contempla las obras de infraestructura necesarias paratal fin, de acuerdo a los lineamientos generales que como Anexo II,forman parte integrante de la presente medida.

Art. 8º — Instrúyese al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de accionista mayoritariode la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA(AR-SAT), a llevar adelante las acciones y decisiones societariasnecesarias en el ámbito de su competencia, que permitan la ejecución delas obras y la prestación de servicios que se requieran comoconsecuencia de la implementación de la RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA ydel PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA", por síy/o asociada a las provincias, a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,y/o a terceros.

Art. 9º — Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros para quedisponga los ajustes necesarios, en el Presupuesto de la AdministraciónPública Nacional, a efectos de atender los requerimientos que surjancomo consecuencia del presente acto.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.Fernández. — Julio M. De Vido.

ANEXO I

DESCRIPCION DE LOS EJES ESTRATEGICOS DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA"

I.- EJES ESTRATEGICOS

a) Inclusión digital;

b) Optimización del uso del espectro radioelécirico;

c) Desarrollo del servicio universal;

d) Producción nacional y generación de empleo en el sector de las telecomunicaciones;

e) Capacitación e investigación en tecnologías de las comunicaciones;

f) Infraestructura y conectividad;

g) Fomento de la competencia.

La COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLANNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA" definirá elcontenido de los planes y acciones a desarrollarse en el marco de losejes estratégicos establecidos, conforme la descripción que se enunciaen el Punto II del presente:

II.- DESCRIPCION DE CADA EJE ESTRATEGICO.

a) INCLUSION DIGITAL.

El presente eje define una estrategia de igualación en el acceso a lasnuevas tecnologías de información y comunicación como un instrumentoincuestionable de democratización del conocimiento.

Es indispensable para este eje la planificación de políticas públicasinterdisciplinarias que intensifiquen el acceso a la sociedad delconocimiento a fin de garantizar los derechos consagrados de acceso ala información y de libre expresión, y en definitiva, de posibilitar elejercido pleno de la ciudadanía. Se trata asimismo, de dotar a lascomunidades de las herramientas críticas que permitan a los pueblosincorporar las tecnologías de la información y la comunicación paramejorar la calidad de vida.

b) OPTIMIZACION DEL USO DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO.

La planificación de la explotación del espectro radioeléctrico es unode los ejes estratégicos que debe ser discutido en el marco de sucondición de recurso limitado cuya regulación y utilización determinala capacidad de los individuos de acceder a las vías de expresión y deconocimiento que contribuyen al desarrollo humano.

Compete al presente eje, la discusión y proposición de iniciativas queresulten en la apropiación social de dicho recurso finito.

Surge como prioridad planificar juntamente con la AUTORIDAD FEDERAL DESERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (AFSCA) la utilización delespectro derivado del dividendo digital, originado por la adopción dela norma para la televisión digital.

c) DESARROLLO DEL SERVICIO UNIVERSAL.

El Servicio Universal es una herramienta fundamental para garantizaraquellas prestaciones que promueven la inclusión digital en la Sociedadde la Información y el Conocimiento a aquellos individuos o grupos depersonas a quienes la lógica de mercado no contempla en términos derentabilidad por razones de ubicación geográfica o situaciónsocioeconómica.

El presente eje es prioritario en la medida en que el ServicioUniversal constituye un concepto cuya redefinición constante esresultado del dinamismo que caracteriza al sector de lastelecomunicaciones, como así también a las demandas sociales ypolíticas vinculadas al usufructo de dichas tecnologías.

d) PRODUCCION NACIONAL Y GENERACION DE EMPLEO EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES.

La planificación que se desarrolle en estos campos tendrá su eje en lacoordinación y articulación de las iniciativas públicas y privadas quefortalezcan la producción nacional del equipamiento necesario para laprovisión de conectividad, desarrollo de fibra óptica y transporte dedatos, como así también la planificación de la transferenciatecnológica sobre la cual las empresas, cooperativas e institucionesnacionales deben trabajar para el desarrollo de conocimientosespecíficos que les permitan incrementar su productividad y sucapacidad de competencia en los mencionados rubros.

e) CAPACITACION E INVESTIGACION EN TECNOLOGIA DE LAS COMUNICACIONES.

Los lineamientos que guían la planificación en materia de desarrollo yformación de capital humano se centran en los aspectostécnico-científicos que garanticen la formación académica y lainnovación tecnológica asociada al despliegue de un plan integral dedesarrollo de la conectividad en la REPUBLICA ARGENTINA

Resulta fundamental poder garantizar la articulación con los ámbitosinstitucionales, a saber universidades y centros de estudio que sededican a la investigación y al desarrollo en relación con lastemáticas abordadas por el Plan Estratégico.

El presente eje enmarcará, asimismo, el desarrollo del documentoestratégico que analice la situación actual del sectortelecomunicaciones a fin de poder planificar y realizar la proyección yel impacto de las políticas públicas específicas para la inclusióndigital.

f) INFRAESTRUCTURA Y CONECTIVIDAD.

El citado Plan requiere de un eje dedicado exclusivamente al desarrollode un Plan Nacional de Telecomunicaciones y, como consecuencia de éste,una RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA, destinada a generar las facilidadesque posibiliten la cobertura de las necesidades de inclusión digitaltanto de la sociedad civil como de organismos públicos y entidades debien público que actualmente no están siendo resueltas desde el puntode vista privado. Es prioritario, pues, desarrollar iniciativas queplanifiquen la implementación de una red a nivel nacional que sirva deplataforma para el desarrollo del citado Plan; y de todos los programasque lo comprenden, como por ejemplo, los asociados al SISTEMA ARGENTINODE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE (SATVD-T), al PROGRAMA CONECTARIGUALDAD.COM.AR y a la AGENDA DIGITAL; así como infraestructura quepueda resultar utilizada para complementar la existente.

El presente eje de acción deberá a su vez avanzar en políticas dearticulación con los actores locales en la provisión de servicios deconectividad a fin de garantizar la capilaridad de las prestaciones entodo el territorio nacional.

g) FOMENTO DE LA COMPETENCIA.

El presente eje se inscribe en una iniciativa fundamental paragarantizar la ampliación de la cobertura de los servicios detelecomunicaciones, como así también la competitividad del sector.

Resulta primordial poder definir programas y proyectos, tales comoadecuar créditos e incentivos para el desarrollo de Cooperativas yPequeñas y Medianas Empresas (PYMES), que fortalezcan la competencia yel ingreso de nuevos operadores, con igualdad de posibilidades paratodos los actores que forman parte del Sector de lasTelecomunicaciones, en beneficio de los usuarios.

ANEXO II

LINEAMIENTOS GENERALES DE LA RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA

1.- INTRODUCCION

El volumen de tráfico de datos que requieren los servidos detelecomunicaciones actuales es muy importante y en crecimientoexponencial. Una red de telecomunicaciones moderna se debe apoyar enuna infraestructura sólida, segura y flexible. Estos tres criteriosaseguran la versatilidad de los servicios que se puedan brindar apartir de esta infraestructura básica.

El aumento del consumo de servicios de acceso a internet de "bandaancha" permite prever a corto plazo una demanda por parte de losusuarios de conexiones de por lo menos 10 Mbit/s en zonas donde la"banda ancha" tiene hoy una penetración importante.

Por otro lado, se pretende llevar la conectividad a todos los hogares de la REPUBLICA ARGENTINA.

El aumento global de capacidad que generará el presente plan se debevolcar en el diseño general de las redes troncales y secundarias parapoder brindar los servicios de interés.

Cabe destacar que las consideraciones del presente ANEXO II sonlineamientos generales, los cuales podrán ser redefinidos o modificadospor la COMISION DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLANNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES "ARGENTINA CONECTADA".

2.- ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LA RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA

La RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA se divide en CUATRO (4) infraestructuras fundamentales, tal como se presenta en la figura 1.

1. El Centro Nacional de Operaciones (NACNOC) y Punto Nacional de Acceso a la Red (NACNAP);

2. Los Centros Provinciales de Operación (PRONOC) y Puntos Provinciales de Acceso a la Red (PRONAP);

3. La Red Troncal Federal;

4. Redes y anillos Provinciales (Red Metro);

a) CENTRO NACIONAL DE OPERACIONES – PUNTO NACIONAL DE ACCESO A LA RED.

El Centro Nacional de Operaciones y el Punto Nacional de Acceso a laRed estarán ubicados en la localidad de BENAVIDEZ, Provincia de BUENOSAIRES, en las instalaciones de la Empresa AR-SAT.

Esta infraestructura deberá contemplar.

1. La conexión a uno o más carriers internacionales para posibilitar laconexión a otro NAP Internacional y el acceso a la red IP Internacionaly el transporte de datos afuera del territorio nacional.

2. La gestión y almacenamiento de datos transportados y para el hosting de contenidos (centro de datos).

3. Instalaciones para el monitoreo y la operación remota de los equipamientos situados en las redes troncal y metro.

b) CENTROS PROVINCIALES

Los PRONAP se conectarán a la red troncal y permitirán descentralizarla gestión del tráfico provincial. La implementación de estos centrosprovinciales podrá ser optativa o realizada en una segunda etapa de lared, en función del tráfico observado o previsto.

Estos centros podrán ser monitoreados de forma remota desde el NACNOC.

Asimismo, los PRONOC permitirán la descentralización de contenidos paraprogramas nacionales como el PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR para elcual se dará acceso a contenidos nacionales, provinciales y de laCIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

c) RED FEDERAL DE FIBRA OPTICA (REFEFO).

La red troncal nacional será una red de transporte de larga distancianacional que permitirá la interconexión entre el NACNAP y los PRONAP.

La red troncal nacional transportará el tráfico IP desde y hacia losPRONAP y el NACNAP. La misma red troncal deberá contemplar el uso dedistintas tecnologías de transporte de datos, en particular para latransmisión de las señales para el SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIONDIGITAL TERRESTRE (SATVDT).

La implementación de la REFEFO requerirá la instalación de equiposrepetidores a lo largo del trayecto de la fibra óptica. La distancia derepetición dependerá de la tecnología empleada para el transporte delos datos considerados.

Como lo muestra la figura 2, la REFEFO será diseñada de tal forma que,conforme varios anillos estratégicos en todo el país, permitan asegurarla red y poder brindarle la redundancia adecuada para evitar los cortesde servicio.

d) REDES Y ANILLOS PROVINCIALES.

En cada provincia se contemplará la construcción de por lo menos UN (1)anillo principal y la capilaridad suficiente para llevar el acceso porfibra a cada ciudad del territorio nacional.

Esta red cumplirá el papel de agrupación del tráfico de última milla para ser transportada hacia la red troncal.

La red provincial es la que permite la interconexión entre el operadornacional de la red y el operador local que brinda con su red de últimamilla los servicios de acceso residenciales.

Páginas externas

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