Disposición 53/2010

Manual De Ejecucion Del “Programa Federal De Construccion De Viviendas Techo Digno”

Actualizado 02 de Marzo de 2017 Ministerio De Planificacion Federal, Inversion Publica Y Servicios
Manual De Ejecucion Del “Programa Federal De Construccion De Viviendas Techo Digno”

Apruebase el manual de ejecucion del “programa federal de construccion de viviendas techo digno”, creado por resolucion n° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de la secretaria de obras publicas del ministerio de planificacion federal, inversion publica y servicios.

Id norma: 175078 Tipo norma: Disposición Numero boletin: 32029

Fecha boletin: 16/11/2010 Fecha sancion: 03/11/2010 Numero de norma 53/2010

Organismo (s)

Organismo origen: Subsecretaria De Desarrollo Urbano Y Vivienda Ver Disposiciones Observaciones: -

Esta norma modifica o complementa a

Ver 1 norma(s).

Esta norma es complementada o modificada por

Ver 1 norma(s).

Texto Original

Actualizado 02 de Marzo de 2017

Ver texto actualizado

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Disposición N° 53/2010

Bs. As., 3/11/2010

VISTO el Expediente N° 0162570/2009 del Registro delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, laResolución N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDAdependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad deorganismo nacional competente en materia habitacional ha consideradooportuno y necesario impulsar la creación del "PROGRAMA FEDERAL DECONSTRUCCION DE VIVIENDAS TECHO DIGNO", como programa permanente deejecución de obras con la finalidad de contribuir al desarrollo ymejoramiento de las condiciones del hábitat de los hogares de menoresrecursos, generando empleo formal y movilizando mercados locales demateriales en comercialización y producción.

Que por Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de2009 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS ha sido creado el "PROGRAMAFEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS TECHO DIGNO" y aprobado elREGLAMENTO PARTICULAR del mismo, en el cual se establecen los entespartícipes del Programa, las acciones y responsabilidades asignadas alos mismos, los requisitos a cumplimentar por los Estados Provincialesy/o Municipales para adherir al Programa y los procedimientos deaprobación, financiamiento, ejecución y rendición de cuentas de lasobras convenidas.

Que no obstante se hace necesario instrumentar unMANUAL DE EJECUCION para dicho Programa, que contenga el detalle de losprocedimientos y etapas que deben cumplimentarse para acceder alfinanciamiento de las obras y su ejecución, así como los modelos de losdocumentos y planillas a ser utilizados.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de lasfacultades conferidas por el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembrede 2003 y la Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de laSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDADISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el MANUAL DE EJECUCION del"PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS TECHO DIGNO", creado porRESOLUCION N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, que como ANEXO forma parte integrante de lapresente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a laDIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. FABIANLOPEZ, Subsecretario de Recursos Hídricos p/a. — Arq. LUIS A. R.BONTEMPO, Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Secretaría deObras Públicas.

ANEXO

MANUAL DE EJECUCION"PROGRAMA FEDERAL de CONSTRUCCION DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO"SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO y VIVIENDA

INDICEINTRODUCCIONA. LINEA DE ACCION "CONSTRUCCION DE VIVIENDASA.1 PRESENTACION, APROBACION Y EJECUCION DEL PROYECTOA.1.1 Primera Etapa: DE GESTION DEL PROYECTOA.1.1.1 NO OBJECION TECNICAA.1.1.1.1 Obras por licitación PúblicaA.1.1.1.2 Obras por AdministraciónA.1.1.2 NO OBJECION FINANCIERAA.1.1.2.1 Obras por licitación PúblicaA.1.1.2.2 Obras por AdministraciónA.1.1.3 ACUERDO DE FINANCIAMIENTOA.1.1.4 RATIFICACION DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTOA.1.2 Segunda etapa: "DE EJECUCION DEL PROYECTO"A.1.2.1 CERTIFICACION Y PAGOA.1.2.1.1 Obras por licitación PúblicaA.1.2.1.2 Obras por AdministraciónA.1.2.2 RENDICION DE CUENTASA.1.2.3 REDETERMINACION DEL PRECIO DE LAS OBRASA.1.2.3.1 Solicitud de reconocimientoA.1.2.3.2 Aprobación del nuevo monto de financiamiento y pagoA.1.2.4 MODIFICACIONES DE PROYECTOA.1.2.5 AMPLIACIONES DE CONTRATOA.1.2.6 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOA.1.2.7 INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTOA.1.2.8 CIERRE FINANCIERO DE LAS OBRASB. LINEA DE ACCION "MEJORAMIENTO DEL HABITAT URBANO, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y COMPLEMENTARIAS"C. DE LAS OBRAS CONVENIDAS EN EL MARCO DEL "PROGRAMAFEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS" O EL "PROGRAMA FEDERAL PLURIANUALDE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS"ANEXO A: Instructivo para solicitar la "No objeción Técnica"ANEXO B: Instructivo para solicitar la "No objeción Financiera"ANEXO C: Modelo de Convenio ParticularANEXO C-I: Modelo de Plan de trabajos de cada obra que se financia por el convenioANEXO C-II: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidasANEXO C-III: Reglamento General de Rendición de CuentasANEXO C-IVa: Instructivo para la Rendición de CuentasANEXO C-IVb: Modelo de Carátula de Certificado de obraANEXO C-IVc: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de CuentasANEXO D: Resolución ratificatoria Convenio ParticularANEXO E: Solicitud reconocimiento Redeterminación de PreciosANEXO F: Resolución mayor monto financiamiento por Redeterminación de PreciosANEXO G: Instructivo para solicitar la "No objeciónTécnica" Mejoramiento del Hábitat Urbano, Infraestructura y ObrasComplementarias

MANUAL DE EJECUCION DEL "PROGRAMA FEDERAL CONSTRUCCION DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO"

INTRODUCCION

El presente Manual de Ejecución tiene por objetivodescribir con mayor detalle todos los aspectos contenidos en REGLAMENTOPARTICULAR DEL PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHODIGNO" aprobado mediante la Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de2009 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

El mismo desarrolla los procedimientos a seguir, asícomo los modelos de los documentos y planillas a ser utilizados en lasdistintas etapas del procedimiento, que se incluyen al presente comoAnexo. Teniendo en consideración la similitud existente en losprocedimientos a ser llevados adelante para la implementación delPrograma, sea cual fuere el ENTE EJECUTOR, como el sistema elegido poraquellos para la ejecución de las obras, se ha optado por desarrollarel texto del Manual para la línea de acción correspondiente a"Construcción de Viviendas Nuevas", lo cual resultará aplicable a lalínea de acción "Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras deInfraestructura y Complementarias"; incluyéndose en un apartadodiferenciado las consideraciones particulares para esta última línea deacción.

De idéntica forma, todos los anexos incorporados sonpara el caso de obras contratadas por licitación pública y que tienencomo comitentes a los Institutos Provinciales de Vivienda.

No obstante, cuando exista alguna singularidad que lo justifique, se desarrollará el tema por separado en el Manual.

A) LINEA DE ACCION "CONSTRUCCION DE VIVIENDAS NUEVAS"A.1.- PRESENTACION, APROBACION Y EJECUCION DEL PROYECTOEl procedimiento comprende dos etapas:a) La primera etapa, se denomina "DE GESTION DEL PROYECTO".b) La segunda etapa, "DE EJECUCION DEL PROYECTO".A.1.1 Primera Etapa: "DE GESTION DEL PROYECTO"

Como paso previo a cualquier gestión, los "ENTESEJECUTORES" deberán expresar su voluntad de participar del Programapresentado una nota a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA,expresando la voluntad de adherirse al mismo.

A.1.1.1 NO OBJECION TECNICA

Obras por licitación Pública

Los "ENTES EJECUTORES" presentarán los proyectosante la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA solicitando elotorgamiento de la "No objeción técnica". Para ello remitirán unaMemoria Descriptiva según el instructivo y el formulario del ANEXO A,que sigue los "Criterios de Elegibilidad de los Proyectos" expresadosen el Apartado correspondiente del Reglamento Particular del Programa.Cabe consignar que el texto del formulario podrá ser modificado paraperfeccionarlo, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

A todos los efectos, el contenido de la informaciónsobre el proyecto que los "ENTES EJECUTORES" consignen en la Memoria,tiene el carácter de Declaración Jurada de la máxima autoridad, que esquien avala con su firma la presentación.

La presentación es analizada por el Area deEvaluación de Proyectos de la "UNIDAD DE GESTION". De existirobservaciones, las mismas deberán ser salvadas por el "ENTE EJECUTOR",caso contrario no se otorgará la "No objeción técnica".

Cumplida satisfactoriamente esta etapa, laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA otorgará la "No objecióntécnica" al proyecto, la cual será comunicada mediante nota por la"UNIDAD DE GESTION" al "ENTE EJECUTOR", quedando este último habilitadopara iniciar el proceso de licitación de las obras según la legislaciónlocal.

A.1.1.1.2 Obras por Administración

En el caso de que las obras sean realizadas por el"ENTE EJECUTOR" por administración deberá realizarse idéntico trámitepara obtener la "No objeción técnica".

A.1.1.2 NO OBJECION FINANCIERA

A.1.1.2.1 Obras por licitación Pública

Una vez realizada la apertura de la licitaciónpública, el "ENTE EJECUTOR" remitirá a "LA SUBSECRETARIA" la solicitudde "No objeción financiera" acompañada de una Memoria Descriptiva segúnel Instructivo y el formulario del ANEXO B adjunto, que sigue loestablecido en el Apartado correspondiente del Reglamento Particulardel Programa. Cabe consignar que el texto del formulario podrá sermodificado para perfeccionarlo, cuando las circunstancias así loaconsejen.

A todos los efectos, el contenido de la informaciónsobre el proyecto que los "ENTES EJECUTORES" consignen en la Memoria,tiene el carácter de Declaración Jurada de la máxima autoridad, que esquien avala con su firma la presentación.

De existir observaciones, deberán de ser salvadas por el "ENTE EJECUTOR", caso contrario no se dará prosecución al trámite.

Cumplida satisfactoriamente esta etapa, la obra seráconsiderada financiable por "LA SUBSECRETARIA". Se otorgará lacorrespondiente "no objeción financiera", la cual será comunicadamediante nota de la "UNIDAD DE GESTION" al "ENTE EJECUTOR".

A.1.1.2.2 Obras por Administración

Dado que en este caso no media licitación pública,el trámite pasa directamente a la etapa siguiente que consiste en laelaboración y firma del Acuerdo y a la apertura del expediente de obra.

A.1.1.3 ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

Cumplimentados los pasos anteriores, tanto para lasobras licitadas como aquellas a ejecutar por administración, se procedea la firma de un Convenio Particular que formaliza el Acuerdo entre laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA y el "ENTE EJECUTOR",cuyo modelo se agrega como ANEXO C. Dicho modelo contiene todos losrequisitos establecidos en el Apartado correspondiente del ReglamentoParticular del Programa e incluye un conjunto de anexos quecomplementan el articulado. Estos son:

ANEXO C-I: Modelo de Plan de trabajos de cada obra que se financia por el convenioANEXO C-II: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidasANEXO C-III: Reglamento General de Rendición de CuentasANEXO C-IVa: Instructivo para la Rendición de CuentasANEXO C-IVb: Modelo de Carátula de Certificado de obraANEXO C-IVc: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de Cuentas

Se adjuntan todos los anexos consignadosprecedentemente. Cabe consignar que el texto del ANEXO C y de susanexos podrá ser modificado en el futuro, toda vez que cuestiones deprocedimiento o cambios de normativa así lo exijan, siempre que no sealtere su finalidad y alcances. En los casos en que la normativa de laJurisdicción del "ENTE EJECUTOR" obligue a introducir modificaciones almodelo de Acuerdo, se dará intervención a la Asesoría Jurídica de laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA para que opine alrespecto.

Una vez firmado y protocolizado el Acuerdo, laDIRECCION DE COORDINACION DE PROGRAMAS remitirá un ejemplar autenticadoal "ENTE EJECUTOR" correspondiente y este procederá a firmar elrespectivo contrato con la empresa adjudicataria, cuando se trate deuna obra licitada.

A.1.1.4 RATIFICACION DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

Firmado y protocolizado el Acuerdo, se procede atramitar la ratificación por parte del Sr. SECRETARIO DE OBRASPUBLICAS. A esos efectos, el Sr. SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA eleva un proyecto de Resolución ratificatoria, cuyo modelo seadjunta como ANEXO D, para la firma del Sr. SECRETARIO DE OBRASPUBLICAS.

Como se observa en dicho modelo de Resolución, poreste mismo instrumento se faculta a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLOURBANO Y VIVIENDA a transferir los fondos hasta completar el monto delproyecto consignado en el Acuerdo.

Cabe consignar que el texto del ANEXO D podrá sermodificado en el futuro toda vez que cuestiones de procedimiento ocambios de normativa así lo exijan, siempre que no se altere sufinalidad y alcances.

A.1.2 Segunda etapa: "DE EJECUCION DEL PROYECTO".A.1.2.1 CERTIFICACION Y PAGOA.1.2.1.1 Obras por licitación Pública

Simultáneamente con la Resolución ratificatoria delAcuerdo de Financiamiento, el Area de Pagos de la "UNIDAD DE GESTION"de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA redactará laprovidencia por la que el Sr. Subsecretario solicita el pago a laempresa contratista del Anticipo financiero y al "ENTE EJECUTOR" eldesembolso anticipado correspondiente al primer mes de obra, conformeel cronograma de desembolsos. Dichos fondos serán depositados, antesdel inicio de la obra, en las cuentas bancarias dadas de alta, a esosefectos, en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por lasempresas contratistas, en el caso del Anticipo Financiero, y del "ENTEEJECUTOR" en el caso del desembolso anticipado para el primer mes deobra.

A solicitud del "ENTE EJECUTOR" basado en exigenciascontables propias, el anticipo financiero podrá ser remitido a lacuenta del "ENTE EJECUTOR", quien procederá a depositarlo en la cuentade la empresa contratista de manera inmediata.

Finalizado el primer mes de obra, el "ENTE EJECUTOR"presentará la Rendición de Cuentas sobre la suma girada de maneraanticipada según el procedimiento que se explicita en 1.2.2.

El monto del pago que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLOURBANO Y VIVIENDA tramitará para el segundo desembolso a favor del"ENTE EJECUTOR", dependerá de la suma rendida sobre el primerdesembolso, según las alternativas especificadas en el Apartado 2.10del Reglamento Particular del Programa. Idéntico procedimiento seseguirá para los desembolsos subsiguientes hasta la terminación de lasobras.

A.1.2.1.2 Obras por administración

El procedimiento de certificación y pago es similar,sólo que al no haber empresa contratista, el anticipo financiero esgirado a la cuenta del "ENTE EJECUTOR".

A.1.2.2 RENDICION DE CUENTAS

Tanto se trate de obras ejecutadas por empresasmediante licitación pública como de obras que se ejecutan poradministración, finalizado cada mes, el "ENTE EJECUTOR" presentará antela "UNIDAD DE GESTION" la rendición de cuentas sobre las sumasremitidas en concepto de anticipo para el mes de obra vencido, en baseal Instructivo del ANEXO C-IVa anexado con el Convenio Particular (verA.1.1.3). El modelo de carátula, así como las planillas A1 y A2 que semencionan en dicho Instructivo, son las que constan en los ANEXOS C-IVby C-lVc del mencionado apartado A.1.1.3. En materia de rendición decuentas las planillas de los anexos cumplimentan lo establecido en laResolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS N° 268 de fecha 11 de mayo de 2007 y su modificatoria N° 267de fecha 11 de abril de 2008, así como el Reglamento General deRendición de Cuentas del ANEXO C-III que se adjunta según A.1.1.3. Demodificarse el marco normativo en el futuro, necesariamente los ANEXOSC-I a C-IV se adaptarán en su texto a esos cambios.

A.1.2.3 REDETERMINACION DEL PRECIO DE LAS OBRAS

El régimen de reconocimiento de mayores montos deobra por este causal, es similar para el caso de obras contratadasmediante licitación pública que para aquellas que se ejecutan poradministración.

A.1.2.3.1 Solicitud de reconocimiento

Para acceder a mayores montos de financiamiento porparte de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA invocando elcausal de redeterminación del precio de las obras, los "ENTESEJECUTORES" deberán presentar una nota efectuando el requerimiento,acompañada de la siguiente documentación:

a) Planilla de "Solicitud de Aprobación deredeterminación de precios y reprogramación financiera" según modelodel ANEXO E. Dicho modelo está desarrollado para el caso de PrimeraRe-determinación. Cuando se trate de segunda, tercera o deredeterminaciones simultáneas el se adaptara el texto de la planilla adichas circunstancias.

b) Nuevo Cronograma de desembolsos.

Con estos elementos, el Area de Redeterminación dePrecios de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA procederá aevaluar la presentación y con la firma del Sr. Subsecretario, remitirála documentación a la Comisión de Coordinación y Seguimiento de losProcesos de Redeterminación de Precios del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para su aprobación.

A.1.2.3.2 Aprobación del nuevo monto de financiamiento y pago

Aprobado el cálculo, se eleva al Sr. SECRETARIO DEOBRAS PUBLICAS un proyecto de Resolución cuyo texto tipo se agrega comoANEXO F a los efectos de que apruebe el nuevo monto de financiamientopara la obra con su respectivo plan de trabajos y Cronograma dedesembolsos. Cabe consignar que el texto del ANEXO F podrá sermodificado en el futuro toda vez que cuestiones de procedimiento ocambios de normativa así lo exijan, siempre que no se altere sufinalidad y alcances.

Aprobado el nuevo monto de obra, los pagos continúanrealizándose según el nuevo Cronograma utilizando el procedimientodescripto en 1.2.1 del presente Manual.

A.1.2.4 MODIFICACIONES DE PROYECTO

Los proyectos aprobados podrán ser modificados ensus aspectos técnicos, siempre que medien circunstancias imprevistas yestén debidamente justificadas. Dichas modificaciones deberáncomunicarse a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA con ladebida anticipación adjuntando la documentación respaldatoria que avalela misma, quedando a consideración de la "UNIDAD DE GESTION", suaprobación.

A.1.2.5 AMPLIACIONES DE CONTRATO

En los casos excepcionales en que resulte necesarioejecutar ítems de obra no previstos en el presupuesto original, ante lasolicitud debidamente fundada del "ENTE EJECUTOR", la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA podrá autorizar ampliaciones de contrato.En estos casos, el "ENTE EJECUTOR" deberá detallar exhaustivamente losmotivos de la ampliación, y acompañar el análisis de precios de losítems nuevos con el presupuesto de los trabajos, indicando expresamentela fecha a que están referidos los valores.

El monto de la ampliación de contrato no podrásuperar el porcentaje establecido por la Ley de Obra Pública de cadaJurisdicción Provincial.

Los antecedentes serán evaluados por la "UNIDAD DEGESTION" y de merecer su aprobación se dará curso a un proyecto deResolución modificando el monto del financiamiento.

A.1.2.6 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Cuando las obras hayan sido contratadas mediantelicitación pública, el "ENTE EJECUTOR" ante el incumplimiento por partede la Empresa contratista, del contrato firmado, podrá rescindir dichocontrato o promover la cesión del mismo a otra empresa. En ambos casosdeberán comunicarse estos hechos a la "UNIDAD DE GESTION" para suconocimiento y aprobación, acompañando la documentación que demuestrefehacientemente que se ha dado cumplimiento a los procedimientos queestablece la legislación local para en estos casos.

A.1.2.7 INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

La SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDApodrá suspender el financiamiento en aquellos casos en que los "ENTESEJECUTORES" no cumplan las cláusulas de los Acuerdos de financiamientoque establecen sus responsabilidades. La mencionada Subsecretaría conla firma de su titular informará a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS paraque ésta a su vez remita a la DIRECCION DE PRESUPUESTO de laSUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el estado desituación e incumplimiento, siguiendo el procedimiento establecido paraesos casos en el Reglamento General para Rendición de Cuentas del ANEXOC-III.

A.1.2.8 CIERRE FINANCIERO DE LAS OBRAS

Con el último certificado de avance de obra, una vezefectuada la correspondiente rendición de cuentas, se procederá alcierre financiero de la obra. A tal efecto se adjuntará copiaautenticada del Acta de Recepción Provisoria de la obra, celebrada enlos términos y con los alcances previstos en la Ley de Obra Pública dela jurisdicción respectiva; acreditando la terminación de la obra, entiempo y forma, y que la misma se encuentra en condiciones de serentregada en forma inmediata a los adjudicatarios.

B) LINEA DE ACCION "MEJORAMIENTO DEL HABITAT URBANO, OBRAS DE INFRAES TRUCTURA Y COMPLEMENTARIAS"

En lo que refiere a la obtención de financiamiento,por parte de los "ENTES EJECUTORES", de obras que encuadren en estalínea de acción, le será aplicable en general lo normadoprecedentemente para la Línea de Acción "Construcción de ViviendasNuevas".

No obstante, respecto de la Memoria Descriptiva delProyecto a ser presentada por los "ENTES EJECUTORES" para la obtenciónde la "No objeción técnica", atendiendo a sus particularesespecificidades, deberá adjuntarse el formulario que se glosa comoANEXO G. El mismo sufrirá las necesarias adaptaciones en función deltipo de obra de que se trata.

A todos los efectos, el contenido de la informaciónsobre el proyecto que los "ENTES EJECUTORES" consignen en la Memoria,tiene el carácter de Declaración Jurada de la máxima autoridad, que esquien avala con su firma la presentación.

C) DE LAS OBRAS CONVENIDAS EN EL MARCO DEL "PROGRAMAFEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS" O EL "PROGRAMA FEDERAL PLURIANUALDE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS"

La parte faltante de ejecución de las obrasiniciadas que hubiesen sido convenidas entre los "ENTES EJECUTORES" yla SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, en el marco del"PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDA" y del "PROGRAMA FEDERALPLURIANUAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS", podrán ser finalizadas bajolos términos del presente "PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DEVIVIENDAS - TECHO DIGNO".

A tales efectos, los "ENTES EJECUTORES" firmantes delos respectivos Convenios Específicos, además de suscribir mediantenota su adhesión al Programa (ver A.1.1), deberán solicitarexpresamente el traspaso al Programa "Techo Digno" de las obras yaconvenidas por cualquiera de los dos programas antes mencionados.

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO A

PROGRAMAS FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA "NO OBJECION TECNICA"

La información será suministrada en las planillasque se adjuntan al final, pudiendo agregarse los espacios y renglonesque sean necesarios para mejor definir las características y contenidosdel proyecto.

Dado que la solicitud tiene el carácter deDeclaración Jurada, debe ser refrendada en todas sus páginas por lamáxima autoridad del Organismo de Vivienda.

Seguidamente se incluyen consideraciones ycomentarios sobre el contenido de la solicitud, a los efectos defacilitar su llenado y la posterior evaluación.

Identificación del Proyecto

Consignar sin excepción los datos de Provincia, Municipio, Localidad y Barrio donde va a realizarse la intervención.

En "Ubicación exacta" mencionar las calles que rodean al predio afectado.

En "Plazo de obra" determinar con rigurosidad laduración de la obra contemplando a través de un análisis realista lassingularidades y complejidades del proyecto. Si las obras de viviendasincluyeran obras de nexos u obras complementarias deberá contemplarsede qué manera pueden impactar en el avance de las primeras y para quemomento durante el plazo de obra debe programarse racionalmente suejecución para cumplir con lo que se establece en el último párrafo delinciso C). Se recomienda que de haber más de una empresa en un mismopredio se contemple una estrategia que asegure la convivencia y laejecución de la infraestructura frentista sin superposiciones nialteraciones de la secuencia normal de los trabajos. Además se recuerdaque las licitaciones deben contemplar como máximo la ejecución de 100viviendas por renglón.

Los enumerados precedentemente son sólo algunosaspectos en los que la experiencia indica que debe tenerse especialcuidado en la programación de la obra, para que ésta llegue a feliztérmino en tiempo y forma. Por supuesto que esta enumeración no excluyeotros factores que deberán evaluarse convenientemente, según lassingularidades de cada proyecto.

N° de proyecto: consignar el número en orden correlativo de los proyectos presentados por el "ENTE EJECUTOR"

A) Justificación de la Demanda

Se deberá justificar en este apartado la cantidad deviviendas y las tipologías adoptadas. Es fundamental que estajustificación esté abalada por un estudio de demanda en base a datosfehacientemente comprobados. Al respecto, se deberán identificar yrelevar con precisión los hogares con discapacitados, para justificarel financiamiento adicional que se solicita en el apartado F de laMemoria. En general, se recomienda estudiar la justificación de lademanda con el mayor detenimiento, a los efectos de evitar ulterioresdificultades para adjudicar las viviendas por insuficiencia debeneficiarios en condiciones de calificar.

B) Terreno

El "ENTE EJECUTOR" deberá aclarar, tildando en elcasillero que corresponda, cuál es la situación dominial de losterrenos donde se ejecutarán las obras, detallando si son de dominionacional, provincial, municipal o de entidades intermedias. Deberáespecificarse si cuentan o no con títulos perfectos tildando en elcasillero correspondiente. En el caso de no estar a nombre del "ENTEEJECUTOR", éste garantizará sin condicionamientos la cesión a su favordurante el transcurso de la obra, de manera que cuando ésta concluya,se esté en condiciones de escriturar inmediatamente a favor delbeneficiario.

En "Condiciones técnicas" tildar dando fe de que losterrenos son aptos para la ejecución de la obra, que los mismos no soninundables y cuentan con capacidad portante suficiente.

Asimismo, se deberá consignar si el terreno selocaliza en zona Urbana o Suburbana y si la misma se encuentra enproceso de consolidación.

Cuando los terrenos sean provistos por el oferente,deberán consignarse en Observaciones, los requisitos que estableceránlos pliegos para que dichos terrenos sean considerados aptos por el"ENTE EJECUTOR".

C) Infraestructura, Obras de Nexo y Complementarias

Deberá consignarse en C.1) el tipo de servicios quese incluyen en el financiamiento de las viviendas. Tener presente quelos montos máximos por vivienda que la Nación financia, incluyen esainfraestructura en los tramos que pasan por el frente de las viviendas.

Si se exceden los topes por vivienda del Programapor la necesidad de incluir otras obras de infraestructura, de nexo ocomplementarias, deberán describirse y justificarse en C.2) conexactitud las obras de que se trata y definir su costo, a los efectosde evaluar financiarlas a través de la Línea de Acción correspondientea "Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura yComplementarias" (M.H.U.I.y C.). Si se ha previsto para este rubro unfinanciamiento con recursos provinciales o municipales, indicarloexpresamente en C.3).

Cuando se trate de viviendas ubicadas en áreasrurales, sea que se trate de pequeños grupos o de unidades dispersas,donde no se disponga de energía provista por red o por alguno de losmétodos convencionales, deberá asegurarse su provisión por medio deaparatos que utilicen fuentes alternativas tales como calentadoressolares, molinos de aprovechamiento de energía eólica, cocinas solares,etc., con la condición de que se trate de elementos y/o instalacionesde probada eficacia, sencillo funcionamiento y fácil reparación ymantenimiento. Los montos que los proyectos demanden por este concepto,serán canalizados a través de la esta línea de acción M.H.U.I. yconsignados en detalle y monto en C.2, salvo que sean financiados conrecursos provinciales o municipales, en cuyo caso deberán constar enC.3.

Para las obras incluidas en C.2, a continuación delcuadro se deberá incluir en los cuadros C.2 a, b, c, etc. un detallepor cada tipo de obra propuesto por ítems o rubros.

En todos los casos se establece la obligatoriedad deque todo proyecto que se someta a la no objeción técnica estécompletamente definido en sus características y costos, así como en sufinanciamiento. Por otra parte, es fundamental que las obras que seanecesario ejecutar estén perfectamente coordinadas en el tiempo, ya quees premisa del Programa que las viviendas se entreguen con losservicios básicos funcionando a pleno, razón por la cual se exige quela infraestructura, incluidos nexos y obras complementarias, estétotalmente concluida por lo menos un mes antes que la obra de vivienda,cuyo plazo previsto de ejecución se ha fijado en la identificación delproyecto.

D) Equipamiento urbano y accesibilidad.

Detallar en el apartado D.1) de la solicitud con quéequipamiento cuenta el área de localización, si el acceso al terrenoestá asegurado y si cuenta con transporte público, recolección deresiduos, barrido y limpieza. Cuando con el equipamiento existente nopueda asegurarse la prestación de algún servicio esencial vinculado conla salud, la educación o la seguridad, se describirá en D.2) el tipo deobra necesaria, quién la financiará y en qué plazo estará concluida,incluyendo una síntesis en el cuadro final de este apartado.

Cuando el equipamiento existente sea suficiente, indicarlo expresamente en Observaciones de D.1).

E) Proyecto urbanístico

En este apartado se debe describir brevemente elproyecto urbanístico, dando cumplimiento al capítulo correspondiente delos "Estándares Mínimos de Habitabilidad para Viviendas de InterésSocial". Deberán adjuntarse las planimetrías correspondientes señalandolos sectores intervenidos, las redes existentes y nuevas y toda aquellainformación que justifique la elección del proyecto urbano propuesto.

Además deberá adjuntarse un informe ambiental y un plano con las localizaciones de los equipamientos detallados en D.1).

F) Diseño y tecnología de las viviendas

Utilizando los cuadros, definir las tipologíasadoptadas para las viviendas tipo y las previstas para discapacitados,número de dormitorios y superficies por unidad (cubiertas propias,comunes y totales, según corresponda).

En el cuadro correspondiente a tecnología sedefinirá brevemente la solución técnica prevista para los muros(mampuestos, revoques), techos (cubierta, aislamiento térmico conespesores y densidades, cielorraso, estructura), instalaciones(materiales, artefactos sanitarios y grifería) y carpinteríasexteriores (materiales, espesores o escuadrías de marcos y hojas,vidrios, protecciones) niveles de terminación (pisos, revestimientos) yequipamiento de la vivienda (si se provee algún tipo de artefacto).Cuando el proyecto posibilite alternativas de solución (por ejemplo enlos muros), especificarlas en el renglón correspondiente.

Nótese que por el párrafo incluido al final de F.3),el Organismo da fe de que el proyecto en su totalidad cumple con los"Estándares Mínimos de Calidad para Vivienda de Interés Social".

Recordar que en los proyectos deberá incluirse comomínimo un 5% de viviendas para discapacitados (ver "Justificación de laDemanda"), debiendo cumplirse en el caso de los discapacitados motricescon las "Directrices para la Accesibilidad al Medio Urbano" y las"Directrices de Accesibilidad para Viviendas de Interés Social" de laSubsecretaría. Cuando los discapacitados no sean motrices, se deberándetallar las adecuaciones en el proyecto de la vivienda que justifiquenel sobre costo de la unidad.

Se deberá consignar el Presupuesto Oficial delproyecto, desagregando los montos a financiar a través de las líneas deacción del Programa de aquellos que se propone financiar a través de laprovincia o municipio (si corresponde). Lo mismo se hará con el costode la vivienda tipo y de la vivienda para discapacitados según elpresupuesto oficial. La información será volcada en los cuadroscorrespondientes de la solicitud.

Si por algún motivo excepcional se modificara elpresupuesto oficial con posterioridad al otorgamiento de la no objeciónpara licitar, el nuevo presupuesto deberá ser comunicado a laSubsecretaría para su aprobación antes del llamado a licitación.

H) Fecha Prevista de Licitación

El Organismo deberá consignar la fecha prevista para el llamado a licitación.

PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"Línea de Acción Construcción de ViviendasSOLICITUD DE NO OBJECION TECNICA

PROVINCIA:MUNICIPIO:LOCALIDAD:UBICACION EXACTA:DENOMINACION DE LA OBRA:CANTIDAD DE VIVIENDAS:PLAZO DE OBRA PREVISTO:N° DE PROYECTO:

A) Justificación de la demanda (Breve informe social que asegure la finalidad de las obras)B) Terreno: (Marcar lo que corresponde)

OBSERVACIONESD) Equipamiento y accesibilidadD.1) Existente

COSTO TOTAL POR VIVIENDA TIPO SEGÚN PRESUPUESTO OFICIAL

H) Fecha estimada de llamado a licitación pública:I) Croquis de localización de la Obra: (Adjuntar)

Declaro con carácter de Declaración Jurada la veracidad de todos los datos incluidos en la presente memoria descriptiva.

• Nombre y Apellido:• Cargo:• Organismo:• Teléfono:• Correo Electrónico:

FIRMA Y SELLO

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO B

PROGRAMAS FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA "NO OBJECION FINANCIERA"

El presente instructivo tiene por finalidad establecer el procedimiento para solicitar la no objeción financiera.

A los efectos de solicitar la "No objeciónfinanciera", el "ENTE EJECUTOR" deberá cumplimentar la solicitud cuyomodelo se adjunta. En consecuencia, no deberá remitirse ninguna otradocumentación, salvo que la Subsecretaría estimara necesario requerirlauna vez evaluado el contenido de la solicitud.

Dicha solicitud tiene el carácter de declaraciónjurada y debe ser remitida con firma y sello de la máxima autoridad delOrganismo. Su contenido ha sido desarrollado en tres carillas, pero deser necesaria por razones de espacio una cuarta, deberá consignarse enel encabezamiento de ésta el nombre del Organismo y la obra y en el piela firma y sello de la autoridad responsable.

Se recuerda que el Organismo debe abstenerse deproducir acto administrativo alguno que consagre la preadjudicación ola adjudicación de la obra, hasta tanto la Subsecretaría se expidasobre la no objeción para contratar.

En relación con el contenido de la solicitud, se formulan las siguientes aclaraciones y comentarios:

Monto aprobado según no objeción técnica: se consignará el monto que la Subsecretaría aprobó en la no objeción.

Aporte del Organismo: de existir, se consignará elmonto que financia el Organismo, para que sumado al monto que financiala Nación, resulte el MONTO DEL PRESUPUESTO OFICIAL consignado.

Capacidad técnico financiera mínima según pliego: se indicará el monto mínimo requerido en los pliegos de licitación.

Observaciones a la apertura del Sobre 1: seindicarán los requisitos no cumplidos por cada una de las empresascuyas ofertas han sido desestimadas antes de proceder a la apertura delsobre 2. En la planilla APERTURA DEL SOBRE 1 deberán constar los datosde todas las empresas oferentes, aún cuando se haya desestimado supropuesta.

Observaciones a la apertura del sobre 2: seindicarán los requisitos no cumplidos según pliego en el contenido delsobre 2 para cada una de las empresas cuyas ofertas económicas estén enesta situación. En la planilla APERTURA DEL SOBRE 2 deberán constartodas las empresas cuyo sobre 2 fue abierto.

Impugnaciones: indicar si hubo o no impugnaciones, tachando lo que no corresponda.

Decisión sobre las impugnaciones: en el caso deexistir impugnaciones, indicar las decisiones adoptadas en cada caso,fundamentándolas legalmente.

Conclusiones de la Comisión Evaluadora: seexpresarán en forma clara y precisa las razones por las cuales laComisión aconseja la adjudicación a determinada empresa.

De las características técnicas de la ofertaseleccionada: Cuando en el Apartado F) de la solicitud de "no objecióntécnica" se hubieran establecido alternativas tecnológicas a definirpor el oferente o cuando en la oferta seleccionada se hubieranintroducido cambios o mejoras respecto de lo allí aprobado, sedescribirán brevemente las soluciones propuestas para los rubrosafectados. Idéntico criterio se adoptará en relación con las tipologíasy superficies de las viviendas.

De no existir cambios, se lo consignará expresamente.

De los Costos de la oferta seleccionada: Para laoferta seleccionada se remitirá la siguiente información sobre costosseparando los montos que financiará la Nación a través del Programa"Techo Digno", tanto se trate de Viviendas como de obras deMejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de infraestructura yComplementarias (M.H.U.I. y C.), más los que financiará la provincia,si correspondiere.

Asimismo se consignará, para cada tipología, elcosto por vivienda y por m2, separando los datos según muestra elcuadro correspondiente.

Si no existiera aporte provincial, se dejarán en blanco los casilleros correspondientes.

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO C

CONVENIO PARTICULAR

PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los........ días del mes de ............ del año ............ entre laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de laSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, (en adelante "LA SUBSECRETARIA"),representada por el Sr. SUBSECRETARIO Arq. Luis Alberto RafaelBONTEMPO, con domicilio legal en la Avenida Leandro N. Alem 339, 5°Piso, Oficina 501 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, por una parte;y por la otra el INSTITUTO .................... de la Provincia de.................... (en adelante "El INSTITUTO") representado por suPresidente ...................., con domicilio legal en la calle.................... de la Ciudad de ...................., en sucondición de comitente de las obras que se mencionan en los ANEXOS I yII, se acuerda lo siguiente a los efectos de incluir dichas obras en elPROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO" (enadelante "EL PROGRAMA"), en base a las cláusulas y condicionesestablecidas en el Reglamento Particular del Programa, aprobado porResolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS N° de fecha de de 2009 ysu normativa complementaria.

PRIMERA: "El INSTITUTO", que ha licitado yadjudicado, se compromete a que las obras detalladas en el ANEXO I queforma parte integrante del presente Convenio, se ejecuten según lostérminos de los Contratos a celebrarse con las empresas adjudicatarias,respetando en un todo el Reglamento Particular que rige "EL PROGRAMA",y normativa complementaria.

SEGUNDA: La "SUBSECRETARIA", se compromete afinanciar la ejecución de las obras, en función de las disponibilidadespresupuestarias existentes. Dicho financiamiento, asciende a los montosconsignados para cada obra en el ANEXO II, que forma parte integrantedel presente Convenio, los cuales serán desembolsados de conformidadcon las pautas fijadas en la Cláusula CUARTA del presente ConvenioParticular. "LA SUBSECRETARIA" reconocerá eventuales redeterminacionesde precio, aprobadas por "EL INSTITUTO", hasta el monto que resulte deaplicar la metodología del Decreto Nacional N° 1295/2002, en elprototipo establecido por "LA SUBSECRETARIA". A los fines del cálculode las redeterminaciones de precio, se considerará como base el mescorrespondiente a la fecha de apertura de la licitación.

TERCERA: "El INSTITUTO" se compromete a aportar losrecursos que fueran necesarios para solventar eventuales diferenciasque excedan el monto financiado por la NACION. A tal efecto, "ElINSTITUTO" declara contar con los recursos provinciales suficientespara asegurar la terminación de la obra, en el plazo y con lascalidades convenidas.

CUARTA: Los plazos de ejecución se fijan en el Plande Trabajos de cada obra y el Cronograma General de Desembolsos que "ELINSTITUTO" acordó con "LA SUBSECRETARIA" y que como ANEXOS I y IIrespectivamente, forman parte integrante del presente Convenio. "LASUBSECRETARIA", en función de las disponibilidades presupuestariasexistentes, efectuará el primer desembolso, equivalente al QUINCE PORCIENTO (15%) del monto que se financia, directamente a las EmpresasContratistas, en concepto de anticipo financiero; dichos fondos serándepositados, antes del inicio de la obra, en las cuentas bancariasdeclaradas por las empresas, las que deberán estar dadas de alta en elMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION. A fin degarantizar la eficiente ejecución de las obras, "LA SUBSECRETARIA"prevé realizar los restantes desembolsos a "EL INSTITUTO" (CUIT........................................) por anticipado del CIEN PORCIENTO (100 %) de adelanto sobre la certificación prevista en elcronograma de desembolsos para el primer mes de obra y subsiguientes,en la Cuenta del Banco .................... N°......... de la Sucursal.................... la que también deberá estar dada de alta en elMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION. Los pagos de"EL INSTITUTO" a las Empresas Contratistas serán abonados mensualmentecontra certificación de avance de obra emitida y conformada por "ElINSTITUTO", la cual deberá ser presentada a "LA SUBSECRETARIA" inclusoen los casos en que no se hubiere registrado avance. En caso desubejecución, "LA SUBSECRETARIA" deducirá, del siguiente desembolsoanticipado la suma equivalente al porcentaje no ejecutado. Con elúltimo certificado de avance de obra, una vez efectuada lacorrespondiente rendición de cuentas, se procederá al cierre financierode la obra. A tal efecto se adjuntará copia autenticada del Acta deRecepción Provisoria de la obra, celebrada en los términos y con losalcances previstos en la Ley de Obra Pública Provincial; acreditando laterminación de la obra, en tiempo y forma, y que la misma se encuentraen condiciones de ser entregada en forma inmediata a los adjudicatarios.

QUINTA: "EL INSTITUTO" declara mediante el presenteConvenio Particular, que no existen impedimentos de orden técnico,legal, administrativo, o de cualquier otro tipo, que obstaculicen elnormal inicio de las obras, según el Plan de Trabajos que como ANEXO Ise adjunta al presente Convenio Particular, dentro de los TREINTA (30)días corridos, a partir de la acreditación del anticipo financiero delQUINCE POR CIENTO (15%) del aporte correspondiente a la NACION en lascuentas de las empresas contratistas correspondientes.

SEXTA: "EL INSTITUTO", previo a la firma delContrato de Obra Pública correspondiente, deberá haber prestadoconformidad a las pólizas de caución presentadas por las empresascontratistas, en concepto de garantía del anticipo del QUINCE PORCIENTO (15%) a favor de "LA SUBSECRETARIA", y en concepto decumplimiento del Contrato que cubrirá el CINCO POR CIENTO (5%) delimporte total de la obra a favor del "INSTITUTO".

SEPTIMA: "EL INSTITUTO" se compromete a presentarmensualmente a "LA SUBSECRETARIA" las rendiciones de cuentas,detalladas y debidamente documentadas, que demuestren el uso dado a losfondos recibidos de la NACION, de acuerdo a los fines previstos en elpresente Convenio Particular; en cumplimiento de lo establecido en lasResoluciones N° 268 de fecha 11 de mayo de 2007 y N° 267 de fecha 11 deabril de 2008, ambas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, y en particular el "Reglamento General para laRendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos aProvincias, Municipios y/u otros Entes" que como ANEXO III forma parteintegrante del presente Convenio. A los efectos de cumplimentar lo allídispuesto, "EL INSTITUTO" presentará las rendiciones de cuentasrespetando estrictamente el "INSTRUCTIVO DE RENDICION DE CUENTAS PARALOS PROGRAMAS FEDERALES" que como ANEXO IV forma parte integrante delpresente Convenio.

OCTAVA: En caso de incumplimiento a la obligación derendir cuentas en tiempo y forma, "LA SUBSECRETARIA" podrá suspender elfinanciamiento hasta tanto se regularice la situación. En caso de que"EL INSTITUTO" no proceda a presentar la rendición de cuentas detalladay debidamente documentada, según lo establecido en la Cláusula Séptimadel presente Convenio Particular, deberá restituir de forma inmediatalos montos no rendidos al ESTADO NACIONAL, debiendo "EL INSTITUTO"efectuar un depósito por la suma no rendida en la Cuenta RecaudaciónTGN N° 2510/46 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACIONARGENTINA, sucursal Plaza de Mayo, o bien entregar un chequecertificado a la orden del BANCO NACION ARGENTINA, endosado con laleyenda "Para ser depositado en la Cuenta Recaudación TGN N° 2510/46".

NOVENA:. De verificarse la existencia de atrasosinjustificados que superen el VEINTE POR CIENTO (20%) del avance físicoacumulado que debería haberse registrado al momento de lacertificación, "LA SUBSECRETARIA" podrá suspender el financiamientohasta tanto se regularice la situación.

DECIMA: "EL INSTITUTO" evitará pagar en mora loscertificados comprometidos con sus recursos propios. De producirsedicha mora, los reclamos por este concepto deberán ser abonados por "ELINSTITUTO" con sus propios recursos.

DECIMO PRIMERA: La responsabilidad de la NACION encuanto al financiamiento, es por el monto que se establece en el ANEXOII. En consecuencia, no se hará cargo de eventuales sobre costos porvicios ocultos que no hubieran sido reparados por la contratista entiempo y forma.

DECIMO SEGUNDA: Todas las modificaciones deproyectos de las obras detalladas en el ANEXO I del presente ConvenioParticular, aunque no impliquen alteraciones en el monto del contratode obra o requerimientos adicionales de financiamiento por parte de "ELINSTITUTO", deberán ser sometidos a la consideración de "LASUBSECRETARIA" con carácter previo a su ejecución.

DECIMO TERCERA: "EL INSTITUTO" deberá coordinar lasetapas del proceso de adjudicación, de manera que al concluirse lasobras, las viviendas sean entregadas a los adjudicatarios, quienesdeberán comenzar a abonarlas en un plazo no mayor a DOS (2) meses desdela recepción de la obra y escrituradas en un plazo no mayor a SEIS (6)meses desde la adjudicación.

DECIMO CUARTA: "EL INSTITUTO" deberá destinar uncupo de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%), sobre el total de unidades deviviendas que se construyen a través del presente Convenio, paraadjudicar a los trabajadores afiliados a la Unión Obrera de laConstrucción de la República Argentina (UOCRA), que residan en lasrespectivas localidades y se hayan registrado para acceder a estebeneficio. Asimismo "EL INSTITUTO" se compromete a dar cumplimiento alo previsto en el Programa en relación el mínimo del CINCO POR CIENTO(5%) de viviendas destinadas a personas discapacitadas.

DECIMO QUINTA: "LA SUBSECRETARIA" realizará lasauditorías técnicas y financieras que considere convenientes, paraverificar el fiel cumplimiento del presente Convenio Particular. "ELINSTITUTO" se compromete a cumplir con la obligación de poner adisposición de las jurisdicciones y entidades nacionales competentes,así como de los distintos Organos de Control, la totalidad de ladocumentación respaldatoria, incluyendo los extractos de la cuentabancaria en los cuales se encuentren reflejados los movimientos de losfondos utilizados para la ejecución de las acciones previstas, cuandoéstos así lo requieran.

DECIMO SEXTA: "EL INSTITUTO" se compromete acooperar activamente con la tarea del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDADSOCIAL DE LA NACION, en cuanto a la fiscalización del cumplimiento dela legislación laboral y de la seguridad social y de verificación delas condiciones de seguridad e higiene, facilitando el ingreso a lasobras y a la documentación aportada por las Empresas en relación conestos temas.

DECIMO SEPTIMA: "EL INSTITUTO" deberá cumplir con laobligación de preservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldodocumental de la rendición de cuentas, los comprobantes originalescompletados de manera indeleble y que cumplan con las exigenciasestablecidas por las normas impositivas y previsionales vigentes y, ensu caso, en función del tipo de inversión efectuada, la presentación dela totalidad de los antecedentes que justifiquen la inversión de losfondos remesados.

DECIMO OCTAVA: El presente Convenio Particular secelebra ad referéndum del Secretario de Obras Públicas del MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. Previalectura, las partes firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a unsolo efecto, en el lugar y fecha que se indican al comienzo.

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO CIII

REGLAMENTO GENERAL PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y/U OTROS ENTES

(Resolución N° 267/2008 de fecha 11 de Abril de 2008 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS)

Artículo Primero: El presente Reglamento deberá serobservado por la totalidad de dependencias centralizadas ydescentralizadas del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS que ejecuten créditos en las condicionesestablecidas en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo Segundo: Los responsables de las UnidadesEjecutoras de Programas están obligados a hacer cumplir lasdisposiciones del presente Reglamento.

Artículo Tercero: En oportunidad de proceder afirmar o impulsar la firma de un convenio y/o acuerdo con GobiernosProvinciales, Municipales y/u otros Entes, que establezca latransferencia de fondos imputables presupuestariamente a los Incisos 5- Transferencias ó 6 - Activos Financieros o se financien con FondosFiduciarios, deberá preverse, el procedimiento que deberá observarse encada caso para que la CONTRAPARTE proceda oportunamente a efectuar larendición de cuentas, la que tendrá por objeto demostrar el uso que seha dado a los fondos recibidos de la NACION, el que deberá coincidircon los fines determinados en el convenio o acuerdo firmado. Dichaprevisión deberá indicar particularmente:

a) La individualización del organismo receptor de los fondos;

b) La individualización de la cuenta bancariareceptora de los fondos, la cual deberá cumplir con las siguientesconsideraciones:

1) Entes Provinciales, que tengan operativo elSistema de Cuenta Unica del Tesoro Provincial, deberán abrir una cuentaescritural por cada Acuerdo y/o Convenio, a los efectos de identificarlas transacciones pertinentes que surjan de la ejecución de dichoinstrumento.

2) Entes Provinciales que no tengan operativo elSistema de Cuenta Unica del Tesoro Provincial y Municipios que integranel Gran Buenos Aires1, de la Provincia de BUENOS AIRES,deberán abrir una cuenta corriente bancaria, en una de las Entidadesfinancieras que operan como agentes de pago de la Cuenta Unica delTesoro Nacional, por cada Secretaría, Subsecretaría, o Entidaddependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS.———1Entiéndase comprendidos entrelos Municipios que integran el Gran Buenos Aires, a los definidos porel INDEC, los que forman parte de los siguientes Partidos: Lomas deZamora, Quilmes, Lanús, General San Martín, Tres de Febrero,Avellaneda, Morón, San Isidro, Malvinas Argentinas, Vicente López, SanMiguel, José C. Paz, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, AlmiranteBrown, Merlo, Moreno, Florencio Varela, Tigre, Berazategui, EstebanEcheverría, San Fernando y Ezeiza.———Asimismo deberán abrir una cuenta contable especialde acuerdo a la normativa aplicable a cada caso, a efectos deidentificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución decada acuerdo y/o convenio.

Se aclara que podrá obviarse la apertura de unacuenta bancaria específica, en los casos en que se prevea, que el envíode fondos no se efectúe en forma parcializada y su cumplimiento no seade tracto sucesivo. Asimismo, para el caso precedente, la incorporaciónen la Tabla de Beneficiarios del Sistema de Información Financiera"SIDIF" de nuevas cuentas bancarias receptoras de fondos se deberáiniciar a través de la unidad ejecutora de programa que corresponda, deacuerdo a los procedimientos y normativa vigente.

3) Otros Entes ajenos al Sector Público Nacional yMunicipios no incluidos en el punto 2) citado precedentemente, deberánutilizar una cuenta corriente bancaria que tengan habilitada en una delas instituciones financieras que operan como agentes de pago de laCuenta Unica del Tesoro Nacional y que estén dadas de alta en la Tablade Beneficiaros del "SIDIF". Asimismo deberán abrir una cuenta contableespecial de acuerdo a la normativa aplicable a cada caso, a efectos deidentificar las transacciones pertinentes que surjan de la ejecución decada acuerdo y/o convenio.

c) El monto total de la transferencia que deberá rendirse;

d) El concepto de los gastos que se atenderán con cargo a dicha transferencia;

e) El plazo de obra estipulado;

f) La fijación de un plazo razonable a fin de cumplir con la obligación de rendir cuenta de los fondos transferidos;

g) La especificación de que: "en caso deincumplimiento de la obligación de rendir cuentas en tiempo y forma,los montos no rendidos deberán ser reintegrados al ESTADO NACIONAL".

h) En caso de corresponder, los datos de quienes sonresponsables directos de la administración, el mantenimiento, lacustodia y/o de los beneficiarios de las obras e inversiones que serealicen producto de la utilización de los recursos públicos, debiendoespecificarse, los derechos y obligaciones que deban ejercer en cadacaso.

i) El mecanismo de elaboración del informe final que deberá presentar la CONTRAPARTE interviniente.

j) La metodología de rendición de cuentas que deberá reunir como mínimo la siguiente documentación:

1) Nota de remisión de la documentación rubricada por la máxima autoridad competente.

2) La relación de comprobantes que respalda larendición de cuentas, indicando mínimamente: número de factura, reciboy/o certificado de obra debidamente conformados y aprobados por laautoridad competente, Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT),denominación o razón social, fecha de emisión, concepto, fecha decancelación, número de orden de pago o cheque e importe.

k) El compromiso de cumplir con la obligación depreservar por el término de DIEZ (10) años, como respaldo documental dela rendición de cuentas, los comprobantes originales completados demanera indeleble, debiendo cumplir los mismos con las exigenciasestablecidas por las normas impositivas y previsionales vigentes y, ensu caso, en función del tipo de inversión efectuada, la presentación dela totalidad de los antecedentes que respalden la aplicación de losfondos remesados.

I) El compromiso de la CONTRAPARTE de cumplir con laobligación de poner a disposición de las jurisdicciones y entidadesnacionales competentes, así como de los distintos Organos de Control,la totalidad de la documentación respaldatoria, incluyendo losextractos de la cuenta bancaria en los cuales se encuentren reflejadoslos movimientos de los fondos utilizados para la ejecución de lasacciones previstas, cuando éstos así lo requieran.

m) En caso de haberse convenido el financiamiento deadicionales, eventuales y/o ajustes a los montos presupuestados oestablecidos en el costo de la obra a financiar, corresponderá que seespecifique la metodología de cálculo y las condiciones y/o supuestosque deben cumplirse para acceder a su reconocimiento.

n) En caso de corresponder, la expresa mención delos distintos organismos técnicos o dependencias nacionales que debanintervenir en razón de sus competencias, especificando las acciones quedeban ejercer como condición previa o posterior a la transferencia delos fondos.

ñ) La especificación de una cláusula de interrupcióno suspensión automática de la transferencia de fondos en la medida quese incumpla con la obligación de rendir cuentas.

o) La individualización de la cuenta bancaria en laque se deberá efectuar el depósito para el reintegro de los fondostransferidos oportunamente, en los casos que la CONTRAPARTE decidarestituirlos a la NACION.

Artículo Cuarto: Cada Secretaría podrá dictar lasnormas reglamentarias internas que considere necesarias a fin de poneren práctica el presente Reglamento.

Artículo Quinto: Con relación a cada convenio y/oacuerdo cualquiera fuere su modalidad de ejecución, donde se incumplael proceso de rendición de cuentas dentro de los TREINTA (30) días devencidos los plazos previstos de rendición, corresponderá que:

a) Se proceda del siguiente modo:

1) La Unidad Ejecutora del Programa procederá a informar dicha situación a la Secretaría de la cual depende;

2) Las Secretarías que integran la jurisdicción deeste Ministerio, a través del área que cada una designe, deberánremitir con la periodicidad establecida en el inciso a) del Artículo 8°del presente Reglamento, la información recibida de las UnidadesEjecutoras de Programas a su cargo, a la DIRECCION DE PRESUPUESTOdependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION;

3) En base a la información suministrada por lasSecretarías, la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DECOORDINACION Y CONTROL DE GESTION deberá elaborar un informe en el quese detalle la situación de cada una de las CONTRAPARTES intervinientes,a efectos de elevarlo a consideración de las máximas autoridades de laJurisdicción.

4) La SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DEGESTION a través de la DIRECCION DE PRESUPUESTO deberá comunicar a laSINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN), previa intervención de laUNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, la existencia de tal situación y susantecedentes, a los efectos previstos en el Decreto N° 225/07. En elcaso que el incumplimiento recaiga sobre una Provincia o Municipio, lacitada Subsecretaría procederá a informar a la Subsecretaría deRelaciones con Provincias dependiente de la Secretaría de Hacienda delMINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

b) Independientemente del procedimiento explicitadoen el Inciso a) del presente artículo, cuando no se cumpla con laobligación de rendir cuentas dentro de los TREINTA (30) días devencidos los plazos previstos para realizar la misma, corresponderá que:

1) La Unidad Ejecutora de Programa convoque a laCONTRAPARTE a través de un medio fehaciente, para que en el término deDIEZ (10) días hábiles, suscriba el Convenio de Rendición de Cuentasy/o Pago;

2) En caso que la CONTRAPARTE no se avenga a lasuscripción del mismo, la Unidad Ejecutora del Programa deberáintimarla fehacientemente a rendir cuentas y/o a reintegrar los fondos,en el plazo de TREINTA (30) días hábiles, de acuerdo al Modelo deIntimación el que como ANEXO forma parte integrante del presenteReglamento General, contados a partir de notificada la CONTRAPARTE.

Por otra parte, cabe consignar que no será necesariala firma del Convenio de Rendición de Cuentas y/o Pago; si previamenteal vencimiento del plazo de la intimación cursada, la CONTRAPARTEefectúe el reembolso de la totalidad de los fondos transferidosoportunamente y no rendidos, al ESTADO NACIONAL.

El reintegro deberá realizarse en la cuentaestablecida en el Acuerdo y/o Convenio o la que el ESTADO NACIONALindique y deberá ser anterior al plazo de vencimiento de la intimacióncursada.

3) Vencido el plazo otorgado en la intimacióncursada, sin que la CONTRAPARTE haya firmado el Convenio de Rendiciónde Cuentas y/o Pago, o bien habiéndolo firmado no haya cumplido con larendición de cuentas requerida o el reintegro de los fondos; en elplazo indicado en el Convenio de Rendición de Cuentas y/o Pago, seconsiderará verificado el incumplimiento.

Artículo Sexto: En caso de verificarse elincumplimiento, la máxima autoridad del Ministerio y/o de la Secretaríade la cual depende la Unidad Ejecutora actuante, cuando lo estimeprocedente, deberá:

a) interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos en la medida en que se constate:

1) incumplimiento en tiempo y forma de las rendiciones de cuenta acordadas en convenios suscriptos;

2) objeciones formuladas por la SINDICATURA GENERALDE LA NACION o impedimentos para el control de la asignación de losrecursos transferidos;

3) la utilización de los fondos transferidos en destinos distintos al comprometido, cualquiera fuera la causa que lo origine;

b) interrumpir la suscripción de nuevos convenios;

c) adoptar las acciones que jurídicamentecorrespondan, solicitando - en los términos del Decreto N° 411/80 (t.o.por Decreto N° 1265 de fecha 6 de agosto de 1987) a la SUBSECRETARIALEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA ySERVICIOS que proceda a iniciar las acciones judiciales a través delServicio Jurídico Permanente de este Ministerio.

Artículo Séptimo: Las Unidades Ejecutoras dePrograma que a la fecha mantengan vigentes convenios y/o acuerdossuscriptos que reúnan las características establecidas en el Artículo1° de la Resolución N° 268/07 y en los mismos no se encuentrecontemplada la obligación de efectuar la correspondiente rendición decuentas por parte de la CONTRAPARTE, en función de las disposicionesdel Reglamento aprobado por la mencionada Resolución, deberán procedera impulsar la suscripción por parte de la autoridad competente, de unConvenio Complementario en los términos del modelo aprobado por elArtículo 6° de la misma.

Artículo Octavo: Informes periódicos:

a) Las Secretarías deberán presentar a la DIRECCIONDE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTIONen forma trimestral, entre el 1° y el 10° día corrido posterior a lafinalización de cada trimestre, un informe detallando losincumplimientos verificados, de acuerdo con el Artículo 5° del presenteReglamento.

Dicho informe deberá contener como mínimo:

1) Datos generales del incumplimiento, el que deberáindicar: la Unidad Ejecutora de Programa a cargo del convenio, elorganismo receptor de los fondos y los funcionarios responsables de laadministración, objeto del convenio, la Resolución aprobatoria delConvenio y grado de avance en el cumplimiento de las metas fijadas enel mismo.

2) Montos Involucrados: monto total del acuerdo, monto total transferido, monto rendido, monto pendiente de rendición.

3) Estado del Incumplimiento: fecha en la que severificó el incumplimiento del Convenio y/o Acuerdo, fecha y plazo dela convocatoria para firmar el Convenio de Rendición de Cuentas y/oPago, fecha y plazo de la Intimación, fecha de inicio y estado de lasacciones judiciales que se hubieren entablado.

b) Las Secretarías deberán presentar a la DIRECCIONDE PRESUPUESTO en forma mensual, entre el 1° y el 5° día corridoposterior a la finalización de cada mes, un informe indicando el estadoactual del incumplimiento, en el cual además de la informacióndescripta en el Inciso a) se deberá consignar si la rendición ha sidoregularizada, ya sea mediante el reembolso de los fondos, lapresentación de la rendición o la compensación del acuerdo; o bien sise ha firmado el convenio de rendición de cuentas y/o pago o se hayaproducido cualquier otro cambio en el estado del incumplimiento.

c) En base a la información suministrada por lasSecretarías, la DIRECCION DE PRESUPUESTO deberá elaborar un informe enel que se detalle la situación de las CONTRAPARTES que no hayancumplido con la obligación de rendir cuentas, a efectos de elevarlo aconsideración de las máximas autoridades de la Jurisdicción y a laSINDICATURA GENERAL DE LA NACION, previa intervención de la UNIDAD DEAUDITORIA INTERNA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSIONPUBLICA y SERVICIOS.

Artículo Noveno: El presente Reglamento deberáincorporarse como Anexo de los convenios bilaterales que se suscribancon las Provincias, Municipios, y/u otros Entes.

Artículo Décimo: La SUBSECRETARIA DE COORDINACION YCONTROL DE GESTION y la SUBSECRETARIA LEGAL ambas dependientes delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,cada una en su materia, serán las encargadas de efectuar lainterpretación y/o aclaraciones que correspondan, respecto del presenteReglamento.

ANEXO

MODELO DE INTIMACIONBuenos Aires,

SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROS:

No habiéndose recibido hasta la fecha la rendiciónde cuentas correspondiente en los términos de la Resolución delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N°268 de fecha 11 de mayo de 2007 y sus modificatorias, intimo a Ustedpara que en el plazo perentorio e improrrogable de TREINTA (30) díashábiles, proceda a efectuar la misma o a reintegrar al ESTADO NACIONALla suma total de PESOS......... ($.........) en concepto de fondostransferidos en virtud del Convenio...............(Marco/Específico/otros) suscrito en fecha .....,efectuando un depósito en la Cuenta Recaudación TGN N° 2510/46 de laTESORERIA GENERAL DE LA NACION en el BANCO NACION ARGENTINA - SucursalPlaza de Mayo o bien entregando un cheque certificado a la orden delBANCO NACION ARGENTINA, endosado con la leyenda "para ser depositado enla Cuenta N° 2510/ 46 Recaudación TGN".

Transcurrido el plazo antes mencionado sin que severifique el reintegro de los fondos transferidos y/o la regularizaciónde tal situación, se procederá a iniciar las acciones judicialespertinentes para hacer efectivo el cobro de dichas sumas. Asimismo, encaso que sea de aplicación el Decreto N° 225 de fecha 13 de marzo de2007, se comunicará a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, órganoactuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la existencia detal situación, quien será la encargada de comunicarlo a los Organos deControl de la Jurisdicción Provincial o Municipal según corresponda.

Saludo a usted atentamente.

AL SEÑOR GOBERNADOR / INTENDENTE / OTROSD. (nombre del funcionario)

S

/

D

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO C-IV a

INSTRUCTIVO DE RENDICION DE CUENTAS PARA LOS PROGRAMAS FEDERALES

1 Normativa y alcances

Atento lo establecido en la Resolución N° 267 delMinisterio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios del11 de abril del 2008 sobre Rendiciones de Cuentas, los OrganismosJurisdiccionales de Vivienda (en adelante los Institutos), Municipios oEntes que financien obras a través de los Programas Federales deConstrucción y de Mejoramiento de Viviendas, incluidos los Subprogramasrespectivos cuando corresponda, deberán cumplimentar el presenteInstructivo sobre Rendición de Cuentas.

2. Procedimiento para efectuar las rendiciones de cuentas

2.1 Primera rendición

Finalizado el primer mes de obra, el Instituto,Municipio o Ente presentará la rendición de cuentas sobre la sumaremitida en concepto de anticipo para abonar el primer certificado. Larendición deberá incluir:

a) Nota de la máxima autoridad del Instituto,Municipio o Ente donde eleva la rendición con la documentación queseguidamente se detalla, todo ello en carácter de DECLARACION JURADA

a.1) Copia del Acta de inicio de obra

a.2) Carátula del Certificado según el modelo que se adjunta y copia autenticada del Certificado.

a.3) Planillas A1 y A2 en original y copia en soporte magnético, según los modelos que se adjuntan.

La Planilla A1 refleja la certificación del mes y laA2 los pagos realizados según A1. Para dar tiempo a efectuar los pagos,la Planilla A2 será presentada al concluir el segundo mes de obra.

2.1.1 Si la rendición no se presentara en término nose hará lugar al pago anticipado del segundo mes de obra. De la mismamanera, si la misma contiene errores o la documentación es incompleta,la Subsecretaría comunicará el hecho al Instituto, Municipio o Entepara que proceda a cumplimentar lo requerido, caso contrario, no sehará lugar al pago anticipado del segundo mes de obra.

2.1.2 En ambos casos, a los treinta (30) días devencidos los plazos previstos de rendición, la Subsecretaría informaráa la Secretaría de Obras Públicas para que esta proceda según loprevisto en los Artículos Quinto y Sexto del "Reglamento General parala Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos aProvincias, Municipios y/u otros Entes" que como Anexo forma parte dela Resolución N° 268/2007 que se adjunta.

2.2 Rendiciones subsiguientes

Para las rendiciones de cuenta posteriores elInstituto, Municipio o Ente deberá remitir la misma documentación,salvo la del apartado a.1). Por lo dicho en a.3 al concluir el segundomes de obra debe presentarse la Planilla A1 de ese mes (2do. mes) juntocon la A2 del mes anterior (1er. mes) y así sucesivamente. Para estasrendiciones valen las mismas condiciones establecidas en 2.1.1 y 2.1.2

2.3 Ultima rendición

Con la rendición del último desembolso previsto seprocederá al cierre financiero de la obra. En este caso, además de ladocumentación propia de toda rendición, el Instituto, Municipio o Entedeberá acompañar copia del Acta de Recepción Provisoria de la obra.

Si así no lo hiciera, transcurridos treinta (30) días del último desembolso, se procederá según lo previsto en 2.1.2

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO D

BUENOS AIRES,

VISTO el Expediente N° S01: ............ /.........del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha ............, se celebró el ConvenioParticular entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDAdependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTOPROVINCIAL DE VIVIENDA de la Provincia de ......................, sobrela base del Programa Federal de Construcción de Viviendas "TechoDigno", a efectos de la inclusión de las obras de construcción de lasviviendas que se detallan en el Convenio mencionado, el cual en copiaautenticada forma parte integrante de la presente resolución como ANEXO.

Que según lo establecido en el Reglamento Particulardel PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"aprobado mediante Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 delRegistro de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, se ha readecuado el montofinanciable en base a la variación experimentada por los insumos de laconstrucción según los datos informados por el INSTITUTO NACIONAL DEESTADISTICA Y CENSOS dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICAdel MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, conforme la metodologíacontenida en aquél.

Que a fin de lograr mayores niveles de eficiencia enla gestión y dar cumplimiento a las demandas de los Organismos deControl, el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS ha dictado la Resolución N° 268 de fecha 11 de mayo de 2007,para la gestión y control de los fondos que se transfieran en virtud deconvenios bilaterales, con relación a Programas que cuenten con créditopresupuestario en los incisos 5 y 6, correspondientes a Transferenciasy Activos Financieros respectivamente.

Que con fecha 11 de abril de 2008 se dictó laResolución N° 267 de este Ministerio, que sustituye el ReglamentoGeneral para la Rendición de Cuentas de Fondo Presupuestariostransferidos a Provincias, Municipios y/u otros entes, de su similar N°268 del 11 de mayo de 2007.

Que a los fines de dar cumplimiento en debida formaa los compromisos asumidos resulta necesario dotar de mayor agilidad ala tramitación de los pagos.

Que de acuerdo a lo informado en el Expedientecitado en el Visto, corresponde proceder a autorizar la transferenciatotal del monto comprometido en el mencionado Convenio Particular yfacultar a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a impulsarla liquidación y el pago de los desembolsos parciales que se generendurante la ejecución de las obras, conforme lo establecido en dichoConvenio y según la disponibilidad presupuestaria.

Que la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIADE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que lecompete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSdependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de lasfacultades conferidas, conforme el Artículo 19 Inciso a) de la Ley N°19.549, el Artículo 35 Inciso d) del Anexo del Decreto N° 1.344 defecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley de AdministraciónFinanciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°24.156 y el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Ratifícase el Convenio Particular,celebrado el ............, entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANOY VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y elINSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA de la Provincia de ..............sobre la base Programa Federal de Construcción de Viviendas "TechoDigno", cuyo Reglamento Particular fuera aprobado mediante ResoluciónN°......

ARTICULO 2° — Apruébase la transferencia total delmonto comprometido en el referido Convenio Particular al INSTITUTOPROVINCIAL DE VIVIENDA de la Provincia de ............, en el cual seincluye la readecuación de los montos financiables, por la suma totalde PESOS ............... ($............) para financiar las obras queen adelante se denominarán ............; dicha transferencia seefectuará conforme surge del Convenio Particular referido en elArtículo 1° de la presente Resolución. La rendición de cuentas de losmontos que se transfieran deberá ajustarse a lo establecido en laResolución N° 267 de fecha 11 de abril de 2008 del citado Ministerio.

ARTICULO 3° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a impulsar la liquidación y el pago de losdesembolsos conforme lo establecido en el mencionado convenio y segúnla disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a ............

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese y archívese.

RESOLUCION N°

ANEXO E: MANUAL DE EJECUCION

SOLICITUD DE APROBACION DE 1º REDETERMINACION DE PRECIOS Y REPROGRAMACION FINANCIERA

PROVINCIA/MUNICIPIO:PROGRAMA/SUBPROGRAMA:OBRA: ACU Nº:

Nº de proyecto SSDU y V:

Nº de proyecto s/

ACU: N°

1.- Monto de la obra a valores de contrato:2.- Mes y año de apertura de la licitación:3.- Fecha de pago del anticipo financiero:Mes y año calendario asignado al inicio del Plan de Trabajos del Convenio Particular:

EL MONTO DE LA REPROGRAMACION FINANCIERA ES DE PESOS...............

(*) Datos extraídos del Plan de Trabajo del Convenio Particular de la obra.(**) Según programación del Convenio Particular de la obra.

SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE LA INFORMACIONCONSIGNADA EN LA PRESENTE SOLICITUD REVISTE EL CARACTER DE DECLARACIONJURADA DEL ABAJO FIRMANTE.

Firma y sellode la Autoridad Responsable

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO F

BUENOS AIRES,

VISTO el Expediente N° .................. del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha .................. se suscribió elConvenio Particular, entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTODE LA VIVIENDA de la Provincia de .................., en los términosdel "PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO",comprometiéndose el ESTADO NACIONAL a financiar la construcción de lasviviendas por un monto total de PESOS.................................... ($..................) en funciónde las disponibilidades financieras.

Que por la Resolución N° ..................de fechade la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, se ratificó el Convenio Particularmencionado, aprobándose la transferencia del monto convenido yfacultándose al Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda aimpulsar la liquidación y pago de los anticipos financieros, conformeel cronograma de desembolsos contenido en el mencionado ConvenioParticular.

Que mediante la Resolución N° ..................defecha ..................de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, se ratificóel Convenio Complementario celebrado el .................. entre laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA y el INSTITUTO DE LAVIVIENDA de la Provincia de ....................................

Que en el referido Convenio Particular, laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA se comprometió areconocer eventuales mayores montos de obra en concepto deRedeterminaciones de Precios hasta la suma que resulte de la aplicaciónde la metodología del Decreto N° 1295 de fecha 19 de julio de 2002.

Que el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de.................. elevó a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA la solicitud de aprobación de la ........ Redeterminación dePrecios y Reprogramación Financiera.

Que mediante el Expediente N° .................. delRegistro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS, obrante en copia autenticada en el Expediente citado en elVisto, la Comisión de Coordinación y Seguimiento de Procesos deRedeterminación de Precios, actuante en el ámbito del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha emitido,mediante Memorando N° .... de fecha .................. y Nota CCSPRP N°... de fecha .................., opinión favorable respecto de la.................. Redeterminación Definitiva de Precios, nopresentando objeción al Monto Total de Obra Redeterminado, de PESOS.................. ($..................), por lo que correspondeaprobar el Monto Mayor de Obra Redeterminado de PESOS.................. ($..................), según se detalla en el ANEXOque forma parte integrante de la presente resolución.

Que a fin de lograr mayores niveles de eficiencia enla gestión y dar cumplimiento a las demandas de los Organismos deControl, el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS ha dictado la Resolución N° 268 de fecha 11 de mayo de 2007,para la gestión y control de los fondos que se transfieran en virtud deconvenios bilaterales con relación a Programas que cuenten con créditopresupuestario en los incisos 5 y 6, correspondientes a Transferenciasy Activos financieros respectivamente.

Que con fecha 11 de abril de 2008 se dictó laResolución N° 267 de este Ministerio, que sustituye el ReglamentoGeneral para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestariostransferidos a Provincias, Municipios y/u otros entes.

Que a los fines de dar cumplimiento en debida formaa los compromisos asumidos resulta necesario dotar de mayor agilidad ala tramitación de los pagos.

Que de acuerdo a lo informado en el Expedientecitado en el Visto, corresponde proceder a autorizar la transferenciatotal del Monto Mayor de Obra por reconocimiento de Redeterminación dePrecios y facultar a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA aimpulsar la liquidación y el pago de los desembolsos parciales que segeneren durante la ejecución de las obras conforme lo establecido endicho Convenio y según la disponibilidad presupuestaria.

Que la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIADE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que lecompete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSdependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de lasfacultades conferidas, conforme el Artículo 35 Inciso d) del Anexo delDecreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Leyde Administración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional N° 24.156 y el Decreto N° 1142 de fecha 26 denoviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el financiamiento del MontoMayor de Obra en concepto de reconocimiento de Redeterminación dePrecios, de PESOS .................. ($..................), según seconsigna en el ANEXO que forma parte integrante de la presenteresolución.

ARTICULO 2° — Apruébase la transferencia total delMonto Mayor de Obra en concepto de reconocimiento de Redeterminación dePrecios consignado en el artículo 1° de la presente resolución alINSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de .................., la cualse efectuará conforme surge del Convenio Particular celebrado el..................entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTODE LA VIVIENDA de la Provincia de .................. La rendición decuentas de los montos que se transfieran deberá ajustarse a loestablecido en la Resolución N° 267 de fecha 11 de abril de 2008 delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a impulsar la liquidación y pago de losdesembolsos pendientes conforme lo establecido en el ConvenioParticular referido en el artículo 2° de la presente resolución y segúnla disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a ..................

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

RESOLUCION N°

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO G

PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

Línea de Acción: "Mejoramiento del Hábitat Urbano, obras de Infraestructura y Complementarias".

SOLICITUD DE NO OBJECION TECNICA

PROVINCIA:MUNICIPIO:LOCALIDAD:UBICACION EXACTA:DENOMINACION DE LA OBRA:PLAZO DE OBRA PREVISTO:N° DE PROYECTO:

La documentación necesaria para dar trámite a las"No Objeciones Técnicas" de los proyectos enmarcados dentro de estalínea de acción, deben seguir los siguientes lineamientos:

1. Carta de presentación y solicitación definanciación de los proyectos de obras de infraestructura; dirigida alSr. Subsecretario

2. Memoria descriptiva correspondiente al plan deviviendas para el que se solicita infraestructura complementaria. Debeindicarse en la memoria:

2.1. Descripción general del contexto en el cual se inserta la obra.

2.2. Plan y/o subplan que da marco al proyecto.

2.3. Presupuesto total de la obra de vivienda.

2.4. Porcentaje de avance de la obra de vivienda al día de presentación de los proyectos de infraestructura.

2.5. Cantidad de viviendas que son afectadas por la obra de infraestructura o complementaria solicitada.

2.6. Presupuesto total de las obras de infraestructura a realizar y presupuesto particular de cada subproyecto.

PROGRAMAS FEDERALES DE VIVIENDA

2.7. Modalidad de la obra. (Licitación pública oampliación de contrato). En el caso de ampliación de contrato debeindicarse el nombre de la empresa a cargo.

3. Memoria técnica de los proyectos solicitados:

3.1. Planos generales de obra.

3.2. Especificaciones técnicas.

3.3. Planos de detalle de cada rubro que forma el proyecto de infraestructura.

3.4. Cómputo y presupuesto detallado, con unidades,precios unitarios, desagregando cada rubro de obra en los ítems que locomponen.

3.5. Cascada del cómputo y presupuesto y CostoFinal. El factor de pase entre el costo-costo y costo-final se obtienede una cascada de cálculo formado por los siguientes ítems.

Gastos generales ≤ 15%Beneficio 10 %I.V.A = 21 %I.B = 3,50 %

4. Aprobación y factibilidad técnica de los proyectos por parte de las empresas prestatarias de los servicios.

OBSERVACIONES:

1. En el caso que se utilice la modalidad de"Administración Municipal" no corresponde aplicar el coeficiente depase dentro del cálculo de los costos.

2. El cómputo y presupuesto debe constar con la declaración del mes base de referencia de los costos declarados.

3. Toda la documentación debe estar firmada por las máximas autoridades del IPV o Municipio requirente.

4. Toda la documentación debe presentarse por mesa de entradas, oficina 507 de esta SSDUV.

e. 16/11/2010 Nº 137755/10 v. 16/11/2010

Texto Actualizado

Actualizado 02 de Marzo de 2017

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Disposición N° 53/2010

Bs. As., 3/11/2010

VISTO el Expediente N° 0162570/2009 del Registro delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, laResolución N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDAdependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad deorganismo nacional competente en materia habitacional ha consideradooportuno y necesario impulsar la creación del "PROGRAMA FEDERAL DECONSTRUCCION DE VIVIENDAS TECHO DIGNO", como programa permanente deejecución de obras con la finalidad de contribuir al desarrollo ymejoramiento de las condiciones del hábitat de los hogares de menoresrecursos, generando empleo formal y movilizando mercados locales demateriales en comercialización y producción.

Que por Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de2009 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS ha sido creado el "PROGRAMAFEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS TECHO DIGNO" y aprobado elREGLAMENTO PARTICULAR del mismo, en el cual se establecen los entespartícipes del Programa, las acciones y responsabilidades asignadas alos mismos, los requisitos a cumplimentar por los Estados Provincialesy/o Municipales para adherir al Programa y los procedimientos deaprobación, financiamiento, ejecución y rendición de cuentas de lasobras convenidas.

Que no obstante se hace necesario instrumentar unMANUAL DE EJECUCION para dicho Programa, que contenga el detalle de losprocedimientos y etapas que deben cumplimentarse para acceder alfinanciamiento de las obras y su ejecución, así como los modelos de losdocumentos y planillas a ser utilizados.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de laSUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de lasfacultades conferidas por el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembrede 2003 y la Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de laSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDADISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébase el MANUAL DE EJECUCION del"PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS TECHO DIGNO", creado porRESOLUCION N° 428 de fecha 22 de abril de 2009 de la SECRETARIA DEOBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIONPUBLICA Y SERVICIOS, que como ANEXO forma parte integrante de lapresente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a laDIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. FABIANLOPEZ, Subsecretario de Recursos Hídricos p/a. — Arq. LUIS A. R.BONTEMPO, Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Secretaría deObras Públicas.

ANEXO

MANUAL DE EJECUCION"PROGRAMA FEDERAL de CONSTRUCCION DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO"SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO y VIVIENDA

INDICEINTRODUCCIONA. LINEA DE ACCION "CONSTRUCCION DE VIVIENDASA.1 PRESENTACION, APROBACION Y EJECUCION DEL PROYECTOA.1.1 Primera Etapa: DE GESTION DEL PROYECTOA.1.1.1 NO OBJECION TECNICAA.1.1.1.1 Obras por licitación PúblicaA.1.1.1.2 Obras por AdministraciónA.1.1.2 NO OBJECION FINANCIERAA.1.1.2.1 Obras por licitación PúblicaA.1.1.2.2 Obras por AdministraciónA.1.1.3 ACUERDO DE FINANCIAMIENTOA.1.1.4 RATIFICACION DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTOA.1.2 Segunda etapa: "DE EJECUCION DEL PROYECTO"A.1.2.1 CERTIFICACION Y PAGOA.1.2.1.1 Obras por licitación PúblicaA.1.2.1.2 Obras por AdministraciónA.1.2.2 RENDICION DE CUENTASA.1.2.3 REDETERMINACION DEL PRECIO DE LAS OBRASA.1.2.3.1 Solicitud de reconocimientoA.1.2.3.2 Aprobación del nuevo monto de financiamiento y pagoA.1.2.4 MODIFICACIONES DE PROYECTOA.1.2.5 AMPLIACIONES DE CONTRATOA.1.2.6 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOA.1.2.7 INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTOA.1.2.8 CIERRE FINANCIERO DE LAS OBRASB. LINEA DE ACCION "MEJORAMIENTO DEL HABITAT URBANO, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA Y COMPLEMENTARIAS"C. DE LAS OBRAS CONVENIDAS EN EL MARCO DEL "PROGRAMAFEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS" O EL "PROGRAMA FEDERAL PLURIANUALDE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS"ANEXO A: Instructivo para solicitar la "No objeción Técnica"ANEXO B: Instructivo para solicitar la "No objeción Financiera"ANEXO C: Modelo de Convenio ParticularANEXO C-I: Modelo de Plan de trabajos de cada obra que se financia por el convenioANEXO C-II: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidasANEXO C-III: Reglamento General de Rendición de CuentasANEXO C-IVa: Instructivo para la Rendición de CuentasANEXO C-IVb: Modelo de Carátula de Certificado de obraANEXO C-IVc: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de CuentasANEXO D: Resolución ratificatoria Convenio ParticularANEXO E: Solicitud reconocimiento Redeterminación de PreciosANEXO F: Resolución mayor monto financiamiento por Redeterminación de PreciosANEXO G: Instructivo para solicitar la "No objeciónTécnica" Mejoramiento del Hábitat Urbano, Infraestructura y ObrasComplementarias

MANUAL DE EJECUCION DEL "PROGRAMA FEDERAL CONSTRUCCION DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO"

INTRODUCCION

El presente Manual de Ejecución tiene por objetivodescribir con mayor detalle todos los aspectos contenidos en REGLAMENTOPARTICULAR DEL PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHODIGNO" aprobado mediante la Resolución N° 428 de fecha 22 de abril de2009 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

El mismo desarrolla los procedimientos a seguir, asícomo los modelos de los documentos y planillas a ser utilizados en lasdistintas etapas del procedimiento, que se incluyen al presente comoAnexo. Teniendo en consideración la similitud existente en losprocedimientos a ser llevados adelante para la implementación delPrograma, sea cual fuere el ENTE EJECUTOR, como el sistema elegido poraquellos para la ejecución de las obras, se ha optado por desarrollarel texto del Manual para la línea de acción correspondiente a"Construcción de Viviendas Nuevas", lo cual resultará aplicable a lalínea de acción "Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras deInfraestructura y Complementarias"; incluyéndose en un apartadodiferenciado las consideraciones particulares para esta última línea deacción.

De idéntica forma, todos los anexos incorporados sonpara el caso de obras contratadas por licitación pública y que tienencomo comitentes a los Institutos Provinciales de Vivienda.

No obstante, cuando exista alguna singularidad que lo justifique, se desarrollará el tema por separado en el Manual.

A) LINEA DE ACCION "CONSTRUCCION DE VIVIENDAS NUEVAS"A.1.- PRESENTACION, APROBACION Y EJECUCION DEL PROYECTOEl procedimiento comprende dos etapas:a) La primera etapa, se denomina "DE GESTION DEL PROYECTO".b) La segunda etapa, "DE EJECUCION DEL PROYECTO".A.1.1 Primera Etapa: "DE GESTION DEL PROYECTO"

Como paso previo a cualquier gestión, los "ENTESEJECUTORES" deberán expresar su voluntad de participar del Programapresentado una nota a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA,expresando la voluntad de adherirse al mismo.

A.1.1.1 NO OBJECION TECNICA

Obras por licitación Pública

Los "ENTES EJECUTORES" presentarán los proyectosante la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA solicitando elotorgamiento de la "No objeción técnica". Para ello remitirán unaMemoria Descriptiva según el instructivo y el formulario del ANEXO A,que sigue los "Criterios de Elegibilidad de los Proyectos" expresadosen el Apartado correspondiente del Reglamento Particular del Programa.Cabe consignar que el texto del formulario podrá ser modificado paraperfeccionarlo, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

A todos los efectos, el contenido de la informaciónsobre el proyecto que los "ENTES EJECUTORES" consignen en la Memoria,tiene el carácter de Declaración Jurada de la máxima autoridad, que esquien avala con su firma la presentación.

La presentación es analizada por el Area deEvaluación de Proyectos de la "UNIDAD DE GESTION". De existirobservaciones, las mismas deberán ser salvadas por el "ENTE EJECUTOR",caso contrario no se otorgará la "No objeción técnica".

Cumplida satisfactoriamente esta etapa, laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA otorgará la "No objecióntécnica" al proyecto, la cual será comunicada mediante nota por la"UNIDAD DE GESTION" al "ENTE EJECUTOR", quedando este último habilitadopara iniciar el proceso de licitación de las obras según la legislaciónlocal.

A.1.1.1.2 Obras por Administración

En el caso de que las obras sean realizadas por el"ENTE EJECUTOR" por administración deberá realizarse idéntico trámitepara obtener la "No objeción técnica".

A.1.1.2 NO OBJECION FINANCIERA

A.1.1.2.1 Obras por licitación Pública

Una vez realizada la apertura de la licitaciónpública, el "ENTE EJECUTOR" remitirá a "LA SUBSECRETARIA" la solicitudde "No objeción financiera" acompañada de una Memoria Descriptiva segúnel Instructivo y el formulario del ANEXO B adjunto, que sigue loestablecido en el Apartado correspondiente del Reglamento Particulardel Programa. Cabe consignar que el texto del formulario podrá sermodificado para perfeccionarlo, cuando las circunstancias así loaconsejen.

A todos los efectos, el contenido de la informaciónsobre el proyecto que los "ENTES EJECUTORES" consignen en la Memoria,tiene el carácter de Declaración Jurada de la máxima autoridad, que esquien avala con su firma la presentación.

De existir observaciones, deberán de ser salvadas por el "ENTE EJECUTOR", caso contrario no se dará prosecución al trámite.

Cumplida satisfactoriamente esta etapa, la obra seráconsiderada financiable por "LA SUBSECRETARIA". Se otorgará lacorrespondiente "no objeción financiera", la cual será comunicadamediante nota de la "UNIDAD DE GESTION" al "ENTE EJECUTOR".

A.1.1.2.2 Obras por Administración

Dado que en este caso no media licitación pública,el trámite pasa directamente a la etapa siguiente que consiste en laelaboración y firma del Acuerdo y a la apertura del expediente de obra.

A.1.1.3 ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

(Apartado derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

A.1.1.4 RATIFICACION DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

(Apartado derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

A.1.2 Segunda etapa: "DE EJECUCION DEL PROYECTO".A.1.2.1 CERTIFICACION Y PAGOA.1.2.1.1 Obras por licitación Pública

Simultáneamente con la Resolución ratificatoria delAcuerdo de Financiamiento, el Area de Pagos de la "UNIDAD DE GESTION"de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA redactará laprovidencia por la que el Sr. Subsecretario solicita el pago a laempresa contratista del Anticipo financiero y al "ENTE EJECUTOR" eldesembolso anticipado correspondiente al primer mes de obra, conformeel cronograma de desembolsos. Dichos fondos serán depositados, antesdel inicio de la obra, en las cuentas bancarias dadas de alta, a esosefectos, en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por lasempresas contratistas, en el caso del Anticipo Financiero, y del "ENTEEJECUTOR" en el caso del desembolso anticipado para el primer mes deobra.

A solicitud del "ENTE EJECUTOR" basado en exigenciascontables propias, el anticipo financiero podrá ser remitido a lacuenta del "ENTE EJECUTOR", quien procederá a depositarlo en la cuentade la empresa contratista de manera inmediata.

Finalizado el primer mes de obra, el "ENTE EJECUTOR"presentará la Rendición de Cuentas sobre la suma girada de maneraanticipada según el procedimiento que se explicita en 1.2.2.

El monto del pago que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLOURBANO Y VIVIENDA tramitará para el segundo desembolso a favor del"ENTE EJECUTOR", dependerá de la suma rendida sobre el primerdesembolso, según las alternativas especificadas en el Apartado 2.10del Reglamento Particular del Programa. Idéntico procedimiento seseguirá para los desembolsos subsiguientes hasta la terminación de lasobras.

A.1.2.1.2 Obras por administración

El procedimiento de certificación y pago es similar,sólo que al no haber empresa contratista, el anticipo financiero esgirado a la cuenta del "ENTE EJECUTOR".

A.1.2.2 RENDICION DE CUENTAS

(Apartado derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

A.1.2.3 REDETERMINACION DEL PRECIO DE LAS OBRAS

El régimen de reconocimiento de mayores montos deobra por este causal, es similar para el caso de obras contratadasmediante licitación pública que para aquellas que se ejecutan poradministración.

A.1.2.3.1 Solicitud de reconocimiento

Para acceder a mayores montos de financiamiento porparte de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA invocando elcausal de redeterminación del precio de las obras, los "ENTESEJECUTORES" deberán presentar una nota efectuando el requerimiento,acompañada de la siguiente documentación:

a) Planilla de "Solicitud de Aprobación deredeterminación de precios y reprogramación financiera" según modelodel ANEXO E. Dicho modelo está desarrollado para el caso de PrimeraRe-determinación. Cuando se trate de segunda, tercera o deredeterminaciones simultáneas el se adaptara el texto de la planilla adichas circunstancias.

b) Nuevo Cronograma de desembolsos.

Con estos elementos, el Area de Redeterminación dePrecios de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA procederá aevaluar la presentación y con la firma del Sr. Subsecretario, remitirála documentación a la Comisión de Coordinación y Seguimiento de losProcesos de Redeterminación de Precios del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para su aprobación.

A.1.2.3.2 Aprobación del nuevo monto de financiamiento y pago

Aprobado el cálculo, se eleva al Sr. SECRETARIO DEOBRAS PUBLICAS un proyecto de Resolución cuyo texto tipo se agrega comoANEXO F a los efectos de que apruebe el nuevo monto de financiamientopara la obra con su respectivo plan de trabajos y Cronograma dedesembolsos. Cabe consignar que el texto del ANEXO F podrá sermodificado en el futuro toda vez que cuestiones de procedimiento ocambios de normativa así lo exijan, siempre que no se altere sufinalidad y alcances.

Aprobado el nuevo monto de obra, los pagos continúanrealizándose según el nuevo Cronograma utilizando el procedimientodescripto en 1.2.1 del presente Manual.

A.1.2.4 MODIFICACIONES DE PROYECTO

Los proyectos aprobados podrán ser modificados ensus aspectos técnicos, siempre que medien circunstancias imprevistas yestén debidamente justificadas. Dichas modificaciones deberáncomunicarse a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA con ladebida anticipación adjuntando la documentación respaldatoria que avalela misma, quedando a consideración de la "UNIDAD DE GESTION", suaprobación.

A.1.2.5 AMPLIACIONES DE CONTRATO

En los casos excepcionales en que resulte necesarioejecutar ítems de obra no previstos en el presupuesto original, ante lasolicitud debidamente fundada del "ENTE EJECUTOR", la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA podrá autorizar ampliaciones de contrato.En estos casos, el "ENTE EJECUTOR" deberá detallar exhaustivamente losmotivos de la ampliación, y acompañar el análisis de precios de losítems nuevos con el presupuesto de los trabajos, indicando expresamentela fecha a que están referidos los valores.

El monto de la ampliación de contrato no podrásuperar el porcentaje establecido por la Ley de Obra Pública de cadaJurisdicción Provincial.

Los antecedentes serán evaluados por la "UNIDAD DEGESTION" y de merecer su aprobación se dará curso a un proyecto deResolución modificando el monto del financiamiento.

A.1.2.6 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Cuando las obras hayan sido contratadas mediantelicitación pública, el "ENTE EJECUTOR" ante el incumplimiento por partede la Empresa contratista, del contrato firmado, podrá rescindir dichocontrato o promover la cesión del mismo a otra empresa. En ambos casosdeberán comunicarse estos hechos a la "UNIDAD DE GESTION" para suconocimiento y aprobación, acompañando la documentación que demuestrefehacientemente que se ha dado cumplimiento a los procedimientos queestablece la legislación local para en estos casos.

A.1.2.7 INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE FINANCIAMIENTO

(Apartado derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

A.1.2.8 CIERRE FINANCIERO DE LAS OBRAS

Con el último certificado de avance de obra, una vezefectuada la correspondiente rendición de cuentas, se procederá alcierre financiero de la obra. A tal efecto se adjuntará copiaautenticada del Acta de Recepción Provisoria de la obra, celebrada enlos términos y con los alcances previstos en la Ley de Obra Pública dela jurisdicción respectiva; acreditando la terminación de la obra, entiempo y forma, y que la misma se encuentra en condiciones de serentregada en forma inmediata a los adjudicatarios.

B) LINEA DE ACCION "MEJORAMIENTO DEL HABITAT URBANO, OBRAS DE INFRAES TRUCTURA Y COMPLEMENTARIAS"

En lo que refiere a la obtención de financiamiento,por parte de los "ENTES EJECUTORES", de obras que encuadren en estalínea de acción, le será aplicable en general lo normadoprecedentemente para la Línea de Acción "Construcción de ViviendasNuevas".

No obstante, respecto de la Memoria Descriptiva delProyecto a ser presentada por los "ENTES EJECUTORES" para la obtenciónde la "No objeción técnica", atendiendo a sus particularesespecificidades, deberá adjuntarse el formulario que se glosa comoANEXO G. El mismo sufrirá las necesarias adaptaciones en función deltipo de obra de que se trata.

A todos los efectos, el contenido de la informaciónsobre el proyecto que los "ENTES EJECUTORES" consignen en la Memoria,tiene el carácter de Declaración Jurada de la máxima autoridad, que esquien avala con su firma la presentación.

C) DE LAS OBRAS CONVENIDAS EN EL MARCO DEL "PROGRAMAFEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS" O EL "PROGRAMA FEDERAL PLURIANUALDE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS"

La parte faltante de ejecución de las obrasiniciadas que hubiesen sido convenidas entre los "ENTES EJECUTORES" yla SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, en el marco del"PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDA" y del "PROGRAMA FEDERALPLURIANUAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS", podrán ser finalizadas bajolos términos del presente "PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DEVIVIENDAS - TECHO DIGNO".

A tales efectos, los "ENTES EJECUTORES" firmantes delos respectivos Convenios Específicos, además de suscribir mediantenota su adhesión al Programa (ver A.1.1), deberán solicitarexpresamente el traspaso al Programa "Techo Digno" de las obras yaconvenidas por cualquiera de los dos programas antes mencionados.

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO A

PROGRAMAS FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA "NO OBJECION TECNICA"

La información será suministrada en las planillasque se adjuntan al final, pudiendo agregarse los espacios y renglonesque sean necesarios para mejor definir las características y contenidosdel proyecto.

Dado que la solicitud tiene el carácter deDeclaración Jurada, debe ser refrendada en todas sus páginas por lamáxima autoridad del Organismo de Vivienda.

Seguidamente se incluyen consideraciones ycomentarios sobre el contenido de la solicitud, a los efectos defacilitar su llenado y la posterior evaluación.

Identificación del Proyecto

Consignar sin excepción los datos de Provincia, Municipio, Localidad y Barrio donde va a realizarse la intervención.

En "Ubicación exacta" mencionar las calles que rodean al predio afectado.

En "Plazo de obra" determinar con rigurosidad laduración de la obra contemplando a través de un análisis realista lassingularidades y complejidades del proyecto. Si las obras de viviendasincluyeran obras de nexos u obras complementarias deberá contemplarsede qué manera pueden impactar en el avance de las primeras y para quemomento durante el plazo de obra debe programarse racionalmente suejecución para cumplir con lo que se establece en el último párrafo delinciso C). Se recomienda que de haber más de una empresa en un mismopredio se contemple una estrategia que asegure la convivencia y laejecución de la infraestructura frentista sin superposiciones nialteraciones de la secuencia normal de los trabajos. Además se recuerdaque las licitaciones deben contemplar como máximo la ejecución de 100viviendas por renglón.

Los enumerados precedentemente son sólo algunosaspectos en los que la experiencia indica que debe tenerse especialcuidado en la programación de la obra, para que ésta llegue a feliztérmino en tiempo y forma. Por supuesto que esta enumeración no excluyeotros factores que deberán evaluarse convenientemente, según lassingularidades de cada proyecto.

N° de proyecto: consignar el número en orden correlativo de los proyectos presentados por el "ENTE EJECUTOR"

A) Justificación de la Demanda

Se deberá justificar en este apartado la cantidad deviviendas y las tipologías adoptadas. Es fundamental que estajustificación esté abalada por un estudio de demanda en base a datosfehacientemente comprobados. Al respecto, se deberán identificar yrelevar con precisión los hogares con discapacitados, para justificarel financiamiento adicional que se solicita en el apartado F de laMemoria. En general, se recomienda estudiar la justificación de lademanda con el mayor detenimiento, a los efectos de evitar ulterioresdificultades para adjudicar las viviendas por insuficiencia debeneficiarios en condiciones de calificar.

B) Terreno

El "ENTE EJECUTOR" deberá aclarar, tildando en elcasillero que corresponda, cuál es la situación dominial de losterrenos donde se ejecutarán las obras, detallando si son de dominionacional, provincial, municipal o de entidades intermedias. Deberáespecificarse si cuentan o no con títulos perfectos tildando en elcasillero correspondiente. En el caso de no estar a nombre del "ENTEEJECUTOR", éste garantizará sin condicionamientos la cesión a su favordurante el transcurso de la obra, de manera que cuando ésta concluya,se esté en condiciones de escriturar inmediatamente a favor delbeneficiario.

En "Condiciones técnicas" tildar dando fe de que losterrenos son aptos para la ejecución de la obra, que los mismos no soninundables y cuentan con capacidad portante suficiente.

Asimismo, se deberá consignar si el terreno selocaliza en zona Urbana o Suburbana y si la misma se encuentra enproceso de consolidación.

Cuando los terrenos sean provistos por el oferente,deberán consignarse en Observaciones, los requisitos que estableceránlos pliegos para que dichos terrenos sean considerados aptos por el"ENTE EJECUTOR".

C) Infraestructura, Obras de Nexo y Complementarias

Deberá consignarse en C.1) el tipo de servicios quese incluyen en el financiamiento de las viviendas. Tener presente quelos montos máximos por vivienda que la Nación financia, incluyen esainfraestructura en los tramos que pasan por el frente de las viviendas.

Si se exceden los topes por vivienda del Programapor la necesidad de incluir otras obras de infraestructura, de nexo ocomplementarias, deberán describirse y justificarse en C.2) conexactitud las obras de que se trata y definir su costo, a los efectosde evaluar financiarlas a través de la Línea de Acción correspondientea "Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura yComplementarias" (M.H.U.I.y C.). Si se ha previsto para este rubro unfinanciamiento con recursos provinciales o municipales, indicarloexpresamente en C.3).

Cuando se trate de viviendas ubicadas en áreasrurales, sea que se trate de pequeños grupos o de unidades dispersas,donde no se disponga de energía provista por red o por alguno de losmétodos convencionales, deberá asegurarse su provisión por medio deaparatos que utilicen fuentes alternativas tales como calentadoressolares, molinos de aprovechamiento de energía eólica, cocinas solares,etc., con la condición de que se trate de elementos y/o instalacionesde probada eficacia, sencillo funcionamiento y fácil reparación ymantenimiento. Los montos que los proyectos demanden por este concepto,serán canalizados a través de la esta línea de acción M.H.U.I. yconsignados en detalle y monto en C.2, salvo que sean financiados conrecursos provinciales o municipales, en cuyo caso deberán constar enC.3.

Para las obras incluidas en C.2, a continuación delcuadro se deberá incluir en los cuadros C.2 a, b, c, etc. un detallepor cada tipo de obra propuesto por ítems o rubros.

En todos los casos se establece la obligatoriedad deque todo proyecto que se someta a la no objeción técnica estécompletamente definido en sus características y costos, así como en sufinanciamiento. Por otra parte, es fundamental que las obras que seanecesario ejecutar estén perfectamente coordinadas en el tiempo, ya quees premisa del Programa que las viviendas se entreguen con losservicios básicos funcionando a pleno, razón por la cual se exige quela infraestructura, incluidos nexos y obras complementarias, estétotalmente concluida por lo menos un mes antes que la obra de vivienda,cuyo plazo previsto de ejecución se ha fijado en la identificación delproyecto.

D) Equipamiento urbano y accesibilidad.

Detallar en el apartado D.1) de la solicitud con quéequipamiento cuenta el área de localización, si el acceso al terrenoestá asegurado y si cuenta con transporte público, recolección deresiduos, barrido y limpieza. Cuando con el equipamiento existente nopueda asegurarse la prestación de algún servicio esencial vinculado conla salud, la educación o la seguridad, se describirá en D.2) el tipo deobra necesaria, quién la financiará y en qué plazo estará concluida,incluyendo una síntesis en el cuadro final de este apartado.

Cuando el equipamiento existente sea suficiente, indicarlo expresamente en Observaciones de D.1).

E) Proyecto urbanístico

En este apartado se debe describir brevemente elproyecto urbanístico, dando cumplimiento al capítulo correspondiente delos "Estándares Mínimos de Habitabilidad para Viviendas de InterésSocial". Deberán adjuntarse las planimetrías correspondientes señalandolos sectores intervenidos, las redes existentes y nuevas y toda aquellainformación que justifique la elección del proyecto urbano propuesto.

Además deberá adjuntarse un informe ambiental y un plano con las localizaciones de los equipamientos detallados en D.1).

F) Diseño y tecnología de las viviendas

Utilizando los cuadros, definir las tipologíasadoptadas para las viviendas tipo y las previstas para discapacitados,número de dormitorios y superficies por unidad (cubiertas propias,comunes y totales, según corresponda).

En el cuadro correspondiente a tecnología sedefinirá brevemente la solución técnica prevista para los muros(mampuestos, revoques), techos (cubierta, aislamiento térmico conespesores y densidades, cielorraso, estructura), instalaciones(materiales, artefactos sanitarios y grifería) y carpinteríasexteriores (materiales, espesores o escuadrías de marcos y hojas,vidrios, protecciones) niveles de terminación (pisos, revestimientos) yequipamiento de la vivienda (si se provee algún tipo de artefacto).Cuando el proyecto posibilite alternativas de solución (por ejemplo enlos muros), especificarlas en el renglón correspondiente.

Nótese que por el párrafo incluido al final de F.3),el Organismo da fe de que el proyecto en su totalidad cumple con los"Estándares Mínimos de Calidad para Vivienda de Interés Social".

Recordar que en los proyectos deberá incluirse comomínimo un 5% de viviendas para discapacitados (ver "Justificación de laDemanda"), debiendo cumplirse en el caso de los discapacitados motricescon las "Directrices para la Accesibilidad al Medio Urbano" y las"Directrices de Accesibilidad para Viviendas de Interés Social" de laSubsecretaría. Cuando los discapacitados no sean motrices, se deberándetallar las adecuaciones en el proyecto de la vivienda que justifiquenel sobre costo de la unidad.

Se deberá consignar el Presupuesto Oficial delproyecto, desagregando los montos a financiar a través de las líneas deacción del Programa de aquellos que se propone financiar a través de laprovincia o municipio (si corresponde). Lo mismo se hará con el costode la vivienda tipo y de la vivienda para discapacitados según elpresupuesto oficial. La información será volcada en los cuadroscorrespondientes de la solicitud.

Si por algún motivo excepcional se modificara elpresupuesto oficial con posterioridad al otorgamiento de la no objeciónpara licitar, el nuevo presupuesto deberá ser comunicado a laSubsecretaría para su aprobación antes del llamado a licitación.

H) Fecha Prevista de Licitación

El Organismo deberá consignar la fecha prevista para el llamado a licitación.

PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"Línea de Acción Construcción de ViviendasSOLICITUD DE NO OBJECION TECNICA

PROVINCIA:MUNICIPIO:LOCALIDAD:UBICACION EXACTA:DENOMINACION DE LA OBRA:CANTIDAD DE VIVIENDAS:PLAZO DE OBRA PREVISTO:N° DE PROYECTO:

A) Justificación de la demanda (Breve informe social que asegure la finalidad de las obras)B) Terreno: (Marcar lo que corresponde)

OBSERVACIONESD) Equipamiento y accesibilidadD.1) Existente

COSTO TOTAL POR VIVIENDA TIPO SEGÚN PRESUPUESTO OFICIAL

H) Fecha estimada de llamado a licitación pública:I) Croquis de localización de la Obra: (Adjuntar)

Declaro con carácter de Declaración Jurada la veracidad de todos los datos incluidos en la presente memoria descriptiva.

• Nombre y Apellido:• Cargo:• Organismo:• Teléfono:• Correo Electrónico:

FIRMA Y SELLO

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO B

PROGRAMAS FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR LA "NO OBJECION FINANCIERA"

El presente instructivo tiene por finalidad establecer el procedimiento para solicitar la no objeción financiera.

A los efectos de solicitar la "No objeciónfinanciera", el "ENTE EJECUTOR" deberá cumplimentar la solicitud cuyomodelo se adjunta. En consecuencia, no deberá remitirse ninguna otradocumentación, salvo que la Subsecretaría estimara necesario requerirlauna vez evaluado el contenido de la solicitud.

Dicha solicitud tiene el carácter de declaraciónjurada y debe ser remitida con firma y sello de la máxima autoridad delOrganismo. Su contenido ha sido desarrollado en tres carillas, pero deser necesaria por razones de espacio una cuarta, deberá consignarse enel encabezamiento de ésta el nombre del Organismo y la obra y en el piela firma y sello de la autoridad responsable.

Se recuerda que el Organismo debe abstenerse deproducir acto administrativo alguno que consagre la preadjudicación ola adjudicación de la obra, hasta tanto la Subsecretaría se expidasobre la no objeción para contratar.

En relación con el contenido de la solicitud, se formulan las siguientes aclaraciones y comentarios:

Monto aprobado según no objeción técnica: se consignará el monto que la Subsecretaría aprobó en la no objeción.

Aporte del Organismo: de existir, se consignará elmonto que financia el Organismo, para que sumado al monto que financiala Nación, resulte el MONTO DEL PRESUPUESTO OFICIAL consignado.

Capacidad técnico financiera mínima según pliego: se indicará el monto mínimo requerido en los pliegos de licitación.

Observaciones a la apertura del Sobre 1: seindicarán los requisitos no cumplidos por cada una de las empresascuyas ofertas han sido desestimadas antes de proceder a la apertura delsobre 2. En la planilla APERTURA DEL SOBRE 1 deberán constar los datosde todas las empresas oferentes, aún cuando se haya desestimado supropuesta.

Observaciones a la apertura del sobre 2: seindicarán los requisitos no cumplidos según pliego en el contenido delsobre 2 para cada una de las empresas cuyas ofertas económicas estén enesta situación. En la planilla APERTURA DEL SOBRE 2 deberán constartodas las empresas cuyo sobre 2 fue abierto.

Impugnaciones: indicar si hubo o no impugnaciones, tachando lo que no corresponda.

Decisión sobre las impugnaciones: en el caso deexistir impugnaciones, indicar las decisiones adoptadas en cada caso,fundamentándolas legalmente.

Conclusiones de la Comisión Evaluadora: seexpresarán en forma clara y precisa las razones por las cuales laComisión aconseja la adjudicación a determinada empresa.

De las características técnicas de la ofertaseleccionada: Cuando en el Apartado F) de la solicitud de "no objecióntécnica" se hubieran establecido alternativas tecnológicas a definirpor el oferente o cuando en la oferta seleccionada se hubieranintroducido cambios o mejoras respecto de lo allí aprobado, sedescribirán brevemente las soluciones propuestas para los rubrosafectados. Idéntico criterio se adoptará en relación con las tipologíasy superficies de las viviendas.

De no existir cambios, se lo consignará expresamente.

De los Costos de la oferta seleccionada: Para laoferta seleccionada se remitirá la siguiente información sobre costosseparando los montos que financiará la Nación a través del Programa"Techo Digno", tanto se trate de Viviendas como de obras deMejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de infraestructura yComplementarias (M.H.U.I. y C.), más los que financiará la provincia,si correspondiere.

Asimismo se consignará, para cada tipología, elcosto por vivienda y por m2, separando los datos según muestra elcuadro correspondiente.

Si no existiera aporte provincial, se dejarán en blanco los casilleros correspondientes.

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO C

(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

ANEXO C-I: Modelo de Plan de trabajos de cada obra que se financia por el convenio

(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

ANEXO C-II: Modelo de Cronograma de Desembolsos de todas las obras incluidas

(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

ANEXO C-III: Reglamento General de Rendición de Cuentas(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

ANEXO C-IVa: Instructivo para la Rendición de Cuentas(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

ANEXO C-IVb: Modelo de Carátula de Certificado de obra

(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)

ANEXO C-IVc: Modelos de Planillas A1 y A2 de Rendición de Cuentas


(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 12/10/2016)MANUAL DE EJECUCION: ANEXO D



(Anexo derogado por art. 10 de la Resolución N° 244/2016

ANEXO E: MANUAL DE EJECUCION

SOLICITUD DE APROBACION DE 1º REDETERMINACION DE PRECIOS Y REPROGRAMACION FINANCIERA

PROVINCIA/MUNICIPIO:PROGRAMA/SUBPROGRAMA:OBRA: ACU Nº:

Nº de proyecto SSDU y V:

Nº de proyecto s/

ACU: N°

1.- Monto de la obra a valores de contrato:2.- Mes y año de apertura de la licitación:3.- Fecha de pago del anticipo financiero:Mes y año calendario asignado al inicio del Plan de Trabajos del Convenio Particular:

EL MONTO DE LA REPROGRAMACION FINANCIERA ES DE PESOS...............

(*) Datos extraídos del Plan de Trabajo del Convenio Particular de la obra.(**) Según programación del Convenio Particular de la obra.

SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE LA INFORMACIONCONSIGNADA EN LA PRESENTE SOLICITUD REVISTE EL CARACTER DE DECLARACIONJURADA DEL ABAJO FIRMANTE.

Firma y sellode la Autoridad Responsable

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO F

BUENOS AIRES,

VISTO el Expediente N° .................. del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha .................. se suscribió elConvenio Particular, entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTODE LA VIVIENDA de la Provincia de .................., en los términosdel "PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS - TECHO DIGNO",comprometiéndose el ESTADO NACIONAL a financiar la construcción de lasviviendas por un monto total de PESOS.................................... ($..................) en funciónde las disponibilidades financieras.

Que por la Resolución N° ..................de fechade la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, se ratificó el Convenio Particularmencionado, aprobándose la transferencia del monto convenido yfacultándose al Subsecretario de Desarrollo Urbano y Vivienda aimpulsar la liquidación y pago de los anticipos financieros, conformeel cronograma de desembolsos contenido en el mencionado ConvenioParticular.

Que mediante la Resolución N° ..................defecha ..................de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, se ratificóel Convenio Complementario celebrado el .................. entre laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA y el INSTITUTO DE LAVIVIENDA de la Provincia de ....................................

Que en el referido Convenio Particular, laSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA se comprometió areconocer eventuales mayores montos de obra en concepto deRedeterminaciones de Precios hasta la suma que resulte de la aplicaciónde la metodología del Decreto N° 1295 de fecha 19 de julio de 2002.

Que el INSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de.................. elevó a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA la solicitud de aprobación de la ........ Redeterminación dePrecios y Reprogramación Financiera.

Que mediante el Expediente N° .................. delRegistro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS, obrante en copia autenticada en el Expediente citado en elVisto, la Comisión de Coordinación y Seguimiento de Procesos deRedeterminación de Precios, actuante en el ámbito del MINISTERIO DEPLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha emitido,mediante Memorando N° .... de fecha .................. y Nota CCSPRP N°... de fecha .................., opinión favorable respecto de la.................. Redeterminación Definitiva de Precios, nopresentando objeción al Monto Total de Obra Redeterminado, de PESOS.................. ($..................), por lo que correspondeaprobar el Monto Mayor de Obra Redeterminado de PESOS.................. ($..................), según se detalla en el ANEXOque forma parte integrante de la presente resolución.

Que a fin de lograr mayores niveles de eficiencia enla gestión y dar cumplimiento a las demandas de los Organismos deControl, el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA YSERVICIOS ha dictado la Resolución N° 268 de fecha 11 de mayo de 2007,para la gestión y control de los fondos que se transfieran en virtud deconvenios bilaterales con relación a Programas que cuenten con créditopresupuestario en los incisos 5 y 6, correspondientes a Transferenciasy Activos financieros respectivamente.

Que con fecha 11 de abril de 2008 se dictó laResolución N° 267 de este Ministerio, que sustituye el ReglamentoGeneral para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestariostransferidos a Provincias, Municipios y/u otros entes.

Que a los fines de dar cumplimiento en debida formaa los compromisos asumidos resulta necesario dotar de mayor agilidad ala tramitación de los pagos.

Que de acuerdo a lo informado en el Expedientecitado en el Visto, corresponde proceder a autorizar la transferenciatotal del Monto Mayor de Obra por reconocimiento de Redeterminación dePrecios y facultar a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA aimpulsar la liquidación y el pago de los desembolsos parciales que segeneren durante la ejecución de las obras conforme lo establecido endicho Convenio y según la disponibilidad presupuestaria.

Que la DIRECCION DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIADE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que lecompete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSdependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIONFEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de sucompetencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de lasfacultades conferidas, conforme el Artículo 35 Inciso d) del Anexo delDecreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Leyde Administración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional N° 24.156 y el Decreto N° 1142 de fecha 26 denoviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el financiamiento del MontoMayor de Obra en concepto de reconocimiento de Redeterminación dePrecios, de PESOS .................. ($..................), según seconsigna en el ANEXO que forma parte integrante de la presenteresolución.

ARTICULO 2° — Apruébase la transferencia total delMonto Mayor de Obra en concepto de reconocimiento de Redeterminación dePrecios consignado en el artículo 1° de la presente resolución alINSTITUTO DE LA VIVIENDA de la Provincia de .................., la cualse efectuará conforme surge del Convenio Particular celebrado el..................entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO YVIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIODE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el INSTITUTODE LA VIVIENDA de la Provincia de .................. La rendición decuentas de los montos que se transfieran deberá ajustarse a loestablecido en la Resolución N° 267 de fecha 11 de abril de 2008 delMINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 3° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DEDESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a impulsar la liquidación y pago de losdesembolsos pendientes conforme lo establecido en el ConvenioParticular referido en el artículo 2° de la presente resolución y segúnla disponibilidad presupuestaria.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a ..................

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

RESOLUCION N°

MANUAL DE EJECUCION: ANEXO G

PROGRAMA FEDERAL DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS "TECHO DIGNO"

Línea de Acción: "Mejoramiento del Hábitat Urbano, obras de Infraestructura y Complementarias".

SOLICITUD DE NO OBJECION TECNICA

PROVINCIA:MUNICIPIO:LOCALIDAD:UBICACION EXACTA:DENOMINACION DE LA OBRA:PLAZO DE OBRA PREVISTO:N° DE PROYECTO:

La documentación necesaria para dar trámite a las"No Objeciones Técnicas" de los proyectos enmarcados dentro de estalínea de acción, deben seguir los siguientes lineamientos:

1. Carta de presentación y solicitación definanciación de los proyectos de obras de infraestructura; dirigida alSr. Subsecretario

2. Memoria descriptiva correspondiente al plan deviviendas para el que se solicita infraestructura complementaria. Debeindicarse en la memoria:

2.1. Descripción general del contexto en el cual se inserta la obra.

2.2. Plan y/o subplan que da marco al proyecto.

2.3. Presupuesto total de la obra de vivienda.

2.4. Porcentaje de avance de la obra de vivienda al día de presentación de los proyectos de infraestructura.

2.5. Cantidad de viviendas que son afectadas por la obra de infraestructura o complementaria solicitada.

2.6. Presupuesto total de las obras de infraestructura a realizar y presupuesto particular de cada subproyecto.

PROGRAMAS FEDERALES DE VIVIENDA

2.7. Modalidad de la obra. (Licitación pública oampliación de contrato). En el caso de ampliación de contrato debeindicarse el nombre de la empresa a cargo.

3. Memoria técnica de los proyectos solicitados:

3.1. Planos generales de obra.

3.2. Especificaciones técnicas.

3.3. Planos de detalle de cada rubro que forma el proyecto de infraestructura.

3.4. Cómputo y presupuesto detallado, con unidades,precios unitarios, desagregando cada rubro de obra en los ítems que locomponen.

3.5. Cascada del cómputo y presupuesto y CostoFinal. El factor de pase entre el costo-costo y costo-final se obtienede una cascada de cálculo formado por los siguientes ítems.

Gastos generales ≤ 15%Beneficio 10 %I.V.A = 21 %I.B = 3,50 %

4. Aprobación y factibilidad técnica de los proyectos por parte de las empresas prestatarias de los servicios.

OBSERVACIONES:

1. En el caso que se utilice la modalidad de"Administración Municipal" no corresponde aplicar el coeficiente depase dentro del cálculo de los costos.

2. El cómputo y presupuesto debe constar con la declaración del mes base de referencia de los costos declarados.

3. Toda la documentación debe estar firmada por las máximas autoridades del IPV o Municipio requirente.

4. Toda la documentación debe presentarse por mesa de entradas, oficina 507 de esta SSDUV.

e. 16/11/2010 Nº 137755/10 v. 16/11/2010

Páginas externas

Información Legislativa y Documental
Sistema Argentino de Información Jurídica